Vacaciones Progresivas
En una entrada anterior analizamos el tema de los días de vacaciones progresivos que se adquieren por antigüedad. Para ir a la entrada, haga click aquí.
Sin embargo, parece que es un tema que ha suscitado muchas preguntas. De hecho revise los comentarios a la entrada anterior para ver diferentes situaciones sobre estas vacaciones progresivas. Esta entrada es sólo para entregarle una página de la Dirección del Trabajo que nos ha parecido muy interesante, ya que recoge en un sólo texto un buen resumen de la jurisprudencia en torno a los días progresivos. El texto en cuestión es la ORD. Nº 4551/222 que «Sistematiza jurisprudencia administrativa sobre feriado progresivo«.
Los días progresivos se establecen en el artículo 68 del Código del Trabajo, y ocupan unas pocas líneas. Sin embargo, como suele pasar, su aplicación no es tan fácil por la cantidad de situaciones especiales. En este documento de 14 páginas se contiene el resumen de la jurisprudencia, y es un muy buen texto de consulta si hay dudas al respecto.
Por ejemplo, se tratan los siguientes temas:
- A partir de cuándo se pueden computar los días y cómo.
- Cómputo de los días en situaciones especiales, tales como cuando se ha trabajado para entidades con regímenes jurídicos diferentes del Código del Trabajo; cuando se ha trabajado para empresas chilenas en el extranjero; o qué pasa en los casos de quiebra y recontratación, o cambio de razón social.
- Si deben ser tomados de forma continua o no.
- Los mecanismos adecuados para acreditar dichos años (hay más formas que el certificado de las AFP, aunque éste es el más común y conveniente).
- A partir de cuándo se pueden hacer valer los días progresivos. En este sentido es importante saber que comienzan a tener validez sólo a partir del momento en el que lo acredita el trabajador.
- Qué pasa con los días y períodos regulados en el antiguo Código del Trabajo de 1931 y del también antiguo texto del Decreto Ley 2.200
- Incidencia de la derogación del tope del feriado en el feriado del D.L. 2.200
- Cómo es la remuneración (básicamente es igual que para el feriado normal).
- Diferencia con el feriado básico en cuanto a que es susceptible de negociación individual o colectiva, y su incidencia.
- Prescripción de este derecho (como el resto de los derechos de remuneraciones prescribe a los dos años)
tengo 24 años con mi empleador, esto me otorga 15 dias vacaciones + 4 progresivos, la pregunta es estos 4 dias progresivos los debo considerar cada nuevo perido de vacaciones vale decir este año tome 15 +4, el proximo año nuevamente debo tomar 15 + 4 esto seria correcto?
tengo 24 años con mi empleador, esto me otorga 15 dias vacaciones + 4 progresivos, la preguta es estos 4 dias progresivos los debo considerar cada nuevo perido de vacaciones vale decir este año tome 15 +4, el proximo año nuevamente debo tomar 15 + 4 esto seria correct0?
Estimado:
Junto con saludarle, le expongo mi situación, llevo 7 años en la actual empresa ( 15 años con otros empleadores) y nunca me he tomado el feriado progresivo, cuantos días me corresponderían a marzo del 2017, donde firme contrato el 23 de marzo 2010 con el actual empleador???, en la empresa me dicen que solamente me corresponde dos días y medio, no estoy conforme con la respuesta, favor me podrían aclarar la situación.
Buenas Tardes , una consulta tengo un compañero que jubilo es del 78 , como quedan sus dias progresivos, se pierden o igual se los puede tomar, considerando que ya no tendra imposicion en afp y ellos emiten estos certificados. Gracias
Hola.. quisiera saber si me tomo un día progresivo me aparece descontado en mi liquidación, ej 29 días trabajos pero 30 pagados??
Consulta si un trabajador tiene cotizados 30 años y con el actual empleador 15…
y recién presento su comprobante a fines del año pasado, desde cuando debería considerar el reconocimiento de sus vacaciones progresivas desde cuando lo presento o cuando ingreso a la compañía, reconociendo desde ese momento los 10 años que ya tenia cotizado en otro empleador.
saludos
Consulta , si una cotización en particular ej. 05-2016 se encuentra cancelada por empleador y ademas por la entidad de salud por pago de licencia medica , el periodo 05/2016 ¿¿se contabiliza una sola vez o dos , para efecto de emisión del certificado de vacaciones progresivas por parte de la AFP.??
hola
consulta, si tengo 12 dias progresivos, cuantos dias seguidos me puedo tomar??
Estimado
todos los años el empleado debe llevar el certificado de vacaciones progresivas a su
empleador para que le considere los dias de vacaciones adicionales..???
o solo debe presentarse una sola vez..???
llevo trabajando 30 años con el mismo empleador
consulta:
los dias progresivos son cada tres años con el mismo empleador
y se toma durante los tres años 16 dias de vacaciones o solo el primer año y los otros dos regresa a 15 hasta que vuelva a cumplir tres años mas?
Estimada Verónica, son 16 días los tres años.
Hola , una consulta el empleador puede disponer de las fechas para tomarse los dias progresivos, por que mi empleador ahora dispuso que no se pueden tomar de septiembre a diciembre , puede hacer eso?
Estimada Carolina, sí se puede hacer. Según dice la Ley, «El feriado se concederá de preferencia en primavera o verano, considerándose las necesidades del
servicio.» Es decir, si la actividad de la empresa tiene ciclos en los cuales necesita toda la mano de obra, puede establecer que en esos períodos no se puedan tomar vacaciones.
