Actualización Tabla Impuesto Único 2020

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Recientemente, el 24 de febrero pasado, se publicó la Ley 21.210, que «Moderniza la Legislación Tributaria», y que, además de muchos otros cambios, incorpora un nuevo tramo en la tabla del Impuesto Único.

Efectivamente, en el artículo 2, apartado 30a, esta Ley 21.210 modifica el artículo 43 de la Ley de Renta, y agrega un nuevo tramo, a partir de 310 UTM, con una tasa impositiva del 40%. El anterior tramo más alto era de 120 UTM, con una tasa del 35%.

La tabla del Impuesto Único, en UTM, queda así:

En realidad el cambio tiene poca relevancia, ya que solo afecta a aquellas rentas afectas por encima de 15,5 millones de pesos aprox (ahora en febrero-marzo 2020).

Para los usuarios de Laudus que tengan personal en este tramo de rentas, pueden actualizar a la última versión, que incorpora este nuevo tramo. Si desea cerciorarse si lo tiene o no, puede verlo en la tabla de Impuesto Único que está en las opciones generales, datos económicos, en \Herramientas\Opciones

Referencias


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0 Comentarios

  1. Buenas tardes,
    Tengo Laudus y al ingresar al menú: «Ayuda/ Buscar actualizaciones» no aparece disponible la opción para ser seleccionada, cómo se hace para bajar la actualización del tramo?

    Muchas gracias de antemano.

    1. Estimado Esteban, esto se puede deber a que está ejecutando Laudus en una sesión de Escritorio Remoto (Terminal Server), o que no tiene permisos.
      El hecho de no habilitarlo en Escritorio Remoto es para evitar realizar ninguna operación en el servidor de su compañía. El administrador puede descargarse la actualización si se «loguea» con una sesión de consola.

  2. estimados ingreso a las opciones y no me deja agregar la fila adicional con el ultimo tramo de impuestos. Que debo hacer?

    Gracias

  3. Buenas tardes estimados
    Estoy ingresando la «ACTUALIZACION TABLA DE IMPUESTO UNICO 2020 EN UTM»
    Me parece que hay un ERROR, el que expongo a continuación:
    En el segundo tramo DICE:
    Desde (UTM) Hasta (UTM)
    13,51 30,00
    En el tercer tramo DICE:
    Desde (UTM) Hasta (UTM)
    31,00 50,00
    DEBIENDO DECIR:
    Desde (UTM) Hasta (UTM)
    30,01 50,00
    En el cuarto tramo DICE:
    Desde (UTM) Hasta (UTM)
    51,00 70,00
    DEBIENDO DECIR:
    Desde (UTM) Hasta (UTM)
    50,01 50,00
    Cordialmente
    José

  4. Hola,

    No sé si este es la entrada correcta para hacer esta pregunta, pero hace poco me independicé y creé una SpA de la que soy el único propietario y en la cual trabajo a tiempo completo. Como puedo contabilizar mi salario en Laudus?, entiendo que la nueva normativa permite la remuneración de los accionistas que trabajen en la empresa sin tope de salario (siempre que esté acorde al valor de mercado) pero no se como categorizarlo en la nómina de empleados.

  5. Estimados, Muchas gracias por su aporte. Consulta ¿la tabla del articulo 52 bis ¿tiene variación? o ¿queda tal y como está?
    Muchas gracias

    1. Estimada Maritza, si se refiere a la tabla que aplica al Presidente de la República, Ministros de Estado, Subsecretarios, Senadores y Diputados, también se modifica, pero no tiene ninguna relevancia para un ERP, ya que nadie va a calcular estas liquidaciones con nuestro software de remuneraciones.

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