Vacaciones Progresivas
En una entrada anterior analizamos el tema de los días de vacaciones progresivos que se adquieren por antigüedad. Para ir a la entrada, haga click aquí.
Sin embargo, parece que es un tema que ha suscitado muchas preguntas. De hecho revise los comentarios a la entrada anterior para ver diferentes situaciones sobre estas vacaciones progresivas. Esta entrada es sólo para entregarle una página de la Dirección del Trabajo que nos ha parecido muy interesante, ya que recoge en un sólo texto un buen resumen de la jurisprudencia en torno a los días progresivos. El texto en cuestión es la ORD. Nº 4551/222 que «Sistematiza jurisprudencia administrativa sobre feriado progresivo«.
Los días progresivos se establecen en el artículo 68 del Código del Trabajo, y ocupan unas pocas líneas. Sin embargo, como suele pasar, su aplicación no es tan fácil por la cantidad de situaciones especiales. En este documento de 14 páginas se contiene el resumen de la jurisprudencia, y es un muy buen texto de consulta si hay dudas al respecto.
Por ejemplo, se tratan los siguientes temas:
- A partir de cuándo se pueden computar los días y cómo.
- Cómputo de los días en situaciones especiales, tales como cuando se ha trabajado para entidades con regímenes jurídicos diferentes del Código del Trabajo; cuando se ha trabajado para empresas chilenas en el extranjero; o qué pasa en los casos de quiebra y recontratación, o cambio de razón social.
- Si deben ser tomados de forma continua o no.
- Los mecanismos adecuados para acreditar dichos años (hay más formas que el certificado de las AFP, aunque éste es el más común y conveniente).
- A partir de cuándo se pueden hacer valer los días progresivos. En este sentido es importante saber que comienzan a tener validez sólo a partir del momento en el que lo acredita el trabajador.
- Qué pasa con los días y períodos regulados en el antiguo Código del Trabajo de 1931 y del también antiguo texto del Decreto Ley 2.200
- Incidencia de la derogación del tope del feriado en el feriado del D.L. 2.200
- Cómo es la remuneración (básicamente es igual que para el feriado normal).
- Diferencia con el feriado básico en cuanto a que es susceptible de negociación individual o colectiva, y su incidencia.
- Prescripción de este derecho (como el resto de los derechos de remuneraciones prescribe a los dos años)
en mi empresa cambiaron de sistema y aplican el primer día de vacaciones progresivas al año 4, ejemplo:
ingreso trabajador 10/11/2010 presento carta afp antes del 10/11/2013, se aplico bien en el primer sistema, luego en el año 2022 aparece el primer progresivo asi: 1 año =10/11/2010-10/11/2011 =15
2 años =10/11/2011 -10/11/2012 =15 3 años =10/11/2012-10/11/13 =15 4 año 10/11/2013-10/11/24 =16, según yo deberían aplicarlo al tercer año y no al cuarto. Podrían confirmarlo ya que mi empleador dice que esta correcto como lo aplican ahora.
Tengo sobre 13 años en la empresa, cada mes julio cumplo un nuevo año en la empresa, a la fecha tengo acumulados 20 días progresivos, y sobre 15 de días normales, como siempre solicito los normales.. Consulta, en un finiquito se deben pagar 20+15 días por concepto de vacaciones? otra consulta, si no tomo esos 20 días en un transcurso de 2 años, y me sigo tomando los días normales puedo perderlos?… si no puedo negociar por dinero los días progresivos, que días es mejor tomarse de vacaciones, días progresivos para no perderlos?
Estimados, trabaje 25 años para el mismo empleador, me finiquitaron y pasado 2 meses me volvieron a contratar, en este caso puedo solicitar me restituyan los días de vacaciones progresivos, o debo comenzar de nuevo a contar de los 3 años a solicitarlos?
