Laudus soporta de manera nativa la Factura Electrónica, además incorporando las exigencias de las empresas Mineras, así como las de otras empresas como el caso del Banco Santander.
¿Qué significa de «manera nativa»? Pues que no hace falta ninguna otra solución, ni un enlace a ningún servicio externo para enviar y gestionar Facturas Electrónicas.
En la práctica las ventajas de tener la Factura Electrónica «dentro» del sistema son:
- Costo: no hay ningún cargo por cada DTE (Documento Tributario Electrónico) emitido ni recibido. Las soluciones externas (que son la mayoría de las soluciones comercializadas) cobran una tarifa por cada DTE emitido (Facturas a clientes) como recibido (Facturas de proveedores). En Laudus no hay ningún cargo de este tipo, da igual emitir 50 que 1.000 facturas al mes.
- Conveniencia: todas las funciones de Factura Electrónica están 100% integradas en Laudus, por lo que desde la misma pantalla de Facturas de Ventas se pueden enviar los documentos, además de consultar su estado frente al SII. También Laudus se ocupa de actualizar automáticamente los clientes y proveedores que son emisores electrónicos, y gestiona directamente la casilla de intercambio entre contribuyentes.
- Rapidez de implementación: una vez obtenida la Resolución del SII que habilita a la empresa para emitir documentos electrónicos, nos demoramos unas pocas horas en que el cliente esté facturando electrónicamente al 100%. Nuestra experiencia en este sentido ha sido gratificante, ya que los beneficios se han visto desde el primer día de funcionamiento.La implementación de la Factura Electrónica tiene un costo de 490.000 pesos, y en Laudus nos encargamos de todo el proceso hasta la obtención de la Resolución, así como de la formación de los usuarios.
Tenga en cuenta que la Factura Electrónica va a ser obligatoria, tal y como explicamos en:
www.laudus.cl/blog/ley-de-factura-electronica/
Sí es importante señalar que es imprescindible mantener el contrato de soporte y actualizaciones activo para que funcione la Factura Electrónica. El valor del contrato no es alto (desde 9.500 por una licencia a 39.500 por 20 y más licencias) e incluye muchas ventajas. La exigencia es debido a que es la única forma que tenemos de asegurarnos que se tiene el sistema actualizado en el caso de cambios funcionales, que podemos prestar soporte si hay algún tipo de duda o problema en la facturación, y que se respalda la información fuera de las dependencias del cliente.
Teniendo en cuenta que no hay un impedimento tecnológico para la implementación (ya que Laudus esconde toda la complejidad del sistema), y que tampoco hay un costo asociado a cada DTE, en realidad es un paso lógico de tomar, ya que los ahorros para el cliente son cuantiosos:
- Eliminación de costos de imprenta: es el mayor ahorro, y de por sí sólo justifica la implementación de la Factura Electrónica.
- Permite pagar el IVA hasta el día 20. Eso significa 10 días más por mes, o 120 días al año -4 meses- de ahorro de financiación del IVA.
- Ya no hay que ir físicamente a timbrar los documentos, lo que significa un ahorro en tiempo, y en molestias cuando no se puede facturar por carecer de documentos timbrados.
- No hay que botar facturas timbradas y vencidas.
- No hay que disponer de una impresora de matriz de punto dedicada a facturación, basta con una impresora de inyección de tinta o láser.
- Eliminación de envío de documentos por correo privado. Si necesita que el cliente tenga urgente la Factura, se la puede enviar por email en formato PDF. Los ahorros por este concepto, en algunas empresas, son incluso mayores a los ahorros por eliminar documentos impresos.
- Las Facturas Electrónicas se pueden imprimir cuantas veces se quiera. Con ello evitamos tener que «legalizar» las facturas en caso de extravío, y además se puede enviar a diferentes departamentos del cliente al mismo tiempo (por ejemplo, una copia con la mercadería y otra copia al departamento financiero para acelerar su gestión de cobro).Ya no podemos recibir la excusa de que se extravió la Factura, basta con enviarla inmediatamente de nuevo por correo electrónico.
- Ahorro de tiempo en digitación de Facturas Electrónicas de Proveedores: Laudus importa directamente las Facturas Electrónicas de Proveedores, no hace falta digitarlas, con lo que además de disminuyen los posibles errores de digitación.
- Hay una ventaja menos tangible, que es la mejora de la imagen de la empresa ante clientes y proveedores, ya proporciona una imagen más moderna, de avance tecnológico y de preocupación y mejora en los procesos y la gestión.
Si tiene más interés, puede preguntarnos (por teléfono al 2687 0100, por email en info@laudus.cl), y también puede revisar los siguientes documentos del SII:
- Estudio-encuesta de la Cámara de Comercio de Santiago sobre la Factura Electrónica en Chile en 2008-2009.
«El estudio se basó en la aplicación de una batería de encuestas dirigidas a los cuatro principales actores del sistema tributario nacional: la microempresa que utiliza el sistema de facturación gratuito del SII, las empresas contribuyentes que utilizan soluciones de facturación electrónica provistas por empresas privadas, los proveedores de software de factura electrónica, y finalmente a una población extensa de empresas que no utilizan facturación electrónica en la actualidad.»
- Perspectivas de la Factura Electrónica en Chile: estudio más largo, también elaborado por la Cámara de Comercio de Santiago.
- Resolución 45 del 1-Septiembre-2003, sobre las Normas y procedimientos de operación respecto de los Documentos Tributarios Electrónicos: es un buen resumen de los procedimientos sobre la Factura Electrónica.
Buenos dias.
Estimados, consulta quisiera saber si su programa de facturacion realiza el impuesto adicional de licores ya que en mi empresa necesito un sistema que realice el impto adicional y en la factura salga especificado necesito una cotizacion de esta misma.
Saludos.
Tengo una duda con el ingreso de Facturas por Diesel, ya que en el mes de Octubre, la suma del Impto especifico fijo y variable fue menor a 0.
entonces la factura viene con los impuestos dentro del valor neto e IVA.
Ejemplo Valor Neto $525.545.- IVA $ 99.858.- Impto adicional $ 1.-
y el total es $600.000.- que es lo que nosotros pagamos.
Pero al momento de ingresar la factura el total me da $ 625.400.-
y no me da la opcion de modifica el valor total a $ 600.000.-
Estimado/a, en la última actualización se permiten impuestos en negativo en las compras. Si está en remoto, esta semana se actualizará.
hola: consulta como reverso el cruce de cobro cliente/proveedor, el cliente desea pagar de forma independiente ahora
Estimada Soledad, cuando hace un cruce de facturas de cliente-proveedor, se generan tantos movimientos como se necesite hasta acabar con todas las facturas de un lado y de otro. Lo que debe hacer es entrar en la pantalla de cobros, y borrar todos los movimientos que se han realizado en ese cruce.
Hola, quisiera saber ¿Cómo lo hago para registrar una venta que fue documentada como factura de compra por parte de mi cliente?
Estimada Wendy, en «\Ventas\Facturas\Facturas pantalla completa» tiene todos los tipos de facturas. Al principio solo se muestran los habituales, pero seleccione en «Más …» abajo del todo para mostrar todos los tipos de facturas. Así podrá elegir en tipo «Factura de Compras Propia»
Hola, estoy en proceso de importar guia de despacho proveedores, para el detalle de la guias se puede asignar producto por defecto?
Agradeceré conocer el procedimiento para asignarlo…….
Gracias
Estimado Hugo, en \Herramientas\Opciones, en la configuración de la Factura Electrónica, puedes indicar un producto por defecto.
Como puedo ingresar una factura de compra de un proveedor que tenga un activo fijo y un gasto; o una factura con dos gastos
Por ejemplo:
Ejemplo 1: Factura de compra en un supermercado x: compra de un activo fijo, y también compré café, azúcar, etcétera
Ejemplo 2: Factura de compra de un comercio X: Compré aceite para un vehículo; pero también semillas para una plantación.
Te recomiendo pedir facturas separadas para el futuro. No sé cómo lo puedes hacer ahora, pero nosotros que usamos Laudus hace años pedimos siempre la factura de AF separada del resto de las compras. Mucho más fácil contabilizar.
muchas gracias por tu respuesta; quisiera aprovechar tu experiencia con el sistema para preguntar como lo hacen con el segundo ejemplo que dejé; estamos recién empezando a usar esta plataforma y es el gran problema que se me está generando; no puedo pedirle a la persona que compra que pida 1 factura por cada gasto
Hola, yo no soy experta y tampoco entiendo tu negocio como para decirte qué hacer. En mi experiencia y para mis negocios en Laudus lo mejor es pedir facturas por gastos. Por ejemplo en Prisa si compro materiales de escritorio y materiales de aseo (yo uso una cuenta contable para cada una de estas compras) pido 2 facturas.
Gracias por contestar, aprovechando que tienes experiencia en el sistema quisiera preguntarte cómo lo hacen en el caso del ejemplo 2 que dejé.
Muchas veces un solo proveedor nos proporciona insumos para diferentes ítems de gastos y la verdad estoy complicada con eso ya que no puedo estar pidiendo facturas separadas
Estimada Gisela, primero agradecer a «Anónimo» por responder. Su respuesta es lo ideal, para tener todo más ordenado. Si no has podido hacerlo, no hay problema. Lo que debes hacer en el módulo de Activos fijos es ingresar el importe solo de la parte de la factura que corresponde a un activo fijo.
Si tu duda es que la factura entera quedará marcada como de Activo Fijo de cara al SII, esto es difícil de «arreglar». Cuando se informa al SII no hay una manera de decir que una parte es activo fijo y la otra es mercadería. En el formato de factura electrónica hay una marca general para toda la factura en la que uno dice si es: 1) Ventas del Giro 2) Venta Activo Fijo 3) Venta Bien raíz.
Y esta información de la venta es la que el SII aplica para la compra.