Tome el ejemplo de un hotel en un balneario, donde la mayor parte de la actividad se desarrolla en enero-febrero. Sería «extraño» que los empleados se tomasen vacaciones justo en ese periodo, como sí podría ser normal en una fábrica que elabore juguetes.
Buenas tardes, que pasa cuando un trabajador que ha tenido días progresivos, es finiquitado y luego se vuelve a contratar con la misma Empresa, mantiene los días progresivos o debe esperar nuevamente 3 años para acceder dado fue finiquitado?
hola , en total tengo 3 días progresivos me los tome el 2016 , ahora que empezamos el 2017 debo presentar nuevamente el certificado a recursos humanos ? o esos días ya se perdieron al haberlos usado? gracias
Desde que adquieres el derecho a 1 día progresivo, ya no lo pierdes, desde ese año tienes 16 días de vacaciones. Al sumar otros 3 años en tu actual empresa, tendrás 1 día progresivo más al año, por lo tanto te corresponden 17 días de vacaciones al año.
Hola, consulta en Julio del 2015 me tomé un día progresivo y en febrero 2016 me tomé otros dos días progresivos, mi consulta es cuando se renuevan, una vez al año o cada tres años, para volver a tener esos tres días.
Saludos.
Estimados
A los 13 años devengo un día progresivo, a los 16 dos dias progresivos. Pero que pasa a los 14 y 15 años. Devengo un día progresivo por cada uno de esos años o sólo al año 13 y luego al 16.
Desde el año 13 hasta el año 16 tienes 1 día progresivo más por año. Solo los pierdes si te finiquitan. Ahí partes de nuevo.
Mi papa es pensionado y sigue trabajando sin imponer ,tiene derecho a días progresivos .
un amigo es jubilado y en su actual trabajo lleva 3 años de antigüedad con el anterior empleador trabajo 19 años le corresponde vacaciones progresivas
Acá una pregunta si negocio los dias progresivos con mi empleador, el monto a pagar esta afecto a impuesto unico? muchas gracias
Alejandro
al momento del finiquito los dias de vacacion progresiva si no fueron tomados se deben pagar?
Estimada Cris, si los días fueron acreditados (el trabajador solicitó los días progresivos y entregó la documentación para acreditar la antigüedad) entonces sí se deben pagar.
trabaje 23 años en una empresa esta quebro y ahora llevo 3 años y cuatro mese cuando dia sprogresivo deberia tener
Estimados
tengo cto indef desde 1 jun 2001.
Antes cotizaciones por 9 meses con otro empleador en año 2000.
Por certificado AFP tengo 16 años de cotizaciones.
¿tengo derecho a 2 dias de feriado progresivo?
¿importa la fecha de mi contrato con empleador?.
MI empleador insiste en que tendre derecho a 2 dia feriado progresivo rcien en jun 2017 y que cto es de jun 2001 y cumplo 16 años en jun 2017.
No considera 9 meses de cotizaciones con anterioridad. ¿tengo derecho a ese segundo dia ahora, o debo esperar a jun 2017?
Quisiera saber si el año 2015 me tome tres dias progresivos, este año 2016 solo tengo tengo derecho a los 15 dias habiles de vacaciones y debo esperar tres años mas para volver a tener dias progresivos?
Estimado mi consulta es la siguiente: Si una persona X trabaja por mas de 6 años en una empresa y posteriormente es finiquitado y contratado nuevamente por la misma empresa, los 2 días generados por vacaciones progresivas, se conservan o se pierden? Recordar que esta persona cumple con sus 10 años cotizados anteriormente.
Buenas tardes, quisiera saber si las vacaciones progresivas que no se usan en un período pueden quedar pendientes para el siguiente periodo?
si yo me tome 3 dias de vacaciones progresivas el año 2015 , el año 2016 tengo derecho a tomarme los mismos 3 dias .
Gusto de saludarlos.
Mi consulta es…..tienen caducidad los días progresivos de no ocuparse?
gracias
Estimado Ramón, no se pueden acumular las vacaciones de más de 2 años. Al menos los días progresivos se pueden cambiar por dinero, pero los días de vacaciones normales no.
Consulta, llevo 7 años trabajando con mi actual empleador y un total de 17 años cotizados. el día de hoy presenté el certificado de vacaciones progresivas y mi empleador me indicó que solo me corresponde 1 día de feriado progresivo por que no es retroactivo. es esto así?, según lo que tenía entendido, efectivamente para atrás no me debían reconocer nada, pero se supone que debería comenzar a acumular 2 días ( ya que 13,14 y 15 años sería 1 día, y 16 y 17 años, serían 2 días). Favor me podrían aclarar esto por fa?
Saludos
Estimada Bernardita, serían 2 días, un día a partir del año 13, y otro día a partir del año 16.
Estimado:
Mi consulta es es la siguiente: Estos días progresivos en un eventual despido,se consideran en el finiquito?…gracias.
Estimado Ramón, así es, son días iguales a los normales a efectos de finiquito.
Muchas gracias por responder.
Tengo 24 años de servicio, quisiera saber cua´ntos días de vacaciones proporcionales tengo
hola yo quería hacerte una pregunta ¿si yo me jubilo pierdo mis vacaciones progresivas o en que momento las puedo perder?
