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Ejemplo de Importación: Usa Laudus ERP como un experto

Tabla de contenido

En esta nota de blog, te enseñaremos como importar documentos a Laudus a través de casos de uso.

Declaración de Ingreso

Es el documento que se confecciona en Aduanas de Chile, y que refleja la factura del proveedor, y calcula la base imponible para el IVA. No vamos a explicar aquí todos los componentes de este documento, ya que tiene muchas partes y sería materia para muchas páginas. Nos vamos a centrar en lo importante para nosotros, dónde viene el cálculo del IVA para saber qué valores ingresar en Laudus:

Importación: Declaración de Ingreso

Lo que queremos destacar es que Aduanas toma el valor de las mercaderías, le agrega el transporte internacional y el valor del seguro, y obtiene el precio CIF sobre el que se calcula el arancel y el IVA. En este caso no hay arancel, ya que las mercaderías vienen de Italia, y hay tratado de libre comercio con la Unión Europea.El valor CIF es 8.540,19 dólares, lo que nos da un IVA de 1.622,64 (redondeado a 2 decimales) al ser el tipo el 19%.

  1. El tipo de cambio US$/peso es de 545,44, y eso genera un IVA de 885.053 pesos. Este IVA es el que veremos más adelante en la Factura del Agente de Aduanas cuando rinda los gastos, ya que éste lo cancela a la Tesorería General de la República en nuestro nombre (como un servicio por nuestra comodidad, el Agente de Aduanas no es el sujeto de este IVA). En el Libro de Compras, hay que ingresar esta Declaración de Ingreso como la factura que acredita la compra (las telas que se están comprando en este caso). En el proveedor va el proveedor extranjero, en el RUT el RUT de tesorerías, y en el IVA el IVA que figura en pesos.En cuanto al RUT, tal y como dice el SII: «No es obligatorio llenarlo, pues el documento es un comprobante de ingreso fiscal. Facultativamente se podría utilizar el RUT de Tesorerías.»
  2. En cuanto al RUT a utilizar no lo tenemos 100% claro: por un lado el RUT de la Tesorería General de la República es el 60.805.000-0, pero por otro lado en la descripción del formato de facturación electrónica nos indica que hay que utilizar el RUT 55.555.555-5 par el cliente de destino en el caso de las exportaciones. En cualquier caso, utilizando uno de los dos no tendremos problemas, ya que este RUT es sólo indicativo (al carecer el proveedor de RUT válido en Chile).

  3. Factura del Agente de Aduanas: esta factura es la que crea mucha confusión. Los Agentes de Aduanas suelen incluir en la misma factura tanto el valor de sus servicios, como la rendición de gastos que ellos han pagado en nuestro nombre:

Importación: Factura del Agente de Aduanas

Lo que realmente nos está facturando el Agente de Aduanas son sus servicios.

En este ejemplo son 68.781 pesos con un IVA de 13.068. Estos son los gastos que tenemos que indicar en el Libro de Compras, y asignarle al Agente de Aduanas sólo los 13.068 que le corresponden. El Agente de Aduanas no hace ninguna importación, sólo realiza trámites y nos cobra por sus servicios.

Además de su factura propiamente dicha, nos incluye en el mismo documento la rendición de gastos. Aquí está el problema: al incluir esta rendición y su detalle en la misma factura, hay muchos usuarios que creen que este IVA mostrado «pertenece» al Agente de Aduanas, y lo ponen en el Libro de Compras en la línea de la factura del Agente.Desde nuestro punto de vista, lo más lógico sería incluir esta rendición de gastos como un anexo a la Factura, un documento independiente. Seguramente los Agentes de Aduanas lo hicieron por mostrar toda la información en un mismo documento, pero sólo consiguieron generar confusión, ya que al mostrar la palabra «IVA» dentro de una factura legal las probabilidades de confundirse son altas.

Lo que está señalado en la factura Rendición de Gastos, el recuadro verde grande de la izquierda, es el resumen de aquellos gastos anexos a la importación y que el Agente ha cancelado en nuestro lugar por comodidad (para que no tengamos que trasladarnos y hacer los trámites nosotros). Por eso adjunta todas las facturas de estos gastos, que tendremos que ingresar una por una en el Libro de Compras, ya que van a nuestro nombre y no al nombre del Agente de Aduanas.

En este ejemplo, como se puede ver, nosotros dimos 1.202.000 pesos al Agente de Adunas, de los cuales se ha gastado 1.033.654

  • 885.053 en el IVA de la importación, pagado a la Tesorería.
  • 66.752 en dos facturas, de Almacenaje y Desconsolidación.
  • 91.849 en los servicios del Agente propiamente dichos.

Y por lo tanto nos debe 168.346 pesos, por eso el saldo negativo en su contra.

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Facturas de Gastos anexos:

Toda importación genera gastos anexos a la misma. En este ejemplo sencillo se han generado lo dos que siempre se generan, la Desconsolidación y el Almacenaje (de las mercaderías en el puerto-aeropuerto mientras se hacen los trámites).

Puede haber otros muchos gastos asociados, tales como aforo físico, revisiones del SAG, transporte nacional hasta nuestra bodega, etc:

Importación: Factura de Desconsolidación

Importación: Factura de Almacenaje
Estas facturas van a nuestro nombre y se deben poner en el Libro de Compras cada una por separado.

Y ahora que hemos revisado los documentos físicos, vayamos a cómo registrarlos correctamente en Laudus por el mismo orden:

  1. Declaración de Ingreso en Laudus: hay que añadir el proveedor extranjero, ya que la Declaración de Ingreso se la vamos a asignar a él. Una vez tenemos los datos, la ingresamos:

    Importación: Declaración de Ingreso en Lauduszoom

    Vayamos por partes:
    • Documento: el tipo de documento es «Factura» y un poco más abajo señalamos la casilla de «Importación». En la casilla de la carpeta de importación (que está a la derecha del tick de importación) ponemos el número o código que hemos dado a esta importación. Todas las facturas relacionadas con esta importación van a tener este mismo número de carpeta de importación.
      Por último, en el número de documento hemos señalado el número de la Declaración de Ingreso (el 3150234715 que viene arriba a la derecha en la Declaración).
    • Neto: ingresamos todos los productos según la factura del proveedor. En este caso hemos ingresado los productos en US$ en vez de Euros (el Euro era la moneda de la importación según la Declaración de Ingreso) para hacer más fácil entender las cifras.
      El total en dólares de los productos es 7.643,18 que es el total que figura en la Declaración donde poner «Valor FOB» en el cálculo de la base imponible. En pesos son 4.168.895 que es el neto de la importación, y es la deuda con el proveedor extranjero (la deuda Laudus la muestra en la moneda de origen, para que sea más claro).
      Al cancelar esta deuda, habrá que cancelar los 7.643,18 US$, y no el IVA ni los otros cargos, y Laudus dará la factura por pagada al llegar a este monto (y también contabilizará automáticamente las diferencias en tipo de cambio de producirse).
    • IVA: son 885.053 pesos según consta en la Declaración de Ingreso. Hay que poner el valor exacto de la declaración, aunque nunca va a coincidir con el (Neto * 0,19), ya que el IVA incluye el IVA del transporte internacional y seguro. Por eso este valor hay que ingresarlo y sobreescribir el cálculo de Laudus. Al guardar la factura Laudus avisará que el IVA no es el 19%, pero no importa, sabemos que en estos casos nunca va a coincidir.
    • Tipo de Cambio: podemos poner el tipo de cambio que mejor se ajuste a nuestras prácticas contables. Hemos puesto el mismo de la Declaración de Ingreso, pero no es necesario.
      .

Factura del Agente de Aduanas

En Laudus, el registro es muy sencillo, sólo hay que poner los gastos correspondientes al Agente:

Importación: Factura del Agente de Aduanas en Laudus
Fíjese que va especificada la carpeta de importación, para poder relacionar después las facturas anexas, pero no va el tick de «Importación», ya que ésta no es una importación, es una factura nacional.
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Facturas de Gastos Anexos

En Laudus: al igual que con la factura del Agente de Aduanas, ingresamos las facturas nacionales de gastos, y las asociamos con la carpeta de importación:
Importación: Almacenaje en Laudus
Importación: Desconsolidación en Laudus.

  1. Pago: el tema de cómo liquidar los pagos al Agente de Aduanas es recurrente. Hay que tratarlo como lo que es, un Fondo por Rendir. Primero le damos la plata al Agente, y después rendimos todas las facturas y el IVA contra este Fondo por Rendir.
    • Entrega del cheque por los 1.202.000 pesos para que el Agente haga los trámites en nuestro nombre:

      Importación: Resumen
    • Rendición de los 1.033.645 pesos gastados por el Agente:

      Importación: rendición de gastos

      Y podemos ver en Laudus que quedan a nuestro favor los 168.346 que figuraban en la Factura del Agente de Aduanas:

      Importación: Saldo de la Rendición

Resumen de la Importación

Una vez que hemos registrado todos los gastos anexos a la importación, podemos obtener el resumen en Laudus:

Importación: Resumen

Este resumen es imprescindible para ver de dónde sale el costo final que Laudus reflejará en las estadísticas en informes, y también sirve para ver qué porcentajes de costos tenemos en cada importación.

  1. Libro de Compras: y el Libro de Compras del mes de Octubre quedaría:
    .
    Importación: Libro de Compras

Este ha sido un ejemplo sencillo, pero es demostrativo de cómo registrar los diferentes pasos en una importación, y sobre todo para explicar bien qué incluye la Factura del Agente de Aduanas y cómo interpretarla correctamente, ya que siempre ha producido mucha confusión.

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303 Comentarios

  1. El ejemplo de registro de una importación es bastante claro pero no indica que hacer en caso de existir derechos ad valorem. ¿Como y donde se registran, de tal modo que se constituyan en costo de la mercadería importada, en esa importación?

    1. Estimado Claudio, los derechos ad-valorem debe ponerlos en «Otros Impuestos»; de todas formas en las próximas semanas estamos habilitando una casilla específica para el caso de las importaciones para los derechos ad-valorem, para que así el usuario no tenga la duda.

  2. El ad-valorem es parte de la base imponible informado en la DI, ciertamente es un impuesto, pero este va sumado a la renta imponible de donde se calcula el IVA…
    La casilla que se habilitara deberia ser por productos dedido a que se da el caso de que yo importe de un mismo proveedor varios productos con distintos % de ad-valorem, esto según el tipo de tratado que se tenga con cada país.
    De todas maneras no conosco programa que haga lo que laudus hace hoy en día con las importaciones, asi que cualquier mejora será buena.

    1. Estimada Valeska, una Declaración de Ingreso sólo puede venir de un país, por lo que no es posible tener derechos de productos con diferente valor por provenir de diferentes países.

      Sí se podría tener productos que provengan del mismo país y con diferentes derechos ad-valorem, aunque la probabilidad es pequeña dado que la escala en Chile excluye a muy pocos productos. Por eso, y por motivos de facilidad en el manejo del software, preferimos poner una única casilla de ad-valorem. Si se diese el caso continuo de importaciones con diferentes derechos por producto (en porcentaje), entonces habría que habilitar la diferencia.

  3. Estimados, referente a este tema, es el mas complejo dentro del campo de las importaciones, ya que no existe jurisprudencia clara del tema, pero lamentablemente el ad-valorem al ser parte del IVA dentro de su calculo, se debe considerar, un procedimiento que genero dentro del Software actualmente (con la solucion planteada aliviaria este procedimiento) es incluir el valor dentro del costo inicial del producto prorrateandolo dentro de sus precios (ya que si ustedes se fijan las DI estan siempre consideradas CIF, en los casos de Importaciones Maritimas), cuadrando las bases imponibles con los respectivos IVAS y sus COSTOS

    1. Estimada Patricia,
      el arancel efectivamente es como parte del Neto de la Factura de importación. De hecho, el SII no incluye ningún apartado para declarar el arancel en el Libro de Compras Electrónico; se supone que se debe incluir en el neto, aunque no hay ninguna mención al respecto.

      En esa línea estamos preparando la modificación; el problema es que no se puede incluir el arancel en el neto, ya que no es parte de la deuda con el proveedor, y el neto + exento es la deuda con el proveedor extranjero (los impuestos son deuda con la Tesorería, tal y como hace Laudus ahora). Si no fuera por este inconveniente, lo más fácil sería incluirlo directamente dentro del neto.

  4. En relación al tema del registro de los derechos ad-valorem, seguí la sugerencia de anotarlo como «otros Impuestos», sin embargo el valor de estos derechos no se incorporan como costo de la mercadería importada y, en mi caso, incrementa la cuenta «Otros Impuestos por Recuperar».

    1. Estimado Juan, el informe «Resumen de Importación» está disponible dentro de los informes adjuntos a la pantalla de «Gastos», la de las Facturas de Compras.

  5. Hola buenos días

    Una consulta hice una importación desde china,y que por su valor bajo ($19 USD) no pagó IVA en aduana (y por eso según creo no me dieron una copia de la DIN), es decir, sólo tengo una copia de la factura del proveedor…pero no la Declaración de Ingreso.

    ¿Puedo poner la factura de este proveedor extranjero en el Libro de Compra Venta?…yo pienso que sí, lo único que no podría hacer es asociarle un IVA a esa factura (ya que no pagué IVA), y declarar tanto el Neto como el total con valores iguales (19 USD* tipo de cambio)… ¿estoy bien?…si no es así en qué parte de la contabilidad registro esa factura?.

    muchas gracias de ante mano 🙂

    1. Estimada Paulina, la factura del proveedor tal cual no es un documento válido a efectos del SII, debe ser la Declaración de Ingreso en las importaciones. Lo más normal en estos casos es declararlo como un gasto rechazado. Dado el bajo importe, tampoco supone ningún problema.