Hola, tengo una consulta. Si actualmente ya gozo de feriados progresivos, pero negocié con mi empleador que me finiquitara (pago de años de servicio) y me recontrata inmediatamente, pierdo la antigüedad de los días progresivos ganados? Yo se que se pierden cuando uno cambia de empleador, pero en este caso me finiquita y me recontrata el mismo empleador. Que pasa en este caso?
Gracias
Buenas tardes.
Si tengo 3 días de feriado progresivo, es decir una base de 18 días al año. Y me despiden en Enero. Cuantos días progresivos me deben pagar?, el proporcional de esos 3 días (al haber pasado un mes) o los 3 días completos, entendiendo que solo va un mes del año.
Gracias.
Un trabajador ingresó a la empresa el 6 de julio de 2012 y el 20 de agosto 2020 presenta un certificado para vacaciones progresivas y se reconocen los 10 años que tenía con empleadores anteriores.
La consulta: los dias progresivos comienzan a partir de la fecha que presenta el certificado o se reconocen los dias a partir de la fecha en que cumplió sus 3 años con el actual empleador, es decir a partir del 6 de julio de 2015.
Si los dias comenzaran a partir del 2015, ¿se dan por perdidos y no tomados pero para los periodos 2019-2020 y 2020-2021 se consideran 2 días progresivos?
Agradeceré una respuesta. Muchas gracias
Estimado René, efectivamente los días se comienzan a otorgar desde que se presenta el certificado. Y para los periodos desde que se presentó hay que tener en cuenta toda la historia, no es que comiencen a correr los días desde allí.
a qué se refiere con esta expresión «hay que tener en cuenta toda la historia, no es que comiencen a correr los días desde allí»
un trabajador que ya tiene todos los requisitos, los 10 años de cotizaciones y más de 3 años con el último empleador, recién está presentando el certificado con 4 años de antiguedad en actual empleador ¿ya puede comenzar a acumular días progresivos? sería demasiado extraño que esto no fuera así, porque ya tiene ambas antiguedades que pide la ley
Estimada Patricia, efectivamente es como dice. Se tiene en cuenta toda la historia del empleado, y si acumula esos 10 años en empleadores anteriores, a partir de los 3 años puede reclamar días progresivos. Lo que querríamos decir con el certificado es que los días se cuentan desde el principio, no a partir de que se presenta el certificado. El certificado es importante, porque solo a partir de entonces se pueden reclamar días progresivos. Y los que hubiesen devengado antes del certificado se pierden. Es decir, si al 6º año presenta el certificado, no puede solicitar los días devengados en los años del 3 al 6.
Hola. Estuve en Carabineros desde el año 2000 hasta el 2006 y me retire, pase los dineros a mi actual afp plan vital y me los tienen como bono de reconcimiento pero no me salen los años trabajados para ir sumando vacaciones progresivas, se puede hacer algo al respecto?
Buenos días, mi pregunta es que si me cambio de rol de empleador, y me finiquitan solo las vacaciones. Pierdo las vacaciones progresivas?
En este caso solo me pagaron o finiquitaron las vacaciones. Pero no asi los años de servicio.
hola.
yo tengo 11 días progresivos; estas vacaciones los negocie con mi empleador, asi es que me los pagaron.
pregunto
¿esos 11 días ya no los tengo mas?
¿al venderlos se pierden y se debe volver a acumular desde cero?
¿sigo teniendo los 11 días para volver a negociarlos el próximo año.
saludos
Estimados, mi pregunta es, para efectos de finiquito, si la fecha de salida es un dia antes de cumplir un año mas en la empresa y por ende un dia antes de que se me carguen los dias progresivos que tengo, esos deben ser considerados en el finiquito como dias de vacaciones a pagar?
gracias
Hola
la consulta es..
El feriado progresivo es acumulable..??, es decir..» al cumplir los 10 años trabajando, es afecto a 1 día extra, al año 11 es afecto a 1 día(por el año anterior) + 1 día, al año doce…, al año 13 1 dia+1dia+1 dia+ el día extra..
esa es la política de este asunto..??
