Respuestas de Clientes y a Proveedores de los DTE
Estimado/a usuario/a, hace un par de días publicamos una entrada IMPORTANTE (con mayúscula) sobre el Acuse de Recibo, las respuestas a DTE, y la nueva Circular nº4 del SII. El enlace es: https://www.laudus.cl/blog/acuse-de-recibo-a-factura-electronica-y-credito-fiscal-de-iva-version-2017/
Pero como la mayoría de los usuarios no suelen leer las entradas más áridas, intentaremos ahora resumir las implicaciones que tiene para el uso diario de nuestro ERP esta nueva circular. Y recuerde leer bien la entrada original, ya que entre otras cuestiones le afecta a sus vacaciones. Y no es una broma para llamar su atención.
Concentrémonos entonces en el uso del software y de la página del Servicio en el día a día, en lo que respecta a respuestas recibidas de los Clientes, y respuestas que nosotros hacemos a Facturas de Proveedores.
- Respuestas que recibimos de los clientes a los DTE que nosotros les emitimos: con la nueva circular, sus clientes no tienen la obligación de enviarle respuestas por email. Es suficiente con que utilicen la Plataforma que el SII provee para aceptar/rechazar DTE.
Por lo tanto, toda la información en Laudus relativa a respuestas de los clientes ahora tiene menos sentido. No la quitamos porque hay clientes que siguen enviando respuestas por email, y porque es posible que el SII con el tiempo publique servicios web que nos permitan consultar la información en línea.
Esto incluye:
– La información en la pantalla de las Facturas de Ventas, donde dice «DTE Info» y que muestra al respuesta recibida del cliente.
– Las estadística de «Respuestas de Clientes a DTE».
– La pantalla inicial que recoge y muestra las respuestas de los Clientes.
– La Alerta de «Facturas electrónicas sin respuesta»
En vez de estos informes, usted debería ir a la página del Servicio para comprobar si tiene Facturas emitidas que hayan sido rechazadas por sus clientes. Dado que usted no puede obligar a los clientes a que le respondan por email, debería comprobar los dos sistemas. - Respuestas que nosotros emitimos a Facturas recibidas de Proveedores: usted puede enviar por email desde Laudus una respuesta de rechazo de un DTE de un Proveedor, pero eso no va a evitar que el Proveedor la envíe a factoring. Con la nueva Circular, usted tiene que rechazarlo por la Plataforma del SII.
Pero dado que sí depende de usted el enviar además una respuesta por email, y como no está «prohibido», nosotros le recomendamos enviar además la respuesta de rechazo mediante Laudus ERP. De esta forma, los informes de Laudus le servirán para saber qué facturas ha rechazado, y el estatus de las mismas.
Recuerde que tanto las Facturas que usted emite, como las que recibe, si no han sido rechazadas en 8 días corridos, se dan por irrevocablemente aceptadas.
Igual, si las acepta en esos 8 días no puede rechazarla, y si la rechaza en esos 8 días no puede volver a aceptarla. Una respuesta no admite corrección.
Estimado laudus , quiero hacerle una consulta , si me puede orientar sobre el procedimiento contable y efecto tributario de contabilizar mercaderias o activos fijos , por estar obsoletos o deteriorados , sé que
este no es el tema tratado acá pero no sé q quién más preguntar , si no puede no importa igual su block es GENIAL , saludos
Estimada Ivonne, en esta circular del SII puede encontrar información de cómo tratar una merma o pérdida por deterioro:
http://www.sii.cl/documentos/circulares/1992/circu03.htm
Estimado es cierto que el SII ya disponibilizo URL para hacer reclamo de facturas masivo? de ser asi tienen ya la solucion a la venta para concetarse con los ERP?
Estimada Camila, efectivamente lo sacaron la semana pasada, y las casas de software estamos trabajando para incluirlo dentro del software. Este punto era muy importante para que el sistema funcionara a nivel global en Chile. Pero ahora las empresas van a tener que ser muy diligentes, ya que el SII va a tener la fecha de la aceptación/reclamo, y eso va unido al crédito fiscal. Nosotros deberemos ayudar a que los usuarios no se «despisten».
Estimados,
Junto con saludarles, nuevamente acudo a ustedes por ayuda, les explico, que desde un tiempo hasta ahora me he fijado, que cuando en recibo el acuse de recibo de un DTE dirigido hacia un cliente con sistema gratuito de SII, este me aparece como la siguiente leyenda :
99
DRD-Diferente al SII
Aquí les dejo un extracto mayor, si pudieran orientarme es este sentido.
T33_FXXXX.xml
2017-03-29T18:39:07
XXXXXXX
SetDTE
U7eUskmU…..g6A5dRHPyOg=
AAAAAAAA-A
BBBBBBBB-B
0
ERC – Envio Recibido
1
33
XXXX
2017-03-29
AAAAAAAA-A
BBBBBBBB-B
48281
99
DRD-Diferente al SII
Desde ya muchas gracias.