Estimado mi consulta es la siguiente: Si una persona X trabaja por mas de 6 años en una empresa y posteriormente es finiquitado y contratado nuevamente por la misma empresa, los 2 días generados por vacaciones progresivas, se conservan o se pierden? Recordar que esta persona cumple con sus 10 años cotizados anteriormente.
hola, necesito ayuda urgente, por favor, no entiendo estos de los 10 años mas 3 años, mi caso es el siguiente tengo 19 años y 6 meses cotizando y acabo de cumplir 3 años con mi nuevo empleador, ¿cuantos dias progresivos debo cobrar?..desde ya muchas gracias. Alejandro
es necesario presentar todos los años el certificado de dias progresivos al empleador o solo basta con una sola vez…gracias por responder….
Existe un tope para las vacaciones progresivas?
Estimado/a, antes había un tope de 35 días totales de vacaciones. Pero se derogó con la Ley 19.250, incorporada al Código del Trabajo, en su texto fijado por el D.F.L. 1 de 1994.
Por lo tanto, hoy en día no hay tope. Si se fija, se dice en uno de los puntos de la entrada.
Tengo 16 años, 1 mes de imposiciones y tengo 5 años 10 mese con mi empleador cuanto dias corresponde de vacaciones progresivas, gracias.
Por favor necesito orientacion con este tema, ya que yo tengo 3 días progresivos, pero quiero saber si estos días se renuevan todos los años (periodo de 3 años) para adicionarlos a las vacaciones obligatorias? o tengo ese periodo de 3 años para tomarme los 3 días que he sumado como dias progresivos??
hola buenas tardes,
mi consulta es la siguiente, según mi contrato la jornada laboral es de lun a sab. pero hace mas de 6 meses que no trabajamos los sábados ¿pierde el empleador el día sábado?
Mi consulta es relativo a un trabajador pensionado, que sigue trabajando, pero sin imponer en la AFP ¿le corresponde seguir acumulando los días de vacaciones progresivas?
Estimado Sergio, las vacaciones son un derecho independiente de los fondos de jubilación o prestaciones de salud. Se siguen generando igual (tanto los 15 días hábiles normales, como las progresivas)
Trabajo en falabella y me jubile hace un año pero sigo trabajando me descuentan el 7% en la afp y en la empresa y en recuerso humanovme dicen que no tengo derecho a vacaciones progresivas. Mi correo
Ana valenzuela7@gmail.com
Me interesa la respuesta correcta a esta consulta
Hola, quisiera saber si es que se pueden acumular las vacaciones progresivas ?
quisiera consultar, que pasa cuando una empresa en un mes respectivo, emite mas notas de crédito exentas que facturas exentas, como debe informarse en la declaración de IVA
Estimada Danitza, a nuestro parecer habría que informar en la línea 2 del F29, lo siguiente:
– Casilla 586: el número de Facturas Exentas, Notas de Débito Exentas, Notas de Crédito Exentas, etc
– Casilla 142: el monto neto de la suma de todas estas operaciones, aunque sea negativo. Dado que es un número informativo, el SII ya sabrá qué hacer con este número negativo, puesto que no afecta a la suma a pagar de IVA.
No parece haber otra forma de hacerlo, y el SII es claro en dónde se tiene que poner esta información. En la Circular 69 del año 2008 dice en el Anexo 3 (instrucciones para llenado del F29), para la casilla 142:
Si, lo intente pero el formato del formulario no lo permite, arrojando error al validando… Gracias por la respuesta
Pablo dice:
si tengo 25 años de cotización en total (15 años con mi actual empleador) cuantos días de vacaciones me corresponden…gracias
Estimado Pablo, serían 5 días progresivos, uno por cada 3 años (suponiendo que ya se han acumulado los 10 primeros).
1 año laborado, consiste en 12 meses cotizados. Que pasa en un año en el cual trabaje menos de 12 meses. En este caso no es considetado año acumulable para el requisito de los 10 años. O los 10 años son 120 meses corridos o no corridos.
Gracias.
Estimado Hugo, todos los meses cuentan, la ley se refiere a 10 años trabajados en uno o varios empleadores, da igual los meses/años trabajados en cada uno.
Estuve 35 años en las FF.AA y hoy trabajo en minería, cumplí tres años tengo derecho a vacaciones progresivas
Yo llegue a un acuerdo con mi empleador para que me cancelara 3 dias de vacaciones progresivas, la consulta es ?¿ cuando se comienzan a sumar nuevamente estos dias estando trabajando con el mismo trabajador? Gracias
Hola. Tengo 29 años trabajando en la misma empresa tengo 6 días progresivo pero me dicen que tengo que ir atrabajar día sábado me puede sacar de la duda gracias
Estimado mi consulta es la siguiente…tengo 19 años cotizados en mi afp 7 años con un empleador anterior y 13 con mi actual…al solicitar mis vacaciones progresivas estos me dieron un día. .es así…????
Tu cumpliste 10 años en AFP con tu actual empleador. ( después de tu 3er año). Luego de eso haz cumplido otros 3 años con ellos. Estos son tus primeros 3 años que te otorgan 1 día hábil proporcional.?
-Primero, te corresponden vacaciones ya que tienes mas de 10 años cotizados.
