Topes Imponibles 2011
El 6 de Enero la Superintendencia de Pensiones publicó las resoluciones 27 y 28 con los nuevos topes imponibles. El comunicado del 10 de Enero se puede revisar aquí.
El nuevo tope imponible para el cálculo de las cotizaciones de AFP, salud y mutual de accidentes es:
– Trabajadores que cotizan a una AFP: 66 UF (durante el 2010 estuvo en 64,7 UF).
– Trabajadores afiliados al IPS (ex-INP): el tope no ha sufrido modificaciones para el 2011, continúa en 60 UF.
El nuevo tope imponible para el cálculo del Seguro de Cesantía es de 99 UF (durante el 2010 tenía un valor de 97,1 UF). Este tope es para todos los trabajadores, tanto para los que cotizan a AFPs como aquellos en el régimen antiguo.
Estos nuevos topes imponibles tienen validez a partir de las remuneraciones de Enero, cuyas cotizaciones previsionales se pagan hasta el 10 de Febrero (13 de Febrero si es por Previred u otros medios electrónicos).
Puede revisar nuestra entrada sobre los topes imponibles del 2010 aquí, el primer año en entrar en vigor la revisión anual de topes imponibles desde los antiguos valores de 60 y 90 UF respectivamente.
Como ya sabe, en Laudus este valor es un parámetro que se suministra cuando se hace una liquidación, por lo que no hay que ejecutar ninguna actualización del software. Al realizar una nueva liquidación, obtiene la siguiente pantalla, con la casilla para los valores:
En el caso de no tener trabajadores IPS (ex-INP), la pantalla sólo mostrará los valores:
hola mi nombre es roberto y quisiera saber si al renunciar a mi trabajo pierdo las gratificaciones legales .
mira nose si esto va aqui mira tengo unas dudas lo primero mi sueldo
30 dias trabajados 159.000
premio a la asistencia 10.142
premio a la puntualidad 10.142
premio a la asistencia trto colgado 20.000
bono vestuario 8.249
total fijos 207.863
trato colgado de aves 81.038
anticipo gratificacion 20.799
sub total 310.000
fui a consultar a la oficina de personal sobre el sueldo minimo y me dijeron q no avia un error yo les comente si subieron el sueldo minimo ase rato pero ellos dijeron q todo estaba bien que la ley les decia q solo no devian remunerar menos q el sueldo minimo. lo otro
me cabiaron de seccion durante tres semanas tenia un bono x trato de colgado q no esta estipulado en mi contrato e buscado en internet sobre la jurisprudecia laboral y me sale si un bono es variable despues de 6 meses pasa aser parte de mi sueldo pero nose si es tan asi ojala me respondas lo antes posible es una gran duda