El IVA de las Importaciones
Este es un tema recurrente entre los usuarios, y seguramente hablaremos más en futuros post. Por eso es importante ir aclarando cómo tratar el IVA en el caso de las importaciones, y así saber cómo registrar éstas en Laudus.
El IVA es un impuesto que grava el consumo. Por eso a nivel internacional hay un acuerdo por el que el IVA se paga en el lugar del consumo, es decir, en el país donde se van a consumir las mercaderías o servicios. Esta es la razón por la que se paga el IVA en aduanas al hacer una importación, y por la que no se paga IVA al hacer una exportación; no es que las exportaciones estén exentas de IVA, es que el IVA se paga en destino, por lo que el exportador no paga IVA (si las exportaciones fuesen operaciones exentas de IVA en sentido real, no se podría después recuperar el IVA exportador de las compras que generan las exportaciones).
Centrándonos en las importaciones, el IVA lo pagamos al llegar las mercaderías a Chile. La base imponible para el IVA es el costo de la mercadería, más el flete internacional, más el seguro, y los aranceles. El costo de las mercaderías siempre existe, ya que va con la factura de la importación que acompaña a las mercaderías; sin embargo, el costo del flete y del seguro a veces no está documentado con la expedición, y si no se aportan estos datos, Aduanas realiza una estimación de los mismos para agregarlos a la mercadería y calcular la base del IVA. Fíjense que el transporte internacional y los seguros que afectan a éstos van facturados sin IVA, porque el IVA se paga al momento de ingresar la importación.
Y el IVA calculado sobre esta base es que el que figura en la Declaración de Ingreso, y es el IVA que hay que pagar en Aduana por la importación, y es el IVA que hay que contabilizar como IVA de la importación.
Uno de los problemas que se genera es que por lo general el importador no paga el IVA directamente a la Tesorería General de la República, sino que se le da la plata al Agente de Aduanas para que éste realice los pagos en su nombre. Aquí es donde comienza la confusión más típica de los usuarios: al hacer una importación hay varios gastos anexos que se generan, y que los suele gestionar el Agente de Aduanas en nuestro nombre.
Él hace las gestiones, realiza los pagos, y después nos rinde cuentas, además de cobrarnos por sus servicios. Estos gastos son, por ejemplo, la desconsolidación, el transporte desde el puerto hasta nuestra bodega, los exámenes del SAG (Servicio Agrícola y Ganadero), el aforo físico en caso de haberlo, etc.
Pues bien, el Agente de Aduanas hace un resumen de estos gastos, más el IVA y aranceles abonados por la importación, y lo muestra en la misma factura donde especifica sus servicios. Y éste es el problema, que en la misma factura se muestran tanto los servicios del Agente de Aduanas, como los gastos anexos tal y como el IVA de la importación. Los servicios del Agente de Aduanas son sus honorarios (que suelen ser un porcentaje del valor total de la importación), y estos servicios generan una factura afecta a IVA, ya que son servicios prestados por una persona jurídica chilena, y en territorio chileno, es una factura nacional. Y éste es el único IVA del Agente de Aduanas, y no el IVA grande de la importación.
El problema, como he comentado, viene porque el Agente de Aduanas pone en la misma factura sus servicios, y el IVA grande de la importación así como un resumen de los gastos anexos. Está mezclando en la misma factura sus gastos con los gastos anexos, por lo que genera mucha confusión. Lo más correcto sería hacer un resumen aparte con los gastos anexos y el IVA de la importación, y suministrar este resumen como un anexo a la factura de sus servicios; seguramente lo pongan en la misma factura porque les parece más cómodo, pero han generado mucha confusión con esta práctica.
El documento oficial frente al SII para demostrar el IVA de la importación es la Declaración de Ingreso, y no la factura del Agente de Aduanas donde viene el resumen. Muchos usuarios y contadores todavía ponen en el Libro de Compras el IVA de la importación asignado al Agente de Aduanas, y no es lo correcto.
El SII lo dice bien claro en su pregunta frecuente 001.030.2009.004:
Al describir el formato de los Libros de Compras que se deben presentar de manera electrónica, el SII es claro en diferenciar las Facturas nacionales (por ejemplo, el código 30 es la Factura, el 33 la Factura Electrónica, …), y la Declaración de Ingreso, que es el código 914. Al describir qué es lo que debe contener cada documento, la Declaración de Ingreso va asociada al Proveedor Extranjero, al que se asigna el RUT de Tesorerías para darle un RUT que sea válido. Y el IVA de la importación no se asigna a la factura del Agente de Aduanas, ya que éste no ha generado el IVA ni le corresponde la mercadería importada. La declaración de ingreso es la factura de importación, y en su misma línea se pone el IVA de la importación.
Para tener la información más clara del SII, tenemos la pregunta frecuente 001.012.2504.005:
En la siguiente entrada de este blog, pondremos un ejemplo completo de una importación (con todas sus facturas), y cómo registrarla en Laudus y obtener los costos iniciales y completos.
Estimado laudus,
Tu blog ha sido de mucha ayuda y ojalá puedas resolver una duda que tengo. Yo estoy partiendo con una pequeña empresa y he hecho iniciación de actividades en sii. He estado pensando en la posibilidad de importar desde china algunos productos pero como no tengo aun alguna cta cte o tarjeta de crédito a nombre de la empresa no se si eso será problema para respaldar gastos ante sii. Puedo comprar a nombre de la empresa como persona natural? Seria genial que me puedas orientar.
Estimada Ester, no hay ningún problema en importar a nombre de la empresa aunque no tenga cuenta corriente, no tiene que ver una cuestión con la otra, no son excluyentes. Pero lo que no puede hacer es importar a título personal y descontarlo como gastos e IVA de la empresa, eso no se puede hacer.
Estimado Laudus, tengo una consulta. Cómo puedo obtener el Formulario 18 (FIVPS) para después guardarlo y ponerlo en el libro de compras para la devolución de IVA?. Hasta el momento, en Aduanas generan el F-18 y luego pago en mi oficina de correos, pero ahí solo tengo un comprobante, que no es el F.18 completo. Debo solicitar una copia ahí mismo en correos?. También he pagado el FIVPS por internet en Tesorería, pero sólo puedo visualizar parcialmente el formulario (no se puede imprimir, a lo más podría hacerle una captura de pantalla, pero quedaría cortado) y cuando termino el pago también solo puedo acceder a un comprobante de pago, no al formulario completo.
Por otro lado, Segun Marcelo solamente se puede recuperar el IVA a través de la DI. Mi pregunta es cómo la obtengo? Si repito, la persona de Aduanas que revisa arma el FIVPS y se encarga de todo. Por favor, necesito ayuda en esto para hacer las cosas bien. (por otro lado, cuando uno NO contrata un agente de aduanas, para encomiendas menores a $1000usd, cómo habría que hacer para tener la DI?).
Espero tus comentarios al respecto, ya que necesito hacer bien este proceso la siguiente vez para poder recuperar el iva.
Saludos
Estimado Marcelo, efectivamente estás en un área donde hay un poco de «desconcierto» entre lo que dice el SII, Correos, Aduanas, etc. En la Ley y reglamentos no está muy claro (al menos lo que conocemos nosotros, pero no somos expertos en el tema). Si vas al espíritu de la Ley, con el formulario 18 (que deberías solicitar) debería ser suficiente, ya que es un documento oficial que muestra el pago de IVA, y el SII no ha dispuesto otro instrumento.
Pero según comenta Marcelo, que sabe de estos temas, tiene que ser la Declaración de Ingreso, pero ésta no existe en Correos. La gente en general utiliza y presenta los formularios que Correos provee. Después depende del ánimo del fiscalizador en decidir si es válido o no, porque hay argumentos en los dos sentidos.
Desde luego, la Ley habla de importaciones en sentido genérico, y que el IVA se devenga cuando se consuma la importación. Correos actúa como Aduanas en el caso de importaciones vía postal, y por tanto los papeles deberían ser válidos porque la importación se consuma en el momento de retiro de las mercaderías de correos (momento en el cual se pagan los impuestos porque existe la importación).
De todas formas, puede llamar al SII para solicitar información al respecto.
Hola y gracias a Laudus por su ayuda, hace un tiempo compramos unos aparatos electronicos para realizar nuestra actividad comercial, pero el SII no nos dejo recuperar el IVA de esa importación, se nos indico que no estábamos facultado para recuperarlo, ahora debemos comprar mas de esos aparatos pero no queremos perder ese IVA, se nos indico que debíamos ampliar el giro, pero no sabemos cual ese giro que hablan, es decir cual es el código.
Estimado César, cada empresa tiene registradas en el SII las actividades a las cuales se dedica. Por ejemplo, si usted tiene registrado el giro como abogado, evidentemente no podría importar unos aparatos electrónicos porque está fuera de su actividad. Usted puede ampliar giro, y los códigos de actividad los puede consultar en la página http://www.sii.cl/catastro/codigos.htm
Estamos de acuerdo, lo que pasa es que no aparece un código sobre importaciones.
Estimado César, el código no es sobre importaciones en general, el código es sobre lo que vas a importar. Según lo que comentas, el código debería estar dentro de «Comercio al por mayor y menor», códigos 501010 al 526090. Tú vas a comercializar unos aparatos electrónicos, por lo que ésta es la categoría. Si los aparatos electrónicos los quisieras para hacer obras, por ejemplo, entonces tendrías que inscribir un código de construcción.
Estimado
Cuento tiempo tengo para ocupar el iva crédito de la declaraciones de ingreso?? tienen el mismo tratamiento que el iva de las facturas las cuales tienes 3 meses para ocuparla?
Quedo atenta a tus comentarios.
Estimada Muriel, el plazo no es el mismo. Las importaciones tienen que declararse en el mismo mes que se producen. No tiene lógica aparente el separar estas operaciones de las nacionales, ambas son compras y generan IVA, pero el SII así lo dispone.
Estimado, no se si esta pregunta va aca, pero estoy importando productos desde corea, y me llama la atención la diferencia en los cobros de los embarcadores y no me gustaría encontrarme con cobros en destino no contemplados en las cotizaciones, tienes alguna información de los cobros variables en destino que generalmente no se detalla en las cotizaciones, que casi siempre son cotizaciones de flete, desconsolidacion, handling, apertura manifiesto y para de contar, pero que cuando llegue a destino te recarguen gastos que no tengas contemplados…gracias
Estimados , tengo la siguiente situacion , somos una empresa que importa productos de materia prima para la industria quimica y alimentos , trabajamos con la DI la cual mes a mes contabilizamos , separando los montos netos , arancel e iva , segun las instrucciones recibidas por Laudus , sin embargo este año empezamos a declarar por orden del SII las compras y ventas del periodo semestral , formulario 3327 y 3328 respectivamente , me di cuenta que el SII me rechazo la declaracion jurada de compras , porque el valor neto no cuadraba con el iva informado , el problema se genero porque el sistema laudus toma el valor del arancel y lo suma al neto , lo cual es legal , pero , al hacer el cruce de cuadraturas por el sistema del SII este lo rechaza , porque no cuadra el neto con el valor informado del iva , logicamente se produce una inconsistencia que el sistema Laudus no resuelve , si voy y coloco solo los netos correspondientes y el arancel aparte , igual laudus en el libro de compras me suma el arancel al neto , produciendo una distorsion al entregar la informacion , ¿como resuelvo este inconveniente ?, espero haberme explicado claramente, atento a su respuesta , Lorenzo
Estimado Lorenzo, estamos ante un tipo de situación en la cual hagamos lo que hagamos se genera un error. A veces el SII provoca este tipo de situaciones, en las cuales objeta las dos situaciones pero no concreta cuál es la solución.