  6. Me queda claro el proceso,gracias,aunque ya lo sabìa.proximamente crearè un blog para ayudar a todos quienes deseen importar a Chile,en donde està abierta la posibilidad de hacer consultas en forma gratuita,ayudarè en la medida que me sea posible,documentarè vìa mail todas las consultas,sobre impuestos,certificaciones de organismos tales como SAG,SNS,etc.
    Si tienen alguna consulta no duden en hacerla previa a la importaciòn,a fin de no encontrarse con problemas al arribo de su mercancìa.
    Escribìr a : importacionesasesorias@gmail.com
    o visite el blog:
    http://importacionesasesorias.blogspot.com

    un saludo

  7. Estimado mil felicitaciones por su disposicion. cuando existen derechos de aduana (donde no se tiene un tlc). este valor esta afecto a iva???. se declara junto con el iva de la importacion??? donde se declara. o es un valor que va para el estado??

    otra consulta. las facturas de flete estan exenta de ivas. donde se declaran???

    1. Estimado Marco, le recomiendo que estas cuestiones contables básicas se las lleve un contador. Él le podrá enseñar todo el proceso de un Libro de Compras, o una importación.

  8. Buenas tardes:

    ¿Cual es plazo para registrar una declaración de ingreso Form 17?

    Por ejemplo tengo una declaración que indica «Fecha De Vencimiento» 23/03/2012

    ¿Aún puedo?

    De antemano gracias,

  9. La factura que tengo del agente de correos con la DIN tienen valores diferentes, segun lo que lei entendi que es la DIN que se declara en el SII pero la factura de correos tambien se peude declarar? esa es la que viene con los gastos desglosados como derechos aduaneros y los IVA, finalmente que es lo que debo declarar en el SII?

  10. Esta declaración se puede realizar en el formulario 29 solamente? tengo una confusión al ver que mencionaban el formulario numero 15

  11. Antes que todo felicitarlo por la página, ahora tengo un pregunta : Compre una maquinaria en Iquique , y al traerla a Antofagasta esta maquinaria viene junto con una DECLARACION DE SALIDA y junto a DECLARACION DE INGRESO, la primera exenta , y la segunda como corresponde con sus respectivo Iva y los demas cobros , mi consulta es , que hago con la DECLARACION DE SALIDA.. ?.. por que no puedo considarar las dos en la contabilidad por que seria duplicar el valor en el libro ….

    1. Estimado René, si se dispone de las facturas de flete y seguro, éstas se pueden contabilizar como gasto directamente (a una cuenta de pérdida), o como activo incrementando el valor de las mercaderías importadas.

      Si no se dispone de las facturas (porque el exportador vendió CIF), lo más normal es incluirlo dentro de la contabilización de las mercaderías, es decir, como un mayor valor de la mercaderías (mayor Activo, ya que se activan al importarlas).

  12. Si existe un tratado de libre comercio con algún país (por ejemplo, Estados Unidos), ¿el articulo que voy a importar quedaría exento del derecho ad valorem? ¿en que me beneficia que exista algún tratado con un país determinado? muchas gracias

    1. Estimado Rodrigo, debes consultar esta información con tu Agente de Aduanas. Efectivamente un Tratado de Libre Comercio elimina los aranceles en el comercio con la zona del tratado. Pero la eliminación suele ser gradual (se va eliminando en un plazo de x años), y además suele haber ciertos productos más sensibles que se excluyen del tratado.

  13. Si una empresa chilena compra o renueva una licencia computacional al extranjero(estados unidos) y la descarga a traves de internet.
    ¿la afecta el impuesto del 15% art.59 ?

  14. Genial el Blog. Mi caso es que Aduana me ha cobrado un valor mayor de impuesto al que corresponde las ultimas 2 ocasiones que he importado. Ej. Compro por un valor CIF de $1000 USD y me cobran $300 USD de impuestos, creo que estiman que el precio de mis productos es mayor al declarado en la PI, cosa que no es así. El envío es normalmente a través de FEDEX o DHL. MI pregunta es puedo recuperar ese dinero y si puedo, que debo hacer?

    Gracias de antemano por la ayuda…

  15. Estimado Héctor
    Primero q todo debes ver la declaración de ingreso
    Como se indicaron los valores fob flete seguro
    Si indica los mil us esta bien declarado el valor
    Y sobre eso paga los derechos e impuestos
    Q son seis por ciento sobre cíf y diecinueve de IVA
    Sobre cíf más derechos .
    Hay que ver bien la documentación de respaldo
    Tienes posibilidades de reclamar ante la Aduana correspondiente
    Y tiene un plazo que se toma de la fecha de aceptación de la declaración de ingreso

    Saludos
    Felipe Serrano

  16. Que pasa con las facturas tipo DHL que tienen todo desglosado en 1 sola factura.

    Almacenaje Fiscal:
    IVA Almacenaje Fiscal:
    Cargo Terminal:
    IVA Cargo Terminal:
    Desconsolidación:
    IVA Desconsolidación:

    cual de ellos se deben tomar para declarar el iva por servicio de la empresa dado que me quedo claro lo de la DIN.

    1. Estimado/a, en estas facturas sólo vale como IVA lo que está en el recuadro del total de la factura. Estos desgloses son a título informativo, y suelen especificar la rendición de los gastos. En el caso de DHL, si ellos después incluyen estos gastos en el total de su factura, entonces no hay problema porque ese IVA está incluido.

      Pero en el caso de los Agentes de Aduanas este desglose no sirve como gasto fiscal, y el IVA no se puede recuperar. El Agente de Aduanas adjunta las facturas originales que debe ir al nombre de su empresa, y son las que sirven para gasto fiscal e IVA crédito. El Agente de Aduanas sólo factura sus honorarios.

  17. Estimados me queda claro como ingresar facturas de importación. La duda que me surge es la siguiente, si el agente de aduana cancela el IVA de la importación. ¿ como cancelamos el saldo que queda en el sistema? ya que segun el ejemplo al rendir lo entregado al agente de aduana solo el iva de la importación es lo que figura. Por tanto aun queda un saldo en sistema. Como saldamos ese monto?.Ojala puedan ayudarme. Muchas gracias.

    1. Estimada Valentina, si el Agente de Aduanas cancela el IVA, entonces hay que gestionar este Fondo por Rendir. Es decir, al Agente se le suministran unos fondos que debe rendir.
      Si el Agente de Aduanas paga el IVA sin que se le halla adelantado el dinero, entonces tenemos la deuda con el Agente de Aduanas. Él paga el IVA (se cancela una deuda con Tesorería con una deuda con el Agente de Aduanas).

  18. hola tengo una duda , tengo una importacion con el din y el iva pagado , esto lo registro en el codigo 534 y 535 res`pectivamente , hasta aqui no hay problemas , mi duda es que la factura de chilexprex incluye el item iva de la importacion como exento y otro de sus servicios afectos , como registro este exento por favor ayuda

    1. Estimado/a, en la factura de Chilexpress se facturan sólo los servicios de transporte. Si le incluye el IVA de la importación es sólo a título de rendición de gastos (si es que ellos lo pagaron en su nombre), pero sin la DIN este IVA no es válido. El documento válido para incluir el IVA de la importación en el Libro de Compras, así como en el F29 es la DIN.

  19. Hola, una consulta. Para importar, necesito facturas de importación o basta con una factura pro-forma. Y si saco factura de importación, puede ser electrónica?
    Muchas gracias

    1. Estimada Carolina, las Facturas de Importación son un documento que no existe. Sí existen las de exportación, pero no las de importación (en el sentido que dices, como si las fueras a timbrar en el SII). Cuando importas, a la aduana llega la factura del exportador, y en base a ella confeccionan una «Declaración de Ingreso», que es el documento válido como factura para importar, la contabilidad, y descontar el IVA.

      Esta «Declaración de Ingreso» sería la factura de importación, pero no las creas tú, las genera Aduanas. Y no son electrónicas, de momento no tienen versión electrónica, y tampoco está contemplado en el la especificación y formato de factura electrónica del SII.

  20. Tengo la misma pregunta que otra persona arriba, pero no se la respondieron.
    ¿cual es el plazo limite para declarar una «Declaración de Ingreso (DIN)», si dice fecha de vencimiento 5-7-2014? Pero la factura de la agencia de aduanas es del 26-6-2014.

    Existe problemas con que declare en el F29 de Junio la Factura de la agencia y en Julio la DIN??

    1. Estimado Javier, la DIN hay que declararla en el mismo mes de la fecha de emisión de la misma (abajo a la derecha del impreso). La factura de la Agencia de Aduanas no tiene nada que ver, es totalmente independiente. Cuando el Agente de Aduanas pone el IVA de la importación en la misma factura, es sólo a efectos informativos y para la rendición de gastos, pero no es el documento oficial para declarar el IVA de la importación; es la Declaración de Ingreso.

      1. Gracias por la respuesta. Pero solo para confirmar fecha de emisión es lo mismo que fecha de vencimiento??
        Lo pregunto porque es la única fecha que sale arriba a la derecha

        1. Estimado Javier, disculpa la corrección. Efectivamente es abajo a la derecha, la fecha de aceptación de la Declaración de Ingreso (casilla 215). Ésta es la fecha que debería ser la base de los cálculos (por ejemplo, es también la fecha que utilizan los bancos para el cálculo del impuesto de timbres y estampillas en el caso de créditos unidos a la importación).

          La fecha de vencimiento es «la fecha resultante de agregar 15 días corridos a la fecha de notificación de la legalización de la Declaración de Importación.» según puedes ver en la descripción de la Declaración de Ingreso en http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20070220/pags/20070220173341.html

  21. Estimado Laudus, tengo una consulta que quizás esté más arriba resuelta, pero no con el detalle que requiero para despejar mis dudas. Lo que sucede es que yo he estado importando desde usa cosas, en general menores a 1000 usd, llegan a aduanas me piden que envie comprobante de compra para valorar las mercancias, envio el recibo que me da el proveedor (que es un invoice de paypal) y con eso luego el paquete lo envian a mi sucursal de correos mas cercana. Yo debo acercarme a la sucursal a retirar el paquete, pero previo pago del iva en esa sucursal por la cantidad declarada de las mercancias. Esto yo lo hago como persona natural, por lo que no puedo aprovechar ese iva.

    El tema es que hace poco saque una empresa y quiero hacer lo mismo pero a través de la empresa, para poder aprovechar ese iva. Ya tengo iniciación de actividades y todo, pero me falta conocer qué aspectos formales debo seguir para poder rendir todo como corresponde. He leído bastante sobre la DIN, pero cuando yo hacía la importación como persona natural jamás vi ese documento (supongo que lo hacía la persona de aduanas, pero no tengo acceso a eso, solamente sabía el valor de iva q tenia que pagar). Por lo tanto, si ahora lo hago como empresa, qué debo hacer para poder tener esa DIN y así luego poder ingresarla en el libro de compras? Necesariamente debo contratar un agente de aduanas o es algo que pueda hacer yo?. O para tener comprobante de ese costo por las mercancias sólo basta con presentar el recibo electrónico de mi proveedor y el papel que me dan en correos como comprobante del pago del iva?

    En resumen, necesito saber:

    -cómo accedo a la DIN para después ponerla en el libro (si solamente la puedo obtener a través de la contratación de agente de aduanas o también se puede solicitar a la gente de Aduanas que valora las mercancías cuando ingresan).
    -si es obligatorio contratar a un agente de aduanas para importar como empresa.
    -si el comprobante de pago del iva que dan en correos en la sucursal sirve para acreditarlo como iva credito fiscal (y que sólo debo pedir que lo emitan al nombre de la empresa).

    Espero tu respuesta, me será de gran ayuda para saber cómo seguir.

    Saludos

  22. Estimado, siguiendo con mi pregunta anterior y complementándola. Cuando lo hacía como persona natural en aduanas generaban el FIVPS (Formulario de Importacion Via Postal y Pago Simultaneo). Ese formulario no sirve en vez de la DIN para declarar las mercancias en el libro de compras y tbn declarar el iva credito fiscal?

    Saludos

    1. Estimado Marcelo, cuando se reciben envíos por vía postal se tiene que indicar bien el RUT de la empresa, es decir, el envío tiene que ir a nombre de la empresa. Tiene que tener cuidado de que el proveedor ponga bien el RUT y nombre de su empresa. Eso es lo primero en lo que tiene que fijarse bien.

      Y el formulario 18 en general es el que se presenta como respaldo del IVA, para poder ingresarlo en el Libro de Compras. Correos no suministra una Declaración de Ingreso, suministra ese otro formulario. Marcelo, de Flexiexpress, que suele responder amablemente en este blog ha hecho varios comentarios al respecto que es bueno que revise.
      En cualquier caso, pasado un volumen, la importación irá por Agente de Aduanas y estos trámites serán más costosos pero más fáciles en cuanto a documentación de respaldo. Tenga cuidado si el trámite de importación lo hace algún courier porque muchas veces no suministran al cliente final toda la documentación (en concreto la Declaración de Ingreso), y tendrá que pedírsela.

  23. Consulta importe unos productos a través de mi casilla en miami por correos chile y ellos me entregan una declaración de ingreso formulario 17, se puede ingresar al libro de compras? gracias

    1. Estimada Roxanita, efectivamente las Declaraciones de Ingreso van con el RUT de Tesorería (60.805.000-0), ya que el proveedor extranjero tiene un RUT con formato que en Chile no se pueden verificar.

  24. Estimados, no encuentro solución al ingreso de DI con Ad-Valorem, al ingresar el monto en «Arancel», este monto no me suma al costo del producto. Favor indicar la forma en que se debe realizar y si está resuelto el tema.

    Gracias!!

    1. Estimada Alejandra, cuando se ingresa una importación Laudus calcula internamente el costo de cada producto incluyendo los costos totales de la misma, para lo que se tiene en cuenta el arancel y todas aquellas facturas que forman parte de la carpeta de importación. Este costo total no sobre escribe la pantalla de la factura de compras, pero es el costo que se informa en el Control de Existencias, y en los cierres de mercaderías.

      Este comportamiento (utilizar el costo total en vez del costo indicado) se puede activar o desactivar en las opciones de la empresa, en el apartado de Compras, en la casilla donde dice «Costear Imp. por valor total».