Estimado Richard, no sabemos bien a lo que se refiere DRD, pero seguramente tenga que ver con el Digest o alguna firma del documento, que será diferente a la que tiene el SII, pero no podemos estar seguros.
Muchas gracias por la respuesta, comentarles, que me comunique con mesa de SII, los cuales tampoco supieron a que se debía ese error, solo me dijeron si el documento no ha sido rechazado por el cliente, que no lo tomara encuenta, algo muy simplista, siendo que son ellos los que me envian las repuesta, porque solo nos pasa con los clientes que pertenecen a MiPyme de SII.
Ahora estoy pensando que el proceso es el que estoy realizando mal, ya que construyo el xml con la caratula para SII, lo envio y luego construyo otro con la caratula con la información del cliente.
Saludos.
a mi me aparece lo mismo
El Receptor xxx No ha Aceptado el documento:
Rut Emisor:
Emisor: JOSE
Folio DTE:
Tipo DTE: FACTURA ELECTRONICA
Fecha Emisión: 2018-06-15
Rut Receptor: xxxxxxx-8
Receptor: xxxx LIMITADA
Monto Total: 169200
Codigo Rechazo: 99
Glosa Rechazo: DRD-Diferente al SII
Se Adjunta: XML de Acuse de Recibo emitido por INDUSTRIAL Y MINERA LOS ESTEROS LIMITADA
El siguiente mensaje fue enviado de: Servidor[WIN-DH52PEHU73B]
Quizás sería bueno explicar en forma oficial el «nuevo» funcionamiento de la autorización de las facturas de venta. Ya no tenemos las ventanitas informativas (Aceptado OK o en espera) ni la barra de progreso durante la conexión con el servidor del SII, ahora el estado debe consultarse en la pantalla «DTE pendientes», y éste no se refleja automáticamente en la casilla «Estado SII» en la pestaña «DTE info». Todo esto es bastante confuso y poco intuitivo, comparado con el procedimiento anterior. A mi me lo explicó Victoria de forma muy amable, lo cual le agradezco mucho, pero probablemente otros usuarios estén aún «a oscuras» a este respecto.
Estimado Walter, estamos haciendo todavía cambios, porque al final queremos que todo el proceso tenga menos pasos para el usuario, y ocultar parte de la complejidad de estos procesos. Por eso, en la pantalla de Facturas, cuando se envía al SII, basta con obtener un número de envío. Ahí ya puede enviar la factura al cliente, y de hecho ni pedimos confirmación (se envía la factura al tiro, que es lo suyo puesto que ya está enviada al SII).
La aceptación se comprueba posteriormente. Ahora por la pantalla de «DTE Pendientes», pero lo haremos de manera automática para que no tenga que reparar en ello. La idea es que usted facture, haga click en el botón de enviar al SII y se haga todo en menos tiempo y con un sólo click (sin necesidad de comprobar en ese momento la aceptación, ya que a veces demora el servidor en responder). Es mucho más rápido y más fiable (el usuario no puede evitar enviar la Factura al cliente). Y para un punto de venta, por ejemplo, el tiempo se reduce drásticamente.
Habrá que contratar personal adicional para hacer esto.
No encuentro el sentido de cambiar algo que ya funcionaba por algo que obliga a ir a la página del SII, con lo complicado que ya es hoy recibir las aceptaciones del SII de las facturas que se emiten, a veces llegan al día siguiente.
Espero que la capacidad del SII no colapse cuando estemos todos metidos aceptando o rechazando las facturas.
Además, con toda las nuevas normas y nuevos registros contables tributarios, los contadores apenas alcanzamos a actualizarnos.
Estimado, si el SII publica «web services» para que podamos acceder a estas respuestas, el sistema va a ser mucho mejor que antes. El motivo es porque antes todo iba por correo electrónico, que es un método que no asegura ni el envío ni la recepción. Si ahora las respuestas quedan centralizadas, es como el resto de la solución de Factura Electrónica, más sólido. Si no publica los «web services» para consulta mediante software externo, efectivamente los departamentos de contabilidad se van a ver sobrepasados. Nosotros confiamos en que lo harán tarde o temprano, ya que ha sido su forma de proceder siempre con la Factura Electrónica, el hacer una solución abierta.
el gran problema del estado de documentos emitidos por el lado del SII, es que se debe ver la informacion una a una y no por estados. Lo que hace que para empresas con gran flujo de facturacion sea un control tedioso y con una significativa perdida de tiempo.
Estimado Claudio, nosotros confiamos en que con el tiempo el SII habilite «web services» para acceso automático a esta funcionalidad por parte de los Software comerciales. Toda la Facturación electrónica es accesible mediante estos «web services», y eso ha contribuido a su exitosa implementación y adopción a nivel nacional. No sabemos cuál es la razón de no habilitar esta nueva funcionalidad, pero habrá sido la falta de tiempo. Porque, efectivamente, si una empresa emite o recibe una gran cantidad de documentos, es casi inmanejable.