Por un lado, si no sumamos el arancel al neto, el cálculo del IVA es erróneo, ya que el IVA es el 19% del (neto + arancel). Así que si no sumamos el arancel el SII nos pone objeciones a las cifras entregadas porque no son coherentes.
Y por el otro lado, si agregamos el arancel como debería hacerse, el SII lo rechaza porque no coincide con el FOB de la Declaración de Ingreso. Claro que no coincide, son dos conceptos diferentes.
El problema es que en el formato del Libro de Compras y Ventas Electrónico no figura el arancel como un impuesto que se puede informar aparte. El SII detalla los 33 tipos de impuestos que se pueden especificar en el Libro de Compras y Ventas, pero en ellos no está el arancel (para mayor documentación ver en http://www.sii.cl/factura_electronica/factura_mercado/formato_iecv.pdf páginas 39 a 42).
Nosotros nos podemos adaptar y entregar la información según se requiera, pero no tenemos las normas bien especificadas, y hoy en día se producirá la objeción del SII por un lado o por otro. Es imposible que los dos estén bien. Y el rechazo del SII a un Libro en el que no cuadra el Neto con el IVA (haciendo el cálculo del 19%), es inmediato, mientras que el rechazo que ha tenido usted es sólo si revisan al cliente en concreto. Intentaremos contactar al SII para que nos den la solución óptima, pero con los formatos especificados como están a día de hoy no hay una solución universal.
Estimado, una consulta, he leido todos los comentarios y solo he visto consultas sobre esto en comentarios del año 2010.
¿El formulario 18 me sirve para declarar el IVA?
Muchas gracias, muy bueno el sitio.
Estimados,
El único documento valido para recuperar el iva de una compra es la DI. Para reconocer una compra, no necesariamente ya que dependerá del bien y el giro de la empresa. Conversa con tu contador. El agregar una compra sin que tengas DI Puede significar que termines pagando un 35% mas de impuestos. Como ejemplo busca en internet el caso Google Ad words y SII. Flexiexpress, nuestros clientes son expertos en comex, por eso nos eligen.
Estimado Marcelo, creo que Magno se refiere al formulario 18 de correos, para cuando viene un paquete vía postal y lo desaduanamos en Correos de Chile. En ese caso sí que es válido para aprovechar el crédito de IVA y puede ir en el F29. Por favor Marcelo, dime si tu experiencia es la misma, ya que eres un experto en estos temas. Gracias.
Estimado Marcelo, mi consulta es por el formulario 18 (FIVPS) con el cual se pagan los impuestos de los envíos postales a traves de correo de Chile.
Estimado: Qué sucede con las importaciones que no pagan IVA en Aduana por su bajo valor? A veces pido pedidos de bajo monto y no me cobran impuestos en Aduana, pero mi proveedor en China me envía al correo una factura en dólares. Ese documento me sirve para respaldar la compra de esta mercadería en el libro de compras? Muchas gracias.
Estimada Sandra, Aduanas siempre hace una Declaración de Ingreso, aunque el monto sea muy bajo. Si el paquete vino por Correos de Chile, entonces es posible que no lo retuvieran para el pago del impuesto (no siempre retienen todos los paquetes porque es difícil saber si es un paquete con valor aduanero o no). En ese caso, si usted no va a declarar ese IVA y pedir la liquidación en Correos, no puede hacer uso del crédito de IVA, y ni siquiera presentar esa factura del proveedor chino en su contabilidad.
Estimado Laudus,
Muchas Gracias por tu solicitud de aclaración. Esta ves seré infinitamente más riguroso. El Formulario 18: Importación Vía Postal y Pago Simultáneo ó (FIVPS), Nace en Tesorería en la CIRCULAR Nº 12 de SANTIAGO, 02 DE MAYO DE 2007.
Sin embargo, solo está autorizado como vía de recaudación. Y en su punto cuatro, es muy clara que considera a: Tesorería, Correos y Aduana de Chile. Como los servicios son independientes, el SII no fue incorporado y éste aun no se pronuncia. Por lo tanto el único documento que acepta hasta hoy es la DI. Sería muy interesante que Magno haga la consulta a través de su contador al SII, para que tengamos jurisprudencia sobre el tema.
Saludos a Todos. Flexiexpress, mejor vía para importar.
Muchas gracias Marcelo. Nosotros hemos visto en muchos clientes incluir estos F18 en el libro de compras, pero efectivamente el SII no los considera oficialmente. En la documentación de la Factura Electrónica no está dentro de los documentos reconocidos, y lo que hace la gente es identificarlos como una Declaración de Ingreso.
No creo que el SII objetase este tipo de documentos, ya que es obvio que hay una compra, que dicha compra se ha declarado y pagado su IVA, que hay un RUT de la empresa bien identificado como pagador, etc. Pero todo queda a criterio del fiscalizador, ya que no hay nada escrito ni a favor ni en contra.
Qué tal estimado, comento que recibí una factura emitida en dólares por el almacenaje portuario. El proveedor está autorizado por resolución exenta a emitir sus documentos así. ¿puedo entonces convertir a pesos la factura e ingresarla al libro de compras?
Estimado,
Me queda una duda. Cómo puedo hacer para declarar ese IVA de la importación a mi favor en el SII? Ocurre que – por ejemplo – tengo una factura de un servicio de courier (UPS/Fedex/etc) en donde a un valor de 100.000 su IVA es 19.000, sin embargo el IVA que puedo declarar a mi favor corresponde solo al 19% de los servicios complementarios efectuados por el courier (que es aprox $3.000 de IVA). Como podrás ver, hay $19.000 que no tengo (o no sé) como recuperar.
Estoy comenzando mi empresa y tengo dudas al respecto.
Saludos.
Estimado Cristóbal, efectivamente de la factura del courier sólo puedes descontar el IVA de sus servicios. Ellos te deberían entregar el resto de la documentación.
En varias consultas hemos establecido que el único documento valido es la Declaración de Importación. Sin embargo, las compañías de transporte no especialistas en importaciones, nunca entregan la documentación porque esta no es fácil de conseguir. Solución. Simple, debes contactar a empresas especialistas en importaciones como http://www.flexiexpress.com
Hola Laudus, te una consulta, para poder ingresa al libro de compras una importación,porque el pago a la tesorería fue en junio y la DI fue en julio, puedo que fecha debo tomar?, la de la DI o del pago a la tesoreria? y si esta fuera de plazo que debo hacer?.
Ojala que me puedas ayudar.
Estimada Anne, en teoría hay que presentar la Declaración de Ingreso en el IVA del mismo mes de la fecha de aceptación de la misma (abajo a la derecha de la Declaración).
Si no se hace, habría que presentar declaración rectificatoria.
Ratifico lo que indicas. Se debe presentar una nueva declaración del mes de Junio incluyendo la DI. Las multas por presentar fuera de plazo son bastante bajas y el miedo de los contadores a que esto implicará una fiscalización, son totalmente infundadas. No existe otra forma, salvo dejar fuera la DI o reconocerla como gasto sin recuperar el IVA.
http://www.flexiexpress.com los mejores en importaciones.
hola. viajare desde chile a colombia. me han invitado a una exposicion de mis productos … pero es posible que tambien se venda algo. que tramites legales debo hacer . una exportacion y luego una importacion para traerme lo que no se vendio?? . El monto total de lo que llevo no supera los 8.000 dolares. y soy una persona natural con actividad en sii.
agradeceria su ayuda y orientacion.
Hola estimado. Muy bueno tu blog. Tengo una duda. Traje unos productos desde USA los cuales los entregare a mis clientes como muestras o demostración. Vale decir, no serán venta. Debo de todas formas pagar el IVA al importarlo?
El 6% ad valorem tambien debo pagarlo?
Muchas gracias.
Carlos.
Estimado Carlos, efectivamente las muestras también pagan IVA. Hay todo un tema relacionado con muestras comerciales, material publicitario, etc, que el Agente de Aduanas te puede explicar mejor que nosotros. Es complicado porque material que tú no vas a vender, pero Aduanas tampoco quiere abrir un mecanismo para que la gente declare como muestras material que no lo es.
Estimado Carlos,
Si las muestras son mutiladas puedes ingresarlas con un valor menor a 10USD y no pagar impuestos. La otra alternativa es hacer una admisión temporal de los bienes. De esta forma al reenviar el producto a origen se cierra el caso que debe abrir un Agente de aduanas. http://Www.flexiexpress.com verdaderos líderes en importacionea.
Gracias por la aclaración Marcelo. ¿Y hasta qué límite se pueden declarar muestras, es decir, se pueden ingresar muestras sin límites suponiendo que están «mutiladas»? ¿Y en el caso de que una muestra no sirva mutilada porque se necesita que esté 100% funcional para probar su mecanismo? ¿Y si son muestras que no se pueden mutilar, por ejemplo frascos de fragancia, o sobres de detergente?
Muchas gracias.
hola que tal. tengo una enorme duda soy de mexico e importo de china. y quiero darme de alta ante Hacienda. pero los chinos no me envian facturas para deducir impuestos. pregunta como le hago para que me puedan facturar los articulos importados??. generalmente me llegan mediante Fedex y pago impuesto. pero solo me llega el pedimento de importacion pero no es solo de mi articulo sino de todas las importaciones que se hicieron ese dia de varias personas y a cada aquien nos mandan una copia (sale la lista de los articulos ajenos a mi pedido y ahi sale tambien mi pedido en la lista) no se si me sirva ese documento. alguien q me pueda orientar . gracias!
Estimado Roberto, nosotros somos de Chile y no conocemos los detalles de la legislación de México. Aunque los procedimientos son muy parecidos entre países, no nos gustaría dar un consejo erróneo.
estimado Laudus, quiero exportar aji en polvo desde Bolivia, sud America hasta Miami, que impuestos debo pagar? IT, IVA, Etc. gracias por ;a respuesta!
Estimados
Estoy comenzando mi negocio (comercializadora, importadora y administradora de productos capilares e.i.r.l).. deseo viajar para argentina y traer algunos artículos (que por correo me sale muy caro).. mi pregunta es ¿cuales son los pasos a seguir para ingresar los productos y poder comercializarlos? ¿se paga el impuesto en aeropuerto? ¿se debe llenar formulario? ¿depende de la cantidad que se desea ingresar? ¿existe inconvenientes al ingresar productos cosméticos?… es la primera compra importante que realizaría en el extranjero y deseo hacer las cosas bien.
muchas gracias
Estimada Verónica, si viaja en avión, a la vuelta debe declarar las mercaderías en Aduanas presentando las facturas de compras en Argentina, donde le indicarán el importe a pagar y hacer la liquidación de impuestos. Por lo general se dejan las mercaderías y debe volver más tarde.
En cualquier caso, si está comenzando, lo mejor es que consulte con su contador para no cometer fallos formales y poder después declarar todo en orden.
muchas gracias !!
Estimada Veronica,
Lamentablemente los los productos capilares son de los mas complejos de importar a Chile. Sin embargo, en el largo plazo esto puede ser una ventaja ya que tendras menos competencia.
Los servicios involucrados son: Seremi de Salud y muy probablemente, dependiendo de los componenetes requerirá SNS/ISP. Sin los permisos, te pueden quitar los productos al ingreso al país.
Lo mejor que puede hacer es visitar el area de importaciones del Seremi de Santiago y pedirles ayuda a ellos en que pasos seguir.
Flexi, el verdadero líder en importaciones urgentes. http://www.flexiexpress.com.
Estimados
Una consulta, trabajo en una empresa que está construyendo por lo tanto tenemos solo gastos (de hecho nos queremos acoger al articulo 27 bis por activo fijo).- Mi duda es el Iva pagado a la aduana por el activo fijo ingresado entra en la misma categoría del 27 bis, es decir debo esperar los 6 meses para recuperarlo?