-Segundo ¿cuantos dias?, te correspondes 1 dia por cada 3 años con el actual empleador. Si cambias de empleador comienza nuevamente el conteo de 1 dia por cada 3 años con ese empleador, perdiendo los dias que ya tenias con los anteriores.
saludos
no es asi, con tu actual empleador al año 3, cumplias 10 años que es la base, luego al año 6 tenias derecho a un día, luego al año 9 , 2 días, al año 12, 3 días, y luego esperar hasta el año 15 , tendras derecho a 4 días , mientras no se cumpla esto último , solo puedes esperar 3 dias para los años 13 y 14 saludos
Tengo una duda, llevo 10 años con mi empleador ( 2005 – 2015 y tres años anteriores con otros empleadores ( 2001 -2004).
Mi certificaado de vacaciones suma 13 años y 1 mes.
Ellos me indican que no me corresponde ya que hace tres años tenía que haber informado los 10 años.
La ley indica 10 años con empleadores diferentes será que por eso ellos no lo tomas ya que llevo 10 con ellos .
Según la inspeccion del trabajo no es obligación avisar.
Según lo que veo le corresponde 1 día progresivo, no es obligatorio informar, solo debe presentar el certificado de vacaciones progresivas en la empresa actual.
Consulta; que pasa con el feriado progresivo cuando es el empleador quien «obliga» al trabajador a cambiar el contrato a una empresa relacionada con reconocimiento de antiguedad. Se conservan los días progresivos?
De ante mano gracias por responder
Estimados, tengo una cosnulta:
Llegue a un acuerdo con mi empledos para el paga de 10 dias progresivos, todo bien hasta recibir la liquidacion, al hacer los calculos y la divicion detecte que me cancelaron solo dies dia, segun lo que pude averiguar debierob ser 14 dias, porque tienen el mismo tratamiento de los dias del feriado legal.
ejemplo, si yo los hubiese tomado, en la liquidacion de fin de mes la remuneracion seria integra.
Favor su ayuda para aclarar esta duda son 10 o 14 dias los que se deben cancelar????
Saludos, muchas gracias.
Los días progresivos a diferencia de los días de feriados anual, estos se cancelan como día unitario es decir en tu caso serian 10 días a pagar y el calculo es el valor diario, ( sueldo base mas remuneraciones variables dividido por 30 ).
Espero haber ayudado a tu duda
Saludos
Si a un trabajador que contraera matrimono, se le da un permiso sin goce de sueldo por 22 días corridos (que no son vacaciones) le corresponde al empleador pagar los días feriados que justo estan entre los días que se toma permiso sin goce de sueldo.
Hola, tengo un trabajador que nunca tomó sus vacaciones progresivas y ahora que presentó su renuncia voluntaria, quiere que se le cancelen esos días. Él tenía más de 10 años en un antiguo empleador y con nosotros lleva 18 años. ¿Corresponde pagarle esos días de manera retroactiva? Serían 45 días.
Y otra duda, de este año solo lleva 8 meses, ¿se calculan vacaciones progresivas «proporcionales» para el cálculo?
Excelente su blog, leí el post y los comentarios, pero no estoy segura de esta respuesta.
Muchas gracias.
Estimada Andrea, lamentablemente para el trabajador no puede pedir esos días de vacaciones progresivas, y tampoco de manera retroactiva. Los días de vacaciones progresivas sólo son efectivos desde el momento que el trabajador aporta la documentación, y no se acumulan de manera retroactiva.
Tal y como dice la Dirección del Trabajo:
pd:….Nunca he cobrado mis dias progresivos….
Lo sentimos, pero ya es tarde. Cuando ingresa a un nuevo trabajo pierde sus días progresivos y comienza la cuenta de 3 años desde cero (repito, siempre y cuando lleve 10 años con empleadores anteriores).
Estimado Laudus:
he leido cada una de las preguntas formuladas,al parecer ,ninguna se asemeja a la mia….
Tengo 246 mese de cotizacines, y llevo seis mese trabajando para un hospital público.
Ignoro si tengo derecho a mis dias progresivos….en este nuevo trabajo.
Que pasa con este nuevo escenario laboral que tengo?…pierdo mis dias que nunca reclame??…
Muchas gracias por su ayuda.
M.ANGELES.
Estimada Mary, dentro de los 238 comentarios de arriba hay varios con el mismo problema. Básicamente se trata de saber cuándo tiene derecho a los días progresivos. Si lee bien, verá que hasta que no lleve 3 años, no tiene derecho a ninguno (y siempre y cuando lleve 10 años en empleos anteriores).
hola, quisiera saber si todos los años me corresponden vacaciones progresivas, llevo 8 años en la misma empresa y 220 meses cotizando por su respuesta gracias
Estimada Angélica, efectivamente el beneficio de vacaciones progresivas es todos los años (por los días que corresponde)
Hola, mi consulta es la siguiente, trabaje 19 años en una empresa y tenia 3 dias de feriado progresivo, ahora estoy en otro trabajo desde octubre de 2012, me corresponde los tres dias con mi nuevo empleador….gracias por su deferencia
Estimado Claudio, no le corresponden esos días, se pierden al cambiar de empresa. Recién en el 2015 podrá tener un día.
Estimado me podrían explicar gráficamente este tema de las vacaciones progresivas, tengo claro lo de 10 año más 3, p ero tengo la siguiente duda, que si me lo aclaran de esta forma me va a quedar clarisimo:
-A los 13 años = 15 + 1= 16
-A los 14 años = 15 + 1 = 16
-A los 15 años = 15 +1 = 16
-Al los 16 años = 15 + 2 = 17
-Al los 17 años = 15 + 2 = 17
Y ¿Así sucesivamente?
En otras palabras, a los 13 años va ha tener derecho a 16 días de vacaciones, y a los 16 años le corresponden 17 días de vacaciones, y así sucesivamente?