Por lo mismo, cuando uno tiene que clasificar las compras de supermercados, no se puede decir que la mitad de la factura es de supermercado, y la otra mitad otra cuestión. Va todo a supermercado, o no va.
Estimad, entonces es imposible asignar dos gastos a una misma factura?
Estimada Gisela, la pantalla de «Gastos» es para ingresar las facturas, boletas, notas de crédito, y otros documentos que representan gastos (o egresos). Cada instancia es una factura, boleta, etc. Y cada factura se puede ingresar con su detalle, y cada detalle puede llevar su cuenta contable y su centro de costos.
hola buenas como puedo hacer para aumentar la letra del programa porque no veo
Estimado/a, el tamaño de la letra de las cuadrículas se aumenta haciendo click con el botón derecho del mouse encima de la cuadrícula, y eligiendo «aumentar» del menú que saldrá en pantalla. Se puede volver a aumentar cuantas veces necesite. Una vez que cambia el tamaño de letra, se cambia para todas las cuadrículas de datos.
Hola buenas
quisiera consultar como agrandar la letra de la barra donde aparece archivo, edición, … etc y también de los títulos. Trate con la configuración del ordenador pero no cambia la de laudus.
Ojala me puedan ayudar por que la letra aparece muy pequeña.
Estimado Francisco, lo sentimos, pero se utiliza la fuente que provee el sistema operativo para los menús. Y la configuración del sistema operativo no cambia el acceso remoto, por eso no le debe funcionar. Si conseguimos ver una manera alternativa se lo haremos saber.
Envie una factura al SII sin Firmar, como puedo volver a enviarla firmada?
Estimada Lorena, si envió una factura electrónica al SII sin firmar, el SII ni la recibió. Por eso no hay problema en enviarla de nuevo, porque es como si nunca la hubiera enviado.
Buenos Dias como ingreso el certificado digital al Laudus por favor
Estimado Víctor, aquí tiene un video explicativo de nuestro canal de youTube:
https://youtu.be/yQXlQoi2MGQ?list=PLxYyQ1zRquvo6A_1Xd9ZfkGFbRy5xTJsU
buenas tardes estimado laudus
una consulta emitimos una factura a un cliente y este me dice que yo tengo que hacer una cesion a la factura consulta donde y como se hace eso en laudus?
Estimada Priscila, la decisión de ceder una factura a un factoring no es de su cliente, es suya. Los clientes nunca piden que se ceda la factura a un factoring, eso es muy raro. La ventaja para ustedes de ceder una factura es que tienen el dinero ahora mismo, pero pagando un tipo de interés. Para su cliente es lo mismo, en vez de pagarle la factura a ustedes se la va a pagar al factoring.
En cualquier caso, si quiere ceder la factura llame a soporte para que le expliquen el botón que tiene que hacer click, es muy fácil.
Pero recuerde que antes de ceder una factura tiene que abrir cuenta con un factoring, la primera vez no es un proceso rápido.
ok muchas gracias he estado llamando y no he tenido respuesta usted sabe si hay algun link que indique los pasos a seguir muchas gracias
Estimada Priscila, en youtube tenemos más de 50 videos explicando diversos procedimientos. Para enviar una factura a factoring:
Buenos Dias
Estimado Laudus una consulta puedo emitir una factura hoy con fecha 27-09-2019,
muchas gracias
Estimada Priscila, no hay problema, sí se puede hacer.
Estimados
Consulta….en mi empresa necesitan hacer una facturación por concepto de diferencias de costos, me puedes confirmar si esta facturación debe ser exenta de IVA?
Estimada Nancy, con esa información no es fácil saber si es exenta o no, ya que depende de lo que se esté facturando. Son exentos los productos o servicios que se facturan; si su empresa no tiene actividades económicas calificadas como exentas, entonces debería ir todo con IVA. si los productos/servicios originales van con IVA, entonces cualquier Nota de Crédito o Débito que los corrija también debe ir con IVA.
hola buenos dias una consulta como se puede anular una guia de despacho solo de traslado
Hola, tengo una gran duda, es posible poner un cambio de mercaderia en una boleta de electronica
como por ejemplo ENTRA : XXXXXXXXXXXXXXX 5.0000
SALE XXXXXXXXXXXXXXXXX 3.500
A PAGAR $ 1.500
Estimado José, en teoría habría que anular la boleta original (por devolución de la mercadería), y emitir una nueva por 3.500 pesos. Hay comercios que operan como usted comenta, no sabemos si es 100% correcto, aunque el efecto sobre el impuesto es el mismo. Para el software es mejor hacer devcolución y nueva boleta porque el stock queda bien determinado.
Buenas tardes,
Tengo un problema, hay mas de mil facturas que fueron creadas (no se como), sin clientes y sin productos. no me deja cerrar la contabilidad del año por estas facturas que salen como Ventas no contabilizadas, hasta donde veo la única opción es anularlas, pero quería saber si puedo anularlas todas a la vez
Estimado Fabián, esas facturas las debieron crear «generando correlativos», en \Herramientas\Mantenimiento\Correlativos». Es la única manera de generar Facturas/Boletas en bloque. Esta opción está pensada para cuando quiere generar un correlativo vacío, o bien porque quedó un hueco en los correlativos, o bien porque quiere rellenar la factura después.
No se pueden anular todas en bloque. Y si se generaron por error sería ideal borrarlas de la base de datos. Si decide hacerlo, puede pedirlo a soporte, pero tenga en cuenta por favor que tiene un costo.
Tengo una duda al respecto de la emision de facturas de ventas en LAudus. Entiendo que tengo hasta 10 días como plazo máximo para emitir una factura de venta amparada en una guia de despacho. Pero quiero estar segura que Laudus me permita emitir factura con fecha actual (03 de julio) una guia emitida con fecha 29.06.2018?? O simplemente debo anular esa guía???
Quedo atenta muchas gracias!!
Estimada Joscelyn, no puede emitir una factura con fecha de hoy de una guía con fecha del mes pasado. No es Laudus quien se lo va a impedir, es el SII quien lo dice. Puede hacer la factura hoy 03-julio, pero debe ir con fecha de emisión del 30-junio. Laudus se lo va a permitir (que sea hoy con fecha del mes pasado), y el SII no podrá problemas ni ahora ni en una revisión. Tiene hasta el día 10-julio para facturar las guías de despacho de junio, pero esas facturas deben ir con fecha de junio.
Buenos Dias:
Quisiera saber porque una factura puede salir en negativo???
Estimada Claudia, no debiera. Una Liquidación Factura sí puede.
y una guia de despacho es posible que el neto salga en negativo?
Estimada Claudia, en una Guía de Despacho no, el neto no puede ser negativo.
pero en el sistema de trasado este monto aparece en negativo y no se porque se produce… de todas maneras gracias por su ayuda
Estimada Claudia, si la duda la tiene con nuestro software, por favor llame a soporte para que vean el caso en concreto.
Gracias por su respuesta. Una última duda, es necesario ingresar las facturas en forma manual, si éstas son electrónicas y están en el SII.
Please sus comentarios.
Estimada Ana María, ¿ingresarlas dónde? Si se refiere al SII no (ya que están allí). Si se refiere a su software, sí, debe ingresarlas, o importarlas del XML que le llega del proveedor.
Muchas gracias por sus respuesta. Muy bueno su blog.
Buenas tardes
Trato de acusar recibo de mercaderías para las facturas de compra recibidas, pero me dice algo así como » NO SE PUEDE REGISTRAR UN EVENTO, DT PAGADO CONTADO «. Esto me sucede con facturas ingresadas con menos de 8 días y con más de 8 días. Consulta: Ya no debo acusar recibo, qué hago mal. Es necesario ingresar las facturas en forma manual, si éstas son electrónicas y están en el SII.
Gracias por su respuesta.
Estimada Ana María, si ha leído las entradas del blog, hemos comentado que en las facturas que están pagadas al contado no se puede hacer acuse de recibo en la plataforma del SII porque se entienden recibidas (al estar pagadas en el momento). En ese caso, usted aprovecha el crédito de IVA en el mes de recepción, y el emisor no puede enviar la factura a factoring. Para marcar una factura como pagada al contado, lo debe hacer quien la emite, y que así conste en el XML enviado al SII. Los software ahora suelen tener estas opciones.
Estimados
Tengo una problema, el libro de ventas de marzo 2017 esta rechazado, por que emitieron un nota de credito que fue rechazada por SII, y luego emitieron una nota debito para solucionarlo, pero fue rechazado SII, ahora esto folios vencieron, como lo soluciono????
Estimado Juan Antonio, si la Nota de Crédito y la Nota de Débito fueron rechazadas, entonces debe quitarlas de su Libro de Ventas, es como si nunca se hubieran emitido. Esos folios puede marcarlos como nulos, y así presentar el Libro de Ventas. Pero debe pagar IVA por la factura original, ya que nunca se anuló (al no ser la Nota de Crédito válida).
la pregunta es la siguiente:
que ocurre con las facturas que fueron emitidas en julio y no alcanzaron a ingresar en el F29 del mes de julio, como se tratan estas facturas ahora en agosto (no aparecen en el registro de compras y ventas del sii, ya que fueron emitidas el 13 de julio y por ende se dan aceptadas en julio), las puedo ocupar como lo dice la ley declararla durante los 3 meses, o que pasa en estos casos.-
Estimado Juan Carlos, estamos tratando este tema con muchos comentarios en la entrada relativa al Registro de Compras y Ventas del Blog. En teoría si deberías poder ingresarlas en los dos periodos posteriores, pero de momento el SII sólo permite ingresar facturas no electrónicas. Esperamos que antes del 20 de agosto se informe de cómo agregar estas facturas retrasadas.
buenas tardes, soy nuevo como usuario y un cliente me esta solicitando el re envio de una factura en formato XML el me comenta que tienen Softland.
Que procedimiento debo hacer para realizar este proceso y pueda recibir en su correo el xml.
Quedo atentos a sus comentarios.
Saludos.