Muchas gracias
Estimada Viviana, en principio debiera ser así. El IVA de una importación, una vez pagado, no debiera ser diferente al de una compra nacional.
Hola, mi pregunta es la siguiente, cómo funciona el tratado de libre comercio? Por ejemplo, yo quiero traer cosméticos de korea del sur (hay TLC con ellos, lo leí, pero la verdad entendí nada), y no sé si el ministerio de salud tiene que ver algo ahí. Aparte: ¿No se paga impuesto si importo desde allá? ¿Se paga impuesto? ¿Cuánto? ¿Menos de lo normal? ¿Qué pasa si me facturan por menos o igual a 35 dólares (q se supone que hasta ese monto no pasa por aduana) y la caja es pequeña? ¿En la factura debe aparecer a que producto corresponde ese monto? Uf, son muchas preguntas y le agradecería mucho que me las resolviera.
Estimada Katherynne, debería sentarse con su contador para que le aclarase ciertos conceptos sobre cómo es una importación. Un TLC suprime barreras arancelarias y administrativas (en teoría). Ello suele suponer el quitar el arancel, pero no tiene nada que ver con el IVA. El IVA es un impuesto, y siempre se paga en una importación.
Cuando hay un TLC se suele hacer un calendario de supresión de aranceles, por lo que el arancel a pagar depende de si ya se ha suprimido o está en un tipo más bajo. También hay ciertos productos que no entran dentro del TLC porque son más delicados (por ejemplo ciertos productos agrícolas suelen estar fuera del alcance de muchos TLC).
En cuanto a los importes mínimos, no tiene nada que ver con los impuestos, ya que éstos se pagan siempre. Pero sí tiene que ver con la necesidad o no de un Agente de Aduanas. Y en la factura siempre se tiene que detallar los productos que van en la importación.
Estimado Laudus, muchas gracias por la gentileza en enseñar estos temas a los que empezamos con la exportación de servicios.
Consulta: Soy contribuyente de 2da Cat. a honorarios, y una empresa china ofrece operar como representante de ventas. Los productos (tarjetas electrónicas) se fabrican en China y exportan a otros países, es decir no se internan a Chile.
Se me ofrece recaudar el total de la venta en Chile, deducir mi comisión y transferir el resto a China; o bien recibir pago de comisiones desde China.
¿Cuál es el tratamiento tributario en estos dos casos? ¿Hay alguno que convenga más para un contribuyente de 2da Cat.?
De antemano muchas gracias.
Estimado Gonzalo, de las dos opciones la única posible para usted es la segunda, por la que recibe una comisión como agente de la empresa China.
Para la opción 1, debería hacer inicio de actividades como empresa (cualquier forma social), porque usted debería hacer una factura al cliente del extranjero. La factura es especial y se llama «Factura de Venta de Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y No Nacionalizadas (FVME)». Este documento se utiliza para las exportaciones en las cuales la mercadería no parte de Chile (como es el caso, ya que parte desde China).
Gracias por la oportunidad de resolver las dudas que uno tiene, mi pregunta es la siguiente: yo tengo un importadora el cual cuando llegan los productos a Chile mi agente de aduana me comenta que tengo que pagar la provision de fondos en donde incluye el IVA aduanero y otros….ese es el IVA de los productos???, porque despues el dia 12 yo vuelvo a pagar IVA???, Me puedes ayudar???. Gracias.
Estimado Christian, sería bueno que repasara con su contador conceptos sobre el IVA. Usted efectivamente paga el IVA en Aduana sobre las mercaderías importadas (como también paga el IVA con cualquier compra nacional que realiza). Pero ese IVA (IVA crédito de las compras) es diferente al IVA que paga todos los meses a la Tesorería. El IVA de final de mes es el resultado de restar todo el IVA pagado en las compras al IVA cobrado en las ventas. Si el IVA por ventas es mayor al de las compras, entonces esa diferencia es la que debe ingresar al fisco (y en el mismo formulario, el F29, se liquida también el PPM, Impuesto Único de los trabajadores, y retenciones sobre honorarios).
Estimado Laudus, me he contactado con DHL y algunas agencias de Aduana, y el valor es elevado,
DHL maximo cobraria $45.000 mas iva…
quedaron de enviarme un detalle, justificando esos $250.000 en 3 dias mas…, la respuesta fue que mi proveedor Chino sabía de estos costos, y no me lo informó.
Hice el reclamo a mi proveedor, y estaremos esperando dicha respuesta, espero que con esta experiencia sirva a otros usuarios que no les suceda esto,
gracias
Estimado Carlos, el proveedor en China no tiene por qué saber los costos de desaduanar la mercadería en Santiago. Estos costos son particulares de cada país, y por lo general quedan en manos del importador, y no del exportador.
En las cláusulas Incoterms, hay un grupo en las que el exportador (tu proveedor chino) se hace cargo de la entrega en destino, pero es poco común. Estas cláusulas son DAP (Delivered At Place), DAT (Delivered At Terminal), y DDP (Delivered Duty Paid). Con ésta última, el exportador paga todos los gastos de entrega.
Pero como ya he comentado, estas cláusulas no son habituales, y lo más normal es que el exportador te venda las mercaderías EXW (Ex Works), FOB (Free on Board), o CIF (Cost, Insurance and Freight).
Si el exportador te vende EXW, significa que tú debes pagar todos los gastos desde su fábrica hasta tu bodega, incluyendo transportes internos en China, gastos de aduana en China, transporte internacional, seguro, gastos de aduana en Chile, impuestos, y transporte hasta tu bodega. Y la responsabilidad del vendedor sobre la mercadería termina en las puertas de su fábrica.
Si el exportador chino te vende FOB, entonces él te pone la mercadería en el puerto chino, paga gastos de aduana en China de trámites para la exportación y ahí termina su responsabilidad sobre la mercadería, y no paga más gastos. Tú pagas flete internacional, etc, hasta tu bodega.
Y si el proveedor chino te vende CIF, él paga todos los gastos hasta el puerto en Chile, incluyendo el flete y seguro. Y cuando la mercadería se recibe en el puerto de Chile, se acaba su responsabilidad sobre la misma. Tú pagas gastos de desaduanaje en Chile, tasas e impuestos, así como el transporte nacional hasta tu bodega.
Hay otras cláusulas de venta, como FCA (Free Carrier), FAS (Free Alongside Ship), CFR (Cost and Freight), CPT (Carriage Paid To) y CIP (Carriage and Insurance Paid to), pero son menos comunes.
Estimado Carlos,
Muchos embarcadores establecen acuerdos con empresas de ventas por internet para poder cobrar gastos locales en destino que son totalmente desproporcionados.
Lo que te tocó vivir sucede a diario y es por esto que las empresas que llevan mas tiempo en el mercado de las compras internacionales siempre compran EXW. Es mas, con algunos embarcadores serios, como Flexiexpress, este embarque por avión te habria salido el mismo costo que estas contando, pagarás maritimo. Ya que todavía te falta pagar las bodegas de desconsolidación en puerto, que dado que no retiraste el mismo dia de arribo, sacarás tu carga de «piso» y por lo tanto te aseguro falta un nuevo dolor de cabeza.
La próxima vez contacta al embarcador en Chile ya que sin duda podrán ayudarte.
Estimado Laudus , junto con agradecer su colaboración a todos en este portal, es que quisiera hacer la siguiente consulta:
1) importe 2 juegos inflables de china, y pague el flete + producto,
ambos juegos pesan en total 82 kilos, me salía una millonada traerlo x algun courier aereo, por lo que opte traerlo x barco.
2) despues de casi 6 semanas, finalmente llega la mercadería a Chile, mañana martes 6 mayo, donde supuestamente mi billetera, estaba destinada a cancelar: iva y el 6% arancel, del producto, que dicho sea paso costo un poco menos de 900 dolares
3) la sorpresa gigante me la llevo es que en el BL, me contacto con la oficina de desconsolidación, que aparece en el pie del BL, con sede en santiago, y me dan la horrorosa cifra a pagar…
Mi idea era haber ido este miércoles a retirarlo en valparaiso, ya que yo vivo en santiago, pero en la oficina de desconsolidacion me dijeron que para retirar la mercadería x concepto de desconsolidación es de casi $250.000 x este concepto.
CONSULTA: por qué tengo que pagar + x desconsolidación, iva y el arancel de 900 dolares, en la aduana, es menos de $250.000 no se supone que el dolor de cabeza para todos los importadores, son los pagos en la aduana, me siento sumamente pasado a llevar x mi importador Chino, no me informó nada de este asunto, y nunca habia pagado tanto,
como es posible que sea mas caro la desconsolidacion que el mismo flete, un descaro y estafa, a quien puedo reclamar esto? lo siento, no quiero ser grosero pero me siento ESTAFADO.., estaba trayendo juegos inflables, no es ningun articulo tan especial creo yo…, entonces no es tan conveniente importar a Chile, ultimamente o siempre existes estas trampitas???
gracias..
Carlos
Estimado Carlos, la cifra que dices de 250.000 pesos por sólo concepto de desconsolidación es muy alta, debes hablar con el Agente de Aduanas y ver mejor qué engloba esa cifra.
Importar en Chile es fácil y barato, sobre todo si lo comparas con otros países. Y no sólo porque es de los países con más Tratados de Libre Comercio del mundo, sino porque en general hay competencia y nivel en los servicios. Pero lo que debes hacer siempre es trabajar con un Agente de Aduanas a priori y tener claros los costes de cada operación. Si no, es imposible saber el precio final y los márgenes.
error
estimado amigo , quiero hacer una consulta tengo una importacion que no se declaro , y voy a rectifcar solicitando el iva credito fiscal de la importacion , pero se genera un remanente fiscal , este se puede recuperar al mes siguiente gracias por su atencion
es
Estimado, excelente su blog, comento siguiente, voy a importar unos productos de E.E.U.U bajo el estándar internacional CIF, mismos productos que son para re-venta en Chile. La pregunta es:
si el producto cuesta $100 y lo revendo a $120, ya pagué I.V.A por los $100 debo pagar I.V.A por $120 cuando lo revenda, o solamente por el delta que serían $20. me explico.
Muchas gracias…
Estimado Claudio, te recomiendo que te reúnas con tu contador para que te explique un poco mejor cómo funciona el IVA y tengas estos conceptos claros antes de hacer el negocio, ya que te afectan a la caja y los precios (recuerda que el IVA no es un costo, salvo que vendas exento de IVA, pero afecta a la tesorería).
El precio CIF no incluye IVA, pero el impuesto sí se especifica y paga en la Declaración de Ingreso de la importación.
buenas,
Estimado quiero iniciar con una empresa de importacion y venta de maquinaria. pero no se que giro debo tomar en SII y como debo justificar ese giro,.
Estimado Alexander, el SII tiene un listado de actividades entre las que usted debe escoger. Hay algunas genéricas para situaciones no contempladas en otras actividades de las listadas.
Una vez escogido el/los giro/s, es el que se especifica en el inicio de actividades. Más tarde también se puede cambiar, si se agregan nuevas actividades a la empresa.
Frente al SII no hace falta justificar a priori ningún giro. Uno dice a lo que se quiere dedicar. Evidentemente después tiene que ejercer ese giro y no otro, ya que si no fuera así en cualquier revisión del SII le cursarían sanción. Pero no hay que justificarlo antes.
Estimado, felicitaciones por este trabajo.
tengo dos preguntas;
1.- En una importación que pagué anticipadamente el 100% de la compra al proveedor y este envía el 100% de los productos, pero solo facturó el 50% de ellos. Que puedo hacer para corregir la operación , documentar correctamente el ingreso,pagar el impuesto correcto,etc.
