Topes Imponibles 2012
El 5 de Enero la Superintendencia de Pensiones publicó las resoluciones 16 y 17 con los nuevos topes imponibles. El comunicado del 10 de Enero se puede revisar aquí.
Dado que según el Instituto Nacional de Estadística, el Índice de Remuneraciones Reales entre Noviembre 2010 -Noviembre 2012 varió en un 2,1%, el nuevo tope imponible para el cálculo de las cotizaciones de AFP, salud y mutual de accidentes es:
– Trabajadores que cotizan a una AFP: 67,4 UF (durante el 2011 estuvo en 66 UF), que viene de actualizar el 2,1% (66 x 1,021 = 67,386 que redondeado a un decimal queda en 67,4).
– Trabajadores afiliados al IPS (ex-INP): el tope no ha sufrido modificaciones para el 2012, continúa en 60 UF.
El nuevo tope imponible para el cálculo del Seguro de Cesantía es de 101,1 UF (durante el 2011 tenía un valor de 99 UF). Este tope es para todos los trabajadores, tanto para los que cotizan a AFPs como aquellos en el régimen antiguo.
Puede obtener el informe del INE sobre el Índice de Remuneraciones y Costos de Mano de Obra haciendo click aquí.
Estos nuevos topes imponibles tienen validez a partir de las remuneraciones de Enero, cuyas cotizaciones previsionales se pagan hasta el 10 de Febrero (13 de Febrero si es por Previred u otros medios electrónicos).
Puede revisar nuestra entrada sobre los topes imponibles del 2011 aquí.
Como ya sabe, en Laudus este valor es un parámetro que se suministra cuando se hace una liquidación, por lo que no hay que ejecutar ninguna actualización del software. Al realizar una nueva liquidación, obtiene la pantalla donde puede ingresar los nuevos topes.
También recuerde que en Diciembre cambió el Sueldo Grado 1A que se utiliza para el cálculo de la Rebaja del Impuesto Único según DL 889, y ahora es de 546.953 pesos.
En tre a trabajar en el mes de febrero 2012 quiero saber cuántos días tengo no trabajo ni sábados y domingos
si estoy calculando Enero2012 que tabla de impuesto debo usar…enero2012 o febrero2012???
S.O.S.
Necesito saber como se saca el Impuesto único cuando el sueldo Imponible es de $ 1.000.000
Debes restar al imponible las leyes sociales, ya sea AFP, SALUD solo el olbigatorio, seguro de cesantia y APV si corresponce….el resultado que obtendrás es el TRIBUTABLE, ese monto debes llevarlo a la tabla del impuesto único, que lo puedes extraer de la página del SII, el monto tributabl lo buscas en los parametros de la tabla, lo multiplicas por el factor y el resultado le restas la rebaja qe indica la tabla, y el resultado de eso es el impuesto a pagar.-