  25. que hago si la invoice esta por un valor que incluyo fletes y seguros y la declaración de aduana no lo incluyo y lo agrego y en definitiva como la que se contabiliza es la declaración de aduana tengo una diferencia respecto a lo que pague al proveedor y aparece como que le debo cuando no es así ya que el me incluyo el felte y el seguro

    1. Estimada Lorena, la declaración de Aduanas en una importación no la haces tú, la elaboran en Aduanas con la información del embarque. Si el precio incluye seguro y flete, el exportador ha especificado la cláusula CIF junto con la documentación, y todo es transparente. Y la deuda con el proveedor es por todo, mercadería, seguro y flete.

  26. Estimado Ladus

    tengo algunas dudas sobre la contabilizacion de las invoice, ya que estas se llevan a la cuenta de Proveedores Extranjeros.
    las facturas de proveedores extranjeros, estas se contabilizan directamente a un gasto ? ¿ pero no se reflejan en el libro compra venta , ya que para eso esta la DIN?
    Ademas los gastos asociados a la aduana estos a que cuentas se deben llegar, ejemplo : mercaderias en transito? u otras?

    1. Estimada Marijo, las facturas de proveedores extranjero se contabilizan a un gasto o una cuenta de activo fijo, depende del tipo de bien comprado. Lo que se ingresa en el Libro de Compras es la DIN, efectivamente.
      Los gastos asociados de aduanas y otros se pueden contabilizar de dos formas:
      a) Llevarlos a gastos
      b) Llevarlos a la misma cuenta de mercaderías que la importación (los bienes importados). En este caso incrementan el valor de los bienes importados, y por lo tanto cuando se hace el asiento contable de costo de las mercaderías vendidas hay que tener en cuenta que el costo a deducir en las importaciones es el total (mercaderías + gastos asociados).

      En Laudus se puede llevar de las dos maneras, ya que en las Opciones de la empresa se puede especificar si las importaciones se contabilizan por el valor total, o sólo las mercaderías.

  27. Consulta cuando compro muestras para ser analizadas en chile, envian factura como si fuera una venta cualquiera con neto, iva y total de su pais, bueno mi duda es, como la ingreso al libro de compras ? o queda solo como gasto y sin ingresar al libro de compras aclaren plis!!¡¡

    1. Hola,
      No, la línea 91 incluye IVA, Ad valorem y almacenaje.
      Para calcular el IVA se suma: :[Valor CIF + ad valorem (cod 223) + almacenaje (cod 113)] * 0,19

    1. Estimado Carlos, todas las facturas de importación son valoradas en dólares US. Si vienen en otras monedas, se traspasa el valor a USD. Y después se aplica el tipo de cambio de Aduanas para pasar el valor del IVA a pesos y así poder abonarlo. Por lo tanto, da igual si la factura del proveedor extranjero indica un tipo de cambio u otro, Aduanas valora todo en USD y después aplica su tipo de cambio (el de Aduanas).

    1. Estimado Carlos, para el costo del producto se debería ingresar lo efectivamente pagado. El tipo de cambio que aplica Aduanas sólo afecta al IVA y otros impuestos/cargos si los hubiere, no afecta al costo del producto que se paga directamente al proveedor.

  28. Estimado me gustaria que me
    Ayudaras con un tema el FIVPS ese documento viene desglosado mas menos de como fue que se genero el pago de impuestos sobre que monto en especifico y cuales fueron los porcentajes que se generaron para poder entender y saber en una proxima importacion el
    Valor que se me cobrara.
    Y mi segunda pregunta es si es que sabes si ese documento que me entregan en correos de chile al cancelar los impuestos (FIVPS) me
    Sirve para poder añadirlo a la contabilidad de mi empresa en los gastos?

    Saludos

  29. Estimado:
    Es correcto que mi consignatario de nacionalidad extranjera en el DI. Además,se permita facturar documento en Chile a travez de una factura exenta para efectos de cobro. De resultar incorrecto, que me recomiendan para corregir esta situación.
    De antemano, gracias!

    1. Estimado Ian, la Declaración de Ingreso es la factura de verdad a efectos fiscales, y siempre lleva IVA. Si le envían una factura exenta sólo para efectos de cobro, lo que puede hacer es ignorarla y sólo registrar la DI en contabilidad. Al decir «ignorarla» queremos decir que no la registre en contabilidad ni en el Libro de Compras, pero que sí la pague, obviamente.

      De una importación debería recibir:
      – Declaración de Ingreso: con IVA, factura oficial ante el SII
      – Factura proforma del proveedor: sin IVA le sirve para saber lo que adeuda al proveedor
      – Factura de servicios del Agente de Aduanas (o similar): con IVA, sólo son los honorarios por sus servicios
      – Factura de seguro por el porte: sin IVA, muchas veces no existe
      – Factura de flete internacional por el porte: sin IVA, puede no existir en función de las cláusulas de venta
      – Otras facturas de proveedores nacionales por servicios prestados en Chile: con IVA, pueden ser portes del puerto a su bodega, servicios de almacenaje en puerto/aeropuerto, evaluación de muestras, aforo físico, etc.

  30. Señores Laudus:

    Tengo claro que la Declaración de ingreso es la factura para efectos fiscales.

    Como estoy trayendo productos a través de DHL contratado por mi proveedor en China y DHL me hará entrega del producto en mi domicilio ¿Cuando, donde y como entrego los «datos de facturación» para poder ingresar esa declaración a mi contabilidad? No sé si sirva que diga mi nombre y rut personal si no que salga el nombre de mi sociedad, rut, etc. ¿ Me llaman de DHL para preguntarme los datos de facturación en aduana? Tengo esa duda al respecto.

    Espero sus respuesta, muchisimas gracias!

    Arturo A.

    1. Estimado Arturo, eso depende de cada compañía de transporte y de sus procedimientos. En general, para estas cuestiones, las compañías courier no suelen tener en cuenta que estas formalidades son importantes para el receptor. Por eso es muy importante que antes del envío todos los datos estén correctos, porque después no suelen pedir más, se concentran sólo en que el paquete llegue a destino.

      1. Muchas gracias por la respuesta, entendido totalmente. La última duda que me saltó es El certificado de origen y los otros documentos necesarios que viajan con la mercadería ¿Viajan en un sobre? ¿Viajan pegados? ¿Viajan dentro de las cajas?. El chino me está preguntando como me hace llegar el formulario F.

        Muchas gracias por todo!.

        Arturo A.

        1. Estimado Arturo, como le comento no somos expertos en este tema de comercio exterior y sus formalidades, pero según lo que hemos visto esos documentos cuando lo lleva un courier a veces los incluyen y a veces no. En general, si no le llegó, se lo pueden enviar aparte y presentarlo después. Póngase en contacto con su agente o fordwarder que ellos saben bien estos temas.

    2. Arturo,
      Tengo la misma duda que tú, también voy a traer productos a través de DHL contratado por mi proveedor en China. ¿Basta con que mi proveedor envíe los productos y complete la factura con el nombre de mi sociedad? Te agradecería me pudieras comentar como fue tu experiencia.
      Saludos.
      Claudia

  31. buenos días, por favor me pueden indicar como contabilizo una importación tengo la factura de la aduana con el iva que se cancelo por esta

  32. Estimados,
    Compré en China, la mercancia llego vía DHL, tengo la declaración de ingreso de aduanas Form 17, ¿esta se ingresa al libro de compra y venta al igual que el Form 15 que mencionan?
    Gracias de antemano

  33. Estimado, soy contadora recién ejerciendo, tengo una clienta que me entregó para hacer el formulario 29 y libro de compra y venta de su negocio, el Certificado de movimiento emitido por la Tesorería (formulario 17), en él aparecen todos los datos de transacción, monto neto, iva en dolar, fecha y los datos de mi clienta, pero no tiene antecedentes del proveedor, sirve para registrar?

    1. Estimada Jessica, esa declaración de ingreso es válida. No recuerdo si en el F 17 viene la identificación del Proveedor, ya que corresponde al pago de importaciones menores de especies ingresadas por pasajeros en buses internacionales, aeropuertos y puertos.

    1. Estimada Jessica, es posible pero no es importante, porque se supone que los funcionarios han comprobado los datos aportados por el viajero que llevaba las mercaderías para hacer la valoración. La declaración de ingreso es válida como factura.

    1. Estimada Jessica, en las importaciones se pone el nombre del proveedor (ese sí que usted lo sabe), y el RUT de Tesorerías o el 55.555.555-5 (este último es que el SII suele pedir últimamente, mejor que el de Tesorerías).

  34. Hola estimado,
    Buenos dias

    Le quiero hacer una consulta, estoy a puertas de importar varios productos desde china y estados unidos. El tema que voy a importar a través de una casilla por la cantidad de dinero que voy a invertir, pero el problema que tengo que ellos solo me facturan el servicio que realizan pero no me entregan el formulario DIN 17 de aduana para descontar el IVA de la importación completa. Como lo puedo hacer en este caso. Elegí casilla por un tema de seguridad ya que si envío por correo postal estaré inseguro y si lo hago a través de DHL u otro servicio directo como Fedex a Chile, entiendo que los costos son abusivos.

    Espero que me pueda ayudar con esta duda y consulta.

    1. Estimado Gonzalo, la DIN o el Formulario 18 se rellenan en Aduanas. Alguien los tiene que presentar en Aduanas la documentación siempre, ya que hay que pagar el impuesto. Y quien presenta esos documentos en su nombre, debería dárselos a usted para la contabilidad.

  35. Estimado.

    Tengo la Siguiente duda. En mi empresa contabilizo la DI a nombre del Proveedor extranjero con un código ficticio, para así identificar en mis análisis de cuenta que cosa pertenece a cada proveedor, según lei eso se permite ya que no es necesario ingresar rut, obvio por que no tienen.
    Ahora bien, los libros de compra son subidos al SII modificando el nombre y rut del que originalmente se ingreso a contabilidad por el de la tesorería,ya que el SII no permite rut que no existen.
    mi duda es la siguiente, me afectara en algo llevar llevar el libro distinto a lo presentado en el SII por este asunto? ya que para control me es mucho mejor tener los nombres de los proveedores extranjeros.

    1. Estimado Mauricio, depende de su software.
      En Laudus, por ejemplo, usted puede llevar el proveedor con el RUT original, y sólo se utiliza el RUT de tesorerías (o el 55.555.555-5 que últimamente sugiere el SII) en el momento de confeccionar el Libro de Compras electrónico. Es decir, usted siempre ve el RUT extranjero, y Laudus lo sustituye sólo en el Libro de Compras electrónico de manera automática. De esta manera puede hacer su gestión con el RUT extranjero, y el Libro de Compras es correcto.

  36. Estimado.
    Hola. El ejemplo ha servido pero esta faltando explicar cómo se registra la factura del Flete y el seguro internacional considerando que la importación es FOB. Actualmente los forwarders nos emiten una factura exenta por estos conceptos. Por favor tambien explicar como serie el caso del registro de una importación en CIF.

    1. Estimado Arturo, las facturas de flete y seguro internacionales no llevan IVA, ya que el IVA de estas facturas se paga en la declaración de ingreso, puesto que Aduanas agrega el valor de flete y seguro al precio FOB. Estas dos facturas se ingresan a Laudus como facturas exentas, y también debe incluir la carpeta de importación para que agregue el valor de flete y seguro al costo total de la importación.

      Si la importación es CIF, no puede hacer facturas independientes de seguro y flete, ya que éstos los ha pagado el proveedor (las facturas les llegarán a ellos). Y Aduanas tomará el valor indicado por el proveedor extranjero como valor CIF, y no le agregará flete y seguro. En la factura del proveedor, los costos unitarios llevarán incluido el flete y seguro; si flete y seguro vienen aparte, entonces usted debe agregarlos al costo unitario para ingresarlo bien en Laudus y que así cada producto lleve incorporados todos los costos.

      1. Muchas gracias por su pronta respuesta. Para el caso de la importacion FOB ya quedo mas claro pero para el caso de la importacion CIF es necesario que mejoren la forma como se registra en LAUDUS. Todos los provedores del exterior en sus facturas colocan el valor FOB de los productos y como items adicionales el valor del flete y del seguro. Imagine usted tener que incluir el valor del flete y del seguro a cada uno de los 100 SKU que posiblemente tenga la factura para poder registrar la importacion en LAUDUS (Trabajo manual o en excel). Por lo mencionado es necesario que exista una forma de ingresar los conceptos Flete y seguro para que se prorrateen entre cada uno de los SKU de la factura.

        1. Estimado Arturo, gracias por su sugerencia. De todas formas, en estos casos también puede agregar el flete y seguro en la pantalla de Gastos, como «otros gastos», y así no figurará en el Libro de Compras, pero sí en el cálculo de costos (agregando la carpeta de importación).

      2. Estimado disculpando el colarme a este post, necesito favor si me puede orientar respecto de lo mismo y que no me queda claro en la respuesta.
        Nosotros importamos siempre FOB el seguro y flete lo pagamos directamente a empresa de transporte y seguro, quienes nos emiten las respectivas facturas exentas por lo pagado.
        Al contabilizar mi DIN por valor CIF en la cuenta de existencia y luego contabilizar as facturas de seguro y flete en la cuenta gastos de importación realizo una dualidad en el costo por este concepto ya que cuando venta mi existencia y realice al asiento de costeo llevare a costo de venta el valor con la que contabilice, es decir valor CIF.
        En la actualidad para evitar esta dualidad registro las facturas de flete y seguro como gastos, las DIN por valor CIF pero el valor correspondiente a seguro y flete se los descuento a la cuenta existencia, así dejo el producto a valor FOB. Esto es lo que no sé si esta bien realizado o hay otra forma de contabilizar.
        Agradeciendo desde ya su orientación.
        Saluda cordialmente
        Angélica Olivares

        1. Estimada Angélica, cada cual puede elegir un método diferente para contabilizarlo mientras se llegue al mismo resultado. A nosotros nos gusta contabilizar la DIN por el valor FOB (poner el valor FOB como el valor Neto de la factura de importación, la DIN), y contabilizarlo directamente a Existencias, cuenta de activo. Y el transporte y seguro internacional también contabilizarlos a Existencias, para agregar el valor al costo del producto en vez de a gasto. De esta forma no hay que hacer ningún ajuste.