2.- En una importación que trae productos garantizados. Que pasa al momento de solicitar una reposición de uno de estos producto que llego en mal estado. Debo pagar impuestos por ingresar 2 veces el producto, o existe un mecanismo para no repetir la operación de ingreso.
Gracias por tu ayuda
Estimado Héctor, si el proveedor hizo subfacturación, no hay forma de revertirlo. En todo caso que la próxima importación infle el precio para compensar. Nosotros siempre advertimos que no es buena idea hacer subfacturación (aunque es una práctica muy extendida) por varias razones:
– Al ser el gasto menor, la utilidad es mayor, y se paga más impuesto a final de año.
– El IVA no es un costo, y por lo tanto pagar más IVA en Aduana sólo influye en la tesorería.
– Al ser el pago mayor a la factura obliga a realizar ajustes contables que ensucian la contabilidad y dificultan las conciliaciones.
Con respecto al punto 2, hay mecanismos, pero lo debe ver directamente con el Agente de Aduanas, ya que es un poco burocrático.
Estimado Héctor,
En el primer caso se puede hacer una rectificación con la nueva documentación, pero es un proceso muy largo, tedioso y que depende de la voluntad del Agente de Aduanas. Por lo tanto, a menos que el monto sea significativamente material es mejor no hacer nada.
En el segundo caso, la fábrica debe enviar el material como reposición con un valor infinitamente inferior o definitivamente podrá compensar el problema del punto uno con esta nueva transacción. La forma 100% correcta, pero nuevamente cara, es enviar el producto fallado como salida temporal y solicitar al fabricante que entregue el nuevo producto bajo la misma serie del anterior. Si no deberá hacer una aclaración al ingreso, pues tendrá un nuevo numero de serie al producto de salida y eso significa quedar con dos despachos abiertos. Flexi Express, líderes en importaciones aéreas.
EStimado:
primero felicitarte por el blog.
Mi consulta es como ingresar al libro electronico de compras una factura de servicio internacional de transporte (DHL), pues no viene con declaracion de ingreso y el detalle está todo en la factura: derechos aduaneros,CIF, honorarios de desaduanamiento, iva honorarios desaduanamiento, almacenaje aerosan, iva almacenaje aerosan.
la suma de todos los valores me da el total de la factura, pero nose como ingresar neto e iva.
Graciass
Estimada Romina,
Lamentablemente sin la declaracion de ingreso (DI) no puedes hacer nada. La factura de DHL no aporta nada, tiene menos valor que la fotocopia simple de una factura. Sin embargo, puedes pedir una copia de la DI a DHL pero recuerda tambien pedir la copia del pago a tesoreria.
La diferencia entre un especialista en importaciones y un transportista esta en los detalles. Flexiexpress lider en importaciones.
Estimado, Muy bueno el blog.
Una consulta, quiero formalizar mi negocio que funciona como agencia de viajes (todo lo relacionado con el turismo, compro pasajes, alojamiento, traslados, etc.) y ademas, ahora quiero importar unos productos textiles para hoteles desde España. ¿Puedo constituir una sociedad que realice las dos actividades sin tener problemas con el iva o la importación? o ¿Será mejor separar las actividades en dos sociedades? Muchas gracias
Estimado Hugo, se pueden dar de alta en el SII varias actividades, no hay problema. Y unas pueden ser exentas y otras no. Depende más de usted que desee tener ambas actividades separadas para mayor transparencia y mejor asignación de los recursos.
Realmente muy bueno el blog, quede maravillada, junto con felicitarte aprovecho la instancia de darte a conocer mi pregunta, se efectuo una importacion, se pago debidamente el iva, pero dicho producto fue rechazado por el Servicio de salud, y se pidio la reexportacion de dicho producto, por lo cual en la empresa que presto mis servicios me piden solicitar la devolucion del iva pagado por una importacion que no concluyo, tengo en mis manos la Di, el Dus por la reexportacion, cel comprobante de tesoreria por el pago del iva, la solicitud de reexportacion, como solicito la devolucion de este iva
Estimada Antonella, quien mejor puede aconsejarle en este caso es su Agente de Aduanas.
Estimada Antonella,
Puedes contactar al Agente de Aduanas para que realice la solicitud de reintegro del iva a través de aduana o también puedes hablar con tu contador para que facturen el envío al exterior como una venta (Factura de Exportación). De esta forma, al ser una exportación formal (ya que tienes la DUS), todos los ivas pagados se pueden recuperar. http://www.flexiexpress.com, líderes en importaciones aéreas.
Me interesa iniciar un negocio importando desde USA. Si inicio actividades en SII y después realizo la importación, podré recuperar esa IVA que se paga en la aduana,
Gracias, muy buen blog
Estimado Rodrigo, esa pregunta se ha respondido en varios comentarios. Esa es la forma de poderse descontar el IVA, constituyéndose como empresa e importando a nombre de la empresa. Si va a comenzar con la operación, recuerde antes hablar con su Agente de Aduanas (si no tiene uno entre en contacto con alguno antes de encargar la importación), y su contador.
Estimado, hace unas semanas compré en china y las cosas me llegaron a mi domicilio vía DHL , ésta factura se la entregué a mi contador pero me dice que no la puedo usar por que cuando hice inicio de actividades en sii entregué un domicilio distinto al que aparece en la factura de DHL , es así?,
Saludos
Macarena
Estimada, si el RUT y razón social son correctos no parece que la dirección sea invalidante, pero lo mejor sería preguntar en el SII directamente. De todas formas, si la factura es de DHL, entonces debe pedir Nota de Crédito que rectifique la dirección (modificar la dirección de la Declaración de Ingreso no creo que sea posible, no estoy seguro).
Estimada Maca, Si la factura es de flete solo necesita solicitar una nota de crédito financiera. Si la factura es de recuperación de gatos de internación. No sirve de nada la factura y solo le servirá la DI original con la confirmación del pago realizado a Aduana a través de tesorería. Flexi Cargo. El experto en importaciones
Hola, gcs por tener la amabilidad y paciencia de responder las preguntas.
Proximamente estare en Chile como representante de ventas de una compania extranjera, importare equipos desde estados unidos, constituire una compania para los fines…
quiero saber, si vendo en dolares puesto en puerto de valparaiso, PUEDO HACER UNA FACTURA AL CLIENTE EN DOLARES?????, entiendo que si el producto le cuesta al cliente 1000, yo le debo vender sin iva porque el va a pagar cuando retire la mercancia directamente en puerto…COMO LO HARIA YO PARA DECLARAR ESA FACTURA EN SII, porque entiendo que debo desglosar…y pagar un iva…el iva que no voy a cobrar a mi cliente..no se si me entiendes…
Estimada Alejandra, hay varios conceptos que parece que no tienes claros y que son importantes para tu negocio. Lo mejor es que te sientes con tu contador y el Agente de Aduanas antes de comenzar, y planifiques bien los flujos de dinero e impuestos. Si tú eres representante, tú no haces la factura, la hace la empresa extranjera. Y la factura válida en Chile la emite Aduanas con la información de la importación (se llama Declaración de Ingreso, y contiene el IVA).
Por lo tanto tú no declaras ninguna factura ante el SII, tú debes tener un contrato de representación/comisionista con la empresa extranjera, y eso se maneja de una manera diferente. Por favor, aclara todos estos conceptos bien con tu contador o asesor tributario.
Muy ilustrativo el blog y el feedback que tiene de los usuarios, además de excelentes y rápidas respuestas. Los felicito y aprovecho de hacer una consulta al respecto:
Actualmente represento empresas extranjeras fabricantes de bienes TI, lo que hago es conectarlos con empresas locales y asistirlos en todo el proceso, de manera que a mi me pagan desde el extranjero, el negocio es directo entre las partes. Tengo personalidad jurídica en Chile, obviamente los extranjeros no, y ya estoy ad portas de cerrar los primeros tratos. El problema es que una de las empresas locales me ha pedido que yo facture, pues de otra manera no podrían demostrar el origen, la compra de los bienes ni tampoco sacarle partido al IVA ¿Pueden ellos generar una Factura de Compra propia o necesariamente debo yo facturarles yo para que puedan declarar el IVA de esta compra? Cabe mencionar que el shipping, desconsolidación, pago de IVA y demáses corre por cuenta de las empresas extranjeras. En el caso en que yo deba facturar ¿Sería más lógico que yo me haga cargo directamente con la Agencia de Aduanas? (Quienes por cierto, emiten facturas separadas, evitando la confusión de la que hablan ustedes, pero aún así estoy confundido)
¡Muchas gracias!
Estimado Humberto, no comprendo la razón por la que la empresa chilena prefiere que usted les facture a ellos, ya que de una manera u otra iban a poder recuperar el IVA (importando a su nombre, o que usted les haga una factura).
En cualquier caso, al final es lo mismo, y no debiera suponer un problema para usted, salvo el riesgo de que finalmente el cliente en Chile no desee las mercaderías y usted ya haya pagado el IVA.
Es lo mismo porque usted importa a su nombre, paga IVA y tasas y otros gastos, y después le hace una factura con IVA a su cliente por las (mercaderías + gastos) y ahí le aplica el IVA a su cliente. Usted paga IVA en Aduanas, y carga IVA a su cliente; es un IVA crédito contra un IVA débito que se anulan y su declaración de IVA a final de mes sería cero (en caso de que no cargase un margen adicional al cliente en la operación).
No se puede importar con una Factura de Compra propia, no es un caso admitido, por lo que su cliente no puede hacer eso. Pero, como le he comentado antes, no comprendo por qué su cliente no puede recibir la factura a su nombre desde el extranjero, es un procedimiento muy habitual y transparente.
Por cierto, si en el extranjero le pagan comisiones, debe declararlas en el F50.
Hola, excelente el blog, tengo casi lista una importación desde EEUU y son distintos proveedores que se encuentran relativamente cerca uno de otro. Estoy cotizando con un transportista en EEUU que retire desde los distintos puntos y el le entregue a mi forwarder en el puerto seleccionado. Mi pregunta es como puedo recuperar el iva de la factura por transporte que emitirá el transportista y que no tiene realación con mis proveedores.
Estimada Sandra, las facturas de portes internacionales van sin IVA. Contrariamente a lo que piensan algunas personas, no es que sea una actividad exenta, lo que pasa es que el IVA de las mercaderías importadas se paga en la Declaración de Ingreso, ya que en ésta las mercaderías se valoran CIF, es decir, el costo de las mismas + seguro + transporte; por ello, en ese momento se están pagando el IVA de las mercaderías, más el IVA del seguro y el IVA del transporte.
Por lo mismo, cuando uno exporta no paga el IVA en el país de origen de la exportación, lo cual no significa que sea una operación exenta, sólo que el IVA es un impuesto que grava el consumo, y por eso se paga en el país de destino, donde se consumirán las mercaderías.
Estimada Sandra,
El transporte nacional en USA está excento de IVA cuando el retiro y la entrega se realizan en diferentes estados. Sin embargo, es mas barato y mas simple contactar un Forwarder en Chile ya que la mayoría son capaces de ofrecer ese servicio.
En este último caso, por tratarse de un despacho internacional todo el tramo estará exento de IVA.
Flexiexpress expertos en transporte internacional.
Respecto a las importaciones bajo los 100 USD que no pagan iva en aduanas, que puedo hacer para vender estos productos sino tengo un respaldo a través de una factura teniendo una empresa, dado que los vendedores de ebay por montos inferiores no emiten nada y si emiten algo es muy informal saludos
Estimado Nícolo, no hay monto mínimo para el pago del IVA, todos los productos importados pagan IVA, sean del monto que sea. El IVA afecta igual a productos importados y a productos nacionales, no hace distinciones, y aunque compres un artículo de 500 pesos, igual pagas IVA.