Gracias
Alberto
Estimada Karin, los empleados de condominios no tienen un estatuto especial en este sentido de vacaciones. Si se refiere a vacaciones progresivas, ya no hay límite.
Estimados, mi consulta va en si compensas el feriado progresivo. Este pago como se representa en la liquidación, es un haber imponible y tributable?. o se refleja en un haber no imponible? sabiendo que el calculo diario se hace igual que el feriado por pago de finiquito.
Saludos y Gracias
Estimado Manuel, el feriado progresivo, en caso de compensarse en dinero, se calcula igual que el feriado normal cuando usted se va de vacaciones. Y sí es renta imponible.
Alejandro velasquez:
soy pensionado Armada donde estuve 30 años 1 mes, luego entre a trabajar el 20 de febrero de 2007 en mi actual empleador pero en mayo 2012 me finiquitaron contratandome para el mismo cargo de inmediato y nunca deje de trabajar para el mismo empleador, todo lo anterior lo presente a mi empleador pero dice no me corresponde dias progresivos espero tu respuesta
saludos gracias
Estimados :
Mi consulta hy algo que diga la ley con las personas que estuvieron ejemplo 5 años con un empleador X, fue finiquitado. Trabajo por varios años con otros empleadores y por las cosas del destino vuelve con el empleador X. Como funciona el tema de contabilizar los años en el empleador, de la vuelta ya llevo 9 años, puedo sumar a los 9 años mas los cinco que habia trabajado en años anteriores con el mismo empleador. Tengo entendido que existe una jurisprudencia la respecto.
Saludos y gracias
Estimados:
Tengo un trabajador que está pensionado quien me hizo llegar un certificado de vacaciones progresivas…, ¿como pensionado, tiene derecho igualmente a vacaciones progresivas???…
Saludos, y muy buena su página!!!….
Estimado Carlos, las vacaciones progresivas siempre se devengan en el caso de seguir trabajando y estar regido por un contrato bajo el Código del Trabajo.
Estimados,
Si me cambio de afp, pierdo mis días progresivos?
Estimado Eduardo, no se pierden. Los días progresivos no tienen nada que ver con la pertenencia a una AFP. Lo único es que para justificarlos se suele utilizar el registro de cuotas de la AFP, pero salvo eso no hay ninguna relación entre los mismos y la pertenencia a una AFP.
Laudus. Si me encuentro con un trabajador con contrato vigente desde el año 1985 en la misma empresa. Al dia de hoy cuantos dias progresivos debería ser acreedor y a ese mismo año ya tenía más de 10 años trabajado. Gracias por vuestra ayuda.
Estimado Patricio, si el trabajador ya tenía 10 años trabajados con anterioridad, entonces le corresponderían 9 días progresivos al año, 1 por cada 3 años en la empresa.
favor agradecería
respondieras también estoy en la misma situación.
Trabaje 25 años con un mismo enpleador y me jubile ahora estoy trabajando y con este emleador llevo 14 años tengo derecho a feriado progresivo y si es asi cuantos dias me corresponden y donde solicito un sertificado si ya no estoy cotizando en ninguna afp.
como se calcula el valor del dia progresivo en el caso que quiera vender uno a la empresa tengo 6 dias progresivos
Estimado Javier, se calcula como cualquier día de vacaciones, tu sueldo entre 30 días suele ser lo más habitual, aunque en tu empresa te pueden orientar mejor sobre cómo lo hacen.
Buenas tardes, necesito me aclare una duda, al estar jubilado y seguir trabajando, los dias de vacaciones progresivas corresponden???
Hola.
La consulta es : tengo 146 meses cotizados esto a cuantos dias de vacaciones progresivas orreponden?
hola, aun no corresponden las Vacaciones Progresivas , puesto que aun no enteras los 13 años de cotizaciones.
146/12 = 12.16666, te faltan meses de cotizaciones para poder cobrar tu primer dia de Vacaciones Progresivas
Saludos.
Otra consulta, los años de cotizaciones en el sistema antiguo se suman al sistema actual de cotizaciones para el calculo de los dias progresivos?
Agradecido de antemano
Moisés.
Estimado una consulta, cuanto es el maximo de dias progresivos que puede tener un trabajador?
hay algun tope de dias, alguien me comento que no pueden exeder el mes entre la sumatoria de los dias normales de vacaciones mas los dias progresivos por cotizaciones.
atento a su comentario
saludos
Moisés Meneses
Estimado Moisés, antes había un tope de 35 días corridos de vacaciones. Pero este tope fue derogado con la Ley 19.250 en 1994.
muchas gracias
Estimado: Tengo 166 meses cotizados, y llevo 5 años en mi actual trabajo, me corresponde 1 día de vacación progresiva???
Hola: ¿que pasa con las vacaciones progresivas cuando la persona es finiquitada? ¿se considera como un día de vacaciones normal? Es decir, aunque no presente el certificado de vacac. progr. anteriormente, ¿igual se asumen ya ganadas y por ende se pagan en el finiquito?
Estimado Claudio, el derecho a vacaciones progresivas sólo nace desde que se presenta la documentación, y además no es retroactivo. Si no lo hizo antes, entonces no son días que pueda reclamar en caso de finiquito.
los dias progresivos se puedenn elegir?,por ej;sabado y domingo?
Estimado Jaime, los fines de semana no son días hábiles a efectos de las vacaciones.