          De hecho, en Laudus, cuando se indican todos los gastos anexos a una carpeta de importación, se tienen en cuenta todos. Por ejemplo, los honorarios del Agente de Aduanas también pedimos que se contabilicen a Existencias (Activo) si se ingresa la Factura del Agente de Aduanas en la carpeta de la importación. Y así con todas las facturas anexas a la importación. De esta forma el costo de la mercadería es el costo total, y la contabilidad refleja en el activo el valor total. Y al rebajarlo en el cierre del ejercicio, se rebaja por su costo total, incluyendo el valor de todas las facturas.

          1. Consulta el IVA que paga la agencia de aduana ( que se calcula de la din) en contabilidad se debe llevar a una cuenta de existencia ? Ya que si uso la cuenta de iva crédito fiscal estaría duplicando ya que ese monto lo registre cuando contabilice la din.

            Gracias

          2. Estimado Danilo, el IVA debería ir contabilizado con la DIN, y no con la factura del Agente de Aduanas. Los Agentes ponen el IVA en su factura, pero a título informativo, como una especia de rendición de fondos. Pero el único IVA que debería contabilizar en esa factura es el de los servicios del Agente de Aduanas.

  37. Estimado, Tengo el siguiente caso. Tengo ingresada una Orden de Compra para el proveedor extranjero, pero la procedencia de la mercadería viene de dos países diferentes.
    Se puede asociar a una orden de compra dos Declaraciones de Ingreso diferentes???
    Cual sería el procedimiento correcto para este caso???
    Muchas gracias por su ayuda.

      1. Estimados, me podría indicar en que parte de la ley o resolución indica que una orden de compra se puede asociar a dos facturas con rut diferente.

        muchas gracias

        1. Estimada Geraldine, el SII no entra en las órdenes de compra, en ningún lado regula el SII nada relativo a las órdenes de compra estándares (hay unas «órdenes de compra de combustibles», pero es otro caso especial).
          Según lo vemos nosotros, si la matriz de una empresa le extiende una orden de compra, y después le pide entregar a varias obras cada una con su RUT diferente, no le vemos mayor problema, ni nada que no se pueda hacer.

  38. Hola. Muchas gracias por su aporte. Me estoy iniciando en el mundo de la contabilidad y son muy útiles sus blogs de información y guía. Tengo una duda con respecto a este tema de las DIN y tiene que ver con el flujo de caja y los gastos o montos netos que aparecen en la DIN y la factura de pago al proveedor extranjero. Por ejemplo, si realicé un pago con algún proveedor de transferencias internacionales, el me emite una factura exenta con el monto transferido en pesos, donde figura el importe efectivamente gastado y esa factura la ingreso a mis libros para armar el flujo de caja. Sin embargo, en la declaración de ingreso pongo un monto neto que es el considerado para el impuesto, pero que ya pague (o en parte) en la factura del proveedor de la transferencia internacional. Luego, en términos de gastos tengo esos gastos duplicados, cuando el real es el de la factura del proveedor de transferencia y no el de la DIN. Al utilizar el sistema del SII al menos, este muestra ambos montos como gastos independientes y en mi caso, al ingresar como efectivamente pagado sólo el de la factura exenta para dicha factura, y sólo el IVA para la Declaración de ingreso, el sistema mantiene un remanente de la declaración de ingreso para los meses siguientes, que se espera ingrese como gasto efectivo, pero que en realidad ya está ingresado desde la otra factura. Lo mismo pasa en el flujo de caja con el gasto de transporte y seguros, que pueden tener su propia factura exenta, pero que además está considerado en el monto neto de la declaración de ingreso. ¿Como se hace con este tema?

    1. Estimado Rodrigo, las Facturas de una casa de cambios (u otra entidad) por el importe de la moneda que se ha cambiado no pagan directamente al proveedor, es sólo un cambio de moneda. No encontramos pronunciamiento del SII sobre si hay que ingresarlas en el Libro de Compras (por lo cual suponemos que hay que hacerlo, aunque el efecto sobre el IVA es nulo), tan sólo la resolución 1420 que obliga a las casas de cambio y afines a emitir Factura o Boleta por el importe cambiado: http://www.sii.cl/documentos/resoluciones/1990/reso1420.htm

      En realidad no es un pago de una Factura del proveedor, y no debiera contabilizarse como un gasto fiscal que reduzca la utilidad. Es tan sólo un cambio de moneda, un cambio de efectivo o equivalente de efectivo. Contablemente sería (Efectivo a Efectivo).

      Hay facturas de proveedores que también son un cambio de activos, por ejemplo cuando se compra un Activo Fijo o Existencias (ambos se activan). La diferencia es que los Activos Fijos se deprecian (y la parte depreciada va a gasto fiscal), y las Existencias van a costo de las mercaderías vendidas cuando se consumen.
      Sin embargo, el efectivo nunca va a gasto.

      Otra cuestión diferente es que con ese efectivo (USD por ejemplo) usted pague una DIN, en ese momento sí debe pagar la DIN y reducir la deuda con el Proveedor. La DIN es la factura que va a gastos (o Existencias según el caso).

      Por eso, cuando usted recibe la Factura de la casa de cambios, sólo hace un cambio de efectivo en la contabilidad, nada más, no paga a ningún proveedor. Después contabiliza la DIN, donde surge una deuda con el Proveedor, y después es cuando utiliza el efectivo en moneda extranjera para pagar la deuda (y contabiliza Proveedores a Efectivo).

      1. Comprendo, sin embargo el tema es más complejo que eso. Por ejemplo, recién realicé una importación, con la consecuente DIN asociada. Supongamos que la declaración de ingreso de la importación consideró un valor total de USD$1.000 con un cambio $670, lo cual me daría un total de $670.000 como monto neto y el 19% de iva más el 6% de aranceles y además un cobro del SAG de $10.000. Todo esto figura en la DIN repartido entre monto neto más el IVA más el arancel. Sin embargo, yo adicionalmente recibo una factura de mi transportista, en pesos chilenos y que es lo que efectivamente debo pagar y además recibo una factura del servicio de transferencia internacional, donde figura el monto transferido más la comisión con su respectivo IVA. Así, supongamos que el transporte fue de $255.000 y el monto de la transferencia internacional fue de $480.000 y la comisión de la transferencia fue de $10.000 más los $1.900 de IVA de la comisión de ese servicio. Entonces, yo tengo los siguientes documentos:

        DIN:
        Monto neto = $670.000
        SAG = $20.000
        IVA = $127.300
        Arancel = $40200

        Factura transporte:
        Monto exento = $255.000

        Factura transferencia:
        Monto neto: $10.000
        Monto exento: $480.000
        IVA: $1.900

        Do todo lo anterior, lo efectivamente gastado no es lo que figura en la DIN, pues ahí se utiliza un dolar referencial. Yo lo que efectivamente gasté es lo siguiente:

        De la DIN:
        SAG = $20.000
        IVA = $127.300
        Arancel = $40200

        De transporte:
        Monto exento = $255.000

        De servicio de transferencia internacional (no es lo mismo que casa de cambio):
        Monto neto: $10.000
        Monto exento: $480.000
        IVA: $1.900

        Todas son facturas con folio válido, listas parta ingresar electrónicamente, pues son gastos efectivos. El único gasto no real es el monto neto de la DIN, pues ese es un estimado con el cambio considerado al ingreso, pero nada más. Por lo tanto, mi contabilidad real debería considerar los documentos mencionados y descartar el monto neto de la DIN. No entiendo porque debería no considerar las facturas que tienen los movimientos reales de dinero.

        1. Estimado Rodrigo, el importe por 480.000 pesos de la transferencia internacional no es un gasto contablemente hablando. Los 480.000 van a una cuenta de Efectivo, los 10.000 a gastos, y los 1.900 a IVA crédito, todo contra el pago que hace por esta factura. Está cambiando un efectivo de una cuenta corriente por unos dólares.
          Después, con esos dólares hace otro comprobante contable para reducir la deuda con el proveedor extranjero. Pero el gasto surge en la DIN (que es el documento que respalda la factura del proveedor extranjero).

          El monto neto de la DIN incluye siempre seguro y flete, por eso no es el monto que usted contabiliza. Este importe es sólo el que utiliza Aduanas para el cálculo del IVA, y no es el que tiene que contabilizar como gasto, ya que el transporte lo incluyó con su factura correspondiente. De hecho, en su caso, el neto de la DIN debería haber sido 480.000 + 255.000 (porte internacional) + estimación de seguro = 735.000 + lo estimado por el seguro.

          Por lo tanto, nosotros pensamos que una forma de contabilizarlo sería:

          Por la Factura (la DIN), que genera la deuda con el proveedor y el gasto (o activación de mercaderías):
          520.200 Existencias (480.000 del proveedor + 40.200 del arancel)
          127.300 IVA Crédito
          20.000 Gastos por revisiones SAG (ó Existencias)
          a Proveedores Extranjeros 480.000
          a Bancos 187.500 (40.200 + 127.300 + 20.000 = cheque realizado a Tesorería, o que paga el Agente de Aduanas en nuestro nombre)

          Por la Factura del transporte:
          255.000 Gastos de portes internacionales (ó Existencias)
          a Proveedores nacionales 255.000

          Por la transferencia internacional:
          480.000 Efectivo USD
          10.000 Gastos de Transferencias (ó Existencias)
          1.900 IVA crédito
          a bancos 491.900

          Por el pago al Proveedor con estos dólares:
          480.000 Proveedores Extranjeros
          a Efectivo USD 480.000

          Hay empresas que contabilizan todos los gastos (Revisión del SAG, costo de la transferencia, portes, etc) a Existencias, como mayor valor de las mercaderías en stock. Si se hace así, entonces al vender estos productos hay que rebajar el costo total en el Costo de las Mercaderías Vendidas.

  39. Estimado:

    junto con saludar, tengo una duda con respecto a la fecha, cual debo considerar la fecha de pago del iva a la tesorería o igualmente podría ocupar el iva en la fecha de vencimiento, ejemplo fecha de pago iva día 09-11-2016 con fecha de vencimiento 03-12-2016, es posible registrar este la DIN con mes de diciembre considerando la fecha de vencimiento? favor su ayuda quedare atenta y muchas gracias por el blog.

  40. Buenas Tardes:

    Cuales son los costos que las agencias de aduanas provisionan cuando se esta importando desde USA.?Estos pueden variar entre agencias.?

    Gracias

  41. Hola,
    Realice una compra en EEUU y pague a una empresa de transporte que haga el transporte a chile, esta empresa me envía su factura con un IVA de transporte pero a la vez me envía en su factura un detalle de monto exento (el valor del costo del producto que compre en EEUU).
    ¿Cómo puedo recuperar el IVA del producto? Cuento con la factura de la empresa de transporte y con la declaración de ingreso. Donde identifico el IVA del producto y que pasos sigo para recuperar el IVA de producto al SII.
    Nosotros utilizamos el Sistema de facturación gratuito del SII y declaramos con el 14TER

    Descripción de la factura del transporte internacional
    DET1 Total Reembolso Aduanero (Exento): 18.815
    – Derechos ………………………………….$ 4.146
    – IVA Aduanero, neto de flete ………..$ 13.908
    – Otros ………………………………………..$ 762

    DET2 Flete Internacional (Exento) 17.321
    DET3 Manejo 1.332
    DET4 Seguro 666
    DET5 Otros Costos por Almacenaje 0
    DET6 Otros Gastos 0
    DET7 Gastos por Despacho 2.914

    Monto Neto $ 4.912
    Monto Exento $ 36.136
    Monto I.V.A. 19% $ 934
    Monto Total $ 41.982

    Gracias por su ayuda

    1. Estimado Orlando, para poder descontar el IVA de la importación lo tiene que hacer con la Declaración de Ingreso, no vale la factura del transportista. Con la Declaración de Ingreso podrá descontar esos 13.908 pesos del IVA de las mercaderías importadas.

      Además, la factura del transportista está mal realizada a nuestro juicio. No pueden facturar como monto exento el total de (Derechos + IVA Importación + Otros). Ese importe no son servicios que hayan prestado ellos, ni se corresponden con ninguna actividad. Es simplemente una rendición de gastos, ellos han pagado el IVA y los derechos en Aduanas, y sólo corresponde hacer una rendición de esos pagos. Ellos deben entregarle a ustedes las facturas a su RUT, y ustedes pagarles lo que ellos han pagado. Pero en una rendición de gastos no se hace una factura exenta de IVA por los gastos. Por último, si ellos reciben la mercadería, pagan el IVA, y después le facturan a ustedes la mercadería (con IVA) como si fueran un distribuidor-intermediario no estaría mal hecho. Pero facturales ese IVA como exento es un error.

      Los Agentes de Aduanas suelen incorporar el detalle de la rendición de gastos de Aduanas (IVA y demás) en sus facturas, pero a efectos informativos, tal y como indicamos en la entrada del blog. Pero en ningún caso se pone después como Exento en la factura.

      El problema contable de ponerlo como Exento en la Factura, es que el IVA figura entonces como un gasto, y no es correcto. Y además, si no tiene la Declaración de Ingreso no puede ir como crédito fiscal. Es decir, se transforma una cuenta de activo (IVA crédito fiscal) en una cuenta de egreso.

  42. Estimados
    tengo la siguiente consulta, que pasa en el caso que se importen mercaderias de Alemania y lleguen directamente con su invoice , pero no haya necesidad de tramitar la importacion con un agente de aduanas, al ser asi, no tengo declaracion de ingreso.
    una importacion sin Declaracion de ingreso es correcta?
    como determinar el iva de la importacion si no tengo la declaracion de ingreso? y en el caso de no poder recuperar el Iva , este monto cancelado corresponderia a gasto?
    Si me puedieran responder porfavor seria de gran ayuda.