Por otro lado, si quien te vende es un particular, y no emite ningún tipo de documentación a nombre de tu empresa, no va a ser fácil que lo descuentes que como gasto, ni recuperes el IVA, más aún si no pasa por un Agente de Aduanas.
Estimado Laudus,
Lo que mencionas no es tan exacto. Todos los países del mundo tienen una «de minimis» que es el monto desde el cual se cobran derechos de internación. En Chile este monto por vía expresa es de 30 USD y por pasajeros (cuando de trae algo de un viaje) es de 150 USD.
Es decir, si traes un producto que vale 29,97 USD no pagará ni iva, ni nada. En efecto pasará como un documento sin valor. Por lo tanto la mejor alternativa es declararlo por 30,02 USD y eso hará que se realicen todos los trámites de manera formal (eso si, sin agente de Aduana).
En el caso de traerlo por mano como equipaje, basta con declararlo y un funcionario de Aduanas hará el papeleo en Aeropuerto.
http://www.flexiexpress.com, líderes en importaciones
Estimado Marcelo, nosotros hacíamos referencia a cuando se quiere importar algo y tener una factura o documento válido como gasto fiscal. En el caso que mencionas, no sabía los límites de 30 dólares, pero efectivamente tienes toda la razón y pasa por aduana sin declarar.
El problema de no declararlo para alguien que quiere hacer un negocio es que es más caro, ya que al no ser gasto fiscal estás pagando un 20% más a final de año (por el impuesto de utilidades). Y por otro lado, no se pueden justificar las salidas de plata, por lo que hay que jugar con la contabilidad, y complica más el procedimiento.
Y si se declara como un gasto rechazado, tributa al 35%.
Y si además tenemos en cuenta que el IVA no es un costo, entonces no merece la pena intentar que aquellas importaciones que van a ser incorporadas al giro de la empresa no se declaren.
sr laudus, necesito ayuda, quiero importar juguetes desde usa a chile,mi pregunta es, es obligación tener un giro e iniciación de actividades? tendré problemas si importo sin tener iniciación? muchas gracias.
Estimada Danna, si quiere deducirse el IVA entonces sí necesita una empresa, o constituirse como empresario individual. Si no pretende deducirse el IVA, a título personal puede usted importar lo que desee, siempre que cumplan las mercaderías con la legislación chilena.
Danna Importé del oriente como persona natural sin problemas y en una segunda oportunidad lo hice con iniciación de actividades hecha para RECUPERAR EL IVA. Asi vendo legalmente mis productos y no pago IVA hasta igualar el crédito.
gracias por la página. Quiero saber si el pago de IVA es aunque se trate de una maquinaria usada, fabricada en Estados Unidos e importada desde Estados Unidos. El hecho de ser usada no afecta el pago de IVA ?. No hay excenciones especiales en caso de maquinaria de producción ? gracias.
Estimado Laudus
Tengo el siguiente problema un cliente A hizo una importacion de 100 computadores, pero 50 computadores eran para A y 50 para B (empresa relacionada), para hacer uso de crédito fiscal por igual es posible que A emita una factura de venta a B.
Me gustaria saber si existe otra opcion para que ambos ocupen el mismo credito fiscal.
Saludos
Estimado Ignacio, el crédito fiscal sólo se puede utilizar una vez. Lo más normal es que la empresa A utilice el crédito de la importación por los 100 computadores, y después le haga una factura de venta a la empresa B. De esta forma, la empresa A utiliza el crédito de 100 – 50 de la venta, es decir el IVA de 50 computadores. Y la empresa B utiliza el crédito de IVA de esos 50 computadores de la factura entre A y B.
Al final es lo mismo, pero cada empresa utiliza la mitad del crédito.
Buen día¡:
Tengo una cotización por suministros en el modo DDP.
Entiendo que debo asumir el costo del impuesto IVA, mas un 6 % del valor del suministro.
Que otros costos debo considerar para fijar el costo del suministro?
Si la entrega es DDP, debo tomar el servicio de un agente de aduanas? o debo acudir directamente a alguna repartición a cancelar el IVA que corresponda?.
Estimado Carlos, las siglas DDP (Delivered Duty Paid) significa que el proveedor paga todos los gastos de impuestos, tasas y transporte hasta el destino. Pero igual necesita al Agente de Aduanas para que realice el trámite de desaduanaje, siempre que el valor de la mercadería esté por encima de los 1.000 US$ FOB (por debajo de ese valor no se precisa).
Estimado Carlos, Para poder ayudarte falta bastante información en tu consulta. ¿Cual es el valor del bien? ¿Qué contiene? y por último saber si es importación o Exportación, desde hacia qué país. http://www.flexiexpress.com líderes en importaciones.
buenas noches, mi pregunta es : compro minutos internacionales en Alemania, Belgica y Bolivia, los cuales vendo a centros de llamados en Chile y facturo, te debes inmaginar que debo pagar mucho IVA y ademas aparento mucha utilidad.
Es posible acogerme a una resolucion del sii para pagar IVA por las compras realizadas.?
Estimado Sebastián, las leyes de Chile (y del mundo en general) que regulan el comercio internacional de servicios y comercio electrónico están basadas en estándares y leyes de hace 50 y 100 años. Este escenario deberá cambiar en los próximos 10 años, pero todavía ni siquiera la OMC (Organización Mundial del Comercio) ha conseguido dar unas guías adecuadas.
¿En qué se traduce esto que le acabo de exponer? Por ejemplo en que no hay un formulario de autoliquidación de IVA en Chile para poder pagar el IVA en las importaciones de servicios. Es decir, lo más lógico sería tratar un servicio adquirido en el extranjero igual que una mercadería importada. Como el servicio no pasa físicamente por aduanas, lo lógico sería disponer de un formulario para que usted pudiera autoliquidar el IVA.
¿Por qué hacerlo diferente de cuando se adquieren servicios dentro de Chile? En Chile, si usted recibe una factura por un servicio o por una mercadería, puede descontar el IVA igual. Tienen el mismo tratamiento. Sin embargo, cuando lo adquiere en el extranjero no tienen el mismo tratamiento. Esto genera muchas distorsiones.
En el caso concreto de Chile, lo que usted debe hacer todos los meses es rellenar el Formulario 50, declarando todos aquellos pagos que hace al exterior por servicios prestados de fuera. Al declarar el F50, deberá pagar una retención dependiendo del servicio y la vinculación entre las dos empresas. Esta retención suele variar entre un 15% y un 35%, y supone un sobre costo, ya que no se recupera. Por eso se produce una distorsión, ya que al final supone un costo adicional, no como el IVA que no es un costo puesto que se recupera.
Dependiendo de dónde adquiera estos minutos, puede que haya un Tratado de Doble Imposición con ese país que incluso contemple el no pago de dichas retenciones en caso de transacciones entre empresas. Tendrá que revisarlo con un buen fiscalista, pero en principio lo más seguro es realizar el F50.
Perdón, solo una consulta más que seria el Arancel?
Estimada Nancy, el arancel son los derechos ad-valorem. Si no sabes exactamente lo que es, te recomiendo revisarlo con tu contador, y cómo tratarlos correctamente.
Buenos Dias, me ha sido de gran ayuda vuestro Post, pero aun no me queda claro como debería quedar la contabilización del DIN, si yo tuviera que armar la contabilización manual como seria? Por que por un lado registraría contablemente el gasto seria — Proveedor (D) Mercaderías (H) y el DIN como seria Aduana (D) IVA19% (H)???
Estimada Nancy,
es al revés, al Debe va: Mercaderías (por el costo de las mismas + arancel si hay), e IVA crédito fiscal.
Y al Haber va: la deuda con el proveedor extranjero (que no incluye el IVA), y la deuda con la Tesorería por el IVA + arancel (también puede ser con otra entidad si lo ha pagado el Agente de Aduanas en nuestro nombre, a quien se le deba el IVA).
Estimado Laudus, te agradezco enormemente tu respuesta.
Buenos días, mi consulta es la siguiente; trabajo en una compañía que exporta servicios a Centro América, con el tratamiento contable y tributario de las Exportaciones no tenemos ningún problema, pero resulta que por una nueva línea de negocio tendremos que importar un servicio desde un proveedor proveniente desde Costa Rica, cual es el impacto que esta importación tendrá en mis impuestos, es decir esta factura de importación cambiará mucho mi declaración mensual de impuestos y posteriormente mi declaración de Renta Anual.
Cuales son las precauciones o el debido manejo que debemos dar a estas facturas de importación.
De ante mano muchas gracias, que tengan un excelente día y son un excelente apoyo a muchísimas personas.
Estimado José, las importaciones de servicios tienen un tratamiento totalmente diferente y discriminatorio con respecto a las de bienes. En las importaciones de servicios no se aplica el IVA, que en teoría es lo que debería suceder (al igual que cuando se adquiere un servicio dentro de Chile). Debería haber una especie de formulario de autoliquidación de IVA, pero no lo hay.
En los servicios lo que hay que hacer es practicar una retención y declararla en el Formulario 50. El importe de la retención varía en función del tipo de servicio y la conexión entre las dos empresas (si no están relacionadas, o si una es subsidiraria de la otra, o si está participada, …).
Es discriminatorio porque esta retención en la mayoría de los casos supone un sobrecosto.
Estimado José,
Si bien la importación de servicios está fuera de nuestro centro de expertise, ya que en Flexiexpress somos expertos en importaciones de bienes. Es necesario destacar otro punto relevante.
Los servicios importados deben estar relacionados con el giro del negocio, detallados y corresponder a fletes, comunicaciones u otros afines. De no ser así, estarán gravados con impuesto adicional del 35%. Para más información busca que está sucediendo hoy con Google Ad Words, donde el SII está cobrando el impuesto a todas las compañías por los servicios de publicidad en el extranjero.
Entiendo que al pagar el IVA por importar mis productos, SII no me devolverá el IVA si yo vendo mis productos a personas particulares con boletas, (no empresas) ????
Estimado Chritopher, en la medida que tu hagas boletas por tus «ventas» podrás recuperar el IVA de tus «compras», ya sea con facturas en caso nacional o con las DI en el caso de las importaciones. Recuerda realizar las importaciones con especialistas en empresas y no con cualquiera. Flexiexpress.com líder en importaciones.
Gracias Marcelo, la devolución del IVA es una ves al año o por periodos estipulados por el sii?
Es cada mes, y se hace a través del formulario 29. Ojo solo se pueden declarar las DI en el mismo mes. Por eso es importante una empresa que sepa. Flexiexpress.com líder en importaciones.
Estimado Christopher, como dice Marcelo el cálculo a pagar por concepto de IVA se hace todos los meses, en el Formulario 29. Pero no te devuelven el IVA de las compras, sólo se deduce del IVA que tienes que pagar por la ventas. Si las ventas son inferiores a las compras, tú tienes un crédito de IVA (remanente de IVA) que se va arrastrando hasta que lo puedas compensar con ventas.
Ese remanente de IVA nunca se devuelve, a no ser que sea por:
1. Compras destinadas a Exportaciones
2. Compras de Activos Fijos (en cuyo caso se puede pedir devolución recién a los 6 meses de comprado el bien, y si todavía persiste el remanente).
3. Solicitudes de devolución de créditos fiscales por cambio de sujetos; esto no aplica en tu caso.
Si no estás en esos casos, no se te devuelve el remanente de IVA (a no ser que hubiese término de giro, en cuyo caso se aplican ciertos procedimientos de compensación).
Voy a comenzar a importar repuestos de autos de EEUU, necesito saber que documentación debo presentar para solicitar la devolución del IVA pagado por impotar, este tipo de IVA SII me lo devuelve mes a mes o a fin de año?
