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Cálculo del Seguro de Cesantía

Tabla de contenido

A partir de Octubre de 2013 se cumplirán 11 años de la entrada en vigor de la Ley 19.728 que establecía el Seguro de Cesantía. Aunque la Ley se promulgó el 30-Abr-2001, no entró en vigor hasta el 01-Oct-2002 (Nota del artículo 60) debido a la demora porque pudiese operar efectivamente la Sociedad Administradora de los fondos.

¿Por qué es importante el 11 cumpleaños? Porque tal y como dice el artículo 9 de la Ley, las cotizaciones por el Seguro de Cesantía «deberán enterarse durante un período máximo de once años en cada relación laboral«. Por lo tanto, para aquellos trabajadores que fueron contratados en Octubre del 2002 (o aquellos que desde entonces por acuerdo cotizan al Seguro) y todavía permanecen en la empresa, a partir de Octubre del 2013 o tienen que pagar la cuota de la Cuenta Individual.

Por este motivo, merece la pena hacer un repaso ahora de los conceptos básicos necesarios para el cálculo correcto del Seguro de Cesantía:

  1. Tienen que cotizar al Seguro de Cesantía todos aquellos trabajadores dependientes que inicien o reinicien actividades laborales después del 01-Oct-2002. Los trabajadores contratados con anterioridad lo pueden hacer si así lo acuerdan.
  2. No están protegidos (y no tienen que cotizar) los trabajadores de casa particular, los sujetos a contratos de aprendizaje, los menores de 18 años, y los pensionados (salvo que la pensión sea por invalidez parcial).
  3. El Seguro de Cesantía se compone de dos cuentas/fondos a los que cotizar: una «Cuenta Individual por Cesantía» y un «Fondo de Cesantía Solidario». Más adelante detallamos qué importe va a cada cuenta/fondo.
  4. La «Cuenta Individual por Cesantía» es particular de cada trabajador, y los fondos allí acumulados son de propiedad del trabajador.
  5. El «Fondo de Cesantía Solidario» es un fondo común que se reparte sólo para ciertos afectados o propósitos, y en determinadas condiciones. Se alimenta una parte de las cotizaciones mensuales de las liquidaciones de sueldos de los trabajadores, y de 225.792 UF anuales que aporta el Estado.
  6. El Seguro de Cesantía (ambas cuentas/fondos) se calcula como un porcentaje de la Renta Imponible. A la Renta Imponible se le aplica un tope de 105,4 UF. Este tope comenzó en 90 UF, y se va actualizando todos los años.
  7. Según el artículo 5, si el trabajador está contratado a tiempo indefinido, el trabajador paga un 0,6% de su Renta Imponible, y el empleador paga un 2,4%.
    Si el trabajador está contratado a plazo fijo, o por obra, trabajo o servicio determinado, entonces él no paga al Seguro de Cesantía, y el empleador cotiza el 3% de la Renta Imponible.
    Es decir, se paga un 3%, que en el caso de contratos indefinidos se reparten entre empleado (0,6%) y empresa (2,4%); y si el contrato no es indefinido, lo paga todo la empresa.
  8. La parte que cotiza el trabajador se descuenta de sus haberes para obtener el líquido a pagar. La parte que cotiza el empleador es por cuenta del mismo, y no entra dentro de los descuentos a aplicar al trabajador en su liquidación.
  9. En caso de Licencia médica, la aportación del trabajador la paga la Isapre, y la del empleador la sigue pagando el empleador igual.
  10. Ese 3% que se cotiza se reparte de la siguiente forma (artículo 9):
    Contratos indefinidos: el 0,6% que aporta el trabajador se va íntegro a su Cuenta Individual por Cesantía. Del 2,4% que aporta la empresa, el 1,6% va a la Cuenta Individual por Cesantía y el 0,8% va al Fondo de Cesantía Solidario.
    Contratos que no son indefinidos (a plazo fijo, obra, …): Del 3% que aporta la empresa, el 2,8% va a la Cuenta Individual por Cesantía y el 0,2% va al Fondo de Cesantía Solidario. Recuerde que el trabajador no aporta nada en estos casos.
  11. Las aportaciones a la Cuenta Individual por Cesantía sólo se pagan durante 11 años en cada relación laboral. Es decir, si el empleado cambia de trabajo, el plazo comienza de nuevo. Como la ley comenzó a regir el 01-Oct-2002, recién en Oct-2013 se producirán los primeros casos de trabajadores que lleven aportando 11 años en la misma relación laboral.
  12. Por lo tanto, para estos casos del punto anterior, a partir de los 11 años sólo hay que pagar la cotización correspondiente al Fondo de Cesantía Solidario, que siempre es de parte del empleador, y que es un 0,8% de la Renta Imponible en el caso de los contratos indefinidos, y del 0,2% en el resto de los contratos.