    1. Estimada Anita, siempre hay un documento que respalda fiscalmente la importación. Puede ser la Declaración de Ingreso, o el formulario 18 de declaración y pago de estos impuestos (que entendemos que es el utilizado en Correos, por ejemplo). No somos expertos, por lo que puede haber otros documentos que no conozcamos. Pero siempre existe un documento oficial, que es el que después sirve para justificar el gasto y el pago de IVA crédito.
      A veces al pasar por Correos no lo paran para la inspección y pago de impuestos, en ese caso debe pedir en Correos cuál es el procedimiento para poder pagar el IVA.

  43. como ingreso la factura de proveedor extrangero al libro de contabilidad el monto de esta siempre son exentos, con que rut para que me la acepte el sii en el libro electronico

    1. Estimada Soledad, las Facturas de los proveedores extranjeros nunca se ingresan al Libro de Compras. El documento oficial es la «Declaración de Ingreso», que es el que realiza Aduanas a partir de la factura del proveedor y datos de portes y seguros internacionales.

  44. Estimado:
    Junto con saludar, agradecería responder una duda, se hizo el abono por una compra en el extranjero nos llegó la factura correspondiente. Los productos aún no llegan, mi duda es la siguiente ¿la factura se debe registrar una vez que se hayan cancelado los gastos de internación (CIF+seguros)? es decir cuando reciba los productos.
    Quedando atenta a sus comentarios se despide,
    Paola

    1. Estimada Paola, las importaciones se registran en contabilidad y el F29 con la Declaración de Ingreso únicamente (en importaciones de mercaderías). Y este documento se hace en Aduanas cuando las mercaderías se ingresan físicamente.

  45. buenas, saludos mi pregunta es la siguiente como hago para registrar una factura de un servicio prestado desde el exterior en mi contabilidad fiscal (chile), para poder aprovechar el crédito fiscal, en vista que es un servicio y no pasa por aduana, es decir no va a tener declaración de ingresos de importación, gracias espero su respuesta…

    1. Estimada Marianela, los servicios todavía están en el limbo en el tema de importaciones. No existe un documento de «autoliquidación de IVA», no se hace el mismo tratamiento que con las mercaderías. Lo que debe hacer es una retención que se declara en el F50. El porcentaje e importe de la retención depende del tipo de servicio y la procedencia (porque puede haber tratados de doble imposición).

  46. Ola, mi pregunta es la siguiente: hice una importación y debo cancelar la factura al proveedor, ese pago lo puede hacer un hermano desde su cuenta bancaria a nombre de él, ya que yo me encuentro fuera del pais

  47. Estimados
    tengo la siguiente consulta, con que rut se debe registrar en los libros de compra electrónicos, un ingreso de DNI, si no aparece informado al SII, rut de agencia de aduanas o rut de la tesoreria

  48. Estimados, Gusto en saludarlos.

    Tengo un pequeño problema y es que el Agente de Aduanas me envía una factura para el cobro de sus servicios + una nota de débito por el recupero de gastos por las facturas de gastos inherentes a la importación que han pagado en nuestro nombre.

    Mi duda es, cómo registrar ambos documentos, nota de debito + facturas de los proveedores terceros, sin duplicar costos? Gracias, Saludos

    1. Estimado Gonzalo, debe revisar bien a nombre de quién van las facturas de servicios, y si el Agente de Aduanas incluye estas facturas en su Nota de Débito (en el Neto, IVA y Totales). Hay veces que lo incluyen sólo a título informativo y no en los totales. Mire los ejemplos de la entrada para ver cómo se suelen informar.

  49. Estimados:

    Según la declaración de importación, debo cancelar a Tesorería los siguientes valores:

    Ad-Valorem $72.550
    IVA 19% $243.532
    Aporte Portuario $130
    TOTAL $ 316.212 a Tesorería.

    Al ingresar el DIN a Laudus, me asalta la duda con el monto pagado por «Aporte Portuario», lo ingreso como valor exento? ya que en arancel, ingreso el Ad-Valorem y en impuesto el 19%. Sin embargo al ingresarlo como exento, me lo agrega como valor pendiente de pago, cuando este se ha cancelado a Tesorería.

    De ante mano muchas gracias.

    1. Estimada Nathaly, no es fácil, ya que no tenemos una casilla especial para este «Aporte Portuario». Tal vez lo mejor sea registrarlo como un gasto aparte (fuera de la misma importación, pero con el mismo número de carpeta de importación), e incluirlo en el pago que se ha hecho a Tesorería (en el cheque del pago, se ponen dos detalles, el correspondiente a Ad-Valorem e IVA, y el del Aporte Portuario).

  50. Estimados:

    Haciendo referencia a lo mencionado por ustedes en el registro del DIN
    «IVA: son 885.053 pesos según consta en la Declaración de Ingreso. Hay que poner el valor exacto de la declaración, aunque nunca va a coincidir con el (Neto * 0,19), ya que el IVA incluye el IVA del transporte internacional y seguro. Por eso este valor hay que ingresarlo y sobreescribir el cálculo de Laudus. Al guardar la factura Laudus avisará que el IVA no es el 19%, pero no importa, sabemos que en estos casos nunca va a coincidir»

    Realizo la siguiente observación:
    Si bien el Neto no coincidirá con el IVA que agregaremos manualmente y que corresponde a lo pagado a la tesorería, al momento de consultar el cruce de los libros electrónicos (Menú Impuestos mensuales del SII) me arroja un código IEC12 (Registro de Información Electrónica de Compras incluye documentos cuyos montos de IVA son mayores a los montos determinados por este Servicio) y me discrimina la diferencia entre el neto ingresado y el IVA agregado.
    Siendo así no estaría el SII reconociendo que este tipo de practica se realiza cuando se trata de un tipo de documento 914 como DIN y aún así me esta observando la diferencia.

    Cómo sería la solución a esta observación?

    1. Estimada Nervi, no hay otra forma correcta de hacerlo. Se podría imputar el IVA a la factura de transporte y a la factura de seguro, pero esas facturas no llevan IVA, y el SII lo objetaría. Hay gente que imputan el IVA a la factura del Agente de Aduanas, pero eso es incluso peor, ya que el Agente sólo factura sus honorarios, y el IVA de la importación debe de ir con la DIN.
      Y tampoco se puede poner el transporte y seguro dentro de la DIN porque ya tienen sus facturas aparte emitidas por proveedores nacionales muchas veces (y si no se declaran el SII también cruzaría la información y obtendría una factura no declarada).
      Suponemos que esa observación del SII es genérica, y que una vez explicada se pasa por alto. Hay miles de importaciones cada día, y suponemos que con el tiempo harán estas excepciones.

      1. Estimado:

        Primero que todo, agradecer la utilidad de este Blog.
        Siendo así como me comenta, el SII debería no observar este tipo de documentos, inclusive, en algunos casos las empresas optaban por ingresar como neto $1 y la diferencia sería entonces mayor.

        Saludos, buen día.

        1. Estimada Nervi, es que según lo vemos nosotros es imposible que cuadren las cifras al 19% exacto, o parecido (el SII siempre admite una diferencia de 1 peso por línea de detalle). Básicamente por el transporte y seguro internacional, pero aún así, también podría haber diferencias por la aplicación del tipo de cambio y los productos, cuando éstos se ingresan en el ERP.
          Sería ideal tener un pronunciamiento del SII sobre la mejor forma de ingresar estos valores en el Libro Electrónico, para asegurar la cuadratura y evitar las observaciones. Pero por más que pensamos nos parece imposible cuadrar los valores si se siguen las mismas reglas que en una factura nacional.

  51. estimados revisando su explicacion me queda una duda
    que valor debo utilizar como credito de la importacion si en la din se refleja lo siguiente

    cuentas y valores
    cod 223 usd 103.74
    cod 178 usd 348.21
    tatal giro 451.95

    tipo de cambio 704.42 cod 91 $ 318.363.-

  52. Hola,
    Como y donde debo registrar las facturas (invoices) recibidas de mi proveedor de servicios de telecomunicaciones que recibo del exterior que corresponden a los costos de ventas de mis servicios.
    No existe declaración de ingreso (DNI) puesto que no son bienes asi que no tengo claridad de como ingresarlo (factura exenta?, boleta exenta?, DNI exento? con el numero de la invoice?)

    1. Estimado Christian, para las importaciones de servicios hay que hacer una retención y declarar dicha retención en el formulario 50. Con este trámite, la factura ya es un gasto válido, aunque no lleva IVA. El SII no deja claro con qué código de documento ingresar las importaciones de servicios. Podría ser una DIN, o una Factura Exenta. Tal vez la Factura Exenta presente menos problemas desde el punto de vista de validación de datos, ya que una DIN se supone que lleva IVA.
      La importación de servicios es un tema pendiente, pero no solo en Chile. En el mundo en general el tratamiento es anticuado, no existe un documento de auto-liquidación de IVA que permita igualarlas a las importaciones de mercaderías, la OMC (Organización Mundial del Comercio) todavía no se aclara de cómo tratar muchos de los casos, y los Códigos de Comercio de los países todavía no se han actualizado para tratar la problemática que plantean las nuevas tecnologías, donde a veces no es fácil determinar ni dónde se genera el servicio, ni dónde se consume.

  53. Hola tengo softlanERP y cree una nueva empresa pero al momento de traspasar los datos de inventario a contabilidad me arroja un mensaje de error
    «THE INSERT statement conflicted with the FOREIGN KEY constraint «XWloteDesp_CWdetli01». The conflict ocurred in database «EMPRESANUEVA», table «softland.xwloteDesp», column «NroLote».

    código: -2147217873
    Modulo: IWCONTA2

  54. Buenas tardes, esta forma de importar informacion es aplicable al modulo de empleados? si es asi, cual es el formato con el cual se debe cargar.

    Gracias.

    1. Estimado, en la entrada de arriba nos referimos a Importación de mercaderías, no se refiere a importación de información. Para importar datos de empleados, puede hacerlo como se dice en https://www.laudus.cl/blog/importacion-de-informacion/. El método para importar empleados es el mismo que para importar clientes, proveedores, o productos.

      Si lo que necesita es importar datos de una liquidación, puede ponerlos en Excel, y después copiar los datos y «Pegar Tabla» en la pantalla de Liquidaciones.

      1. Gracias por la pronto respuesta, cuando trato de hacerlo me arroja un error y dice que no tengo identificado el id del empleado.
        Hay algun formato en especifico en el cual debe cargar los datos?

        1. Estimado, es muy difícil pro este medio saber exactamente el dato que no está agregando, ya que no tenemos imágenes o el archivo que intenta importar. Para estos casos lo mejor es que se contacte con soporte, que tienen las herramientas de software para asistirle. Gracias.

    1. Estimada Andrea, si se refiere a registrar Facturas Proforma de sus proveedores internacionales, no puede, se ingresa la Declaración de Ingreso (que debe corresponder a la Factura Proforma). Al ingresar la Declaración de Ingreso en Laudus hay una casilla para indicar la Factura Proforma, pero no se pueden ingresar los dos documento de manera independiente.

  55. Hola estimados

    estoy realizando una importación ficticia para un trabajo de la U estudio comex
    una consulta alguno de ustedes tiene algún formato de DIN para llenar 🙁 en la web hay uno pero no me deja rellenarlo

    saludos a todos

  56. Hola. Felicitaciones por el Blog. Estamos realizando importación de bienes Ex fábrica desde méxico. Los gastos en méxico para llevar y pasar por aduana los productos los realiza una empresa mexicana, quienes se lo facturan a mi proveedor. Consultas:
    1) Cuál es la forma correcta en que mi proveedor debe cobrarme esos gastos? , factura exenta? Nota de Cobro? u otra forma?
    2) Cómo la contabilizo (no viene en la DIN) para que pueda sumarse al costo de las mercaderías que estoy importando?
    Gracias

    1. Estimado Francisco, si el proveedor se está haciendo cargo de los gastos en México hasta aduana, en realidad está vendiendo FOB. Por lo tanto lo suyo es que le facture esos servicios dentro de la factura total que viaja con la mercadería, y así estaría dentro de la DIN y usted podría incluirlo como un gasto.
      Aunque su proveedor diga que usted es quien se hace cargo de los gastos hasta FOB, pero que ellos sólo hacen el trámite, en realidad cuando se vende FOB el importador paga los gastos dentro de la factura (nadie da nada gratis, al final uno paga los gastos de una manera u otra, dentro del costo unitario de la mercadería o como factura aparte).

      Si no lo hace así, se lo podría facturar como una exportación de servicios (su proveedor a usted), exenta de IVA como toda exportación, pero usted no puede declararlo como DIN, tendría que hacer una retención y declararla en el F50. Es un trámite menos ventajoso, ya que la retención del impuesto en realidad se convierte un costo mayor para ustedes.

  57. Hola Buenas, mira estoy ingresando una importación a Laudus pero tengo problemas cuando quiero pagar el IVA. Tengo que crear a la tesorería general de la republica como proveedor para asignarle el pago del IVA? y si no es así como pago el IVA con el fondo por rendir el cual le asigne a mi agente de aduana.

    Saludos

    1. Estimado Juan Pablo, no hace falta agregar a la Tesorería como proveedor. En \Contabilidad\Cuentas tipo puede especificar la cuenta de pasivo de «Deuda del IVA en las Importaciones». Ponga allí la cuenta de pasivo del impuesto a pagar a la tesorería. Después la rebaja con el fondo a rendir del Agente de Aduanas. Los fondos por rendir se ingresan en \Compras\Pagos. Si tiene dudas, lo mejor es que en soporte le guíen en el proceso completo.