Estimado Pablo, simplemente desde la pantalla de Facturas de Ventas pinche en el icono de enviar por email. Si el receptor es electrónico, Laudus envía el XML y el PDF de nuevo a la casilla de intercambio de su cliente. La casilla de correo figura en la ficha del cliente (se puede actualizar a mano), pero Laudus las actualiza una vez al mes automáticamente.
Genial, y si me referería a la factura electrónica, esos documentos tienen data del 2012, 2013 mi duda puntual es, esas normativas han sido o no actualizadas, los requisito para el llenado de datos en la factura electrónica son los mismos desde esas fechas?, según el sii en la ultima actualización para datos de la factura electrónica, que yo encontré, es del 2015, hay una mas reciente o no?.
Estimada Alice, la referencia a los documentos que le envié es la documentación oficial a día de hoy. El formato del DTE es una estructura que es muy raro que cambie. Desde el año 2003 que se publicó su primera especificación ha cambiado muy poco. Es lógico que cambie poco porque hay mucho software funcionando todos los días que depende de esta estructura.
Hola, quisiera saber cuando fue la ultima fecha de actualización de los datos que debe consignar un contribuyente para emitir una factura electrónica.
Estoy realizando un trabajo de investigación sobre ello, el último dato que encontré esta en el SII es del 2015 http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/catastro/001_012_0239.htm quisiera saber si aun ese esta en vigencia, o si hay requerimientos nuevos y no estoy enterada.
Gracias por su valioso tiempo.
Estimada Alice, esa pregunta es un resumen, y tiene algunos puntos que son para facturas en papel. Para las facturas electrónicas, lo más completo sería leer:
saludos, primero que todo felicitarlos por el excelente blog, y quisiera consultar lo siguiente, se puede usar en primera instancia el software de facturacion gratuito del SII y despues cambiarse a uno de mercado, agradecere por la respuesta, muchas gracias.
Estimado Rodrigo, sí se puede. Es un paso muy normal: las empresas más pequeñas con pocas facturas comienzan con MiPyme (el software gratuito del SII), y a medida que se van haciendo más grandes y complejas cambian de software. Las ventajas de un software comercial son por ejemplo que incluyen procesos de cobros de las facturas, evitan doble digitación, el aspecto de la factura es más «profesional» (se puede personalizar con los colores y formatos que el cliente escoja), …
por error se anulo una factura electrónica, colocando el tick que hay en la parte superior de la pantalla y nos dimos cuenta 2 días después de la situación, que se hace con ella?? ¿hay alguna manera de solucionarlo??
Gracias.
Estimado Nelson, si la factura no está bloqueda, puede editarla e ingresar los productos de nuevo. También puede hablar con soporte para realizar los cambios y recuperar las líneas borradas por base de datos, pero tiene un costo.
Estimados,
Desde que actualizaron el sistema, no puedo imprimir nada desde laudus, como puedo configurar esto?
Gracias
Estimada Paulina, las actualizaciones no tienen que ver con imprimir o no, ya que eso son servicios del sistema operativo. Si está en acceso remoto, debe instalar el controlador universal que se puede descargar desde nuestra página de descargas: https://www.laudus.cl/soporte_descargas.html. Si no le resulta o no sabe, lo mejor es que se contacte con soporte en horario hábil.
Si no está con acceso remoto, debe consultar a su personal que administra los computadores, para revisar la configuración de la impresora.
consulta si tengo facturas del día 24 de julio fecha de emisión, no alcanzan a entrar en el mes de julio por el acuse presunto de los 8 días o si?
Estimado Luis, las del 24 no alcanzan a entrar en julio, ya que los 8 días se cumplen el 1 de agosto.
Estimados,
Como hago el acuse recibo desde la plataforma del SII, me sale solo aceptación o rechazo…
Gracias!!
Estimada Paulina, el acuse de recibo se eliminó, lo cual también es bueno puesto que no agregaba nada y generaba confusión. Ahora las facturas se entienden recibidas cuando las recibe el SII (lo cual tampoco es óptimo, puesto que nos obliga a estar pendiente de facturas que el proveedor puede no enviarnos).
Las opciones ahora son:
– Aceptar el documento
– Emitir el recibo de mercaderías según ley 19.983 (que implica aceptar el documento)
– Rechazar el documento (total o parcialmente)
Pero entonces el aceptar el documento reemplaza el acuse recibo? como acepto el documento, desde la plataforma SII??
Estimada Paulina, el acuse de recibo ya no existe, no se reemplaza con nada. Ahora puede aceptar o rechazar la factura, que es más lógico. En nuestra opinión incluso el recibo de mercaderías según ley 19983 pierde ahora mucha importancia, ya que igual a los 8 días la factura se da por aceptada/recibida según ley 19983, y se puede enviar a factoring. Tan sólo tiene validez para poder utilizar el crédito de IVA en las facturas emitidas desde el día 22 al 30 de cada mes (por los 8 días de plazo que da la ley para que queden aceptadas de facto).
Y para aceptar el documento lo puede hacer desde la Plataforma del Servicio, o desde su software si ya lo actualizaron a las nuevas herramientas que publicó el Servicio.
Gracias !!!!!
Hola, se emitió una factura de ventas electrónica con fecha 15.03.2017, pero el SII me indica que se encuentra rechazado por error de firma, se puede utilizar esa factura para declarar el Iva de Marzo 2017, o bien se debe emitir una nota de crédito con fecha de marzo para anular dicha factura, aunque ya existan notas de créditos con fecha de abril ?
Atte.
Estimada Denisse, si el SII rechazó la factura electrónica, es como si no existiera. No tiene que declararla en ningún sitio, ni hacer nota de crédito, es como si nunca se hubiera emitido.
Estimado somos facturadores elecronicas y quisiera saber si emití la factura 1385 con fecha 3 de abril y luego la 1386 con 31 de marzo, puedo anular la factura 1385 con una nota de credito emitida el mismo 3 de abril y luego hacer la 1387 de reemplazo con fecha 31 de marzo????
Quedo atenta a respuesta
Estimada Marcela, en principio sí se puede.
Estimados,
Al ingresar a las facturas de compra, el sistema me arroja un mensaje que dice:» hay 5.185 correos electrónicos de proveedores con DTE pendientes de importar» y me sale que ingrese a Archivo/Importar.
Pero en esa sección me salen facturas del año 2011-2012-2013. Como baje eses numero de correos?
Estimada Paulina, el mensaje inicial le informa del número de correos con facturas de proveedores pendientes. Al hacer \Archivo\Importar, se analizan si estas facturas ya están ingresadas en el sistema, y se eliminan los que no correspondan.
Si después de ejecutar \Archivo\Importar todavía tiene facturas de años anteriores, es porque esas facturas no se han ingresado en el sistema, es decir, son facturas electrónicas de proveedores que no están en Laudus. Muchas veces es porque se ingresaron a mano (en vez de importarlas), y se marcaron como facturas normales en vez de electrónicas.
En cualquier caso, puede borrar la factura para que ya no figure más (con el icono de borrar de arriba a la derecha en la pantalla de importación). Si nunca lo hizo le llevará más tiempo, pero es que este trabajo de importar facturas de proveedores se debería hacer de manera constante. La facturación electrónica obliga a las empresas a ser más constantes en la revisión de facturas de proveedores, así como en las respuestas que se les envían. Es un poco lata, pero es así. Lo bueno es que al importar las facturas, se dedica mucho menos tiempo y se evitan errores de digitación, es un ahorro, y mejora los procesos y la información de la empresa.
hola como puedo imprimir las facturas elctronicas de proveedores que se reciben a traves de laudus, estas tendrán validez ante el SII?
Estimada Denisse, en la pantalla de Gastos, puede elegir del menú de informes (flecha chicha a la derecha de «Vista Preliminar») el informe «Factura Electrónica Original del Proveedor». Si el proveedor le envió un PDF, entonces se muestra el PDF original. Si el proveedor sólo envió el XML, entonces se hace una simulación impresa de la factura, con un timbre válido.
La factura que es válida ante el SII es el XML, que es el archivo de datos que va firmado digitalmente por su emisor. La factura electrónica impresa al SII no le vale de nada. La gente piensa que el timbre de la factura es una seña de validez, pero no es así. El timbre sólo contiene cierta información de la factura, pero no contiene por ejemplo si la factura se envió y aceptó por el SII. Se puede imprimir el timbre de una factura que todavía no se ha enviado al SII para validación.
Hola si tengo mas de diez iten para una sola favtura y no me cabe en mi descripcion…como hago?
Estimado/a, una Factura Electrónica tiene un límite de 60 artículos por factura, y un tamaño máximo de representación impresa de hoja tamaño Oficio. En una hoja Oficio no caben 60 artículos (en nuestra experiencia no caben más de 35 artículos aprox, 40 como mucho), por lo que el límite real lo marca el formato que haga, el tamaño de la letra, el espaciado interlineal, etc. Consulte con su proveedor de Factura Electrónica para editar el formato y que quepan los items que precisa.
estimados, como hago el acuse recibo de las facturas de proveedores, he intentado hacerlo pero me dice algo así como que no hay registro del documento en xml…
Estimada Paulina, lo mejor es que lo vea con soporte directamente, porque es posible que si no ha importado la Factura del Proveedor con Laudus no pueda responder ahora. Depende de cómo haga el proceso.
Estimados, como se registra un impuesto adicional en el XML de una liquidación factura, favor su ayuda.
Gracias,
Estimada Victoria, esos temas técnicos los debe manejar su software de facturación electrónica. Toda la descripción de cómo es el XML de un DTE (incluyendo la Liquidación Factura) está aquí: http://www.sii.cl/factura_electronica/factura_mercado/formato_dte.pdf
Estimados,
a mediados de enero me inscribí como facturador electrónico gratuito en la pagina del SII, mi duda es si puedo utilizar el crédito de las facturas que recibí durante los primeros días del mes (enero) por parte de proveedores, ya que estas facturas no me registran en la pagina del SII y no pude darle el acuse de recibo correspondiente.