El reparto de aportaciones a ambos fondos y dependiendo del tipo de contrato es por tanto:

Reparto del Seguro de Cesantía

En la última versión de Laudus hemos actualizado la fórmula del Seguro de Cesantía (parte del trabajador y parte de la empresa), para que tenga en cuenta el plazo de los 11 años reflejado en el artículo 9.

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167 Comentarios

  1. Es decir que a partir de los 11 años cumplidos, no aportare mas al seguro de cesantia de manera individual? a no ser que me cambie de trabajo ahí empiezo nuevamente de 0?

    1. Estimada Natalie, así es. A partir de los 11 años seguidos (contados desde Octubre del 2002) en la misma empresa no se aporta más a la «Cuenta Individual de Cesantía», su sueldo líquido debería subir un 0,6%, y sólo seguirá el aporte de su empleador al «Fondo de Cesantía Solidario».

          1. Hola quisiera saber que sentido tiene que el empleador te aporte a la cuenta individual si finalmente te lo descontará del finiquito? Pregunto porque si uno queda cesante te quitan de tu finiquito el aporte del empleador pero luego lo recuperas al cobrar el seguro, es como lo mismo que no te aporte el empleador nada, así tu finiquito queda sin ese descuento y cobras un poco menos del seguro de cesantía? no se si se entiende, pero al final quiero decir que no es como un beneficio que el empleador te da al aportarte a tu cuenta individual.

          2. Estimada Claudia, por una parte, el empleador sólo puede descontar su aporte. El aporte del empleado del 0,6 % no se puede descontar. Y por otra parte, en otros casos el aporte a la cuenta no compensa el total a pagar, y no se descuenta todo. Tienes razón que en bastantes casos sí se compensan ambas prestaciones, pero porque la finalidad es la misma.

    1. Bueno antes de denunciar a tu empleador no seas mala onda primero averigua por escrito con el contador de la empresa y si realmente no te están pagando y no se comprometen a ponerse al día a la brevedad, entonces ahí recién denuncia.
      No muerdas la mano de quien te da que comer.
      Ivonne

  2. Pregunta entonces el trabajador con un mismo empleador cumplido los 11 años no se descuenta 0.6% con contrato indefinido, y empleador solo paga el 2.4% ?

    1. Estimado/a, sí y no. Efectivamente, pasados los 11 años al trabajador no se le descuenta el 0,6%, y por lo tanto su líquido a cobrar cada mes sube un 0,6%.

      Pero el empleador no paga el 2,4% a partir del año 11. A partir de entonces sólo paga el 0,8% al Fondo de Cesantía Solidario.

  3. Por lo que entiendo de lo leido el beneficio es para la ACF, quien trabaja e invierte con plata de los trabajadores, en cuanto al aporte del empleador entendi que no sirve de nada ya que lo descuentan del finiquito.(es como ahorros de ambos sin beneficio alguno)
    de no ser asi como lo entendi, cual es el real beneficio???

    1. Yo no le veo el beneficio, nadie ha podido explicármelo dejándome conforme, porque el aporte que hace el empleador a la tu cuenta individual, viene siendo finalmente solo un traspaso de fondos y que al desvincular a la persona de la empresa, vuelve al empleador y queda solo el aporte que el empleador hizo a al fondo solidario (0,8) y el 1,6 que pone el empleador a tu cuenta individual, es un ahorro que después de pagarlo mes a mes te lo quita al finiquitarte. No me hace sentido alguno.

    1. Estimada Jessica, el fondo del seguro de cesantía sólo es para cubrir en el caso de quedar cesante el trabajador. No es una cuenta corriente de libre disposición a partir de los 11 años.

  4. o sea solo por la causal de Necesidades de la empresa, se descuenta el seguro de cesantia? si yo renuncio me descuentan el aporte del empleador ?

    1. Estimada Natalie, disculpe si estaba mal expresado, pero el Seguro de Cesantía le cubre aunque usted renuncie a su trabajo. Se puede cobrar el Seguro de Cesantía independiente de la causal de término de contrato.