Estimado Álvaro, no es así. El primer día sería al año 13, no en el año 10. Y sería un día de vacaciones el año 13, 14, y 15 (en esos años se disfrutarían 16 días al año en vez de 15 legales). Y dos días más los años 16, 17, y 18, y así sucesivamente.
Buenas Tardes, mi pregunta es la siguiente, yo llevo con mi actual trabajador solo 5 años y 9 meses, y mi certificado de días progresivos indica 20 años y 6 meses, ¿cuántos días progresivos debo solicitar a mi actual empresa?.
Atte.
Sergio Canales Parra
Puedes pedir 1 día adicional a tus vacaciones normales, presentando el certificado. Cada 3 años en una empresa puedes pedir uno adicional, siempre y cuando lleves diez anteriores en cualquier otro trabajo en total. ( Tú tienes 20). Cuando cumplas 6 años en tu trabajo actual ya sumarse 2 días progresivos o adicionales cada vez que solicites tus vacaciones
Una persona pensionada tiene derecho a vacaciones progresivas ?
si tengo 15 dias vacaciones + 4 progresivos, la pregunta es estos 4 dias progresivos los debo considerar cada nuevo perido de vacaciones vale decir este año tome 15 +4, el proximo año nuevamente puedo tomar 15 + 4 ?
Hola tengo una consulta sobre las vacaciones progresivas, tengo trabajados y cotizados 28 años y con mi empleador actual llevo 7 años, ¿cuantos días de vacaciones progresivas tengo?
Estimados, una consulta. trabaje por 18 años en una Empresa y tenia 2 días progresivos. Después de mi despido en el año 2015 , me quede en casa.
Ingrese a trabajar en Febrero de 2018, por tanto, estoy a punto de cumplir 1 año . En este caso cuando deje de trabajar 3 años y vuelvo nuevamente al ámbito laboral ¿ esos 2 días que tenía los pierdo?
debo comenzar de nuevo sumando 3 años para generar 1 día ? o ¿debo informar a mi empleador actual que por mis cotizaciones tengo derecho de estos 2 días?
agradecería mucho su respuesta .
saludos
Gracias por su respuesta.
Me queda una duda: ambos contratos eran indefinidos. Por el cual fue finiquitado la primera vez y el nuevo. Lamentablemente nos asesoramos por la empresa de contabilidad externa a la empresa y ellos industrial Caron qué con el nuevo contrato el trabajador perdió sus vacaciones progresivas.
Mi consulta ahora que volverá a ser finiquitado por necesidad de la empresa es si en el pago del finiquito nuevo podemos pagarle las vacaciones progresivas que tenía a la fecha del finiquito anterior más el nuevo día que sumó luego de tres años?
Estimada Gimena, si el trabajador no tomó sus días progresivos ahora se los debe abonar en el finiquito. Y debería pagarle todos los días que no disfrutó, es decir, si al momento de extinguir el primer contrato tenía 3 días progresivos de vacaciones al año, debe pagarle 3 días por cada año desde el último contrato.
Excelente! Ahora me queda mucho más claro.
¡Muchísimas gracias!
Buenas tardes,
Tengo una duda, un trabajador fue finiquitado por al empresa (por acuerdo mutuo) y se le pagó indemnización por los 11 años y 13 años adicionales, también por acuerdo.
Mi pregunta es: él perdió los día progresivos que tenía si fue finiquitado el 31 de octubre y al día siguiente 1º de noviembre fue contratado nuevamente por la misma empresa con contrato nuevo?
Los perdió o por ser la misma empresa que lo volvió a contratar, él conservaría sus dias progresivos?