Saludos .
Estimado Bryan, sí puede aprovecharlo. Desde el Noviembre-2016 cambiaron las reglas de aceptació-rechazo de las facturas, y ahora a los 8 días sin rechazo se suponen aceptadas. Puede ver más información en https://www.laudus.cl/blog/acuse-de-recibo-a-factura-electronica-y-credito-fiscal-de-iva-version-2017/
Estimados, Tengo una duda.
En el mes de diciembre, por error se registro una factura de compra como boleta. Nos percatamos hace poco y el libro ya estaba cerrado Por lo cual se registro nuevamente en enero como factura para poder recuperar el IVA. Mi pregunta es, existe algún problema para la empresa que hayan 2 registros de ese tipo? Que pasa con la boleta que ya había registrado?
Favor de su ayuda.
Estimada Paulina, está mal hacer la misma operación con dos documentos tributarios diferentes, Boleta y Factura en este caso. Para hacer la Factura, debería antes haberse anulado la Boleta con Nota de Crédito (o recuperando todos los ejemplares en el caso de boletas de papel).
Estimados: Una pregunta, recibí una factura electrónica por la compra de activo fijo en diciembre la cual no declare, quería saber si habría alguna inconveniente con reconocerla en Enero.
Quedo atenta a sus comentarios.
Gracias
Estimado León, usted tiene 2 meses más para ingresar las Facturas de Proveedores (en el mismo mes de emisión y dos meses posteriores). Pero aprovecha el crédito de IVA en el mes que la ingresa (actualmente en el mes que uno acepta electrónicamente la factura).
Estimados, quisiera saber como debe registrarse una liquidación factura que anula otra y por ende emitida con montos negativos, en los libros electrónicos, porque el SII me rechazo el libro de ventas por tener montos en negativo pero como reflejo el neteo de esa liquidación factura mal emitida y anulada???
Muchas gracias por siempre contestar!.
Estimada Victoria, el SII permite valores negativos para las Liquidaciones Factura en los siguientes conceptos: “Monto Neto”, “Valor Neto Comisiones y Otros Cargos”, “Monto exento o no gravado”, “Valor Comisiones y Otros Cargos No Afectos o Exentos”, “Monto IVA”, “IVA Propio”, “IVA Terceros”, “IVA Comisiones y Otros Cargos” y “Monto Total”.
Estimados, siendo facturador electrónico puedo emitir una nota de crédito por anulación a una boleta en papel?
Estimado Carlos, sí se puede emitir una Nota de Crédito Electrónica para anular una boleta de papel.
Estimados, por favor podrían ayudarme, recibo facturas (33) de BAT Chile, con IVA Margen de Comercialización, mi duda es donde debiese registrar ese documento, en el libro de compra o de venta? y solo el monto NETO????
Por favor su colaboración.
Muchisimas gracias,
Hola, tengo una duda para el ingreso de facturas electrónicas para Iansagro S.A. , ellos requieren datos incorporados en la sección de mineras. Debo ingresar Orden de Compra, opción existente, y debo ingresa Número de Atención, esa opción no está en la lista desplegable. Puede ser incorporada?
Gracias
Estimada Angélica, si hay un requerimiento adicional de una empresa especial, debe enviar el instructivo que le proporciona su cliente a soporte de Laudus, para que podamos analizarlo.
Buenas tardes.
En el caso de emitir una guía de despacho por 1000kg de un producto X, como puedo hacer una factura relacionada a esa guía pero con una cantidad menor a los 1000kg, por ejemplo (700kg), y en un tiempo más facturar los 300kg restantes.
Gracias.
Estimado Ignacio, puede hacer la Factura por los 700 kg, y más tarde otra Factura por los 300 Kg restantes, pero ambas Facturas tienen que emitirse en el mismo mes que la Guía de Despacho. En el caso de ir a terminar el mes, si ha habido algún problema con los 300 Kg (por defectos o cualquier cuestión parecida), igual tiene que hacer Factura y Nota de Crédito. No puede dejar una Guía de Despacho sin facturar.
de que forma puedo generar un acuse de recibo si ya ingrese la factura al sistema
Estimado José, hay un botón a la derecha de los botones de Guardar, Editar, etc. Para estas cuestiones de interface, lo mejor es que lo vea con soporte en el 22 687 0100
y en el caso del acuse de recibo si no lo hago altiro no se puede hacer después, y habría algún problema si no se hace
Estimado José, para hacer el acuse de recibo es necesario haber recibido el XML del Proveedor. Si lo ha recibido, entonces sí puede hacer el acuse de recibo después.
se pueden ingresar facturas electrónicas sin importarlas, solo digitandola
Estimado José, si se refiere a nuestro software, sí se puede, no hay problema. Es más cómodo importarlas, y se evitan errores de digitación, pero si no se dispone del XML del proveedor, se pueden digitar a mano.
Hola Laudus; tengo una duda, sucede que tengo una factura emitida en septiembre, ya perdi el credito fiscal, verdad? que se hace en esos casos, debe ir registrada en mi contabilidad, como? Gracias y los leo.
Estimada Angélica, si la factura del proveedor está emitida en septiembre, está a tiempo para ingresarla en el Libro de Compras de Noviembre y utilizar el crédito fiscal de la misma. Y cuando no se puede aprovechar el crédito fiscal, el IVA pasa a ser un costo y contablemente se suele agregar al costo de la mercadería (se activa primero, y se lleva a costo cuando se vende o a final del periodo cuando se contabiliza el costo de las mercaderías vendidas).
Hola, quisiera saber si pueden ayudarme,hace tres meses partió mi empresa de transporte de carga, hace 5 días me inscribí para ser facturador electrónico . tengo la duda respecto a como declarar las facturas del petroleo y aceite y como ponerlas en los libros de compra electrónicos, y también quería saber si puedo declarar el iva hasta el 20 o no?
Estimado Juan, si tiene dudas sobre cómo declarar las Facturas de petróleo, lo mejor es que le asesore su contador, para no cometer errores en los impuestos. La forma de ingresarlos depende de su software.
En cuanto al IVA, efectivamente al ser emisor de Factura Electrónica tiene hasta el día 20 de cada mes para presentar el F29 y pagar el IVA.
Estimado Laudus
Primero agradecer por tus aportes, ya que este blog es super bueno!
Segundo te queria hacer una consulta, respecto de los libros de compra y venta que uno tiene que enviar como facturador electronico, este libro que uno envia es el que hay que imprimir en hojas sueltas? tiene que ser identico o existe otro formato por ejemplo para colocar una columnas de iva no recuperable?
Saludos y muechas gracias!
Estimado Javier, gracias por los comentarios. Con respecto a los Libros de Compras y Ventas, al ser emisor electrónico, ya no hay necesidad de llevarlos en papel, sino de tener las copias de los XML (archivos que se generan).
Sin embargo, si quiere imprimirlos para sus registros, no hay un nuevo formato, puede hacerlo en el formato de siempre. Los Libros Electrónicos tienen mucha información, por lo general más que los Libros impresos, ya que para imprimir el detalle de lo que exige el SII se necesitarían muchas columnas y no cabría en una hoja de papel estándar (ni en apaisado).
Muchas gracias Laudus!
Estimados, como hago la instalación de un nuevo certificado Digital en el sistema, ya que esta por vencer el anterior.
Estimado Eduardo, primero debe tener su certificado digital instalado en el sistema operativo. Para ello la compañía que le vendió el certificado seguramente le haya dado instrucciones.
Una vez que lo tiene en Windows, debe exportarlo en dos formatos según las instrucciones que figuran en nuestra ayuda en línea: https://www.laudus.cl/ayuda/index.html?exportar_certificadosdigitales.html
Esos dos archivos creados se debe importar al perfil del usuario en Laudus, en \Herramientas\Seguridad\Usuarios
Si tiene dudas, puede consultar en Soporte, al fono 22 687 0100, o en soporte@laudus.cl
Estimados,
La empresas grandes que tienen una gran cantidad de sucursales, y al momento de emitir una factura o boleta no vienen incluidas todas las sucursales en el detalle, y la norma indica que se deben detallar todas las sucursales en los documentos, como es que ellos lo realizan? se solicita autorización o es que en la facturación electrónica esto se puede??
Estimado Álvaro, no es necesario indicar todas las sucursales. En el XML sólo se permite especificar una sucursal (la que emite el documento), y en la representación impresa se puede hacer lo mismo: http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/catastro/001_012_3415.htm
Hola una consulta, es que estoy haciendo las guias del mes de octubre (siendo hoy 8 de noviembre) en el caso que le tengo que facturar a un cliente y tiene 3 guías de despacho con diferentes fechas del mes de octubre 02, 16 y 31 de octubre. Que fecha fecha pongo en la parte de la esquina superior de arriba 02 o 31 de octubre ?
Estimada Consuelo, la factura debe ser con fecha de octubre, da igual el día, pero es mejor poner el último día de octubre. No hay problema en facturar varias guías de días diferentes, de hecho es lo habitual.
Estimado Laudus
Tengo una consulta… es posible emitir una factura electronica colocando la siguiente glosa «segun guia de despacho Nº 1234 de fecha xx/xx/2016» es decir no colocando el detalle de los productos en la factura sino referenciando a la guia de despacho que contiene el detalle de los productos??
Muchas Gracias!
Estimado Javier, sí se puede, pero el XML debe decir lo mismo que la representación impresa.
No es problema si tiene una solución de Factura Electrónica que no maneje inventarios, productos, stocks, etc. En Laudus, por ejemplo, en el detalle de la factura figuran todos los items a facturar. Si quiere imprimir y generar un XML diferente al detalle de la factura, debería encargar un desarrollo a medida. Si bien no es caro, es un paso más en la implementación del software.