      Los aportes de la empresa a su cuenta individual son suyos, no es un fondo común, pero sólo puede hacer uso de ellos en caso de quedar cesante (pero habiendo aportado un mínimo de 6 meses en contratos fijos, y 12 en contratos indefinidos), o cuando se pensiona, o en caso de fallecimiento lo pueden retirar sus herederos.

  5. Mi contrato de trabajo es de marzo 1997, me di cuenta hace 1 año que yo era la unica sin seguro de cesantia en mi trabajo….llevo 17 años aca….puedo recuperar lo perdido…..yo estaria actualmente dentro de los 11 años cotizados…..al hablar con mi jefe me dijo q no era su obligacion…..que puedo hacer?

    1. Estimada Tatiana, el Seguro de Cesantía comenzó a regir en Octubre del año 2002. No es obligatorio para los trabajadores que estaban contratados antes de esa fecha. En su empresa tienen razón, no tienen obligatoriedad de retener y hacer los aportes al fondo. Es injusto para ciertos trabajadores, pero en algún momento había que hacer el corte.

  6. Quisiera saber, quien me pagaría el descuento en mi finiquito que realiza el empleador por aportes al fondo.
    Es decir sí me descuenta del finiquito dos millones por aportes, este me los cancela la AFC?
    Y de que forma?

  7. Quisiera que me explicaran que pasa con respecto al seguro de cesantia a los contratados antes de Octubre del 2001, yo ingrese en Abril del 2001

    1. Estimado Patricio, simplemente que no hay obligación de hacerlo, y en principio están más desprotegidos. Que no haya obligación no significa que la empresa no pueda hacerlo, si lo pacta así con el empleado.
      Al Estado le habría supuesto una carga demasiado grande hacerse cargo de un fondo inicial para hacer frente a las cesantías, sobre todo teniendo en cuenta que el sistema actual es a todo evento, y se basa en la capitalización de los aportes.

  8. Hola,
    Estoy cesante desde mayo del 2009, y este mes me llegó una carta del AFC indicándome la cartola anual de mi cuenta individual de Cesantía del pediodo que comprende de enero a diciembre del 2013.
    En el sale un monto final que supuestamente y de acuerdo a la normativa, puedo acceder, ya que sigo cesante.
    Pregunta.
    Puedo cobrar ese dinero?
    Donde me tengo que dirigir?
    Tengo que llevar algún documento?

    Estaré atenta a su respuesta y muchas gracias !!

    Saludos

    Lorena

  9. siempre debe de cotizarse por el sueldo completo ?? asi sean menos dias trabajados o en caso de licencias medicas igual el empleador debe de pagar el seguro de cesantia ??? aclaremelo porfavor porq trabaje 10 dias y se pago el seguro proporcianl a esos dias

  10. Quisiera saber donde van a parar el 19,2% que te descuenta tu empleador del finiquito al momento de poner termino al contrato de trabajo???

    1. Estimado Rodolfo, seguramente se refiere a las cuotas que el empleador a aportado a su fondo de cesantía individual, las cuales se pueden descontar del finiquito. Estas cuestiones siempre es bueno preguntar primero a la empresa.

  11. Estimado Juan Carlos, estas cuestiones las debes ver con tu empleador. Si tu contrato dice y pacta un sueldo líquido, éste se debe respetar. Pero no se suele poner un sueldo líquido en el contrato porque a veces es difícil llegar al mismo con exactitud, y si cambia el porcentaje de AFP, etc, hay que cambiar el sueldo base para llegar al líquido pretendido.

    Es decir, tu sueldo líquido también se ve influido por tu decisión sobre tu Isapre y AFP por ejemplo. El hecho de que te cambies de AFP y tenga un porcentaje de retención diferente te afecta al líquido. Así como cuando se eleva el sueldo mínimo, que afecta vía la gratificación legal. Y en los contratos se pone un sueldo base, no se pone un sueldo líquido, ya que además toda la legislación está estructurada en torno al concepto de sueldo base y remuneración antes de aplicar los descuentos legales.

  12. Si una persona tiene contrato definido (por obra o faena, etc), el empleador igual realiza el descuento pertinente que aporto a la afc en el finiquito? o este solo se hace efectivo a contratos indefinidos?

    Saludos!

  13. Hola buenas tardes, si me pudiera informar, tengo dos dudas:
    (La primera relativa al cobro del seguro de cesantia) Renuncie dejando un espacio de tiempo de un mes para volver a trabajar, durante ese mes entiendo nadie aporto (empresa o yo) a mi seguro de cesantia, posterior al mes sin empleo comencé a trabajar en otra empresa en la que ya no estoy desde el 7 de julio 2014 (renuncia voluntaria), la pregunta es ¿el monto del seguro es la acumulación de lo que aporto mi ultimo empleador de 2 meses o lo que llevo acumulado en todo mi tiempo de ejercicio laboral, al margen de tener un espacio previo no trabajado de un mes?

