Declaraciones Juradas AT 2024 (DDJJ 1879 y 1887)

Tabla de contenido

Hoy hemos publicado la actualización 2024.02.4 con las Declaraciones Juradas 1879 y 1887 de la operación renta 2024 mediante software (y no importación de datos), ya que Laudus está certificada por el SII como casa de software para elaborar los archivos de estas DDJJ.

Las DDJJ se suben desde la página web del SII mediante la opción: Servicios online / Declaraciones Juradas / Declaraciones Juradas de Renta en “Enviar o Corregir por Software”. Laudus genera un archivo ZIP para cada declaración, que se sube directamente desde esta página del SII para la operación 2024. Recuerde que a partir del LRE (Libro de Remuneraciones Electrónico) y de la Resolución Exenta 103 que crea el Registro Anual sobre Retenciones (posteriormente modificada por la Res. Ex. 13), cambió el procedimiento de presentación de las DDJJ. El LRE es un esfuerzo conjunto de la Dirección del Trabajo y el SII, lo cual es lógico puesto que contiene la información de impuestos de los trabajadores. Por este motivo, el SII envió a mediados de Febrero una propuesta de DDJJ 1887, elaborada con los datos del LRE. Si la DDJJ 1887 propuesta es correcta, no hay más que aceptarla como buena.

Cómo elaborar las DDJJ

Para revisar los detalles, visite la entrada donde explicamos cómo hacer las DDJJ en Laudus: www.laudus.cl/blog/declaraciones-juradas-1879-y-1887/

No olvide actualizar la Corrección Monetaria: para que las DDJJ muestren correctamente los valores actualizados por la Corrección Monetaria, debe ingresar los valores del 2023 en \Herramientas\Opciones\Corrección Monetaria. La tabla del SII la puede obtener haciendo click aquí.

Recuerde que para indicar dónde está el item de sueldos con préstamo del 3%, debe ir a \Personal\Estructura de liquidaciones, y asignar el código del LRE «3166: Retención préstamo clase media 2020 (Ley 21.252)» al item de la liquidación que corresponda.

También puede revisar el video en nuestro canal de YouTube: [av_video src=’https://www.youtube.com/watch?v=SqJuCwRtjYg’ mobile_image=» attachment=» attachment_size=» html5_fullscreen=’aviaTBhtml5_fullscreen’ format=’16-9′ width=’16’ height=’9′ conditional_play=» id=» custom_class=» template_class=» av_uid=’av-1y4p31′ sc_version=’1.0′]

Cambios en las DDJJ AT 2024

En la DDJJ 1879 lo único que cambia es que ahora el porcentaje de retención de honorarios es el 13%. No debe hacer nada en el software, este porcentaje lo va calculando automáticamente en función del año.

Hay más cambios en la DDJJ 1887, porque hay que indicar el año de adopción de la jornada de 40 horas, así como las horas acordadas con los trabajadores.

Año de adopción de las 40 horas: según la Ley 21561 (llamada la «Ley de las 40 horas»), se debe adaptar la jornada semanal a un máximo de 40 horas desde las 45 actuales. El cambio es progresivo hasta el año 2028 (se puede adoptar la jornada de 40 horas antes si lo desea). En la DDJJ 1887 hay que indicar el año en el que se espera adoptar la jornada de 40 horas. No obliga, es un dato informativo, y hay que poner un año entre el 2024 y 2028:

DDJJ año 40 horas

Este dato es el mismo para todos los trabajadores, y por eso solo se pide una vez.

Asimismo, hay que indicar el número de horas semanales pactadas con cada trabajador. Esto se puede indicar de dos maneras:

  • En la configuración de la empresa se pueden indicar el número de horas de la jornada semanal para todos los trabajadores:
    DDJJ horas semanales empresa
  • Si algún trabajador tiene una jornada semanal diferente, se puede indicar en la ficha del trabajador el número de horas. Si no se pone nada, o se deja en «cero», entonces se asume el número de horas indicadas para toda la empresa:
    DDJJ horas semanales trabajador

Importante: con este cambio se modificaron automáticamente las fórmulas de cálculo de las horas extra y las horas no trabajadas. Ahora se calculan en función de las horas semanales pactadas con cada trabajador (o las generales en caso de no especificarse el dato para el trabajador individualmente).

Rectificar una DDJJ del SII u otro software

Si desea cambiar la DDJJ que ya ha aprobado del SII, se puede enviar una DDJJ mediante software (como siempre se hizo). En este caso no debe ser una Declaración Rectificatoria, debe hacer una Declaración Original nueva. Es decir, no haga una Rectificatoria en Laudus sobre el folio de la propuesta del SII, haga una Original nueva y sin indicar ningún folio como «Último folio» en el software:

DDJJ original

Y en el sitio del SII elija la opción «Rectificar«:


Este procedimiento es igual que cuando desea modificar una DDJJ realizada en otro software. No tiene que elegir «Rectificatoria» en Laudus, debe elegir hacer una declaración «Original», y subirla como una Rectificación al SII.

Plazos

Recuerde que el plazo límite de presentación es el 28 de Marzo para ambas declaraciones 1879 y 1887. Y para los Certificados que se emiten a las personas incluidas en ambas DDJJ el último día es el 14 de Marzo.

Referencias


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0 Comentarios

  1. Buenas tardes, ¿en cuanto a sueldo empresarial de la 1887 en Laudus, está al 100%? Recuerdo que mencionaron que iban a realizar modificaciones hacia fines de 2023 pero parece que no han llegado todavía. Como para que confirmen en qué fijarnos que pudiera generar discrepancias y saber si hay novedades en camino. Gracias.

  2. Estimados, la versión de Laudus de las DJ1887, incluye la información de los finiquitos pagados durante el año 2023??
    De dónde obtiene los datos Laudus??
    Agradezco su respuesta.

  3. Buenas tardes, en caso de haber tenido trabajadores extranjeros que actualizaron su run, se debe hacer una nueva ficha de empleado o solo se actualiza ese dato en la ficha ya existente? La 1887 debe ir con el run actualizado o con cada run dependiendo del mes que cambió su run? cómo lo hace laudus? gracias

  4. Hola, estimados me gustaría saber cual es la mejor forma para registrar el stock de las importaciones; el tema es que la factura de liquidación de Impuesto se genera en un mes y esa importación llega al mes siguiente. Al yo cargarla al sistema en la fecha de Pago de los impuestos me altera el inventario aumentándolo antes de este llegar a bodega.
    Gracias.

  5. Al parecer la gente de Laudus ya no responde las consultas en este blog. Es lamentable, ya que algunos pagamos para tener acceso al sistema, y a la información pertinente (como este blog).
    Ciertamente Laudus ha decaído bastante desde que fue «adquirida» por una empresa transnacional; parece que el foco ahora es en hacer dinero, y no ayudar.
    Si además consideramos que el software de Laudus es arcaico (basado en FoxPro), no le veo mucho futuro a esta plataforma.

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