Christofer se que se sale de lugar pero te recomiendo tango logistic con el ejecutivo Ivan McGaffney te dejo los fonos por si un futuro: celular chile: 5 328 5848 u oficina 2 2445471 me solucionó al momento yo traje repuestos de EEUU y toda información que necesitaba me la aclararon de hecho comparé cotizaciones y supera realmente quedé satisfecho.
Hola. Me gustaría saber cual es el tratamiento que hay que dar a una factura de servicios emitida en el extranjero. Para ser mas especifico, me refiero a una factura emitida en Bolivia para una empresa en Chile por servicios de desarrollo de software (Lo que me imagino se consideraria una importacion de servicios). Gracias
Estimado Alejandro, estas facturas de servicios generan una retención que hay que pagar y declarar mediante el Formulario 50 del mes (se elabora en el mes siguiente al pago). Su contador debe asesorarle en este tema. Depende del servicio prestado, y de la relación entre ambas empresas, la retención varía. En el caso del software depende de si es un software a medida, o es un software estándar.
Gracias por la respuesta. Una pregunta relacionada con esto, el impuesto retenido sirve de crédito fiscal de algún tipo? (Para la empresa en Chile)
Hola, sabes tengo interes en importar desde china, sin embargo no se si también se tiene que pagar IVA aun cuando haya un TLC con ese país. Otra cosa, si quisiera traer una cantidad de productos desde allá, es necesario que tenga una empresa, o puedo traerla como persona natural? gracias.
Estimado Eric,
si quiere saber el arancel exacto, lo mejor es que consulte a su Agente de Aduanas ya que siempre hay ciertos productos que quedan fuera del TLC por motivos políticos, de protección de ciertos sectores, etc.
Y no hay problema si los quiere traer como persona natural, aunque en ese caso no podrá aprovechar el IVA de la compra.
Estimado Eric,
Los TLC rebajan impuestos arancelarios no el IVA. Toda importación se encuentra afecta a IVA.
Flexiexpress, lider en transporte de importaciones.
Estimado
Tengo un problema tengo unas DI que no fueron ingresadas en el mes que correspondía ,se puede ingresar posteriormente realizando una rectificatoria del formulario 29 o tienen un plazo para su ingreso .
Atenta a sus comentarios
Agradecida desde ya …….
Estimada Andrea, en teoría ese es el procedimiento.
Como puedo sacarle al iva el neto con que factor favor si tuviese esa información se lo agradecería .
Estimada Andrea, si se refiere a cómo obtener el neto a partir del IVA, tendría que dividir el IVA por 0,19. Es decir:
neto = IVA / 0,19
Si se refiere a otro factor, por favor especifique. Y si se refiere a las importaciones, tenga en cuenta que de lo anterior se obtiene el CIF, que es el (neto en origen + seguro + flete)
Estimados,
Hace un año inicie actividades para vender camaras que importaba desde USA con eshopex, en la factura sale el detalle de cobros y entre ellos «Iva aduanero neto de flete», este valor es el que yo pongo en la declaración de impuestos (F29) mensualmente, pero me llego una carta del SII, diciendo que hay una diferencia con lo que declaró aduana en el mes de enero, ocurrió lo siguiente:
eshopex me entrego una factura con fecha 3 de enero pero por aduana tiene que haber pasado en diciembre, entonces aduana declaró un monto inferior al que yo declaré en el mes de enero.
Fuí al SII a resolver el tema el día de la citación y me dicen que no saben solucionarlo y que contrate un contador experto en importaciones para solucionar el problema. ¿que debería hacer? ¿tienen algún dato de contadores capacitados?
Tengo plazo este mes de julio para solucionar el problema y estoy muy preocupado.
Quedo atento a sus comentarios.
De antemano, muchas gracias
Estimado Juan,
las importaciones son las únicas compras que se deben declarar en el mes en que se producen. Debe de tener cuidado con este detalle, sobre todo porque a veces la Declaración de Ingreso se hace en los últimos días del mes, y el resto de las facturas de la importación van con fecha del mes siguiente y puede producirse el error. Para las otras facturas que no son importaciones hay un periodo de 2 meses para poder aprovechar el IVA.
En su caso no es que no pueda aprovechar el IVA, es que la cantidad declarada es diferente de lo que figura en la Declaración de Ingreso. Debe contratar un contador, pero no para este caso en concreto, sino para que en general le ayude con los trámites que requieren formación en este campo y estar actualizado.
No debe preocuparse, ya que diferencias en las declaraciones de IVA se producen a menudo. Debe rescatar la Declaración de Ingreso, ver la diferencia que se produjo (el IVA está bien especificado en este documento), y hacer una rectificación del F29 del mes de Diciembre. Desconozco en qué caso corresponde multa o no, pero la diferencia no debe ser muy grande y no debería estar preocupado. Cualquier contador con un nivel estándar puede realizar este trámite.
Estimado Juan,
Uno de los errores más comunes de las empresas que comienzan en el mundo de las importaciones es trabajar con transportistas dedicados al mercado de personas naturales, en vez de buscar alternativas con empresas especialistas en el mercado corporativo.
La rigurosidad de la legislación chilena, en cuanto a plazos y documentos a presentar es muy diferente para personas (que no recuperan IVA ni llevan contabilidad) que para una empresa.
Por ejemplo, Ud. habla en todo momento de la «Factura» de e-shopex.
El SII es claro al indicar que el único documento válido para recuperar el IVA es la Declaración de Importaciones (DI) emitida por Aduana de Chile. Por lo tanto tenemos una contingencia adicional a la mencionada anteriormente pues no se si cuenta con esos documentos.
Lo invito no solo a buscar un contador que le ayude a resolver la fiscalización antes mencionada si no también a buscar alternativas de empresas de transporte focalizadas en empresas.
uf se me fue el negocio a las pailas…, gracias Don Marcelo…entonces tendre que comprar en china o USA o donde haya TLC…., he visto el precio de la competencia y no deja mucho margen….
Estimado Laudus, felicidades x su excelente blog.
Tengo una comercializadora X MAS de 5 años, siempre he operado como distribuidor naciona, pero esta vez quiero importar celulares,
de hong honk unas 3 unidades para probar…, que serian menos de 1000 dolares cif en esta primera compra..
Mis 2 consultas son:
1)al valor CIF tendré que paga el 19% de iva mas el 6% SI O SI en chile, cierto? y despues el neto de mis ventas le resto este gasto y eso me daria la utilidad cierto? o debo agregar costos asociados aparte?? ya que ya los tengo casi vendidos, el problema es que no se que valor venderlo, porque no tengo claro el ejercicio con la calculadora.., y me llaman a cada rato por el valor final, jajajaja,
2) si todo resulta bien con mi proveedor, obviamente traería mas celulares, pero en este caso, para obtener ganancias, veo que el valor de mis productos va a subir porque tendre que pagar a un agente de aduanas, por ser mas de 500 dolares, como ud menciono a un usuario, entonces, ganaré menos por traer mas celulares??? o debo tramitar algun documento que me consolide como importador? disculpe mi ignorancia, pero mi consulta es netamente numérica, ya que no seria honesto subirles el precio a mis futuros clientes..
Saludos
Carlos
Estimado Carlos, lo mejor es que te reúnas con tu Agente de Aduanas para revisar cómo sería todo el proceso en detalle en el momento que quieras importar más cantidades. Efectivamente tienes más costos que los de las mercaderías (y transporte y seguro hasta CIF), como las comisiones del Agente de Aduanas, transporte interno dentro de Chile, aforos físicos en caso de haberlos, almacenaje en puerto/aeropuerto hasta que la mercadería se recoge (desde que llega a Chile hasta que tu camión la recoge), tasas aeropuertarias, …
Con respecto al arancel, ten en cuenta que desde Octubre-2006 rige el Tratado de Libre Comercio de Chile con China, por lo que es muy probable que los artículos electrónicos que quieres traer no tengan que pagar este impuesto.
En esta venta de estos 3 aparatos hazlo como estimes, pero si quieres asegurar el negocio y calcular bien los márgenes necesitas más información concreta que te puede dar tu Agente de Aduanas.
Estimado Laudus, una pequeña corrección. Hong Kong, para efectos del tratado de Libre Comercio, no es considerado como China, por lo que se deberá pagar igual el 6%. Flexiexpress lider en importaciones
Gracias Marcelo, no me había dado cuenta.
Estimado
Compre un equipo en Francia y ahora lo voy a vender a Perú, la orden de compra vino con el IVA de 18% mientras que en Chile el IVA es de 19%. Que IVA debo tener en cuenta para emitir la factura?
Estimado Osvaldo, necesitas ayuda del contador, ya que la operación parece que no ha sido bien hecha. Desde Francia no te pueden facturar con IVA. Si lo han hecho, ahora para ti es un costo y no lo vas a recuperar. El IVA es un impuesto que grava el consumo, y por eso se paga en el país de consumo, no en el país de exportación. Todas las exportaciones están exentas de IVA.
Tú ahora lo debes exportar sin IVA a Perú, y no puedes recuperar ese 18% que te ha gravado el proveedor de Francia, que él declarará en Francia. Desconozo si el Tratado de Libre Comercio con Europa tiene alguna cláusula para poder recuperar este impuesto mal aplicado, pero si es así, no sería fácil.
Amigos:
Definitivamente muy bueno este blog, queria saber lo siguiente:
Paso a Explicar:
Empresa XX (Chilena), le compra Servicios y Asesorías Logísticas a una Empresa YY (Argentina), la empresa YY le emite mensualmente una Factura de Exportación Exenta de Impto. por US$30 Mil. a la empresa Chilena XX, la consulta es:
Es Verdad que considerando que el convenio tributario entre Chile y Argentina concluyo el 31 de Diciembre de 2012, a partir de las Facturas recibidas en 2013, la empresa Chilena deberá pagar los impuestos por las Facturas de Exportación Recibidas y que este impuesto podria llegar al 35%.?
Quedo atento.
Muchas Gracias.!
Estimado Manuel, las importaciones de servicios en Chile tienen un tratamiento muy diferente a las importaciones de bienes, y en cierta forma agregan distorsiones. Cuando una empresa extranjera presta servicios a una empresa chilena, la empresa chilena debe retener una cantidad del total y declararla en el Formulario 50. Esta retención va del 15% al 35% dependiendo del tipo de servicio y vinculación entre las dos entidades. Debe consultar bien a su contador en Chile por el tipo a aplicar en su caso concreto.
Estas retenciones, habiendo convenio de doble imposición, deberían después ser declarables en Argentina, a la hora de determinar el impuesto de la renta, pero depende de cómo trate estas retenciones el convenio de doble imposición. Para determinar cómo descontar esta retención en Argentina debe consultar a su asesor fiscal en Argentina.
Tengo una duda que supongo es básica. Quiero importar una 2 cosas (ropa) cuyo valor son 193 USD y más el costo de envío (UPS) son 338 USD, todo esto para uso propio. Tengo que pagar otra cosa más aparte cuando las cosas lleguen a Chile? Según la pagína, sale Taxes cero pero he leído que parece que todo tiene que pagar o no?
Tengo una pregunta. Vivo en Colombia y debo comprar via online unos suplementos que solo se consiguen en USA. Al llegar a Colombia la compra, me cobran impuestos de importación?
Hola Por primera vez importo de Vietnam (Libre Comercio) USD 950 y no requiero de agente de Ad. La sorpresa y nadie me lo comenta es el pago desproporcionado a los Forwarders (casi un 35%) y es sí o sí. Nadie le ha puesto el cascabel al gato?
Desde el día de arribo del buque: Cuánto tiempo antes debo hacer las gestiones en Aduana para el pago del IVA? Cuál es la tarifa diaria por bodegaje para mi metro cúbico? Si mi prox. importación la realizó por Courier, tengo que cancelar lo mismo a estos Sres. Forwarders? Son algunas de las preguntas que salen al aire. Necesito consejos y orientación. Gracias mil, amigos.