    La segunda pregunta asociada al monto es ¿ como calculo el monto que debo cobrar?

    Atenta a su respuesta,
    Gracias

  14. Buenas tardes:
    Me queda una duda, el valor del seguro de cesantía se descuenta del sueldo bruto o del sueldo líquido. Siempre he tenido esa misma duda.
    De antemano muchas gracias.
    Saludos,

  15. Estimado Laudus, comenzé a trabajar en el año 2000 y recién en el 2008 me enteré del seguro de cesantia, solicité la incorporación a mi empleador, y desde esa fecha comenzaron a aportar el 3% correspondiente. El problema es que ahora mi empleador dice que yo estoy mal afiliada y que AFC no me pagará el seguro en caso de quedar cesante, siendo que yo me inscribi por intermedio de la empresa y los descuentos se hicieron sagradamente. La solución expresada por la empresa es solicitar mis aportes, ellos los suyos y comenzar desde 0, es decir pierdo mi antiguedad en el sistema del seguro. Por favor necesito orientación sobre el tema. Gracias desde ya. Saludos …Clodet

  16. Si quedo cesante, y estoy cobrando el seguro de cesantía por 2 meses, que pasa si encuentro un nuevo empleo y al mes me despiden o finaliza el proyecto, puedo cobrar el seguro de nuevo???

  17. que pasa si renuncio a mi actual trabajo y empiezo a trabajar en otro ,igual puedo cobrar mi seguro de cesantia del trabajo que renuncie? o lo podre cobrar al termino de mi nuevo trabajo??

  18. Quisiera consultar yo estoy en el caso de los que firmamos contrato antes de esa fecha (año 1997) y después nunca supe de ese seguro de cesantía que se le descontaba a los demás hoy renuncie a mi trabajo después de 17 años y no tengo derecho a nada ..? No puedo recibir nada

  19. Quisiera consultar lo siguiente: trabajé desde el 2002 hasta el 2013 en una empresa y renuncié por que me cambie a otra…. mi pregunta es que pasa si quedó sin trabajo o renuncio y en mi empresa anterior solo me pagaron algunas cotizaciones y las demás se encuentran declaradas???…. Igual tengo derecho a cobro de Seguro Cesantía?..

  20. Hola
    En la empresa en la cual trabajo tenemos un acta de beneficios, que nos paga todos los beneficios ante cualquier eventualidad, ahora, en el caso de renunciar la empresa puede descontar los aportes que me realizo por concepto de AFC??

  21. Quiero saber si es verdad que puedo cobrar una cuota de mi seguro de cesantia. .si tengo contrato indefinido vigente. .le agradecería su información. .

  22. Hola yo estoy trabajando con un contrato a plazo fijo de 2 meses el cual tuvo termino el 31 de diciembre del 2014 ahora sigo trabajando y no e firmado ningun otro contrato si yo renunvio ahora ya an pasado 15 dias tengo derecho a subcidio de sesantia

  23. Hola bueos días quiero hacer una consulta yo tuve que renunciar voluntariamente a mi trabajo por problemas con mi hija de seis meses mi consulta es puedo cobrar seguro de sesantia

  24. Hola
    quisiera saber si uo renuncio a mi trabajo por q quiero estudiar puedo recibir el seguro de sesantia solidario q otrorga el gobierno llevo ocho años con contrato indefinido q puedo aser

  25. Hola llevo ocho años trabajando y quiero renunciar porq voy a estudiar igual puedo cobrar el seguro solidatio de sesantia del gobierno q puedo a ser

  26. buenos dias, queria saber si es posible cobrar este seguro de cesantia de forma retroactiva…. pusieron termino de contrato en Sept 2014 y luego figuro con un nuevo emmpleador el 1/Dic 2014… puedo cobrar Octubre y Noviembre del 2014..?

  27. Que sucede en el caso de una empleada domestica que finalizo sus labores, mas sin embargo nunca se le aplico alguna deduccion de este tipo.

    Como se calcula???