Muchas Gracias Laudus!
mi contador debe tener instalado mi certificado digital en su pc para poder hacer los tramites electronicos correspondientes? si al emitir en facturacion electronica hay que hacer un libro electronico, el libro manual de papel sigue a la par?…
Estimado Andrés, a la pregunta del certificado electrónico, depende del sistema que utilice. Si es Laudus, si está en una sesión remoto, no hace falta que el contador tenga instalado el certificado digital en su computador.
En cuanto al Libro de compras y ventas manual, si es emisor electrónico, ya no hace falta llevarlo.
recien empece en el sistema de facturacion electronica, la mayoria de mis clientes exigen factura y pagan al contado, pero muy pocos de ellos son emisores electronicos, debo imprimir la factura electronica para mis clientes no emisores ?tengo entendido que el pdf te entrega 3 copias , la ultima cedible, queda para mi? deben firmas ellos el acuso de recibo? y debo enviarles via email una copia en pdf de la factura si me lo piden? desde ya ,gracias.
Estimado Jorge, a los clientes que no son emisores electrónicos sí hay que enviarles la factura física. Sólo en el caso que ellos firmen el consentimiento a recibir sus facturas por medios electrónicos (email principalmente) puede usted sólo enviarlas por correo electrónico.
En la práctica, muchos cliente que no son emisores electrónicos las reciben por email, confirman recepción y no ponen problemas, pero según la norma tendría que haber consentimiento del cliente.
Si tengo la obligación de ser facturador electrónico por indicación del Sii, pero por mi rubro «inmobiliaria» no emito documentos para el desarrollo de la actividad, ni facturas ni boletas, debo ser facturador electrónico?
Estimada Miryam, ¿y qué documentos emiten ustedes cuando tienen sus ingresos?
Vendemos terrenos, pero con escritura
Estimada Miryam, en ese caso entendemos que no hace falta que se enrolen en la Factura Electrónica. La Ley 20.727 tan sólo obliga a que todas las Facturas sean electrónicas: «Las facturas, facturas de compra, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos»
No dice nada de ninguna otra obligación, sólo hace referencia a que estos documentos a partir de ahora serán electrónicos. Y como ustedes no los emiten, entonces no tienen por qué hacer el enrolamiento en la Factura Electrónica.
De hecho, tampoco dice nada de los Libros de Compras y Ventas que sean electrónicos de manera obligatoria, por lo que si por ejemplo una empresa sólo emite Boletas (que no es obligatorio que sean electrónicas) podría no enrolarse y emitir los Libros de Compras y Ventas de manera manual.
Muchas gracias por tu pronta respuesta, porque es justamente el fundamento que teníamos con nuestros colegas, y además también teníamos la duda con los emisores sólo de boletas, y tu respuesta despeja y confirma lo que nosotros pensábamos.
Estimado Laudus
A las notas de credito recibidas tambien se les debe hacer acuse recibo??
Estimado Javier, dado que la Nota de Crédito reduce el crédito fiscal y por lo tanto es una ventaja para el SII (usted paga más IVA), no creemos que haga falta responder con el acuse de recibo según ley 19983, puesto que usted tiene que ingresar esta reducción de crédito fiscal sí o sí. No es una ventaja fiscal para usted (como sí lo es un crédito fiscal de una Factura de un proveedor), todo lo contrario, por lo que suponemos que no es necesario este acuse de recibo, aunque en la norma no dice nada al respecto. Sí es necesario rechazarla en el caso de que no corresponda.
Deseo importar facturas electrónicas exentas, pero no aparece esta opción dentro del tipo de documentos para los gastos. Como se procede en este caso?
Estimado Daniel, se hace igual que las Facturas Electrónicas afectas. Si hay alguna opción que piensa que debería salir, por favor mírelo con el personal de soporte (22 687 0100) que tiene más herramientas para asistirle.
Puedo hoy 8 de septiembre generar una factura electrónica con fecha 14 de septiembre?
Estimado Emiliano, no conocemos ninguna norma que no lo permita, pero tampoco sabemos si el SII hace esa comprobación a la hora de emitir la Factura. Haga la Factura, y vea si el SII no la rechaza.
Hola:
Estimados, mi consulta es la siguiente: Me emitieron una factura electrónica, que por motivos X después anularon y me emitieron otra, yo llamé a la consulta telefónica de SII y me indicaron que tenía que rechazarla, lo que pasa que esta anulación de factura produjo una nota de crédito, la duda mía es ¿tengo igual que ingresarla al libro electrónico aunque la haya rechazado? y si no tengo que ingresarla, ¿tampoco tengo que ingresar la nota de crédito?
Estimada Verónica, en principio si la ha rechazado no debe ingresar ni Factura ni Nota de Crédito. No sabemos después si como cruza la información el SII, ya que ellos no saben que la factura está rechazada (esta comunicación no pasa por el SII). Pero usted hace bien si la rechaza y no la ingresa al Libro de Compras.
Hola, quisiera saber como se debe registrar una liquidación factura, tanto para quien la emite como para quien la recibe, en los libros electrónicos de compra y venta.
Y como registro una factura en el libro por el margen de comercialización
Gracias
Estimada Victoria, una Liquidación Factura va en el Libro de Compras de quien la emite y en el Libro de Ventas de quien la recibe.
Gracias!, Y por el margen de comercialización?
Estimados, tengo el siguiente problema:
En el sistema de SII no me permite generar el libro electrónico y acusa un mensaje con código 02.35.116.81.126.22, pero no indica donde esta el problema.
Según indica el operador de SII, el problema del código 22 es que hay un error de tipéo y/o de cookies y que revise y reinicie en PC después de eliminar las cookies.
Este problema se repite todos los meses por algún otro problema ya resuelto.
Unos de los problemas que resolví es que al traspasar la factura electrónica al libro asignado, lo traspasa en algunos campos con ceros (0) y esto daba problema al generar el libro electrónico de proveedores; asunto resuelto, eliminar todos los ceros de más.
* Pero ahora tengo otro problema en el mes siguiente, no encuentro el error del código 22, mencionado anteriormente. He revisado todos los registros sin ningún problema. Lo que intuyo es que puede ser la factura electrónica con fecha del mes anterior que no ha sido declarada, que la incluí en el mes siguiente. La eliminé si así era, pero persiste el problema, a lo mejor debo reordenar el código interno ya que al eliminar una factura no quedan los códigos interno correlativos. Pero la lata es que son muchas facturas para averiguar si este es el problema y darle un nievo correlativo alas facturas.
Pregunta: ¿El sistema de SII Permite registrar facturas de meses anteriores?, porque la Ley dice que sí.
Favor podrían orientarme al respecto, ya que SII sólo persiste e indica que revise y elimine las cookies y no salen de eso y ya he hecho todo eso una y otra vez, uffffffff
Gracias de antemano por su tiempo.
Estimado Iván, cada sis tema de Facturación Electrónica es diferente. Nosotros no conocemos cómo trabaja por dentro el sistema MiPyme del SII, aunque seguro que lo tienen bien probado, porque lo utilizan más de 250.000 empresas en el país. Si hay un error propiciado por el navegador-cookies, o algún caso en particular con sus datos, nosotros no podemos hacer nada porque no es nuestro sistema, y no sabemos cómo ellos lo gestionan.
Estimado Laudus
Junto con saludar te queria hacer una consulta, respecto de la facturacion electronica, si yo emito una guia de despacho tengo hasta el decimo dia del mes siguiente para facturar, pero que pasa si yo al mes siguiente ya comence a facturar me puedo saltar el correlativo??
ejemplo:
si en julio tengo guias de despacho y las facturo el 7 de agosto, pero al mismo tiempo yo necesito comenzar a facturar el 1 agosto las ventas de agosto… que hago en estos casos? para el caso de las facturas electronicas se debe respetar el correlativo…
buscando en la pagina del SII solo encontre esta pregunta frecuente:
http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/catastro/001_012_3789.htm
Saludos y gracias!
Estimado Javier, sí, se salta el correlativo y es admitido por el SII. No pasa nada. Hay otras situaciones también admitidas por el SII para saltar el correlativo, como por ejemplo la posibilidad de asignar rangos por sucursal, o el aprovechar un correlativo de una factura rechazada (uno emite varias facturas, y el SII rechaza una de ellas por defecto en forma, se puede utilizar ese correlativo al día siguiente, sin respetar la secuencia de fechas).
Estimados, tengo entendido que el acuse de recibo electrónico sirve como aceptación comercial de los documentos recibidos en caso de que el cliente no acepte las facturas y transcurran 8 días seguidos desde el acuse ( o hasta 30 días en caso de tener algún contrato especial con el cliente). Que sucede en el caso de los ARM?
Estimado Martín, ¿qué son los ARM?
El Acuse de Recibo de Mercaderías.
Estimado Martín, si existe acuse de recibo de mercaderías según Ley 19.983 entonces se entiende como aceptada la factura, a no ser que el cliente después la rechace por algún motivo. Pero si el cliente emite el acuse de recibo de mercaderías y no la rechaza, la factura se entiende como aceptada.
Estimado, entonces el cliente puede aceptar y posteriormente rechazar una factura?
Estimado Martín, según consta en la nueva norma, una vez una Factura se recibe con el Recibo de Mercaderías según Ley 19.983, queda irrevocablemente aceptada para ser enviada a Factoring. No puede rechazarla posteriormente. De todas formas entendemos que es un poco drástico, ya que en ocasiones la mercadería se revisa mejor más tarde y se encuentran fallos de calidad u otros. Es muy difícil cuando llega la mercadería estar el tiempo necesario para revisarla de tal manera que no haya lugar a rechazo.
Estimados, soy usuaria Laudus, en Compras, el módulo «Importar Factura Electrónica» te da tres alternativas para las facturas de compras: «Acuse Recibo envío»; «Recibo Mercaderías»; «Aceptación», cual debo elegir, considerando que en la mayoría de las facturas de compras las tres alternativas son validas para mi.
Estimada, la alternativa de respuesta más importante es «Recibo Mercaderías Ley 19983», ya que es la respuesta que permite aprovechar el crédito de IVA.