      1. Hola, mira ya tengo todo listo, ingrese la factura DIN, las facturas de agente y los otros gastos asociados, ingrese el pago de provisiones al agente, pero cuando quiero rendir los fondos del agente de aduana tengo problemas. En pagos ingreso todos los gastos asociados, agente, transporte, BL, pero cuando quiero ingresar el IVA, ya que el agente de aduana lo pago, no me parece como a uds. como IVA importación con el proveedor de Tesorería General. Me aparece la declaración de ingreso pero no el IVA. Adjunto screen de como me queda

        Saludos

          1. En recientes comentarios he tratado de consultar justo este mismo caso.

            Cuando voy a rendir los fondos de IVA pagado por el agente no me aparece para asignarlo al fondo por rendir. Me aparecen todos los gastos menos este IVA para rebajarlo.

            Estimado Juan Pablo si conseguiste la solución lo agradecería, Ya que llamar a Soporte es toda una odisea.

            Gracias

          2. Estimado José, cuando va a rendir los fondos entregados al Agente de Aduanas, debe ir a la pantalla de \Compras\Pagos. Allí hace un nuevo pago, y en el encabezado le dice que va a pagar con el Fondo por Rendir que dio previamente al Agente de Aduanas. En el detalle agrega las facturas que está pagando (por ejemplo el almacenaje en aeropuerto, portes nacionales, etc que haya pagado el Agente en su nombre con la provisión de fondos que usted le dio), y agrega una línea para el IVA que no sea una factura previamente ingresada, debe desmarcar la casilla «Pagar un documento» para pagar el IVA (que no es una factura, boleta, etc). Por ejemplo:
            IVA Fondo por Rendir

  58. Hola, estoy realizando paso a paso el procedimiento indicado en este blog. pero cuando llego al momento de cancelar todas las facturas asociadas a mi importacion contra el fondo por rendir me aparece una alerta que dice «este proveedor tiene fondos por rendir equivalente a 0 pesos, se ajusatara automaticamente al saldo indicado» por lo que no me permite cancelar las facturas. Me
    podrian orientar en esta situacion?

    Saludos.

    1. Estimado Román, eso es porque no emitió el cheque primero de los fondos por rendir (o eso creemos con la información que nos da). Lo mejor es que llame a soporte para que le indiquen el procedimiento. Gracias.

  59. No tengo claridad como puedo llevar el control y registro de las facturas originales de los proveedores extranjeros ya que de la lectura anterior entiendo que el documento de registro de la importación es la declaracion de ingreso que se genera a nombre del proveedor, pero el documento emitido por el proveedor es su propia factura. Como distingo una de otra, se pueden registrar ambas? cómo se debería hacer? Esto es especialmente importante cuando se mantienen compras a crédito y varios documentos por pagar al proveedor.

    1. Estimado Christian, lo que hay que ingresar es la Declaración de Ingreso. La factura original es importante para saber los valores de los productos, pero al final debería coincidir con la Declaración de Ingreso (a no ser que se haya declarado por un valor diferente al real). En Laudus, los aranceles, IVA, etc, no forman parte de la deuda al proveedor, sólo el valor declarado.

  60. Hola !! Una consulta … Cuál es la fecha que debo tomar de la DNI para ingresarla como fecha de emisión? Ya que en una me aparece fecha de vencimiento y en otra fecha de aceptación ( son diferentes) , y significa que si tiene fecha por ejemplo de septiembre puedo ocuparla solo en el próximo periodo de IVA correspondiente a septiembre?

    1. Estimada Heider, lo estamos considerando, pero sólo para cuando no hay restricciones en el ciclo de ventas (y así evitar el ingreso de facturas rompiendo las reglas de verificación de morosidades, stocks, etc). Si efectivamente se implementa, y los tiempos, no se indican nunca, ya que la agenda de desarrollo depende de muchos factores.

      1. Disculpa, Laudus. Pero conseguimos la forma de hacer la carga masiva con las compras. De hecho, hace poco llamé y efectivamente me confirmaron que se podía hacer, es más, me enviaron el formato con el que se debe hacer la carga, pero hay que no está tomando o no lo estoy haciendo bien, porque culmina el proceso pero no me aparecen las facturas. Sé que se puede, podrías ayudarme? Gracias, Laudus!

        1. Estimada Heider, es casi imposible desde aquí ayudarla, ya que no podemos ver el proceso que está realizando. Para ello por favor contacte con soporte para que le ayuden mediante una sesión remota. Recuerde que debe tener el servicio de actualizaciones y soporte activo, y ser usuario capacitado. Gracias.

  61. Estimados, muy buen blog, pero tengo una duda, tengo una DIN donde los montos son los siguientes:

    FOB U$608.78
    flete U$1443.48
    seguro U$60
    CIF U$2112.26

    AD VALOREM U$126.74
    IVA U$425.41
    IVA TOTAL U$552.15
    IVA TOTAL $353978
    VALOR USD 641.09

    EL VALOR TOTAL NETO A INGRESAR EN SII SERIA $1354148.76?
    Y EL IVA A INGRESAR SERIA $353978?

    muchas gracias,

    saludos,

    1. Estimado, lo único que debe ingresar es el IVA + ad-valorem a la Tesorería. Es decir, 353.978 + 81.252 = 435.230
      El total de la factura no se ingresa en ningún sitio, corresponde a la deuda con los diferentes proveedores (si es que el transporte y seguro no lo ha pagado el proveedor de la mercadería) y los impuestos.

      1. hola una duda con respecto a tu respuesta, porque indicas que hay que ingresar el IVA + ad valorem, y cuando colocas el monto esta (IVA+ad valorem) + ad valorem?

        osea la manera correcta seria= 272.726 + 81252 = 353.978

        estoy en lo cierto?

        1. hola, puedo aportar algo..
          lo que se paga a la tesorería en la din son los siguientes códigos
          223 = ad-valorem
          300= gastos de importación
          178= iva

          esos 3 son el total del pago a la tesoreria

          el Ad-Valorem se considera costo. siempre y cuando no sea una importación desde china
          por el tratado de libre comercio. se recupera ese monto después , por ende se lleva a una cuenta de Impuesto por recuperar

        2. Estimado Alejandro, efectivamente tienes razón. Dado que en el ejemplo pone IVA e IVA total, habíamos pensado que el IVA total era el IVA de las mercaderías más el del arancel. Está mal puesto en el ejemplo, el IVA total en realidad es (IVA total + arancel), y ese es el importe a ingresar a Tesorería.

  62. Consulta,
    que diferencia hay en el F17 y el F15 por los pagos de aduagan,
    la empresa de aduanas Fedex solo me entrega el detalle de pago de F17 y desglosa el iva, pero no hay din,
    en cambio cuando el pago es F15 se adjunta el din, solo puedo recuperar este iva ?

  63. Estimado. tenemos la siguiente duda.

    El transporte terrestre del puerto a nuestras bodegas se puede considerar costo? o es gasto?.
    he preguntado a varios amigos de diferentes empresas y en todas lo llevan como costo. pero nadie tiene una referencia del SII. para corroborar eso.
    de antemano agradezco tu respuesta.

  64. Buenas noches, tengo una duda, el agente de aduana paga el iva con el fondo que le entregue, como quedaría el asiento contable? Porque el fondo por rendir disminuye por el haber y la cuenta iva crédito también disminuye por el haber.
    En que estoy equivocada?

    1. Estimada Kellys, si el Agende de Aduanas paga el IVA (y otros servicios) es una rendición de fondos. Usted primero le da la provisión de fondos al Agente de Aduanas, y él entonces tiene una deuda con usted (usted cambia un activo -bancos- por otro activo -deuda del Agente-).
      Después cancela las deudas con la Tesorería o proveedores de servicios aeroportuarios con este activo.

    2. hola Kellys
      me hice un archivo de cuadratura para las importaciones. muestra los asientos que debes hacer y los mayores como deben quedar.
      esta muy bueno si quieres te lo puedo enviar.
      veras que cuadra las cuentas del:

      Agente de aduana
      Las DI
      Las facturas anexas del agente
      y los gastos y costos se clasifican según corresponde por la normativa vigente en Base a IFRS

      1. Hola Diego Jorquera.
        Serías tan gentil en enviarme el archivo de cuadratura para la importaciòn con sus respectivas cuentas.
        Agradeciendo desde ya,

        Carolina Pinto

      2. Hola Diego, disculpa la patudes pero me encuentro escudriñando en la web , todo lo que me pueda servir para darle valor a mi trabajo, aparte de solo operacional, controlo los gasto de importaciones y exportaciones en una empresa alemana y me gustaria poder ver si me compartirías el archivo que mencionas para los asientos contables involucrados. De antemano, muchas gracias por leer mi post

  65. Consulta, para poder efectuar la conversión de tipo de cambio a una compra en el extranjero. ¿Se debiese tomar la fecha de la DIN o a la fecha de pago de está u otra fecha? La duda me surge, debido a que los productos se demoran aprox 2 meses en llegar a Chile y no sé si existe algún problema respecto a esto. (Esto para efectos de efectuar las contabilizaciones pertinentes).

    1. Estimada Yanitza, a efectos de ingresar la DIN en contabilidad, hay que tomar el tipo de cambio de la DIN. Para el pago y las diferencias en tipo de cambio que se generan, ahí si que tiene importancia la fecha de pago.

    1. Estimada Vanessa, nuestro software le permite facturar a un RUT de persona natural. Tenga en cuenta que estos RUT pueden pertenecer a una sociedad.
      Sin embargo, en teoría, según la Ley de IVA, no se puede realizar una factura a una persona natural, ya que el cliente debe ser contribuyente de primera categoría (en realidad contribuyente afecto a pago de IVA, a realizar el F29 todos los meses).

  66. Buenas tardes, necesito hacer la declaración del iva de una empresa que importo en el mes de febrero, la contadora me dijo que aun no ha aprovechado el impuesto que le sale en la dua, que lo aproveche yo en esta declaración, ya determine los monto pero no se específicamente en que casilla de la planilla de declaración debo colocarlo.

    1. Formulario de pago de importaciones del giro casilla 534 va la cantidad de importaciones y en la 535 pones el valor del CF de la importación que es solo el valor que te figura en la declaracion de ingreso (DIN) en la casilla 178..

  67. REF: «Estimada Patricia, según dice el SII hay que consignar la “Fecha de pago del documento de importación”: http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/catastro/001_012_2504.htm»
    Esta respuesta está un poco confusa. Ya que la «Fecha de pago del documentos de importación» no aparece como tal en el mismo formulario 15 (DIN), sino que la fecha de pago aparece en el documento de la Tesorería que generalmente va adjunto. En el formulario 15 (DIN) aparecen la «Fecha de vencimiento» la «fecha de aceptación» y la «fecha de transporte»… como comprenderá no hago match con ninguna de ellas. Agradecido de antemano.

  68. Estimado
    Tengo una factura de importación de un software. Este Servicio viene de España, esta en Euros con un IVA de 21%. Como debe registrarse?

    1. Estimada Felicidad, de momento no existen las importaciones que no sean mercaderías y pasen por aduanas. Es una pena, porque el mundo está cambiando, pero en casi todos los países la legislación va muy por detrás de la realidad.

      En este caso, se ingresa como una factura sujeta a retención en el caso de que el Convenio de Doble Imposición de Chile con España así lo considere. Hay servicios que van con unas retenciones u otras, o sin retención. Si hubiera retención se incluye y se paga con en el F50.

  69. Hola! Gracias por la guía para entender los documentos. Disculpa si esta pregunta es muy básica.
    Quisiera saber si una declaración de ingreso emitida a una persona natural puede ser ingresada en el SII de una empresa.
    El tema es que una de mis socias hizo una compra en el extranjero como persona natural, así que los documentos de ingreso están a su nombre y no de la empresa. Pero estos productos los tuvimos que usar para el ejercicio de nuestras actividades…

    1. Estimada Evelyn, en principio no puede agregar esa DIN a la contabilidad. Consulte a su asesor tributario si existe alguna forma de «vender» esas mercaderías desde un particular (la socia) a la empresa, porque sería la única forma de hacerlo.

  70. Buen dia.

    Tengo una duda respecto a la aplicación de un fondo por rendir, dado como provisión a un agente de aduanas.

    Todo parte del registro de una factura de un proveedor extranjero, con base en la DI. Se registra un IVA que no corresponde al proveedor, en cuyo caso el sistema en el comprobante contable el IVA Crédito fiscal se compensa automáticamente, pues no corresponde al proveedor.

    Posteriormente, cuando vamos a aplicar las facturas asociadas al fondo por rendir, no sé como seleccionar sólo el IVA que el agente pagó en la nacionalización a nuestro nombre, y con nuestro dinero. Entiedo que no puedo seleccionar un proveedor extranjero, porque en el sistema este impuesto no impactó en la deuda que tenemos con ellos.

    1. Estimado José, cuando aplique el Fondo por Rendir en el encabezado del pago pone el Fondo, y en el detalle (en la cuadrícula de abajo) pone el detalle de lo que está pagando con ese Fondo por Rendir. Ahí puede indicar Facturas y también puede indicar otro tipo de gastos-pagos (diciendo que no quiere pagar un documento, sino otros tipos). Ahí debe ingresar el importe del IVA, y en el «Tipo» puede crear uno específico para este tipo de movimientos si lo desea.
      Si necesita aclaraciones adicionales, puede llamar a soporte.

    1. Estimada Priscila, desde la pantalla de Gastos puede acceder a un informe que se llama «Resumen de la Importación». Si ha asignado bien a cada factura relacionada con la importación la misma carpeta de importación (en la pantalla de Gastos), los costos figurarán con su detalle.

  71. Buenas LAUDUS.

    Tengo un problema: al registrar la declaración de ingreso a LAUDUS y marcar la casilla «importación», el movimiento no genera un comprobante contable. ¿como arreglo esto?

    Curiosamente, el sistema me permite ingresar números en el campo al lado de la casilla «importación», a pesar de que la casilla no este marcada.

    1. Estimado Víctor, si va a las opciones (\Herramientas\Opciones), en las opciones del usuario hay una casilla que dice «Mostrar mensajes contables». si la activa, Laudus le dice la razón por la que no puede generar el comprobante contable.