  28. Estimado, fui funcionario Municipal por 20 años, los ultimos 5 años a Contrata, se termino el plazo de mi contrato el 31 de enero del 2014, acudí a la AFC y me dijeron que no tenia Derecho al subsidio de Cesantia por no haberme inscrito…..que podria hacer ahora para saber si la AFC estan en lo correcto o a todos los funcionarios que estan en la misma situación les pasará lo mismo cuando sean despedido…..favos responderme a vigabeta@hotmail.com. Gracias

  29. Hola quisiera hacerle una consulta tengo pago para 21 de febrero y ya estoy trabajando tengo 10 días trabajando igual me pagan el la cesantia…???

  30. Hola fui desvinculado de mi empresa revise el saldo de mi afc y tengo 1 millón y fracción cuanto me descontara mi empresa el 100% o fraccion de ello

  31. Hola quisiera saver yo tengo 5 años en mi enpresa y renuncie por motivos personales quiera saver cuanto me pagatia la sesantia por los 5 años siendo q me imponen por el minimo culla fecha de inicio es 01/10/2010 y termino 01/02/2015

  32. Hola! Mi consulta es: tengo dos empleadores osea trabajo en dos lugares. Si me despiden de uno puedo cobrar el seguro de sesantia. Ya que en los me descuentan!

  33. Llevaba 11 meses trabajando en una empresa mas un mes q lo trabaje en otro lugar… Sueldo liquido era de 250.000 cuanto debería recibir del seguro de cesantia?
    Gracias

  34. Consulta
    Trabajo desde 1985 en la misma empresa. Sin embargo, solamente a fines del 2014 firme un documento para la AFC, en el cual aceptaba se me descontara para seguro de cesantía.
    Cuál es mi situación actual si me despiden?
    Tengo fondos?

  35. Estimados

    Me gustaria saber si al cobrar mi ultimo monto de cesantia pierdo el pago de asigancion familiar o este sigue cancelandolo la afc

  36. Llevaba 11 meses trabajando en el mismo lugar cuando me despidieron. Sin embargo llevo mas de 1 año cotizando sin vacíos. Me corresponde seguro de cesantia? ??

  37. Viviana dice:
    Estimado yo llevo 9 meses trabajando, con contrato por obra, renuncie a mi trabajo y tengo una duda: mi empleador me puedes descontar del finiquito mio, el aporte que hizo a mi fondo de cesantia en estos 9 meses

  38. buenas tardes

    quisiera hacerles una consulta, yo tengo dos empleadores de uno de ellos me despidieron por necesidades de la empresa continuo con el otro empleo que es part time de fin de semana.
    puedo optar al seguro o no??

  39. buenas tardes:
    Quisiera que me explicaras como se cancela el seguro de cesantía a trabajadores que aun cuentan con el seguro antes de la modificación del 2002

  40. Hola, quisiera consultar, lo su pasa es que mi esposa aún esta adquiriendo el seguro de cesantia, deben quedarle un par de meses mas para terminar de cobrar, yo hace unos dias en fonasa la pase como mi carga. ella puede seguir cobrando el seguro? Gracias por respuesta, saludos.

  41. Hola, Mi Consulta es tengo empleadores de los cuales me despidieron de uno por necesidad de la empresa. Pero sigo trabajando en la otra. Puedo cobrar el seguro.
    Gracias, espero la respuesta

  42. Hola,quisiera saber si al acogerse al fondo de cesantia solidario,el calculo que utilizan para determinar los montos es en base al total imponible o al liquido solamente.gracias de antemano saludos.

  43. Quisiera saber en el caso de mi madre quedo cesante el 1996 y luego trabajo un periodo de 6 meses el 2013 y luego 3 meses el 2014 y desde esa fecha ya no trabaja ¿cómo saber si tiene derecho al seguro de cesantía?

  44. Hola mi consulta es la siguiente, resulta que cobre el seguro de cesantia teniendo los 6 meses de trabajo, y en el mismo empleo trabaje 2 meses más y me finiquitaron hoy,
    Puedo volver a cobrar el seguro de cesantia. Denuebo..

  45. Hola Buen dia. Favor agradecere que me puedan orientar o confirmar. ¿aun sigue vigente la Circular n°48 de la super de fondo de pensiones? tengo un trabajador que recibe remuneraciones por mas de un empleador (trabaja en un holding). excede el tope imponible, uno de sus empleadores se hará cargo de la totalidad de sus cotizaciones (afp e isapre) y por las otras empresas no se le cotizara. ¿esto es legal considerando la circular 48? de ser efectivo ¿como el empleador puede respaldarse que no le cotiza porque hay otra empresa que se hace cargo 100% de ello? ¿es necesario dejarlo establecido en el contrato de trabajo o basta con estar amparado bajo la cir.48 ?. Muchas gracias por su ayuda.