Estimado Laudes,
Muy bueno tu log me encanto…pero necesito claridad sobre mi tema, tengo 14 años trabajando en la misma empresa, con 18,5 años de imposiciones (de distintas empresas), me estarían correspondiendo 2 días de vacaciones proporcionales?..y si mi primera cotización fue en Noviembre de 1988, me corresponderían 3 días proporcionales?. Muchas gracias desde ya. Saludos..
Estimado Carlos, buenas.
Sabes tú si el feriado progresivo se pierde (no se puede usar) si no se usa en el año en que se genera?
Es decir, si el año pasado me correspondían 2 días (y este tambien)y no usé los del año pasado, puedo hacer uso de 4 días este año?
Slds.-
Muy buena página, he leido pero no encontré algo parecido al caso que tengo, mi consulta es la siguiente. Un trabajador me trajo de la afp su certificado de vac. Progresivas y dice que tiene 380 meses cotizados como trabajador dependiente, luego dice: Asimismo, registra 111 meses cotizados en el Antiguo Sistema Previsional, me da un total de 10 dias de vacaciones progresivas, si el trabajador lleva trabajando mas de 10 años en esta empresa debo darle el total de los dias o para este efecto tampoco es acumulativo y si presento ahora el certificado le doy 1 dia. Espero su resppuesta , muchas gracias..
Estimada Cristina, la respuesta está en esta entrada y en http://blog.laudus.cl/2009/09/24/calculo-de-vacaciones/
Le comento:
1. No se pueden acumular más de 10 años en empleadores anteriores.
2. En este caso de acreditar 10 años en empleadores anteriores, sólo comienza a recibir el primer día progresivo cuando haya cumplido 3 años con usted (es decir, en el cuarto año y posteriores tendría un día más de vacaciones).
3. Los días se empiezan a disfrutar a partir de que se acredita la condición, no se otorgan de manera retroactiva. Es decir, si el empleado tenía más de 10 años en empleadores anteriores, y además tiene 5 años en su empresa, si acredita ahora los años acumulados no puede solicitar los 2 días no disfrutados en los años 4 y 5.
4. Se devenga un día de vacaciones progresivas por cada 3 años en su empresa (a partir de los 10 años en su empresa o empresas anteriores). Por lo tanto, depende de cuántos años haya estado trabajando para su empresa, a partir de ahora tendrá x días de vacaciones progresivas.
Estimados
De muchísima ayuda me seria me pudieran aclarar la siguiente situación:
Tengo un trabajador que inició la prestación de servicio el 3 de marzo del 2008 ( supongamos a las 8.00 horas)
Antes de eso trabajó para otro empleador por 18 años años.
Mi visión del asunto al día de hoy respecto de sus vacaciones es la siguiente:
3-3-2008 al 3-3-2009 = derecho a 15 días a partir del 4-3-2009
3-3-2009 al 3-3-2010 = derecho a 15 días a partir del 4-3-2010
3-3-2010 al 3-3-2011 = derecho a 15 días a partir del 4-3-2011
3-3-2011 al 3-3-2012 = derecho a 16 días a partir del 4-3-2012
3-3-2012 al 3-3-2013 = derecho a 16 días a partir del 4-3-2013
3-3-2013 al 3-3-2014 = derecho a 16 días a partir del 4-3-2014
3-3-2014 al 3-3-2015 = derecho a 17 días a partir del 4-3-2015
etc ,,etc
gracias desde ya
Estimado Hernán, efectivamente así es.
les agradezco la respuesta
Que pasa con los trabajadores que son pensionados y se contratan ¿también tienen derecho a feriado progresivo?
estimado las vacaciones progresivas son acumulables,
por ejemplo llevo 11 años trabajando en la misma empresa y ademas tengo mas de 15 en otras empresas, yo tengo vacaciones progresivas tomas pero este año no me los he tomado quiero saber
¿si no me las tomo este año, me las puedo tomas el primo y en vez de tener 18 años (15 + los 3 progresivos que tengo) puedo llegar a 19, no se si se entiende
Ricardo, ya tienes un derecho reconocido que se ta venido dando en tus 11 años. Es un derecho exigible retroactivamente hasta 2 años dentro de la relación laboral, por lo cual se podría acumular. Pero se debe tener presente que estas tienen el carácter de negociables, lo que en principio no obligaría al empleador a darlas, sino que transarlas en dinero.
a ok muchas gracias, la ayudad es notable y la respuestas son my rápidas gracias por la ayuda
hola trab en un comercio de lunes a sab al nedio dia tengo 15 anos de antiguedad me dan 15 dias de vacaciones luego en resto el feriado del lunes y mates en febrero .mis vacaciones empiezan a partir del miercoles o a partir del lunes
Estimado:
mi consulta es la siguiente…hay un limite de dias como vacaciones progresivas??? osea, mas claro, las vacaciones normales son 15 dias…. hay un tope para las progresivas???
tengo un trabajador que es pensionado, le corresponde dias progresivos para efectos de tomar sus vacaciones
Hola quisiera saber si existe un plazo para solicitar las vacaciones, las vacaciones progresivas y si el empleador se puede negar a dar las vacaciones..alegando que no hay personal para su reemplazo..mi papá trabaja manejando un camión de recolección de basura la empresa es bastante grande donde obviamente no tienen problemas de personal…y donde puedo contar información sobre este tema..ya que ninguno menciona de plazos que tiene el trabajador para solicitar su tiempo de descanso anual…
agradezco su respuesta
Atte.