      1. Gracias por la respuesta, me soluciono el problema.
        Resulta que no tenia una cuenta asignada a la deuda IVA de importaciones.

  72. Buenos dias,

    quizas alguien me pueda ayudar con esta consulta porque no he encontrado un ejemplo que posea ad-valorem (223) y almacenaje aduanero (113). Como se debe proceder en esos casos? La siguiente formula da error:

    NETO: CIF + ad-valorem (223) + Almacenaje aduanero (113)
    IVA: (178) + (Almacenaje aduanero*19%)

    Qué operacion sería la correcta?

    1. CORRIJO MI CONSULTA:

      En el codigo (178) ya está incluido el iva del almacenaje aduanero por tanto

      NETO: CIF + ad-valorem (223) + Almacenaje aduanero (113)
      IVA: (178)

  73. Estimados:
    Al ingresar la DIN al RCV del SII, el valor Fletes código (DIN) 223 Seguros Código 113, debo considerarlos como exentos o Impuesto sin crédito?
    Muchas Gracias

    1. Estimado Raúl, la DIN siempre va en valor CIF (el valor que se declara es el valor CIF). Eso incluye el seguro y flete. El IVA se paga por el valor CIF, por eso las facturas que le emiten de seguro y flete internacional son siempre sin IVA (en realidad no es porque sean exentas, es porque ese IVA se pagará en Aduanas).

      1. Entonces el crédito fiscal que debo utilizar es el total que pago a la Tesorería, es decir, el monto indicado en el código 91 de la DIN?

        1. Noo , el iva es el codigo 178,
          El neto vendria siendo el CIF + el Codig 223 (ad valorem) + Codigo 113 (desaduanaje)
          Siempre hay mucha confusión pero despues de preguntar a como 5 contadores y una persona de aduanas pude esclarecer esto.

          El codigo 191 solamente es lo que pagas en aduana que corresponde, al iva, mas el ad valorem, mas el desaduanaje, y no sobre el cual haces el calculo. Ya que si divides el codigo 178 por 0.19, llegaras a que es la suma del CIF +223 +113.

          1. Estimada Marcela, tiene toda la razón, disculpe, el total pagado a Tesorería incluye el impuesto ad-valorem y otros impuestos que pudiera haber. El crédito fiscal es solo el IVA, que es el código 178. Muchas gracias, lo hemos editado para que no haya confusión.

          2. super entonces en el libro de compras el IVA sería lo que dio en el código 178 y es lo que se declara en el Formulario29 en la línea 33 y el neto en la línea 25? esa es mí duda o solo se anota el IVA. mí otra duda el pago a tesorería se contabiliza como un gasto?

  74. Estimado

    Mi consulta es con respecto al pago en laudus para liquidar la factura de aduanas, ¿qué pasa cuando la rendicion de gastos del agente es mayor al dinero que entregamos,cómo contabilizamos cuando pagamos la diferencia que quedamos debiendo a este?

    1. Estimada Silvana, en la pantalla de pagos puede ingresar una línea con el monto en negativo (la diferencia en su caso). Laudus lo contabilizará al haber en vez de al debe, y así saldrá bien ajustada la cantidad.

  75. Estimados,

    Tengo una duda, cuando realizamos la conciliación de compras y ventas, para que cuadre el DIN, modificamos el IVA cuando se registra, pero de igual forma el total nos da diferencia, por ende nos las muestra en la conciliación. Ese restante que generalmente es solo por el seguro a donde lo llevamos si no hay ninguna factura por esto.

    Gracias de antemano.

    1. Estimado Daniel, podría ver un ejemplo concreto con soporte. En principio, el costo de la DIN debería ser CIF, al igual que en Laudus, salvo que existan facturas separadas por transporte internacional y el seguro, en cuyo caso no se puede poner CIF porque se estaría contabilizando dos veces. Otra opción, en caso de tener factura por los portes internacionales, es no registrar esa factura, y poner en la DIN el costo CIF en vez de FOB.

      Con esas opciones, los montos deberían cuadrar, porque el IVA sería el 19% del costo.

  76. Hola Buenas tardes una consulta que pasa si la rendición del agente de aduana resulto por mas dinero de lo entregado en fondo por rendir a mi agente de aduana como se registra

  77. hola buenas tardes quisiera hacer una consulta sobre las importaciones que se hace o que pasa cuando lo damos la plata al agente de aduana por un monto xxxx y después al momento de rendirnos el agente de aduana rinde mas de lo que yo le envie en la primera instancia
    muchas gracias

        1. Estimada Priscila, le pedimos por favor que no postee el comentario varias veces, o en más de un tema, y que no utilice mayúsculas. Muchas gracias.
          En cuanto a su pregunta, simplemente ingrese una línea con cantidad negativa. Si la pantalla del detalle no se lo permite, ponga una cantidad y después ingrese la cantidad negativa en la cuadrícula, donde están las líneas de detalle del pago.

          1. ok mil mil disculpas existe solo este medio para hacer consulta hay algun correo mucgas gracias
            disculpas

          2. Estimada Priscila, para nosotros un placer poder ayudarte, las normas es solo para que el blog sea más fácil de seguir y leer por todos. En general las mayúsculas se suelen utilizar para «gritar», llamar la atención, o para señalar algo muy importante (tanto en los foros como en un correo electrónico). Por eso no es bueno utilizarlas, salvo casos aislados.

            En cuanto a tu pregunta, tenemos el correo de soporte@laudus.cl, pero es solo para usuarios capacitados y con contrato de soporte activo en nuestro software ERP. Si es tu caso, puedes dirigir las consultas que desees al correo, y además podrán asistirte por teléfono, o por sesión remota con tu computador para indicarte dónde ingresar cada cuestión.

  78. Hola, me queda una duda respecto al tipo de cambio que se debe utilizar para contabilizar la factura, ya que dice que debe ser el de la práctica contable de la empresa, pero debe legalmente ser el aduanero o el del día de la factura del proveedor extranjero? Gracias.

  79. En el caso de ser exportación condición de venta EXW, donde la Agencia nos factura a nombre de la empresa, pero con cargo a cuenta corriente de cliente por lo que ellos la cancelan .
    Como podemos rebajar las facturas por gastos emitidas.

    Ejemplo facturas asociadas la exportación por gastos anexos fueron emitidas en Noviembre y quedaron ingresadas pendientes de aclarar, y ahora en Diciembre la Agencia de Aduanas emite factura por exportación detallando los gastos donde etan incluidas las facturas que quedaron ingresadas en el mes anterior.

    ¿De que forma podemos generar un comprobante que deje facturas rebajadas, y no queden pendientes de pago, y ensuciando cuenta de proveedores?

    1. Estimada Claudia, el proveedor es el RUT que emite la factura, independientemente de por cuenta de quién la haga o la pague. No estamos seguros de su caso, habría que ver la factura, pero si quien emite la factura es la Agencia de Aduanas, entonces ellos son el proveedor.

      Pero tenga cuidado porque muchas veces las Agencias de Aduanas incluyen en sus facturas gastos que no son parte de la factura (es típico en las importaciones), y parece que el emisor de la factura es el Agente de Aduanas. Y no es así, es que ellos utilizan la factura para poner dentro a modo informativo la rendición de gastos que han tenido de otros proveedores. Es una mala práctica por parte de los Agentes de Aduanas, porque ensucia la factura y confunde a muchos contadores con lo que debe ir a un proveedor u otro. De hecho, en el XML de la Factura Electrónica, no se pueden poner este tipo de movimientos, porque nunca son parte de la factura. Una cosa son los honorarios de la Agencia, y otra muy diferente una rendición de gastos.

      Por eso, no estamos 100% seguros de cómo es su caso, y quién emite la factura por esos gastos. Si es la Agencia, entonces es el proveedor, y debería ir a su cuenta, aunque después se liquide por cuenta de otros, que sí se puede hacer en Laudus.

  80. Buenas tardes necesito ayuda como subir las declaraciones de ingreso al SII, además si una de las DI tiene ina anticipo de harina como lo presento al SII.
    FAVOR ME PODRIAN AYUDAR!

    1. Estimada Myriam, puede ingresar la DI en Laudus y generar a final de mes el archivo de «Compras, documentos no electrónicos», y subir este archivo al SII a través del Registro de Compras y Ventas. Al ingresar la DI puede especificar impuestos adicionales.

  81. Hola! quería preguntarte como ingresar una DIN al registro de compra??? yo importo zapatos de california donde estan expresados en dolares me aparece EJEMPLO VALOR FOB 178 y VALOR CIF 279 donde el iba es de 75,58 dolares que en pesos seria 61.300. Pero al ingresar el DIN aparece Monto Neto, que no se cual poner y monto iva recuperable que tan poco se! Y despues monto total. espero atenta su respuesta

    1. Estimada Claudia, el neto es el valor FOB, aunque el CIF sea la base sobre la que se calcula el IVA. El IVA recuperable es el IVA.
      El Neto no es el CIF porque el CIF incluye FOB + portes + seguro. Y las facturas del transporte y el seguro deberían venir aparte. Si no fuera así, si no tuvieras las facturas del transporte internacional y el seguro, entonces el neto sería el CIF.

  82. hola estoy declarando una importación que tengo lo siguiente:
    codigo 223 15,93
    Codigo 113 2,60
    Codigo 178 53,95
    Codigo 191 72,48

    Cual es mi valor de iva ? codigo 178 o 191? y que que se hace con los valores 223 y 113 que son ?

    1. Estimada Claudia, el código 223 son los aranceles (ad-valorem), el 113 es el almacenaje, el 178 el IVA, y el 191 la suma de todos. Por lo tanto, su IVA de la importación es el 178, y el 191 lo que tiene que pagar a Aduanas por todos los conceptos.

      1. Estimado, ¿el valor CIF + el código 223 + código 113= da el total Neto?, ¿el cual luego coincide con el 19% del código 178 que esta en la parte final?

  83. hola buenas
    tengo una duda sobre le tema del ingreso por fecha si recibo una DIN con fecha de aceptación 24/4/2020 puedo ingresarla en el mes de mayo’

    1. Estimada Vanessa, en teoría las importaciones se deben registrar en el mes en que se producen. No sé si su contador o asesor fiscal le puede sugerir un procedimiento alternativo, pero según la norma en teoría habría que hacer una rectificación de abril para incluir la importación.

  84. Estimados buenas tardes,

    Tengo una duda, qué pasa en el caso de que la importación venga con boleta y no factura? cómo puede ser ingresada esa mercadería a las existencias de la empresa?

    1. Estimado Christian, si la importación viniera con una boleta del proveedor, da igual, porque lo que vale es el documento de aduanas, la DIN (Declaración de Ingreso). Y la DIN equivale a una factura, y se puede aprovechar el crédito fiscal.

      Si su proveedor hubiera enviado una boleta, Aduanas tomará este valor declarado para confeccionar la DIN, y le hará pagar derechos (si corresponde) e IVA.

      Tendría un problema del que hemos hablado muchas veces si viene por courier, y no pasa los controles de aduanas. En ese caso no tiene un documento válido desde el punto de vista tributario, y o bien lo declara como gasto rechazado, o no lo declara y toda la venta es utilidad (consulte las opciones a su asesor tributario).

  85. Hola tengo un par de dudas:
    Si dice que la DIN refleja la factura del proveedor extranjero:
    En la DIN para calcular el ad valorem e iva completan FOB+Flete+Seguro.
    si no se tienen los documentos de flete y seguros,ellos hacen una estimación.
    Si la factura del proveedor extranjero es FOB y tengo 2 facturas diferentes por flete y seguro, que incluso si fueron estimadas son diferentes a los indicados en DIN,no esta reflejando el valor exacto.
    1) Que hago con la factura del proveedor extranjero y la factura de fletes y la de seguro?
    no puedo duplicar los costos.
    2) Si el pago de estas facturas son en moneda extranjera, como se los aplico a la DIN?
    3) Si los montos de flete y seguros son distintos a los estimados, que hago con esa diferencia?
    4) El SII indica que el tipo de cambio que se debe utilizar es el de la fecha de la factura, porque usan el tipo de cambio aduanero (el que tiene la din)?

    Segun yo:
    la DIN debería ingresarse solo con Ad valorem e iva y luego ingresar cada factura como corresponde.
    y el valor de las mercaderías debería tener todos los costos asociados valorizados al tipo de cambio de la factura.

    atento a su respuesta, le saluda atte.,
    Robinson Ramirez M.

    1. Estimado Robinson, el cálculo del IVA de la DIN se hace sobre FOB+flete+seguro, pero si existen facturas de flete y seguro emitidas por entidades chilenas (válidas en Chile), puede registrar la DIN solo con el costo FOB (y el IVA de todo), y las facturas por separado (sin IVA).

      Si los montos de seguro y fletes que utiliza Aduanas son diferentes de los reales, no sabemos si existe un mecanismo de recurso, consulte a su Agente de Aduanas. Pero dado que solo influye en el IVA, y el IVA no es un costo, por lo general no se protesta (porque además las diferencias no suelen ser grandes).

  86. Buenas tardes,
    Alguien sabe como ingresar las notas de cobro asociadas a la importación, para que quede en la misma carpeta de importación?

  87. Estimado/a, muy útil la información. Me queda una pequeña duda. Si el monto NETO es el valor FOB, y el monto IVA es el IVA, qué pasa con los códigos 223 y 113? Ya que efectivamente son valores que pagué, pero no tengo una factura adicional. La importación fue hecha a través de DHL, quienes me facturaron por su servicio de desaduanamiento, y me incluyeron (como servicio NO FACTURABLE) el monto exacto que es lo que pagué a Aduana. Es decir, este monto de 40.927 incluye el IVA, + los códigos 223 y 113.

    1. Estimado Xavier, el código 223 son los aranceles, que se suman al FOB antes de obtener el IVA. En Laudus tiene una casilla aparte para indicarlos, depende de su software puede ser aparte o parte del neto si no da opción.
      El código 113 son gastos por almacenaje en el recinto aduanero. Si el IVA de este gasto se ha agregado en la DIN, depende de usted que quiera incorporarlo al neto, o como un gasto aparte con su IVA.