  46. Hola buenas tardes, quisiera saber que pasa si mi finiquito por renuncia (que corresponde a vacaciones proporcionales que quedaron pendientes) el monto es menor al monto que el empleador debe descontarme del la AFC? recibo monto «0»?

    Gracias.

  47. Ayuda!les cuento mi seguro de sesantia es de un un millón setesientos y necesito cobrarlos en 4 meses pero me han dicho que no se puede.mi pregunta es quien decide en cuantas cuotas me pagan?

  48. Yo puedo cobrar el seguro de cesantia si soy despedido por el art.160:n°03, y alos beneficio del estado: transito ruiz tapia,ci.6.342.508-7, mi teléfono es:N°225151783,O celular N°973446792,ESPERO RESPUESTA

  49. Hola, una pregunta si me queda la ultima cuota del seguro de cesantia y entre a trabajar ase 25 dias y ya me dieron un casi sueldo, recibo el ultimo pago igual? Atenta a su respues

  50. hola : a mi me despidieron el año pasado y con finiquito .. luego alcance a cobrar solo un mes de seguro de cesantia ya que mi empresa me siguio pagando durante 6 meses mas … mi pregunta que pasa con los 2 meses restantes de pago del seguro de ceantia me lo tendran que pagar igual o tendre que presentar nuevamente mi finiquito del año pasado espero que me puedan ayudar gracias….

    1. Estimada Marcela, todos los días respondemos dudas de las diferentes entradas. Pero nuestro ánimo no es ser un consultorio contable, para eso están los contadores profesionales, sino responder preguntas que pueden ser de interés a todos los usuarios de los sistemas. Y también queremos que los usuarios lean los comentarios, porque muchas veces sus preguntas ya están respondidas más arriba.

  51. Consulta? Si tengo 6 meses trabajados, ganaba 300.000 pesos chilenos, mi contrato termino el 25 de mayo 2015 , cuando puedo cobrar y al menos sacare sobre 50000 mil pesos? (esta es la segunda vez que cobro), y que dia debo acercarme a la sucursal?

  52. Hola buenas pregunta el seguro de cesantía como se paga todo de una vez o te lo dan a cuotas porque ese dinero es de uno y creo que uno debiera decidir o no ?

  53. Quiero saber boy a cumplir 3 años y medio
    Sí renuncio voluntaria mente a que tengo derecho cesantías de ante mano le agradezco la atención prestada espero.me puedan responder gracias

  54. Trabajo desde el 2011 como de marzo,mi sueldo es mayor al sueldo mínimo aora correspondia mas o menos a 320000,cuanto taria sacando en el seguro de cesantia

  55. Puedo cobrar el seguro cesantia con las cotizaciones, ya que el finiquitos que me hicieron el articulo no correspondia al causal del termino de contrato.

  56. Mi papá estabá cn contrato indefinido desde el 1999, se salio del trabajo fue x su segurobde cesantia y no tiene… Es legal qe durante los años de servicio no le ayan descontado ni pagado x el seguro.

    1. Si es legal, el empleador no tiene obligación de cotizar ni descontar el seguro de cesantía si el trabajador contratado con anterioridad a Octubre 2002 no se inscribió voluntariamente. Es obligatorio para los trabajadores contratados desde esa fecha en adelante e ingresan automáticamente al programa y el empleador debe pagar el 2,4 % y el trabajador el 0,6.

      Espero te sirva esta respuesta.

  57. Hola, estoy contratada en dos empresas, quiero renunciar a una, con esa carta de renuncia puedo hacer el tramite para cobrar el seguro de cesantía?

  58. Que puedo hacer tengo 17 de trabajo en la misma empresa ahora se informa q cierra a fin de mes y finiquita pero no a pagado el seguro de cesantia

  59. Hola llevo 6 años trabajando con contrato indefinido … y tengo que renunciar … cuanto deveria sacar en dinero por el seguro … mi sueldo es de 300.000… gracias

  60. Hola, buenas tardes, tengo una consulta…Estuve con licencia durante 1 año por mi hija que naciò prematura, y tomè la decisiòn de renunciar. Podrè cobrar seguro si tuve tanta licencia?

  61. Hola mi consulta es tengo dos trabajos ,los dos contrato indefinido uno de 9años t el otro de 1 año y medio acabo de renunciar al de un año t medio renuncia voluntaria mi pregunta es TENGO DERECHO A COBRAR SEGURO DE SESANTIA ?
    espero me puedan ayudar
    De ante mano muchas gracias !!