Soy facturador electronico obligatoriamente, mi duda es debo informar en el libro de compras, todas las facturas electrónicas recibidas?, puesto que se hacen compras en gastos que el S.I.I. no acepta como gastos aceptados, en resumen puedo no recuperar el IVA CREDITO FISCAL de facturas que aparecen en el portal de facturador electrónico, puedo no considerar ciertas facturas?. o estoy obligado a declarar todas las facturas de proveedores que me aparecen en el portal del SII?
Muchas gracias de ante mano por la ayuda que nos prestan, son de un gran aporte.
Estimada Pabla, estas facturas que son gastos rechazados se deben ingresar en el Libro de Compras pero como gasto rechazado. En el formato del Libro de Compras Electrónico el SII ha contemnplado este caso, y hay que informar que no se puede recuperar el IVA porque la factura corresponde a un gasto rechazado. Su software de Factura Electrónica debe incluir este caso de Factura de Proveedores.
Estoy facturando en forma electrónica hace muy poco y tengo la siguiente consulta: El sistema Laudus permite enviar en forma casi automática factura a cliente, pero también envía copia cedible, esto no esta bien considerando que el 80% de nuestros clientes tienen crédito, como poder evitar el envío de cedible?, he consultado a soporte LAUDUS y no me han dado respuesta. Espero que por este medio si.
Estimada Sandra, cuando generamos el PDF se genera un PDF con dos páginas, la copia tributaria y la copia cedible. No agrega casi más espacio ni volumen en el PDF, y así se tienen siempre disponibles las dos copias. Y al cliente no le molesta recibir las dos copias, no es un problema. Da igual si el cliente tiene derecho a crédito o no. Ellos, en teoría y según la ley, para tener derecho a crédito tienen que responder electrónicamente con el recibo de mercaderías 19983. Pero este tema no tiene que ver con enviar la copia cedible.
De todas formas, siempre puede encargar un formato adicional a Laudus. Tenemos clientes que quieren imprimir 3 y 4 copias (alguna para control interno) y generar el PDF con las mismas. Es un formato adicional, con un costo de 1 UF aproximadamente. Y puede pedirlo con sólo una página también.
Usted no entendió mi pregunta, el tema es que NO quiero enviar copia cedible a mi cliente, solamente copia tributaria. Copia cedible se envía solamente en caso que cliente pague al contado, caso contrario cliente no debe tener cedible.
Estimada Sandra, la copia cedible no tiene que ver con la forma de pago de la factura. La copia cedible es una cuestión que regula la Ley 19.983 que otorga mérito ejecutivo a la Factura (normales y electrónicas). Sin la copia cedible, por ejemplo, no se puede enviar la Factura a factoring. Sin la copia cedible la Factura no tiene mérito ejecutivo.
De hecho, el SII en el proceso de postulación a la Factura Electrónica, obliga a que se emita la copia cedible. El SII revisa los formatos que se le presentan, y si no se incluye la copia cedible (además en los términos que exigen), rechazan las muestras impresas. Nosotros hemos hecho ya más de 1.000 postulaciones de Factura Electrónica al SII, y sabemos lo que exigen. Ahora hacen la revisión por software (ha sido un gran avance porque demoran muy poco), pero antes hacían la revisión manualmente, y más de una vez nos pusieron objeciones por algún detalle en la copia cedible.
Dicho lo cual, en algunos casos se puede enviar sólo la copia tributaria al cliente. Aunque si se envían las dos copias, no pasa nada, ni se la pueden rechazar. Es decir, el enviar la copia cedible junto con la tributaria no es ningún impedimento, y sin embargo a veces puede ayudar porque el cliente la requiera. Pero si aún así quiere sólo tener la copia tributaria, entonces pida en Laudus un formato adicional que incluya sólo la copia tributaria. Los formatos adicionales pueden tener diferentes características (como tener un formato con descuentos, sin descuentos, con información multiomoneda, etc). Tienen un costo muy asequible (entre 1 y 3 UF en la mayoría de los casos), y pueden satisfacer necesidades particulares importantes.
Estimados
Buenos días, estamos recién comenzando con la factura electrónica, en laudus y tengo las siguientes dudas, ayer intentamos hacer unos descuentos en las facturas, pero no me aceptan montos negativos, como lo puedo hacer??
Estimada Fabiola, el SII no permite líneas con importes negativos en la Factura Electrónica. Los descuentos se ingresan en las líneas de detalle, o como un porcentaje, o también puede modificar el neto de la línea para que Laudus calcule el descuento. De todas formas, en soporte le pueden orientar con detalle.
Buenos dias. Tengo una duda sobre la facturacion electronica. ¿Que operacion debo realizar si quiero emitie una factura por, por ejemplo, 10 1/2 kg de nueces enteras tipo mariposa? Me refiero a como ingreso la cantidad a vender si el sistema solo me da la opcion de numeros enteros? No se si me explico.
Estimada Johanna, si se refiere a Laudus, puede indicar cantidades con hasta 6 decimales. Para configurar el número de decimales que usted utiliza en las cantidades al vender, vaya a \Herramientas\Opciones, y en las opciones de la empresa escoja el apartado «Ventas 1». Allí podrá establecer el número de decimales.
Estimado Luis.
Consulta si tengo un software de recepcion de dtes, y varias facturas no me ingresan, pero al revisarlas en el servicio en la parte de validacion se encuentran recibidas, este certificado de validacion me sirve como acuse y me da derecho al uso del credito fiscal.
Estimado Patricio, ese «certificado» de validación no sirve. Usted tiene que pedir el XML al proveedor, y emitir el recibo electrónico de mercaderías según ley 19.983. Es una lata, lo sabemos, porque hay empresas que son difíciles de contactar para que reenvíen el XML, pero la norma es lo que dice. Y lamentablemente las empresas grandes son las más complicadas para este tipo de cuestiones, porque es casi imposible contactar con el departamento que emite las facturas.
Buen dia consulta desde que fecha de deben emitir guias de despacho electrónicas,,las continuas quedaran fuera?
Estimado/a, las Guías no es obligatorio que sean electrónicas. Pero si tiene electrónicas, también puede emitir manuales en caso de necesidad. Por eso se suelen tener algunas manuales a mano, por si acaso.
Buenas tardes, estoy certificando un software propio para Facturación Electrónica, ya he pasado sin problemas las Facturas Afectas, Exentas, Notas de Crédito, Notas de Débito y Guías de Despacho Electrónicas. Sin embargo tengo dudas con respecto a Facturas de Compra y Liquidaciones de Factura:
*Con las Facturas de Compra tengo problemas al incluir artículos con Impuestos Adicionales (ILA). El SII me repara señalando «Cod. Impuesto/Retenc. invalido : [25]», sin embargo en una Factura Normal cuando incluyo dicho Código, el SII acepta el documento. En el XML tengo
25 (Código de Impuesto al Vino)
20,5
4613
15 (Código de Retención Total)
19.00
12635
*Con las Liquidaciones Factura tengo problemas, al validar el Schema, cuando se compara con el XSD en el que vienen todos los DTE (DTE_v10.xsd) me señala que el Código 43 no está incluido en el Set de (33, 34, 46, 52, 56, 61). Y no logré avanzar más.
Pueden por favor ayudarme? Cualquier dato que me puedan aportar estaré muy agradecido.
Estimado Luis, si estás desarrollando un software para Facturación Electrónica, entonces lo mejor es que entres en contacto con el SII, o preguntes a tu jefe de proyecto, y si no cuentas con alguien más, contrates a un asesor que te ayude.
Hola consulta me salen 10 facturas rechazadas son todas del mismo dia y horario continuo,,,informática me dice q es porque la oc tiene – pero tengo duda tengo mas facturas con oc con – y aceptadas. Sera este el motivo del rechazo? Q hacer con estos doc
Estimada Andrea, debes verlo con el contador y tu proveedor de factura electrónica. El SII envía al correo de la empresa el motivo del rechazo.
si son como del 4 de abril, eso fue un error del sistema del sii, que rechazó facturas con órdenes de compra con caracteres especiales(incluso un guión o un espacio!). No sé si el sistema permite el reenvío del dte al sii pero sólo bastaba con reenviar al día siguiente y la factura sería aceptada.
Hola, ¿existe la posibilidad de que sea integrable a una página web y que el cliente ingrese los datos y montos a pagar, como autoservicio?, saludos.
Estimado Rubén, muchas gracias por su interés. Existen varias posibilidades de unir el ERP a sistemas del cliente, habría que ver bien sus necesidades con más detalle. Puede llamar al 22 687 0100 para hablar con un vendedor, o enviar un correo a ventas@laudus.cl para que le contacten.
Hola, necesito ayuda para obtener el archivo XML de una factura emitida para minera.
El correo de validación del SII sólo adjunta la carátula, puedo obtenerla directo desde Laudus?
Gracias
Estimada Angélica, lo puedes hacer de dos formas:
– Lo más fácil es que vayas a la factura y te la envíes por email (desde la barra de herramientas pinchas en enviar por email). Cuando se envía una Factura Electrónica por email se envían el XML y el PDF. En la pantalla de envío, le pones tu dirección de correo, y listo.
– Puedes ir a la carpeta de DTE que está en la empresa, y ahí están todos los XML emitidos, recibidos, respuestas, libros, etc.
Soy cliente vuestro y quiero saber como puedo hacer una factura al extranjero?,
Saludos y gracias,
Estimado Misael, debería realizar una Factura de Exportación. Si es una operación esporádica y no a volver a realizar más ventas al extranjero, entonces timbre ahora Facturas de Exportación manuales y haga la Factura. En Laudus no deberá configurar nada, simplemente escoja «Factura de Exportación» como el documento a la hora de hacer la venta.
Si va a realizar más operaciones de exportación en el futuro, le conviene hacer la postulación a Factura Electrónica de Exportación, ya que a partir de Agosto será obligatorio. En ese caso, por favor contacte con ventas@laudus.cl
Estimado laudus
Una duda las facturas de exportacion electronicas seran obligatorias a partir de agosto???
