Validez del Timbraje Electrónico (CAF)
Como bien saben nuestros usuarios de Factura Electrónica, antes de emitir documentos electrónicos hay que obtener del SII un archivo con la autorización del rango de folios. Es decir, el antiguo timbraje de documentos en las oficinas del SII se ha sustituido por un timbraje electrónico que se realiza en la página web del SII y que demora un par de minutos.
Es una gran ventaja en tiempo, no sólo por el ahorro de tiempo al no ir a las oficinas del SII y esperar la cola y el timbraje físico, si que además se puede hacer las 24 horas de día. Por lo que si se queda sin folios, obtenerlos es un trámite fácil.
Al realizar el timbraje electrónico, el SII nos genera un archivo que llama CAF (Código de Autorización de Folios), que debemos ingresar en Laudus en VentasFacturasTimbraje de Documentos Electrónicos. Ahí registramos la fecha del timbraje, así como los folios autorizados.
Pues bien, recientemente el SII ha agregado una restricción a la emisión de documentos electrónicos, y es que el timbraje electrónico no puede tener más de 2 años de antigüedad. De momento el documento saldrá con reparos (es válido), pero en breve pasará a ser motivo de rechazo.
Por este motivo, en la última actualización de Laudus hemos agregado esta restricción, y no permitirá emitir documentos electrónicos cuando el CAF tenga más de dos años de antigüedad.
Si se da el caso no es grave, sólo hay que ir a la página del SII, y obtener un nuevo timbraje.
Buenos dias
como puedo anular folios vencidos en Laudus?
Estimada Tatiana, se pueden generar nulos (\Herramientas\Mantenimiento\Correlativos), pero no hace falta (ibas a llenar el maestro de facturas de folios anulados). Lo mejor es que adelantes el correlativo de facturas (o boletas, o el documento que sea), hasta el siguiente folio válido.
Buenos días, eso es lo que intente, pero no me aparece la opción de facturas propias de compra
por eso mi duda
Hola, tengo una duda con los folios de boleta electronica, que pasa si me salto el correlativo de las boletas electronicas del 41000 al 60001 (ya que me cambie de empresa de boletas electronicas y al momento de comenzar emitir nuevamente, empezo con ese folio)
Estimado Pedro, se pueden anular en bloque en la página del SII el rango no utilizado. Puede ser la mejor solución. Si no, debe configurar el nuevo software para que emita esas boletas, y después pase a las siguientes, la mayoría de los softwares de facturación electronica lo podemos hacer.
Hola!
Hoy me rechazaron documentos por que el timbraje tiene 18 meses de antuguedad, asi que ya no son 2 años! les aviso para que corrijan el aviso!
Saludos
Valeska
Estimada Valeska, efectivamente el plazo es de 18 meses para los timbrajes hasta el 01-jul-2018, fecha a partir de la cual serán 6 meses, según la Resolución nº 58:
http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2017/reso58.pdf
Revisaremos el mensaje que da Laudus, muchas gracias.
Buen día !
Quisiera hacer una consulta:
Puedo pedir más folios al SII si aun me quedan esos 1087?
Hay algún problema que tenga un salto en la numeración de los folios de las facturas ? (Ej: del folio 17.500 saltarme al folio 18.500 ??
Gracias
Estimada Vanesa, no hay ningún problema. El SII lo contempla por varios motivos, por ejemplo los folios que caducan, o que se hayan asignado rangos de folios a diferentes sucursales.
consulta: no baje el archivo xml de autorizacion de timbraje del SII, cómo lo hago para recuperarlo para subirlo a Laudous
Estimada Pía, en la página del SII puede pedir bajar de nuevo un CAF (el archivo XML de autorización de timbraje de folios) ya emitido con anterioridad.
los folios están asignados por sii, es un archivo xml, pero una vez q se va a importar no logro leer donde esta el archivo, me faltará que habiten algún menú de parte del programa. Y que es la<primera vez que me toca hacerlo sin la ayuda del soporte
Estimado/a, la opción para importar los CAF (archivos con los Códigos de Autorización de Folios) está en «\Ventas\Facturas\Timbraje de Documentos Electrónicos». si no le aparece es porque deben darle permisos para acceder a este elemento del menú (consulte que la persona de su empresa que otorga los permisos por favor)
tengo los folios del SII, como los cargo en la plataforma laudus.
Estimado/a, los folios están un un archivo del SII que se llama CAF (Código de Autorización de Folios). Este archivo es un XML que hay que cargar en Laudus en \Ventas\Facturas\Timbraje de Documentos Electrónicos. Arriba a la derecha de esta pantalla hay un botón para importar el XML que se ha bajado del SII.
Buenas tardes, una consulta como hago para foliar hojas (imprimir) desde Laudus
Estimada Sandra, en HerramientasInformes, dentro de los informes contables, tiene dos informes para imprimir Hojas Foliadas, con y sin fecha.
Estimado: dice HerramientasInformes de Contabilización-pero me aparece Análisis de cuentas por RUT (3 Alternativas) y Contabilización de compras y ventas
Estimada Sandra, es dentro de los informes contables. Usted está mirando en los informes de contabiliación, que es un submenú de los informes contables. Seleccione los informes contables (sin seleccionar subcategoría), y revise la lista de informes que salen.
hola,
se puede..? y como? puedo saltar el correlativo de las fact. Electronica, comence desde el folio 1 al 5000, y estos proximo a llegar a folio 5000 y quiero que este folio continue con el 200.000 en adelante… Soporte del SII no saben responder esta consulta..
desde ya muchas gracias…
Ramón
Estimado Ramón, no se puede hacer. Tal y como está el sistema ahora, sí se puede comenzar en el número que uno desee. Es decir, la primera vez que uno solicita folios de Facturas Electrónicas, se puede elegir el correlativo del primer folio. Pero una vez que uno ya ha comenzado, los correlativos tienen que ser continuos y no se pueden avanzar.
por favor dar el paso a paso de la actualización de certificado
Estimada María Cecilia, aquí tiene una explicación de cómo obtener los certificados para ingresarlos a Laudus: https://www.laudus.cl/ayuda/index.html?exportar_certificadosdigitales.html
Hola,
Desde el 31/07/2014 se hace obligatorio responder a los DTE’s de forma electronica, cuando el emisor y el receptor lo sean.
Mi duda es la siguiente: ¿Esta Laudus desarrollando alguna actualizacion que nos permita llevar un control de las respuestas que ya hemos enviado o no? Ya que en la Facturas Electronicas de Compra no tenemos como ver si ya respondimos el DTE o no.
Saludos.
Matias
Estimado Matías, internamente sí lo registramos. Pero efectivamente sería bueno que el usuario pudiese revisar este tema. Lo indicaremos cuando saquemos la actualización con esta modificación. Gracias.