Las vacaciones se pueden tomar una vez enterado un periodo laboral (1 año de trabajo). Lo correcto es acordar entre las partes la fecha de inicio del descanso, para efectos de programarlas considerando el resto del personal que también las requerirá. El empleador no puede negar el derecho, ya que se expone a sanciones en caso de que el trabajador deba acudir a la inspección para hacer valer su derecho. No es excusable la falta de personal para no dar vacaciones, ya que el empleador debe tomar resguardos para la marcha de su empresa.
Necesito saber si las vaciones proporcionales se pieden despues de pasar 2 años o te las tienen que pagar, por ejemplo yo renuncie cuando cumplia 3 años y 8 meses sin tener vacaciones, tienen que pagarmelas todas?
Estimado Laudus, me quedó una tercera consulta.
Por errores de la antiguo administrador de la empresa, se le dieron a dos trabajadores,durante estos últimos 6 años; más días de vacaciones de los que les correspondía. Hoy uno está en -2 y otro en 9, siendo que en condiciones normales les corresponderían 15 días a cada uno. Para esta revisión y conclusión solo se tuvo a la vista el libro de asistencia. Hay jurisprudencia al respecto?.
Estimado Hernán, en estos casos lo más práctico es hacer «borrón y cuenta nueva». No son tantos días, la equivocación es de la empresa, y para evitar conflictos lo más típico es asumir el error y aprender para la próxima a llevar un control mejorado sobre las vacaciones (con comprobantes de feriado) e ingresando los datos en el software o planilla que usted utilice para llevar el control.
Para buscar jurisprudencia, lo mejor es ir al sitio web de la Dirección del Trabajo: http://www.dt.gob.cl
Estimado Laudus, pueden ustedes aclararme las siguientes dudas?
1 – Cuando envío a un trabajador a cumplir una función fuera de la región (contemplado en el contrato de trabajo), ..¿Que documento debe confeccionarse para constancia y resguardo mutuo, considerando que no podrá firmar el libro de asistencia?. ..me dicen que debo hacer un anexo de contrato cada vez que ello ocurra?????..
2 – ¿Puede un trabajador no cumplir una orden para asistir a un taller de capacitación aduciendo que no le interesa la temática y que además no está en su contrato de trabajo esa obligación.?
Gracias desde ya…
Hola
Yo estoy actualmente pensionado con renta vitalicia y fui contratado hace dos años en una empresa, quisiera saber si tengo derecho a un día de vacaciones progresivas cuando cumpla ahora tres años. Por supuesto que tengo muchos más de 10 años trabajados en otras empresas. La otra duda que tengo es si las vacaciones progresivas tienen un tope, sabiendo que este beneficio comienza a los 13 años laborales con un día de vacaciones progresivas.
Hola,
Tengo una duda, que no he logrado aclararla con el articulo, ni leyendo la ley, y a lo mejor uds. pueden aclarar. Se puede negociar con la empresa, mas dias de vacaciones de los que establece la ley? p.e. Si la ley dice que el empleado tiene 10 dias al año, la empresa no esta obligada a respetar ese «minimo»??? o sea podria dar más dias?
Espero que se haya entendido la pregunta. Saludos
Estimado Alejandro, evidentemente. La Ley establece unos mínimos para proteger al trabajador; todo lo que sea mejorar las condiciones del trabajador siempre es bien acogido.
Estimado Laudus, le agradezco la aclaración y la rápida respuesta..
Disculpen pero la última linea de mi comentario anterior, debió decir
» a partir del día 2/1/2003″. gracias
Estimados, necesito aclarar con mis trabajadores lo siguiente:
En relación a las vacaciones progresivas, la normativa dice que una vez cumplidos 13 años trabajados se tiene derecho a 1 día más de vacaciones. Según yo entiendo, ese día adicional, sólo es posible hacerlo efectivo a partir del primer día del año 4, de otro modo los 3 años no están cumplidos.
Ejemplo:
Ingreso al trabajo 1/1/1990
Al 1/1/2000 – 10 años trabajados
año 1 – 1/1/2001
año 2 – 1/1/2002
año 3 – 1/1/2003
Del día adicional se puede hacer uso, según yo entiendo, a partir del día 2/2/2003, o sea al año 4.
Agradeceré enormemente clarificarme esta situación.
Estimado Hernán, efectivamente es como usted dice. Se tienen que haber cumplido los 10+3 años. El primer día de vacaciones es a partir del día del cuarto año.
Sres. revisando por internet una duda que tengo y cómo no encontré la respuesta les escribo y se trata de lo siguiente:
Hay un trabajador jubilado que trabaja como Conserje y lleva mas de 10 años en su actual cargo para lo cual sólo se le descuenta de su sueldo el 7% de Salud ya que no quiere imposiciones . Este señor está solicitando sus vacaciones progresivas las que tenía antes y ahora por tener mas de 10 años en su actual trabajo…. y la duda es «Si es jubilado, le corresponden vacaciones progresivas…?»
Espero que me puedan ayudar con esto por favor.
Atte.
Verónica
Hola, he revisado la mayoria de los post, pero no logro resolver mi duda. Tengo un trabajador que lleva 11 años trabajando en nuestra empresa, el presentó su certificado de vacaciones progresivas y tenía 14 años y 4 meses cotizados. El problema se produce, ya que é estubo con licencia por más de tres años. Mi duda es, si estas vacaciones normales y progresivas son acumulables?, ahora debemos finiquitarlo y sus ultimas vacaciones tomadas fueron a comienzos del 2009… que pasa con todo ese saldo de vacaciones?? se pierden o se pagan?