Estas facturas se deben emitir en pesos o en moneda extranjera ???
Saludos y muchas gracias
Estimado Javier, efectivamente serán obligatorias a partir del 1 de Agosto. Se pueden emitir en pesos o en moneda extranjera.
tengo una consulta soy facturador electronico y por error del sistema en el libro de compras aparecen 3 facturas que tienen fecha 01-03-2016 en el libro de febrero, el problema es que ya pagamos el iva de febrero incluyendo las 3 facturas del dia 01-03, como puedo corregir esta situación entiendo que es muy complicado, pero debe haber alguna solución, el sistema las asume como 29-02 pero el papel dice 01-03…ayuda por favor
Estimada Roxana, ¿a qué sistema se refiere, está facturando con Laudus? Si es en nuestro sistema, la fecha que se toma para el Libro de Compras es donde dice «Mes Libros».
Si ya hizo y pagó el F29, debe hacer una modificación del mismo, que no es tan complicado. Si no hay que modificar el F29 porque es el correcto, entonces hay que enviar de nuevo el Libro de Compras. Esto es más fácil, ya que sólo hay que pedir un código de reemplazo de Libro en la web del SII (en https://palena.sii.cl/cgi_dte/UPL/DTEauth?11 ) y después con ese código enviar de nuevo el Libro de Compras como Libro de reemplazo.
Buenos dias junto con saludar queria hacer una consulta, estuve revisando e impreso algunas facturas que ya fueron enviadas y aceptadas ok por el servicio, pero al querer imprimirlas me aparece como «PENDIENTE», al menos puede ver que son desde el 2015 hasta el 15 de marzo aprox. de este año.
nos han actualizado la base de datos, pero me parece que no tenemos los documentos xml en esta nueva base de datos.
gracias
Estimada Susana, debe copiar entonces todos los XML de la carpeta antigua a la nueva. Para nuestro gusto, es mejor no separar cada año en una empresa diferente, pero si ustedes lo hacen así, entonces duplique los XML (también los podría poner en una carpeta fuera de la empresa, pero podría inducir a equivocaciones)
Estimado, Junto con saludarlo, puedo hacer la siguiente consulta, resulta que certifique a un Distribuidor de Gas de La Serena.
Este distribuidor emite un promedio de 150 facturas mensuales. Cuando fui a descargar a la pagina de Impuestos Internos los Folios de Facturas electrónica solo me autorizo 80.
Mi consulta es si Impuestos internos te puede aumentar la cantidad de folios de acuerdo a la frecuencias que pidas.
Esperando su Respuesta.
Atentamente,
Jaime Mora Mora
La Serena
Estimado Jaime, así es, el SII ajusta el número de documentos timbrados a la frecuencia y número de facturas emitidas. Dado que el trámite es online y rápido, es mucho mejor que el sistema anterior.
Se paso muchas gracias, da gusto saber que hay personas que pueden ayudar con una consulta que no es capas de responder la mesa de ayuda de sii.
Saludos.
Muchas Gracias.
Buenas tardes, al verificar el informe del libro de ventas Febrero 2016 no aparece registro de las dos ultimas facturas emitidas el día 29/02/2016, la cuales si están registradas en sistema.
Estimado Rodrigo, el que Febrero tenga 28 ó 29 días no debe afectar a estos informes, ya que se filtra por el mes. Revise bien por favor las fechas desde-hasta, o mírelo con soporte para que le indiquen.
Estimado, tenemos un correlativo de facturas eliminado y no podemos rescatarlo. El caso fue así: Un día se estaba haciendo una factura con un correlativo x y se corto la luz, y se hizo factura al rato pero no se retomo el mismo correlativo, al pasar los días nos percatamos que del correlativo 330 se saltaba al 332 y siendo el 331 que no se pudo recuperar. Que se podría hacer en ese caso?
Estimado Andrés, hay una opción en HerramientasMantenimientoCorrelativos que se llama «Generar Correlativos». Utilícela con cuidado, y sólo para casos excepcionales como éste.
Diga el correlativo que quiere generar (el 331 de Factura Electrónica) y listo. Después vaya a la pantalla de Facturas, busque el correlativo 331 y verá que está en blanco para que usted lo rellene.
Estimado, quisiera saber si es obligación ingresar una factura electrónica de compra al libro, por ejemplo si tuviese una compra con factura de productos no relacionados con el giro y no quiero ingresarla. Se Puede?
Estimado Andrés, si usted rechazó la factura electrónica (al responder al proveedor), entonces no la debe ingresar al Libro de Compras.
Pero si usted la aceptó, debería ingresarla en el Libro de Compras, pero diciendo que no quiere aprovechar el IVA por ser un gasto rechazado. El SII da esta opción en el formato de Libro de Compras Electrónico. Si está utilizando Laudus, en la factura diga que no recupera IVA, y seleccione el motivo por el cual no recupera IVA (Gasto Rechazado).
Hola, me acabo de cambiar a factura electrónica, y necesito hacer una factura con fecha 29.02.2016 pero el sistema no me deja.
Que puedo hacer?
Saludos
Estimada Mari Carmen, si está utilizando Laudus, sí le deja hacer una factura con fecha anterior al día de hoy. Sólo que le avisa, para que esté al tanto que si han pasado muchos días el SII le puede rechazar la factura. En el aviso dígale que igual quiere hacer la factura con fecha del 29-Feb y listo.
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Hola
Tengo la siguiente consulta, por error; asigné facturas de compra electrónicas al libro de febrero, debiendo ser al libro de enero.
Como resuelvo esto, que consiste en sacarlas de feb e ingresarlas en feb.
Estimado Rafael, si por Facturas de Compras se refiere a Facturas de proveedores, y si todavía no ha presentado el Libro de Compras de enero, puede hacer el cambio sin problemas. Si usted utiliza Laudus, es cuestión de cambiar tan sólo la casilla donde dice «Mes Libros». Si utiliza otro software, pregunte a su proveedor por favor.
Si por Facturas de Compras se refiere a lo que el SII llama Facturas de Compras, que son aquellas Facturas que usted emite a su proveedor y por las que le retiene el IVA, entonces tienen que ir declaradas obligatoriamente en el mes de emisión de las mismas.
Estimados, mi consulta es por la Factura de Exportación: está entre las obligadas de emitir electrónicamente??? En el SII no tienen claridad, ya que un fiscalizador dice que sí y otros que no.
Gracias!!!
Estimada Rosa, nadie lo sabe a ciencia cierta. La ley habla de «Facturas» en término genérico, y el SII tiene unos 15 tipos diferentes de Facturas, de los cuales sólo existen como electrónicas la Factura de Ventas de Bienes y Servicios (Factura normal), la Factura Exenta, la Factura de Compras, la Factura de Exportación, y la Liquidación-Factura.
Lo normal sería pensar que estos 5 tipos de Facturas fuesen obligatorios, y se englobasen dentro del término genérico de «Factura». Por lo tanto nosotros pensamos que lo más lógico es que la Factura de Exportación Electrónica también fuese obligatoria; pero por otro lado la ley no es 100% clara al respecto y puede dar lugar a otras interpretaciones.
Hola, una duda, según lo leído en este blog y de acuerdo a la Ley 20.727, las liquidaciones de facturas deberán ser en formato electrónico. ¿pero porque el sistema gratuito de SII, no lo contempla en su portal gratuito?, si requiero generar este documento ¿lo puedo hacer en papel sin contravenir la ley?
Estimado Paulo, no sabíamos que MiPyme (el sistema gratuito del SII) no contemplaba la Liquidación Factura. Ellos tienen una mesa de ayuda eficiente, puede preguntarles. De todas formas, seguramente sea porque es un documento típico de empresa grande y muy poco utilizado en empresas más pequeñas, por lo que habrán supuesto que no se iba a utilizar casi.
Y debe generar este documento electrónicamente, sólo están fuera de la lista la Guía de Despacho y la Boleta. Y de momento tampoco hay que emitir electrónicamente facturas más «extrañas» tales como «Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria», «Solicitud Registro de Facturas», «Factura de Venta Exenta a empresa del territorio preferencial», «Factura de Venta de Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y No Nacionalizadas», «Factura de Venta Módulos de Zona Franca», o «Factura de Traspaso y Factura de Reexpedición (Usuarios de Zona Franca)».
En mi caso, las facturas son devueltas a traves de servicio courier. Me interesa saber si los ocho dias legales para efectuar la devolucion se dan por concretados al momento en el que yo hago la devolucion (fecha de la OT de la empresa Courier) o en la fecha en la que el proveedor recibe en sus manos el documento devuelto
Estimado Marco, con la factura electrónica ya no hace falta enviar documentos físicos. Si existen plazos, deberían ser en el momento es que usted envía la respuesta electrónica de rechazo de la factura.
Por la naturaleza de la empresa en la que trabajo, no tenemos acceso a la casilla de correo registrada en SII para recepcionar los DTE`s. Por esto, a cada Orden de Compra, adjuntamos un documento en el que se indica un correo alternativo al cual se deben hacer llegar las facturas para su correspondiente proceso. Con esto logramos que las facturas se recepcionen de forma física y a través del correo alternativo.
Sin embargo existen proveedores que no se han adaptado a este tipo de proceso. A ellos se les insiste vía mail 3 veces para el envío de la correspondiente factura y algunos aun así aparecen con facturas de hace 4 meses atrás…
Existe alguna forma de rechazar estas facturas si cuentan con más de 30 días desde su emisión? O quizá alguna manera de que el envío al correo alternativo sea obligatorio o que al menos me pueda valer de las condiciones de recepcion de factura que se adjuntan a cada orden de compra?
Se agradece su respuesta y cualquier sugerencia de mejora a nuestra gestión.