En estos 4 años desde que ocurrió esto, nunca se le pagaron días progresivos, recién se le considera 1 ahora ya que pasaron los 3 años desde el nuevo contrato. Quisiera saber si esto está correcto o hubo un error y si no es tarde para enmendarlo en un nuevo finiquito (esta vez por necesidad de la empresa)
Estimada Gimena, si usted finiquita a un trabajador (habiendo un contrato que no sea contrato por obra) y le vuelve a contratar al día siguiente, siempre le van a considerar a efectos de antigüedad la fecha de comienzo del primer contrato. En cualquier litigio que tenga por esta causa, el juez va a considerar que ese finiquito-contratación no existió a efectos de antigüedad y derechos adquiridos.
Tal y como dice la Dirección del Trabajo: «La Dirección del Trabajo ha señalado que la suscripción de contratos sucesivos a plazo fijo, mediando finiquito entre uno y otro, no resulta ajustada a derecho, razón por la cual, en dicho evento se configura, respecto de a cada trabajador, una relación laboral única, continua y de duración indefinida, cuya fecha de inicio es aquella en que se ha celebrado el primer contrato.«
Estimado(s) Laudus, tengo 2 días progresivos, estoy con aviso de término de contrato…corresponde que se pague en el finiquito las vacaciones progresivas? excelente página!…gracias.
Estimado Marcelo, sí corresponde, los días progresivos son días de vacaciones con los mismos derechos que los días «normales» de vacaciones.
muchas gracias!
Buen día estimados…….en mi caso se han acumulado bastantes días progresivos(15 años de corrido) que aparecen informados en mi sistema de remuneraciones…mi pregunta se pierden después de algún tiempo?….se pagan todos los que aparezcan en un eventual finiquito?
Gracias y saludos!
estimada consulta: tiene un valor monetario el feriado progresivo? en el caso que ya me quieran desvincular?
Estimado Luis, los feriados progresivos sí se pueden cambiar por dinero, le vaya a desvincular o no. Es una de las pocas diferencias con los feriados «normales». Pero si le van a desvincular, da igual cambiarlos ahora o no, porque igual se los tendrán que pagar en el finiquito.
Buenas Tardes:
¿Existe tope de días adicionales por concepto de vacaciones progresivas? Alguen dijo que el máximo son 5 días pero no he encontrado nada en donde aparezca tal dato
Estimado Jorge, hasta donde nosotros sabemos no hay tope.
Hola ,en mayo cumpli 15años con el mismo empleador cuantos dias de feriado progresivo me corresponde, espeto tu respuesta
Hola, las vaciones progesivas es necesario tomarlas junto a los 15 días legales?
Estimado Pedro, no es necesario, tampoco obligatorio.
Hay muchas consultas parecidas, pero igual lo hare. Tengo 246 meses cotizados, con mismo Empleador hace 5 años Servicio Publico, podria saber cuantos dias corresponden. La base de calculo es meses dividido por 1.25? Me resulta mas claro y creo que para todos. Muy buena su pagina. Muchas gracias desde ya.
Hola.
Me podrías ayudar en la siguiente consulta:
Tengo acumulado un total de 31 días progresivos, solo me tomo las vacaciones legales las cuales van al día.
Estas vacaciones progresivas te puede la empresa a obligar a tomártelas?
Hay alguna ley en Chile que respalde esta situación.
Atte.
Edgardo
Estimado Edgardo, al igual que con los días de vacaciones normales, los días progresivos «caducan» a los dos años. Es decir, debe tomarlas antes de dos años desde que se generaron. La diferencia que sí hay con los días normales es que estos días progresivos sí se pueden cambiar por dinero, por lo que si ve que no puede tomarlos, una de dos: la empresa puede obligarle a tomarse los días progresivos, o cambiárselos por dinero.