  62. Trabajo desde dic. 1993 en la misma empresa sin embargo , solo a fines del año 2009 firme documento para AFC. en el cual aceptaba me descontaran para seguro cesantia. Cual serìa mi situaciòn si me despiden , tendria fondos a cobrar

  63. Hola, mi caso es que he trabajado en la misma empresa (solo los veranos), desde los 15 años de edad, actualmente tengo 18 años, y me sale que tengo solo 4 meses de cotizaciones? Mi pregunta es que pasaron con los meses restantes? Sacando la cuenta llevo mas de 6 meses trabajados, desde ya muchas graciaa

  64. hola llevo 11 años trabajando en una empresa y si renunciara a esta, el porcentaje del seguro se mantiene igual que me despidieran o es inferior.

  65. Tengo contrato a plazo fijo de un año, mi renta bruta es de 441.393.- de cuanto sería mi cesantía si postulo a Fondo de Cesantía solidario.

  66. Como saber si me corresponde el seguro de cesantia si no me descuntan y que hacer si mi empleador no me agrega al seguro trabajo indefinido desde el 2000

  67. Trabajo del 01/04/2002 sin embargo nunca me han pagado cotizaciones para el seguro de cesantía mi pregunta es la siguiente ellos por ley tendrían que haberlo echo o yo tendría que haberlo solicitado . Lo pregunto porque a todas las personas que en mi empresa trabajan se lo pagan y a mí no y nunca me lo dijeron

  68. estimados, quiero saber si renuncio a mi trabajo,tengo derecho a que me paguen el fondo de cesantia.

    atentamente,

    bernardita pumarino bascuñan
    7.081.535-4

    995377927

  69. Yo tuve un finiquito previo (pago de finiquito sin descuento del aporte del empleador antes de ser contratado bajo un nuevo cargo ), y ahora terminé contrato el 11-11-2016, el período a descontar del seguro de cesantía por parte del empleador, es solo por el tiempo del último contrato que tuve o desde que empecé en la empresa, habiendo finiquitos de por medio.
    Gracias

  70. estimados, tengo una duda, primera vez que me sucede que me descontaron la AFC 0,6% pero afectando mi renta liquida, según ellos la hicieron imponible pero de igual forma afecta mi renta liquida y como pase a indefinido así sera de aquí para adelante, sabiendo que yo hice ademas un trato por renta liquida.

  71. Hola alcanse a trabajar 10 meses en la misma empresa y renuncie mi sueldo era variable me gustaria saber cuanto dinero me corresponde aprox. Gracias.

  72. Tengo la siguiente duda:
    Tenía dos trabajos: en uno no pagaban seguro de cesantía, pues soy funcionario municipal y en el otro sí se paga. Quedé cesante del empleo que sí se pagana este seguro. ¿Puedo cobrar igualmente este seguro?

  73. Estimados
    Tengo, diferencias cada vez que subo las planillas a previred, me acusa diferencia en el imponible de los trabajadores con licencia, según entiendo la normativa dice que debo aplicar como base imponible la remuneración del mes anterior al de la licencia, pero cuando reviso en previred, lo que ‘se importo de Laudus, no es ese el imponible que esta como base de calculo, como lo esta calculando?

    1. Estimada Soledad, en teoría hay que tomar el valor del último mes en el que el trabajador trabajó 30 días (si tomamos el mes anterior, y en ese mes también hay licencias, estamos subestimando la renta imponible).
      En la práctica este método nos causa bastantes problemas, ya que en más ocasiones de las que parece no tenemos un mes anterior de 30 días (bien porque el trabajador es nuevo, o porque nuestro cliente acaba de utilizar Laudus en ese mes, y no tiene historia).

      Por lo tanto nosotros preferimos calcular la renta imponible del mismo como si no hubiera días de licencia, y es la base que utilizamos para el cálculo del SIS cuando hay licencia. Es más complejo, porque tenemos que hacer dos cálculos (con y sin días de licencia), pero nos parece más exacto y ajustado a la realidad. Y es una solución que se atiene al espíritu de la norma, ya que se trata de pagar al trabajador como si hubiera trabajado todos los días.