Saludos
Estimado Marco, no hay una forma legal de obligar a enviar copia de la factura a un correo alernativo. Además, en su caso tampoco ayudaría que usted tuviera el control de la casilla de recepción de facturas, ya que estas llegan el formato XML, que no es tan legible (no es obligatorio que se envíen en PDF, y muy pocas empresas lo hacen).
Pero antes de darle una contestación un poco más elaborada, no comprendemos bien por qué no revisan en su sistema de Factura Electrónica todas las facturas que le llegan, para al menos así saber las facturas de proveedores que reciben en caso de no recibir la copia impresa. Además, en todos los sistemas siempre puede sacar una copia impresa de lo que llegó por email. La copia no tiene logo ni es como se imprime en origen, pero contiene todos los productos y totales de la factura original.
Además en su sistema de Facturación Electrónica debería revisar todas las facturas entrantes, para rechazar las que no corresponden (por ejemplo, por error de emisor). Esto es independiente de que además después las pida en un PDF legible en otra casilla.
Estimados, consulta, se le puede exigir a los proveedores que las facturas sean enviadas a un correo diferente al que está registrado en SII para recepción de DTE?
En ese mismo contexto, ¿puedo rechazar y devolver por courier una factura porque no se envió al citado correo y ya expiraron sus periodos tributarios?
Estimado Marco, efectivamente si el proveedor no envió el XML (o sí lo envió pero el correo no llegó por cualquier motivo), usted podría rechazar la factura.
Hay 3 meses para aprovechar el IVA, y en ese periodo es extraño que el proveedor no haya contactado para el pago de la factura, y ahí haber resuelto el problema.
Estimado/a, no se le puede exigir. Sí se le puede pedir, pero no exigir. El proveedor cumple con su obligación si envía el XML a la casilla de intercambio registrada en el SII.
Otra cuestión es que usted tenga el poder para exigirle algo adicional al proveedor, como hacen las mineras por ejemplo. Las compañías mineras tienen tanto volumen y poder de compra que ponen exigencias adicionales a lo estrictamente legal.
También es habitual pedir enviar una copia del PDF al departamento financiero para acelerar el pago, pero como le comentamos son adicionales a la exigencia de enviar el XML a la casilla de intercambio oficial.
Do you live in a cave? Have you not heard proponents of same sex marriage claim that it is an &#la20;equ28” rights issue? If not, you are poorly informed.Now, answer my question, or continue to dodge which is a typical liberal tactic that I have long been aware of.Reply
Las empresas que prestan servicios no afectos o exentos de IVA (no aprovechan el IVA crédito), ¿En qué línea del formulario 29 deben declararse las compras de supermercado?
Estimado/a, en la misma línea que el resto de empresas, lo que pasa es que ese IVA después no se puede descontar. Como bien sabe, para una empresa que factura exento el IVA de las compras es un costo.
Hola necesito cambiar la fecha de emisión de una factura de venta pero el sistema no me deja, quedo con fecha antigua debe ser 13.01.2016 y dice 13.01.2015, ayúdenme por favor, gracias.
Isaías, estos problemas lo mejor es que lo veas con soporte directamente, escribiendo al correo de soporte, o llamando al 22 687 0100. También puedes revisar si tienes el Libro de Ventas cerrado (en HerramnientasOpciones, en las opciones de Libros), y hasta qué fecha, para abrirlo y así poder modificar la factura (después debes volver a cerrarlo).
Estiimado Laudus.
Soy facturadopr electronico del sistema gratuito de SII, mi pregunta se relaciona con el acuse recibo, ¿Es obligatorio acusar recibo de compras con factura electronica en el sistema sii, o,puedo hacerlo manual estampando la factura lectronica fisicamente?
Muchas gracias… Saludos
Estimado/a, es obligatorio responder al proveedor de manera electrónica, pero no sólo con el acuse de recibo, sino con el Recibo de mercaderías/servicios (ley 19.983). No basta con la firma manual.
Hola, gracias por atender a nuestras consultas: soy facturador electrónico de años y me he dado cuenta que las empresas que facturan electrónicamente registran los documentos en sus bases de datos, emiten el documento en papel o lo envían al correo del cliente, pero después de un par de horas o dias la envía a SII. Por ejemplo: Homcenter me emite una factura hoy pero figura en SII en un par de días después. ¿esto es legal?. Pense que debería ser siempre en línea… Gracias.
Estimado Paulo, lo que comenta sí está contemplado por el SII, ya que permite enviar una factura con una fecha anterior al día de hoy. Por eso, Homecenter emite la factura y seguramente las enviará después al SII por lotes por algún motivo informático suyo o de procedimientos.
El problema surgiría si el SII rechaza alguna de las facturas, y Homecenter ya la entregó al cliente. En ese caso, Homecenter debe contactar con usted para recuperar la factura que es inválida, y entregarle la factura correcta. Pero este caso es poco probable si el sistema de factura electrónica de Homecenter funciona bien (y suelen hacerlo).
Mi duda, es como saber si una factura electronica en papel es valida.
Estimado José, en el sitio web del SII, en la zona de Factura Electrónica hay dos enlaces para verificar documentos:
Si usted tiene un lector de códigos de barra bidimensional, podría escanear el código de barras de la Factura Electrónica, en el cual está el timbre electrónico. Le dice si el documento es correcto y si está firmado, pero tendría que tener una aplicación para que compruebe estos datos para que pueda leer una firma electrónica. Además, no le asegura que el documento haya sido enviado al SII y validado por el mismo, por lo cual este método no sería fiable al 100%.
Hola Mi consulta es la siguiente:
tengo una empresa que es facturador electronico y mas o menos de 1 a 2 veces al año realiza una exportación, puede este emitir facturas de exportación manuales; o en caso contrario cual seria el procedimiento para realizar la facturación sin la necesidad de implementar el software de facturas de exportación .
atenta a sus comentarios
Tania
Estimada Tania, es una buena pregunta, ya que la Ley 20.727 no es del todo clara en este aspecto. La ley dice que «las facturas, facturas de compra, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito» deberán ser en formato electrónico.
La pregunta es ¿al decir «Facturas» significa todo tipo de Facturas? Al utilizarlo de manera genérica lo más lógico sería pensar que así es, y por lo tanto las Facturas Exentas y Facturas de Exportación también deberían ser electrónicas.
El problema es que parece que los legisladores no sabían que había más tipos de facturas, por ejemplo la «Factura de Inicio», la «Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria», la «Factura a Turistas Extranjeros», la «Factura de Venta Exenta a empresa del territorio preferencial Arts. 1 y 9 de la Ley 19.149», la «Factura de Venta de Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y No Nacionalizadas», y otros tres tipos para usuarios de Zona Franca.
Y todos estos tipos de Facturas no tienen su respectivo tipo electrónico, por lo que sólo se pueden hacer en papel. Por lo tanto, a uno le puede entrar la duda ¿cuándo la Ley 20.727 habla de Factura, lo hace sólo de la Factura de Ventas, tipo 30-33 según el SII, o incluye todos los tipos de facturas posibles?
Como no es 100% claro, para no caer en problemas ante una inspección, lo mejor es emitir electrónicamente aquellas facturas que se pueden hacer de manera electrónica, que son las Facturas de Ventas de Bienes y Servicios (Facturas normales), las Facturas Exentas y las de Exportación.
Con respecto a que usted no tiene software, su proveedor de Factura Electrónica le puede habilitar el módulo de Exportación. El costo no suele ser alto, y si el costo es por DTE emitido para usted será económico puesto que emite pocos documentos.
Hola … una consulta … si tengo facturas de papel y ya emití una con fecha diciembre puedo emitir ahora la siguiente con fecha de noviembre????
Estimado/a, sí se pueden emitir Facturas Electrónicas con fecha del mes anterior. De hecho, es obligatorio en el caso de facturar Guías de Despacho emitidas el mes anterior (hay de plazo hasta el día 10 de cada mes para hacerlo, y la Factura debe ir con fecha del mes anterior).
Lo que no sabemos a ciencia cierta es hasta qué día el SII le va a permitir emitir una Factura Electrónica del mes anterior. Pruebe a hacerlo, y si no se la rechaza el SII es que la Factura es válida. Si se la rechaza, póngale fecha de este mes entonces.
Recuerde que el SII puede aceptar la Factura Electrónica con reparos. Eso significa que el SII acepta la Factura al 100%, pero que usted debe no repetir la misma situación o corregirla para que en un futuro no se produzca.
Hola, una consulta. No sé si me podrán ayudar. Actualmente estoy trabajando en la validación de las boletas electrónicas, pero tengo una duda. Según el esquema que proporciona el SII el documento para las boletas electrónicas (EnvioBoleta) tiene una caratula y luego una sección de DTE en donde se detalla la boleta electrónica. Mi duda es si en este documento se van agregando todas las boletas o solo se genera un xml por cada boleta?
Tal vez se me escapa algo, la verdad he encontrado muy poca información respecto a esto.
Gracias de ante mano.
Estimado Cristian, en un envío pueden ir varias boletas. O también puedes generar un envío por cada una, depende de cómo te lo pidan.
Se van agregando todas las boletas emitidas, en este libro.
hola, una consulta, ¿puedo emitir una factura de venta electrónica mencionado dos guías de despacho? debo entregar material hoy y el lunes por lo cual debo hacer dos guías pero por obligación tenemos que emitir solo una factura de venta.es posible llamar a las dos guías a la factura?
Estimado/a, no hay ningún problema. De hecho se puede hacer referencia hasta un máximo de 40 Guías, según la documentación del SII. En realidad se permite un máximo de 40 referencias, incluyendo Guías de Despacho, Órdenes de Compra, etc.
Hola: Consulta, (si es que alguien puede ayudarme), emiti una nota de credito electronica por devolucion de mercaderias de mas de 4 meses, en el portal mi PYME del SII, cuando reviso el libro el documento rebaja debito, como puedo indicarle que no rebaje el debito por que ya paso el plazo de los 3 meses?.
Estimado/a, en la mesa de ayuda del SII atienden bien y seguro que le pueden solucionar el problema.