Hola, mi consulta es la siguiente: Hace unos años le envíe a la persona responsable de RRHH, el certificado con el respaldo de la AFP (que es bastante engorroso por lo demás), pero nunca tuve una respuesta al respecto y en mis boletas de vacaciones no se ven reflejadas las vacaciones progresivas, esto el legal?, a esta altura ya llevo 11 años en la empresa, y no veo una suma en mis vacaciones y para peor la encargada de RRHH fue desvinculada y con ello desaparecieron los correos de respaldo
Saludos,
Estimada Deivi, es difícil su situación, porque en ningún sitio se recogió su solicitud, la persona no está, no hay registros, … Debería hablar y exponerle su caso al nuevo responsable, sabiendo que todo puede salir bien y no haber problema, o que con la norma en la mano le pida que comience de nuevo a aportar el documento y calcular los días. Si no ha trabajado nunca en otra empresa, entonces todavía no le corresponden días, hasta el año 13 (3 años después de los primeros 10).
Hola buenas tardes, si yo me tome las vacaciones progresivas al siguiente año las tengo nuevamente o una vez usadas parte de cero al siguiente año?
Estimada Edith, los días de vacaciones progresivas son todos los años. Si le corresponden 2 días, significa 2 días cada año.
Hola Laudus como estas!
Realizarte una consulta .. una persona que tiene 10 años de servicio , y se va al año 12, 5 por ejemplo.
al momento de finiquitarlo se debe considerar el proporcional de progresivo a ese momento, independiente que aun no cumpla 13 años , para generar 1? .
Quedo atenta
slds!
Paola
puedo tomarme un sábado con un día progrecivo
Estimado Cristian, si trabajas los sábados claro que puedes hacer uso de un día de vacaciones progresivas. Las vacaciones progresivas son iguales a las normales, salvo que además sí se pueden cambiar por dinero (las normales no se pueden canjear).
Si tengo 24 años trabajando para el mismo empleador me corresponden 4 días de vacaciones progresivas o es necesario que presente un certificado de cotizaciones , porque actualmente estoy pensionada y no se a quien corresponde pedirselo.
Tengo 364 meses trabajados (30 años 4 meses) en mi ultimo empleo tengo 11 años, a cuantos dias de feriado progresivi tengo derecho?
una persona que tiene 9 días progresivos y durante los 6 años no se los ha tomado, los pierde???
Hola una consulta ,llevo 8años trabajando de asesora dehogar imponiendo ,y a las vez llevo 14 años imponiendo continuos necesito saber si me corresponden vacaciones progresidas y cuantas aparte delos 15 dias que me e tomado anuales todos los años gracias
estimado, trabajo en minería en turno de 4 x 4, me quiero tomar un turno a cuenta de mis días progresivos, ¿sábado y domingo cuentan como días hábiles? osea, si me tomo jueves, viernes, sábado y domingo ¿pago 2 o 4 días progresivos?
Buenas , mi consulta es , si una persona jubila teniendo 17 años en la empresa , el sigue trabajando para nosotros . tiene derecho a dias progresivos ?’ o al momento de jublar se pierden automaticamente .
Estimados
Una persoan jubilada tiene derecho a este beneficio?
Los dias progresivos son acululables de un año a otro ?
Estimado/a, sí son acumulables y por un máximo de 2 años, y se pueden cambiar por dinero, no como las vacaciones normales que no se pueden cambiar por dinero.
Que pasa si mis periodos cotizados corresponden a DNP o sea son periodos declarados y no pagados, tengo derecho a vacaciones progresivas? y que normativa lo indica?
Hola, mi consulta, una persona jubilada tiene derecho a vacaciones progresivas.
gracias.
Estimados
Tengo una duda, el trabajador fue finiquitado el 30 de mayo 2016 y fue contratado el 01 de Agosto de 2016, le corresponde que le cancela vacaciones progresivas???
Porque se pierden los dias progresivos si uno se cambia de empleo si sigue cotizando igual en la afp ? Y cada cuanto tiempo se aumenta el sueldo pq llevo mas de cuatro años y nunca me han aumentado o los empleadores deciden pq nadie los controla?