  88. Hola tengo una duda, si la Di tiene fecha de aceptación 27 de agosto y la factura de la agencia y comprobante de pago son del 7 de septiembre, en que mes registro la DI en el libro de compras.
    estoy muy confundida, gracias!

  89. Estimado, como hago para tener derecho al credito fiscal, si en la importación el courier (fedex) -he insistido pero no tengo respuesta-, no me proporcionó la declaración de ingreso.
    Saludos.

    1. Estimado Carlos, sucede muchas veces, parece mentira. Poco tiene que hacer ahora, porque aunque insista en que le den la documentación, ni la tienen ni lo van a intentar. Si realmente necesita hacer importaciones de importes pequeños, utilice alguna de las agencias que existen especializadas en estos trámites.
      Consulte con su contador sobre si prefiere incluir el gasto como gasto rechazado, o la forma en la que cree más conveniente para el registro.

  90. Hola, primero que nada muy buena informacion, y lo otro una consulta, ¿puedo ingresar al libro de compras una importacion en la cual la declaracion de ingreso se hizo a mi rut y no al rut de mi empresa?
    De antemano muchas gracias por lo ayuda.

  91. Buenas tardes:
    Tengo una DIN de la siguiente forma:
    valor CIF 2.300.00
    cod. 178 437,00
    cod. 91 $342.726 ,( que corresponde al tipo de cambio )que correspondería al iva.

    El CIF tengo que cambiarlo al al cambio de esa fecha?? o solo ingreso lo del cod.91
    y ademas hay una factura declaracion de salida en dolares por 2.300.00. Que es lo correcto a realizar y no enviaron otras facturas.-
    Atenta a sus comentarios

    1. Estimada Carmen, la DIN es la factura «oficial» para el SII, y debería ir todo con el tipo de cambio que ha aplicado Aduanas, que en su caso sería (342726 / 437 = 784,27). Y ese tipo de cambio puede diferir del que obtuvo con la compra de la divisa. En ese caso debe llevar la diferencia a una cuenta de utilidad/pérdida por tipo de cambio.

      Como la contabilidad va en pesos, debe computar los 342726 pesos, y el pago por el otro lado (pago de la liquidación del impuesto a aduanas, y el pago al proveedor), y la diferencia por tipo de cambio a una cuenta diferente. Y así queda todo bien contabilizado en pesos.

      1. Buenas noches:
        Muchas gracias por información.
        Igual me queda una duda, solo ingreso $342.726 al libro de compra SII o también FOB que sería 2.300,00 cambiando Pesos chilenos??
        O bien el FOB como neto ??
        De ante mano gracias.

        1. Estimada Carmen, depende de si tienes las facturas por separado de seguros y fletes internacionales. Si no tienes estas facturas, entonces debes poner el CIF. Si por el contrario sí tienes estas facturas (porque el servicio lo prestó una empresa chilena y lo pagaste tú y no el exportador), entonces puedes poner el FOB como Neto, y contabilizar las otras facturas por separado.

          El CIF siempre incluye el costo del seguro y el flete. si no se dispone de él (porque no se envió la información junto con la importación), se estima en Aduanas.

          1. Buenas tardes:
            Muy agradecida por información.
            Y claro , solo tengo Din . No viene ninguna otra factura flete y tampoco seguro.
            Tienen la obligación de mandarla o no??

          2. Estimada Carmen, si las empresas que prestan el servicio son chilenas, y quien ha pagado por estos servicios son ustedes, entonces sí deben enviarles la información. También puede suceder que la empresa sea chilena, pero el cliente final es su proveedor extranjero (en cuyo caso no deberían enviarle las facturas a usted, sino a su proveedor).

  92. Gracias por la info! Pero la página Me está pidiendo monto exento y monto IVA No recuperable, que poner ahí o que número de folio corresponden a ello? Ustedes son agente de aduana para contratar?

  93. Estimados, podrían aclararme un tema de la DIN? resulta que importé un equipo desde China. El valor CIF es 210,86. En la declaración de ingreso, aparece en el código 178 el IVA de 42,47 y el código 223 12,65. Eso está bien. Pero más abajo, en el apartado «Cuentas y Valores», sale código 223 = 12,65 (está OK), código 113 = 0,97 (supongo que está bien. El porcentaje es 0,46%. Siempre será así?)…. y aquí está la gran duda. En el código 178 aparece 42,65. Es decir, hay 0,18 con respecto al IVA indicado en el casillero de más arriba que andan volando y no sé de dónde se obtienen.

    Me puede aclarar este punto, por favor?

    Gracias.

  94. Hola, gracias por los valiosos aportes. Me podrían orientar con algunas cosas?
    1.-Importé de China, orden de compra FOB, tuve problemas con el tipo de carga ( scooter, batería) y tuve que cambiar transporte, el proveedor chino me «ayudó». Pagué flete y seguro al proveedor chino.
    2.-Llegada la mercancía, en el Aviso de Llegada de Mercancía la empresa de transporte me cobra un CISF, que es un impuesto a las exportaciones en china que le corresponden a la empresa China.
    3.-Reclamé al transporte y ellos indican que el proveedor chino le pidió que nos cobrara este cargo, no entrega respaldo de que lo autoriza a cobrarme este impuesto chino.
    4.-La DIN dice FOB, no indica el impuesto CISF
    5.-Pedí factura por servicios a la empresa de transporte y me dicen que no pueden emitirme factura ( en otras operaciones otras empresas de transporte si me emitieron factura por todo).
    6.- La empresa tiene oficina en Chile
    Estoy esperando respuesta de la Aduana y del SII, han pasado día y me han derivado de una persona a otra persona.
    Si me pudieran orientar por favor.

    1. Estimada Nathalie, no podemos ayudar en mucho, solo paciencia, porque para la empresa de transporte es una lata rehacer bien la documentación, y puede incluso que depende de otras agencias en el extranjero para tenerlo todo bien. Hable bien con su asesor tributario, porque es posible que no consiga tener bien toda la documentación al final.

  95. Estimados, tengo una consulta, al cargar la DIN ingreso los valores CIF para que me el IVA correcto, ademas que activo a la mercadería los gastos de flete y seguro. Mi consulta es que luego me emiten facturas aparte por flete y seguro (y ahi seria duplicar el costo) que no corresponde. Contra que cuenta reverso luego estas facturas? Desde ya muchas gracias por su ayuda.

    1. Estimado/a, si dispone de las facturas de flete y seguro, no debe ingresar el costo de ambos en el costo de la mercadería. Y en el Neto de la DIN ponga solo el valor FOB, da igual si no cuadra con el IVA.
      Lo que sí debe hacer es rellenar la casilla de «Carpeta de importación» de las tres facturas (DIN, flete y seguro) con el mismo valor, y Laudus le va a agregar automáticamente el costo del flete y el seguro a la mercadería de la DIN.

  96. Consulta tengo una duda:

    Si mis datos fueran estos
    Cif 545,09
    ad valorem cod 223 32,71
    impuesto cod 178 109,78

    código 113 1,3

    y abajo me sale otro código 178 con valor 110,03
    y el código 191 con valor de 144,04
    tipo de cambio código 61 es 816,47

    como debo ingresarlo en el registro de compras y ventas? Cual seria mi valor neto?. Consulto porque hay personas que le sacan un valor exento correspondiente al ad valorem, pero según mi percepción el ad valorem esta incluido en el neto, ya que a partir de ahí se saca el IVA.

  97. Buenos tardes, estoy un poco confundida, en la empresa de servicios contables en la que trabajo, hay un cliente que compró un maquina para fabricar papel en China, dado el texto expuesto, leí que debido a los tratados de libre comercio no hay arancel, ( este último es lo mismo que AD VALOREM 6%) en este ¿Corresponderían no hacer el cálculo del arancel?
    Agradeceré su respuesta

    1. Estimada Vanessa, efectivamente hay tratado de libre comercio, pero todos los tratados tienen su apartados. De todas formas no debe hacer usted los cálculos, los hacen en Aduanas según la clasificación de las mercaderías. Y este valor va en la DIN indicado, para que lo pague junto al IVA al realizar el desaduanaje.

  98. Estimados muchas gracias por la información! Realmente útil.

    Consulta, al realizar importaciones utilizando courier (servicio puerta a puerta), cómo se procede a declarar el gasto en el SII? Ellos deben proporcionarme algún Documento de Ingreso o con qué otro documento acredito que realicé la compra de mercadería?

    Me queda la duda ya que serán ellos los que realizarán el proceso de internación.

    Muchas gracias desde ya,
    Martina

    1. Estimada Martina, la compañía de courier siempre hace el trámite, porque si no Aduanas no dejaría salir la mercadería. En ocasiones no pasa como mercadería, y en ese caso no paga nada, pero lo habitual es que Aduanas retenga la mercadería.

      El problema es que muchas veces la compañía de courier no hace los papeles con su RUT, o directamente no le proporciona la factura de Aduanas (la Declaración de Ingreso). Por lo tanto, usted se queda sin factura oficial, y reclamar a veces es realmente complicado porque no responden.

      1. Muchas gracias por la respuesta!
        La compañía de courier me indica que ellos me entregan un despacho simplificado, ese documento me sirve para declarar el gasto?

        Muchas gracias!
        Martina

        1. Estimada Martina, puede que nos equivoquemos, pero eso parece que no sirve para nada para una empresa. Para un particular le sirve para saber el desglose de lo pagado, pero una empresa necesita la DIN. Como ya le hemos comentado los courier son un desastre para estas cuestiones, y siguen sin dar el servicio que las empresas requieren. Hay ciertas compañías especializadas que sí hacen estos servicios, pero no son los típicos courier.

          1. Hola!
            Recibí mis productos y el courier me entregó una Declaración de Ingreso junto con una factura por sus servicios. El problema es que en ambos documentos pusieron los datos de la persona que recibía el producto (y con errores) y no de la empresa. Por lo tanto, entiendo que no sería posible que la empresa declare ese gasto en SII. Es posible cambiar la información de la DIN? O es posible declarar el gasto si está a nombre de otra persona ?

            Muchas gracias!

          2. Estimada Martina, lamentablemente sucede a menudo con las empresas de courier. No se podría utilizar ese documento. Es como utilizar una factura expedida a su nombre y RUT particular para la empresa. Debería solicitar a la empresa de courier que hicieran nota de crédito y después emitieran bien la factura, pero le deseamos suerte porque no suelen ser muy receptivas para estas cuestiones.

  99. Buenas,
    tengo el siguiente problema.
    tengo una factura de gastos asociados a dos importaciones,
    como puedo referenciar de manera parcial para que al momento de contabilizar la factura, los gastos sean distribuidos entre los productos de dos referencias de importaciones diferentes?

    quedo muy atento y gracias desde ya por el apoyo
    saludos
    JM

    1. Estimado Juan, si se refiere a Laudus, lo único que le queda es marcar las dos importaciones como una única carpeta de importación, y así agrupar tanto los productos como los gastos anexos.

    1. Estimada Katherine, es que en realidad lo que tiene validez fiscal es la DIN. La factura del proveedor es solo a efectos de Aduanas para demostrar el valor de la mercadería y calcular el IVA (que no deja de ser importante).

      1. Estimados,
        Respecto a la compra de un software al exterior, para su re venta en Chile, la tasa de impuesto adicional 15%, la debo descontar (retener), del pago que realizaré al vendedor y esta retención declararla en F50???, luego, para la venta en Chile, debo vender este software con IVA

        1. Estimado Pablo, el impuesto adicional es un pago adicional al precio del software. Si usted lo compra en 100, deberá pagar 100 al proveedor, y 15 a la Tesorería en el F50. Y todas las ventas nacionales están sujetas a IVA (salvo que sean productos/servicios exentos). Por eso, sí deberá vender el software con IVA dentro de Chile.

          1. Muy agradecido por su valiosa y pronta respuesta.

            Quisiera me pueda orientar, dentro de lo posible, con el marco legal o normativa que debo usar en estos casos, lo que regula este tipo de operaciones, por favor.

          2. Estimado Pablo, la normativa son los Decretos Ley 824 (Ley de Renta) y 825 (Ley de IVA). La Ley de Renta para todo lo relativo al impuesto adicional, y la Ley de IVA para el IVA. Pero lo ideal es que consulte a su contador o asesor tributario. Una empresa no se puede gestionar bien sin contador y asesor tributario, aunque muchos mensajes institucionales últimamente digan que sí.

  100. Hola, gusto saludar. Me gustaría saber como aplico un descuento comercial a una factura de Materia Prima en Laudus? Ya que al ingresar costo unitario y cantidad me da el total. De antemano, gracias.

    1. Estimado/a, si es una factura de un proveedor, debe ingresar los datos de costos con el descuento incluido. Es decir, el descuento que le diga a usted su proveedor es solo una cuestión comercial, como si le dice que le hace un 1000% de descuento, eso es solo maquillaje. Lo importante para usted es el costo real que está pagando por las materias primas. Por eso es lo que pedimos que se ingrese en el software.

      En las ventas sí permitimos indicar el descuento, es obvio, porque es importante que usted pueda utilizar este elemento comercial al vender.

  101. Hola, me quedo una duda de registro en lo normal de una importación tengo una factura de aduana con Tc aduanero (1 vez al mes) y tengo tipos e cambio diario según moneda para costear un producto comprados en dólares a pesos chileno, yo debo ocupar tipo de cambio de acuerdo a fecha de factura verdad? O debo ocupar tipo de cambio aduanero de la factura del agente de aduana ?

    Siempre he contabilizado con tipo de cambio de invoice y no con aduanero, pero hoy me encontré con el caso de que registran con tipo de cambio aduana .

    Favor aclaración .

  102. Hola, buenas tardes,

    Consulta, si se debe ajustar el valor de la DIN de manera posterior ¿Existe un plazo? ¿Qué documento debería emitirse? ¿Corresponde ajustar la DIN por ajuste de precio de transferencia?. Muchas gracias

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