  74. tengo contrato desde junio del 2002 y el 31 de diciembre de este año se me despide mi seguro de cesantia voluntario se empezó a pagar hace 5 años mas o menos,ya lo cobre ($500.000 ). tengo derecho a un seguro de cesantia solidario, tomando en cuenta que tengo 60 años y sera difícil encontrar trabajo

    1. Si tienes contrato de trabajo, automáticamente tienes seguro de cesantía, y debes tener 12 cotizaciones previsionales, sólo con 30 días no hay pago

  75. Si el trabajador tiene licencia médica del mes completo, ¿Cual es la base imponible para el cálculo del aporte del empleador (2,4%)?

  76. Hola, si tengo contrato plazo fijo hasta el 03 de enero y a partir del 04 de enero paso a indefinido, cual es la base y el monto de cesantia que me deben cotizar.

  77. Señores Laudus!
    Saludos, mi consulta tiene relación respecto de la imputación contable del descuento que hace el Empleador del aporte al Subsidio de Cesantía a través del Finiquito.
    Hasta ahora siempre contabilicé los montos en la Centralización de Libro Remuneración, sin problemas.
    Ahora me encuentro con este escenario nuevo, tengo algunas ideas de como se puede hacer pero con ciertas dudas, por eso me gustaría conocer vuestros comentarios.
    Desde ya, como siempre, gracias por sus aportes.

  78. hola, quisiera consultar par estos casos que estamos actualmente por contingencia laboral, como aplica el seguro solidario en casos de rentas sobre el tope, saludos

  79. Estimados, muy buenas tardes, fui despedida en la quincena de mayo 2020. Los últimos 3 meses estuve con licencia médica. Con que renta se calcula para postular al fondo cesantia solidario? El último mes tuve 9 dias de remuneración antes del despido.

  80. Buenas noches, alguien me puede brindar un caso practico de como se calcula este Fondo de cesantia Solidario o cuenta individual de cesantia. les agradeceria.

  81. Estimados,
    Tengo tres trabajadores de un cliente que registran una antigüedad mucho mayor a los 11 años posteriores a la entrada en vigencia del Seguro de Cesantía.

    Ahora bien, LAUDUS deja de calcular los aportes de trabajador y empleador (de acuerdo a la norma), sin embargo, el aporte al Fondo de Cesantía Solidario no aparece en las planillas de AFP.

    Les agradecería sus comentarios

    1. Estimado Miguel, revise por favor la fórmula del Seguro de Ceantía (aporte del empleador), ya que la parametrización básica de Laudus sí tiene en cuenta el periodo de 11 años para dejar de pagar el aporte del trabajador, pero seguir haciendo el aporte de Fondo de Ceantía Solidario. La fórmula correcta es:

      iif(empleado.fechaContratación >= date(2002, 10, 1), sueldo(«Renta Imponible Seguro de Cesantía Empleador»), 0) * iif(empleado.tipocontrato = «indefinido», iif(liquidación.fecha – max(date(2002, 10, 1), empleado.fechaContratación) > 365 * 11, 0.008, 0.024), iif(liquidación.fecha – max(date(2002, 10, 1), empleado.fechaContratación) > 365 * 11, 0.002, 0.03)) * iif(empleado.tipoTrabajador = «C» OR empleado.tipoTrabajador = «N» OR empleado.edad < 18, 0, 1)

      1. iif(empleado.fechaContratación >= date(2002, 10, 1), sueldo(«Renta Imponible Seguro de Cesantía Empleador»), 0) * iif(empleado.tipocontrato = «indefinido», iif(liquidación.fecha – max(date(2002, 10, 1), empleado.fechaContratación) > 365 * 11, 0.008, 0.024), iif(liquidación.fecha – max(date(2002, 10, 1), empleado.fechaContratación) > 365 * 11, 0.002, 0.03)) * iif(empleado.tipoTrabajador = «C» OR empleado.tipoTrabajador = «N» OR empleado.edad < 18, 0, 1)

        Esta es la fórmula actual que esta ingresada. Es tal cual a la que me envían.

          1. Al revisar la planilla de AFP que genera el sistema, en los campos de aporte empleador indica $0.-

          2. Estimado Miguel Ángel, lo primero por favor comprueba que en «\Personal\Tipos de Conceptos de Sueldos» tiene bien configurado el tipo «Seguro de Cesantía, aportación Empresa». Si lo tiene bien configurado, entonces por favor contacte con soporte para revisarlo. Gracias.

  82. Buenos días, quisiera saber si la renta imponible de seguro de cesantía en la plataforma de PreviRed, ¿se coloca completa o proporcional si tengo en el mes una incorporación al lugar de trabajo o en el caso del retiro?

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