Estimado Juan, efectivamente un courier se suele encargar de todo, pero muchas veces al final son más caros. Deberías cotizar el courier, y un Agente de Aduanas que te preste el servicio completo, y ver cuál de las dos opciones te sale más rentable.
En cualquier caso siempre es bueno para estas cuestiones contar con profesionales, sobre todo si va a ser una actividad recurrente. Tú te centras en el núcleo de tu negocio, y cada profesional te soluciona estos problemas. Y al final un negocio profesionalizado suele tener más garantías de éxito, porque cada uno dedica su tiempo a las labores en las que es más productivo.
Hola tengo una empresa de ventas y compre hace poco en china para mi tienda, me llego por correos de chile, solo pague el valor del producto pero era free shipping , que es lo que tengo que hacer para poder declararlo ? a quien solicito dips?Agradeceriaorientacion
Estimado Alfonso, tienes muchos comentarios arriba con la misma pregunta, por favor revísalos porque te ayudará a ver este problema y otros que se te pueden plantear con las importaciones a través de Correos, o mediante courier.
Estimada Carla, apoyando en todo lo que menciona Laudus, solo quisiera precisar que el tener una casilla en Correos no cambiará en nada tu situación. La única forma de tener una contabilidad correcta con importaciones para empresas, es usar a especialistas en importaciones de empresas.
Gracias, me quedo bastante claro el tema. Saludos y felicitaciones por la pagina.
Con respecto al tema tributario quisiera que me aclararan algo. Me dicen que si no pago el iva de las importaciones que llegan a mi casa al venderlo y dar boleta estoy pagando el Iva por lo que tributariamente estaria en regla, es cierto esto? Gracias
Estás en regla solo en parte ya que no tienes una compra que respalde la venta. Si solo es un porcentaje del total de las ventas no hay problema, pero si el total de tus productos no tienen compras relacionadas, es una contingencia. Por otro lado al vender algo en 100 y comprarlo en 0, estarás pagando 19 en impuestos a fin de año. En cambio si lo compras en 50 solo pagarás 3 máximo en derechos, más 8 en impuesto. Es decir total 11 en vez de 19. Saludos. Flexiexpress expertos en importaciones.
Hola Laudus. Primero gracias por toda la informción entregada, me ha sido muy útil.
Tengo la siguiente pregunta. Estoy iniciando un negocio de importación desde china, he hecho compras por montos pequeños (100 USD o menos) que han sido enviadas a través del correo gratis que ofrece China, la compras han llegado directo a mi dirección, como puedo hacer para pagar el IVA? en el paquete no viene ninguna factura, solo tengo el comprobante de pago que arroja la página web. Espero me puedas ayudar. Gracias.
Estimada Carla,
Los despachos que llegaron directo a tu dirección por Correos ya no pueden pagar el IVA, pues pasaron sin cobro. Correos tiene una ley especial (ley postal) que hace que no todos los paquetes se revisen. De hecho de acuerdo a nuestras estadísticas aproximadamente el 25% no se revisa. Si quieres tener las importaciones en regla para tu negocio y ahorrar dinero a final de año (pues el 19% de impuesto a la renta deberás pagarlo en vez del 6% máximo de internación) debes utilizar otras empresas especialistas en importaciones. Flexiexpress líder en importaciones aéreas urgentes.
Muchas gracias por la respuesta. Me quedan 2 dudas, la primera es como deberia hacerlo entonces cuando estoy importando cantidades que no necesitan agente de aduana y en donde no aparecen esta empresa de correo que me mencionas???? Servira tener una casilla en correos??
La segunda tiene que ver con la contabilidad, es necesario tener un contador para un negocio que estoy empezando? Que tan complicados es el llenado de los libros para una persona que no entiende mucho del tema?? Vi unos instructivos en el SII. Gracias nuevamente
Estimada Carla, nuestra recomendación es siempre intentar hacer las cosas con profesionales. Tanto en las importaciones como en la contabilidad.
En importaciones chicas, debe ir la factura con el envío, y cuidarse mucho de que indiquen bien el RUT de la empresa suya. La gran mayoría de las veces lo va a poder pagar en Correos, y hacerlo también con el formulario 18.
En cuanto a la contabilidad, nuestro consejo es que lo haga con un contador, sobre todo si no conoce el tema. No intente hacerlo con instructivos del SII o cuestiones parecidas, a no ser que desee estudiar la carrera de contabilidad y así poder comprender bien los impuestos y trámites. Para llevar la contabilidad mes a mes no hace falta un contador, pero para firmar el Balance y cuentas anuales sí es necesario.
Hola, tengo la siguiente situacion, hace dos años declare sin movimiento mi empresa, esta era de venta de productos, si bien deje de vender formalmente segui matuteando entre mis conocidos, hace un mes realice una compra en USA como persona natural, hoy surgio la posibilidad de volver a trabajar con mi empresa mi pregunta es como puedo hacer para que estos productos ingresen a mi contabilidad. si no tengo factura de compra.
Hola como registro mi compra y pago de iva si tengo la factura extranjera pero los repuestos que compre nunca entraron a Chile porque se fueron a Peru, por lo que no participo ningun agente de aduanas.
Estimada Camila, si los repuestos están en Perú, ¿cómo ingresaron a Chile después? Si efectuaste una exportación de Chile a Perú de unos repuestos que compraste en otro país, entonces deberías haber utilizado el documento de venta «Factura de Venta de Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y no Nacionalizadas (FVME)». Eso con respecto a la venta a Perú, y es equivalente a un documento de exportación.
En cuanto a la compra, se utiliza la «Declaración Jurada de Compra para Convenciones sobre Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y no Nacionalizadas (DJC)». Es similar a una factura de compras, pero como las mercaderías nunca pasaron por Chile se hace un declaración jurada en cuando a su cantidad y valor.
Estimado,
Tengo un caso similar, la empresa compra mediante una factura cuyo titulo dice : Factura de Venta de Mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas (no las hemos declarado en libro de compra ni en F29). Sin embargo, en cuanto llega el embarque se despachan inmediatamente fuera del país por lo que no se nacionalizan y respaldamos esta venta con facturas de exportación (que reflejamos en el F29), pero nos quedo la duda si realmente era este el tipo de documento adecuado o el mismo por el cual compramos.
Por otro lado, me puede señalar cual seria el número de la declaración.
Estimada Almendra, si la mercadería no entra en Chile (para re-exportarse), entonces debe utilizar el documento «Factura de Venta de Mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas». Esta es la Factura que se debe agregar al F29, es una Factura legal en Chile, que tiene un número de documento diferente al de Factura de Exportación, aunque en el F29 se declara junto con el resto de exportaciones.
Hola! Poseo la siguiente consulta, la Venta de Mercaderías situadas en el extranjero o situadas en Chile y no nacionalizadas” según Oficio N°3259 de 2009, las asimila como ventas exentas, las cuales deben ser incluidas en el cálculo de la proporcionalidad, por lo que en F29 no se debieran informar en código de ventas exentas?
Gracias!
Estimada Daniela, tiene usted razón en que las Facturas de mercaderías situadas en el extranjero a efectos de la proporcionalidad de IVA son como las ventas exentas (por lo tanto forman parte del denominador, pero no del numerador).
Pero es un caso excepcional, y realmente no sabemos la causa de que no sean consideradas como las exportaciones. Seguramente sea porque igual las compras de estas ventas nunca se hicieron en Chile.
Pero en el F29 son consideradas como exportaciones, porque técnicamente son exportaciones, aunque las mercaderías nunca pasaron por la frontera chilena.
Hola, compraré una maquinaria en Punta Arenas, que originalmente fue comprada en zona franca usd 20.000 y no se pagaron impuestos la traeré a Puerto Montt costo usd 8.000, segun me dice el vendedor debo contratar un agente de aduana y pagar los derechos aduaneros respectivos, consulte en SII y me dicen que ese bien ya esta nacionalziado y por tener mas de 4 años solo le corresponde factura exenta, que hacer??
Hola soy una persona natural y compre ropa deportiva en europa por un valor de 52.000 y el servicio de currier me indica que al momento de recibir el envio debo cancelar 48.000 por conceptos de IVA y derechos. mi pregunta es ¿como calculan eso?, ya que es casi el 92% del producto que compre y ¿ese IVA se puede recuperar despues?
Hola, y los impuestos de aduana se aplican tambien a los regalos? lo que pasa es que participé en un concurso de internet y me mandarán un premio, es un set con 4 DVDs de software, revisé en la web y el paquete está valorado en más de 1000US$ pero no creo que pese más de un kilo , pero me da miedo que cuando llegue me cobren en exceso en la aduana. Supongo que el paquete llegará con la carta de felicitación de los organizadores.. Por favor dame un mano, necesito saber si tendré que pagar algo o no porque es un regalo. Gracias y saludos.
Estimada Gabriela, en principio sí paga impuestos. Sería muy fácil no pagar impuestos porque todo el mundo diría que son regalos. Hay apartados que legislan estos temas, al igual que el material publicitario, devoluciones y reposiciones de artículos defectuosos, etc.
Lo ideal sería que se enviaran los DVD con un precio de referencia más bajo. si no es así, el servicio de Aduanas estima el valor de la mercadería en función de tablas y otros criterios. Y sobre ese valor aplica el impuesto, a no ser que tú puedas demostrar otro valor.
Hola, mira tengo una duda quiero importar por primera vez en reino unido mercadería por mas de 1000 dolares (1400), no tengo iniciación de actividades, el vendedor me indica que los productos llegaran a mi casa??, el problema es que es un bulto grande?? me detendrán la mercadería en la Aduana por lo grande del bulto y me harán pagar impuestos?? Favor que debo hacer?
Laudus, como diria un amigo argentino, «sos un mostro!!!!», de verdad te pasaste
Solo eso, para agradecerte y felicitarte por tu ayuda, he leido el foro y estoy pensando en iniciar un negocio de importacion, tendre en cuenta todo lo que he aprendido aqui, gracias a ti.
Muchos saludos y mis respetos.
Muchas gracias Paula. Recuerda que el contador y el Agente de Aduanas son tus mejores asesores, sobre todo al principio.
hola llevo mucho tiempo tratando de encontrar estas respuestas la verdad es que he hecho mil veces este tipo de preguntas y nadie responde nose si es por que no saben o por egoísmo..bueno en fin gracias por tu información. pero aun asi tengo unas preguntas todavía sin respuesta.
quiero importar lotes de cosméticos y alguna ropa de cama y electrodomesticos podre realizarlo sin ningún problema o en aduanas me detendrán el pedido??
bueno sigo dándote las gracias por que por lo menos tengo la mitad de la información que requeria para iniciar mi negocio
Estimada Daniela, en general no hay problemas. En Aduanas hacen las comprobaciones de rigor y estiman el pago de IVA y derechos ad-valorem si procede. Además, a partir de 1.000 US$ es necesario que la importación la gestione un Agente de Aduanas. Si usted no tiene uno, lo más normal es que la agencia de transportes haga el trámite y después lo facture.
De todas formas, lo que debería hacer es contratar un contador que le instruya de cómo hacer los trámites y qué se necesita para comenzar su negocio.
Estimado estoy recien en este tema, necesito comprar productos en canada, el tema es que por ejemplo yo a traves de la pagina agrego productos al carrito de compras y luego al realizar el pago me dice sobre el envio que es UPS, me sale el total de envio y supuestamente ese envio me llega directo a casa… si yo pago el envio y todo, luego me llagan los productos a mi casa como puedo pagar el iva…??? aun no entiendo bien en este caso… saludos
Rodrigo, si no tienes claro el funcionamiento del IVA, deberías consultar mejor a tu contador para no cometer errores con los impuestos.