Estimada Ivette, los períodos de licencias generan derecho a vacaciones igual. El caso que me comenta es más abultado, por la duración tan larga de la licencia.
Pero, efectivamente, si un trabajador está de licencia 3 años, al volver puede tomarse sus vacaciones (habría que «pactar» si se toman seguidas o en varios tramos). Y si se le finiquita, hay que pagarle todas las vacaciones devengadas.
Lo dice claro la Dirección del Trabajo, por ejemplo en la ORD. Nº 4343/166:
muchas gracias.
Buenas tardes, muy buen artículo y varias dudas se me han aclarado, pero tengo la siguiente: un trabajador que era del regimen antiguo tiene un certificado del ips ex-inp en donde acredita 21 años trabajados, el ya es jubilado y nunca se integro a una afp como trabajador dependiente, Actualmente lleva 10 años trabajando en otra empresa hasta la fecha, y el exige sus 3 días adicionales, pero me dicen en ips que el beneficio del feriado progresivo es solo para personas incorporadas en afp?? es cierto esto, le corresponden o no los feriados progresivos. Adicionalmente, este trabajador se incorporo como voluntario a una afp y hacía un aporte voluntario pero se retiro como a los 6 meses de haberse afiliado.
Agradecido de tu ayuda.
Estimado Rodrigo, según entendemos, el derecho al feriado progresivo no tiene que ver con el régimen de previsión del trabajador (régimen antiguo o AFP), sino con aquellos años de antigüedad trabajados al amparo de una relación laboral.
La AFP sólo se utiliza como medio de prueba de antigüedad, pero no tiene ninguna otra incidencia.
De hecho, no sólo valen los años trabajados al amparo del Código del Trabajo, sino de otros regímenes jurídicos también. Tal y como dice la Dirección del Trabajo: «Por otra parte, en relación con la materia en estudio se hace necesario señalar que, acorde con el tantas veces citado artículo 68 del Código del Trabajo, resulta jurídicamente procedente considerar para los efectos del feriado progresivo los años de servicios prestados en calidades distintas a las del sector privado o en regímenes jurídicos diferentes al del Código del Trabajo»
Y en este sentido, además seguramente los años a los que se hace referencia que se trabajaron cotizando el trabajador al régimen antiguo fueron realizados al amparo del Código del Trabajo.
Agradezco mucho tu ayuda y amabilidad. Gracias por tu rápida respuesta a la consulta 😉
`Jaime M.
Mi consulta es la siguiente: cuando uno cumple un dia progresivo , este se puede pedir desde el primer dia que se cumple, o hay que esperar al periodo siguiente de vacaciones
Estimado Jaime, los días progresivos tienen el mismo tratamiento que los días de vacaciones normales. Una vez devengados, se pueden disfrutar en los mismos periodos.
Hola , no habia tenido de parte de mi empleador anterior conocimiento de estos dias prograsevos como trabaje 7 años me habrian correspondiedo 2 dias , ahora que ya tengo claro este beneficio lo cobrare en mi actual empleo y que pasa con lo que no se cobro en el trabajo anterior, esto se puede recuperar ???
racias por el tiempo
Lucia
Estimada Lucí, lo no disfrutado antes de las vacaciones progresivas se pierde.
Jaime: hola yo voy a cumplir 7 dias progresivos yo trabajo en turnos rotativos , somos 4 operadores que tenemos que tomarnos las vacaciones en verano, pero yo tendria que tomarme 22 dias habiles,. que pasa en esta cituacion, ¿estoy obligado a tomarme todas mis vacaciones o puedo dejar las progresivas para otro momento?, ¿es obligacion tomarme las vacaciones progrecivas de una sola ves o puedo parcelarlas de acuerdo a lo que yo necesite?
Que debo hacer, mi trabajo no es de produccion, es constante.
Gracias por su respuesta, la espero lo antes posible ….. MUCHAS GRACIAS
Estimado Jaime, el cómo tomarse las vacaciones suele ser una acuerdo entre empleador y trabajadores. Hay fábricas que tienen que cerrar una temporada en concreto, y en esos casos no hay otra posibilidad. Pero si no es así, lo mejor es hablarlo y negociarlo con la empresa.
La ley sólo dice que las vacaciones se tomarán de preferencia en primavera o verano, y que deben ser mínimo 10 días hábiles consecutivos, y que no se pueden acumular por más de dos años. No hay diferencia entre que sean días de vacaciones progresivos u ordinarios, salvo que los progresivos se pueden cambiar por dinero y los ordinarios no.
maricel hola mira llevo 4 años trabajando por que e leido ,mi consulta es ,si las vacacione normales ,es lo mismo que vacaciones progresivas ,o son aparte ,les pregunto por que primera ves escucho esto , de vaciones progresiva , saber si me corresponde a mi y cunto dias gracias
Hola buenas tardes, tengo la siguiente consulta
mi papa trabaja para un mismo empleador por 16 años los cuales 15 años fueron para la empresa «a» y luego el empleador inicio una nueva empresa «b» lo contrato y le reconocio los años de antiguedad mi consulta le corresponden dias porogresivos de vacaciones.
Saludos
Quisiera saber si puedo tomar mis dias progresivos separados de las vacaciones, es decir tomos mis vacaciones legales en enero y podria sacar 5 dias de vacaciones progresivas en julio??????????…de ante mano gracias