Rodrigo, el iva de importación entre otras cosas se las tienes que pagar a la persona que te entrega los productos, en este caso sería correos de chile. Pagas y te entregan tus cosas.
Excelente página, siempre llego aquí cuando consulto por Google.
Mi consulta es que nuestra empresa importó una maquinaria, y como garantia de esta compra nos enviaron unos repuestos por Fedex, sin costo para nosotros (No pagamos nada), sólo nos pidieron endosar unos documentos (AWB) y firmar un mandato para retirar del aeropuerto.
Consultando la página de la Tesorería Gral. de la República aparece el Form. 15 y corresponde a la internación de estos repuestos.
¿Que ocurre con ese IVA cancelado por el fabricante externo? No debería poder aprovechar ese IVA ya que nuestra empresa no lo cancelo, ¿O hay otra figura legal?
Gracias de antemano,
César
Estimado César, no comprendo el caso del todo. Pero en general te comentaré que para Aduanas no existen las cosas «gratis». Prácticamente todo paga derechos e IVA, para evitar abrir vías de escape de impuestos.
Hay muchos casos parecidos, como el material publicitario, las reparaciones (artículos que se enviaron en garantía y vienen reparados o en reposición), regalos por volumen, etc. Existen algunos con tratamientos especiales, y tu Agente de Aduanas es quien te puede aconsejar mejor, ya que son los más expertos en estas materias complejas.
Correcto lo que ocurre es que el pago lo realizó el proveedor externo a traves de Fedex, no nuestra empresa a través de nuestro agente de aduana, pero en la Tesorería figura a nuestro nombre.
Entonces mi pregunta es si nosotros no hicimos el desembolso no podríamos ocupar el crédito fiscal, pero esto genera un poco de ruido ya que no coincidirá con la declaracion IVA del mes.
Gracias nuevamente,
César
Estimado César, todo depende de la Razón Social y RUT que figure en la factura, aunque la haya pagado el proveedor. Hay términos Incoterms para que el proveedor lo pague todo (creo recordar que es DDP, Delivered Duty Paid). Pero la factura debe figurar a vuestro nombre.
De no ser así, no sé si habrá alguna forma de recitificarlo, no creo que sea sencillo. Tal vez Marcelo Pérez (que suele contribuir aquí y se dedica a estos temas) pueda ayudarnos. Y si no se puede rectificar, entonces efectivamente no puedes aprovechar el IVA.
mi pregunta es la siguiente que tipo de sociedad me conviene mas para importar
Estimado lokodiez, da igual. La forma societaria te va a influir en otras cuestiones, y no en las facilidades para importar. Consulta a tu contador sobre las diferencias entre las formas societarias, pero tienen más que ver con aportaciones, impuestos, deducciones, etc, que con la operación posible con cada una de ellas.
Estimado Laudus, junto con saludarte, te consulto lo siguiente: Es sabido que el iva de la declaracion de ingreso es rebajada en el formulario 29 recuadros 534 y/o 536, pero necesito aclarar qué pasa con los derechos aduaneros, que igualmente son pagados junto con el 19% en el formulario 15 a la Tesorería General de la República, estos derechos aduaneros son igualmente recuperables en la declaración de impuestos form.29?
Estimado Nelson, los derechos ad-valorem que son pagados al importar no se incluyen en el F29. Se generan y liquidan en el momento de la importación con la Declaración de Ingreso. No hay acción posterior que realizar con ellos (no es como el IVA que después siempre va a la declaración de IVA según el F29).
Hola, una pregunta: importando se paga IVA en la aduana.
Se aplica IVA otra vez al vender el producto.
Pero entonces el usuario final paga el IVA 2 veces?
Estimado Franz, el IVA es un impuesto que en concepto es sencillo, pero cuya aplicación al principio genera preguntas como la suya. Estos conceptos básicos del IVA se los debiera explicar el contador. Pero a su pregunta le respondo que no, el IVA no se paga 2 veces, porque lo que usted paga en aduanas lo recupera en la declaración mensual de IVA (es un crédito de IVA).
Buenos dias , me gustaria cual es el codigo que debo ocupar como iva de una din (178) o (91)
agradecida
Estimada Beatriz, ¿a qué código se refiere?
El IVA es el 178. El 91 corresponde al total incluyendo derechos.
Efectivamente así es. Yo estaba despistado mirando la declaración del IVA en el F29, y no me cuadraban los códigos. Y los códigos en la Declaración de Ingreso son como dice Marcelo, el 178 para el IVA en dólares USA.
Estimados
hace poco comencé a trabajar con laudus y tengo varias duda con el concepto de valor agregado:
tengo un producto 1 y un producto 2
el producto 2 (es el producto 1 pero con mejoras) y tiene el siguiente proceso:
el producto 1 llega a mis bodegas, cuando un cliente me pide un producto 2 este sale de mi bodega para ir a una empresa (que no tiene nada que ver con la mía) que le hace arreglos ejemplo pintarlo. Días después vuelve a mi bodega pero como el producto 2
la duda es:
¿como contabilizo el valor agregado a las mercaderías y su transformación final?
¿como contabilizo los días de demora de la transformación tomando en cuenta que algunas veces llegan con días de desface?
Traté de ser lo más explicito y didáctico posible
Estimado Juan, lo mejor posiblemente sea incorporarlo a un proceso productivo, aunque se haga fuera de la empresa. El valor agregado lo puede incorporar como un servicio dentro de la «receta» de producción. De todas formas, estos temas es mejor que los veas con la mesa de soporte (2 235 6600), para no «ensuciar» el hilo de la conversación sobre el IVA de las importaciones. Muchas gracias.
Hola, quiero felicitarle por su excelente blog, tambien quiero hacerle una consulta, por primera vez quiero importar desde china a chile, por una suma de 70 dolares, pero necesito que me oriente a los demas gastos que tendre que pagar, respecto al envio ( la pagina del proveedor dice que hace envios gratis, pero no entiendo bien a que se refiere esto, sera al transporte imagino?) tengo entendido ademas que por ese monto que quiero importar no pasa por aduana? y tambien quiero saber sobre el IVA ya que tengo entendido que al llegar al correo de chile ahi se debe pagar, pero yo nunca he hecho iniciacion de actividades, por lo que nunca recuperare el iva, o de igual forma se puede recuperar de algun modo? mi idea final es importar para vender, por lo que tendria que mas adelante iniciar actividades, bajo cualquier giro? Gracias y espero su respuesta para orientarme en este nuevo proceso.
Estimada Andrea, quieres comenzar un negocio pero tienes demasiadas dudas sobre qué significa eso. Lo mejor es que te asesores con un contador que te explique un poco más en detalle todo el proceso, y de paso las importaciones. Por un importe tan bajo como 70 dólares no te merece la pena hacer nada más que ir a correos y pagar lo que te indiquen. Y efectivamente hasta que no comiences la actividad no podrás descontar IVA.
Hola, necesito un poco de orientación.
He comprado unos repuestos para mi vehículo desde China y he solicitado el envió por vía de una empresa (Fedex, UPS), a domicilio, en que momento debo pagar el IVA e impuestos para la internación del producto,
Francisco,
Cuando el envío arribe a Chile UPS o Fedex, harán los tramites de internación a nombre de quien pidió los bienes. En ese momento te cobrarán el IVA (y el 6% de internación, el que muy probablemente deberás pagar pues ni UPS ni Fedex se preocupan de los certificados de origen).
Antes de entregarte el envío deberás hacer el reembolso de los impuestos ya pagados por ellos. http://www.flexiexpress.com líder en importaciones urgentes.
Primero de todo felicitarte por este BLOG! 🙂
Me llamo Maite y tengo una duda sobre este tema:
Soy autónoma y quiero comprar unos productos digitales en Moldavia ( van por via internet y no pasan por aduanas ). El vendedor no me puede hacer factura porque no tiene empresa; ya que no ingresa más del limite legal en Moldavia.
Yo voy a revender estos productos pero no sé como tengo que declararlos a Hacienda, puesto que no tengo factura de compra.
Como tengo que declarar estas compras y ventas? y el tema IVA cómo funciona en este caso?
Saludos y enhorabuena!
Maite
por cierto, soy de España!
Estimada Maite, desconozco las leyes españolas en este sentido, pero estos procedimientos son más o menos genéricos. Deberás tener una prueba del valor ante Hacienda y declarar el mismo. Este punto es el que desconozco, cómo declarar una importación que no ingresa por aduanas, pero siempre debe haber algo establecido. Pregunta a las autoridades aduaneras. Ten en cuenta que los primeros interesados siempre en transparentar impuestos es Hacienda (en Chile se llama Servicio de Impuestos Internos, por si has leído el blog).
Excelente el blog, felicitaciones
Tengo un problema práctico, por un error de mi agente de Aduana se pagó DOS veces una DI (por vía electrónica y por cheque), por tanto en mi contabilidad tengo Dos Ivas pagados y solo 1 DI para ingresar al libro de compras, ya que sé que este es el único documento para recuperar Iva. El agente de aduana me envió un Nota de débito respaldando el segundo pago de más por esta DI (F15). QUÉ DEBERÍA HACER PARA RECUPERAR EL IVA PAGADO DOS VECES A TESORERÍA?, ya que no encuentro pertinente ingresar la N.Debito del Agente de aduana para recuperar el Iva pagado de más.
Hola, felicitaciones por su blog, muy interesante y practico. Tengo una consulta que me tiene bastante complicado. Me inicié como importador de artículos electrónicos, todo iba bien hasta que me llegó una carga desde Corea del Sur, a pesar de que pedí que la factura viniera a nombre de la empresa con atención a mi nombre se confundieron y la pusieron a mi nombre mío con atención a la empresa, después de mucho tratar de que cambiaran los nombres en Correos de Chile, en el que me solicitaban una carta de parte del proveedor en el que indicará el error, me dijeron que la solución demoraría de tres a cuatro meses. Finalmente solicité la liberación de la carga a nombre mío. En casos como estos, en el que en el documento que viene con la carga igual aparece el nombre de la empresa, no hay nada que hacer?
Lo que tienes es a cuatro organismos estatales que deben coordinar la corrección del error de tu proveedor:
Aduana, Correos, Tesorería y SII.
Basado en mi experiencia, serán más de cuatro meses, varios gastos en notarios, rechazos varios con al menos tres viajes al aeropuerto en horarios específicos.
Eso es lo que debes sumar si te conviene o no. Por último, la factura y la AWB deben tener el mismo consignatario. Flexiexpress, líder en importaciones urgentes.
Estimados,
Los felicito por el blog, gracias a sus comentarios voy aprendiendo a manejar mejor la información. En relación a este tema, tengo una duda:
En una empresa la cual llevamos la contabilidad, me encontré con importaciones efectuadas por un courrier, el DIN viene a nombre de la empresa y el courrier hace la factura por los gastos incurridos en la importación (ellos cancelan el IVA en la tesorería, los derechos, gatos de internación, etc.). El único problema va en la contabilización, las facturas llegan atrasadas y generalmente no contabilizan el DIN como importación, solo estaban contabilizando la factura del courrier, frente a este caso:
¿Que pasa cuando la empresa no declara en el F.29, el DIN como factura de importación (existe una omisión al contabilizar)?, ¿Debo rectificar e informar sobre estos documentos?
El IVA de los DIN, para aprovechar el crédito fiscal ¿Tiene que ser declarado en el periodo o tiene un plazo de 3 meses como las facturas normales?
Espero que me puedan ayudar.
Saluda Atte.,
Eileen,
Estimada Eileen,
las importaciones se deben declarar en el mismo mes que se producen. En este sentido no tienen el mismo tratamiento que las compras nacionales. Si no has ingresado la importación en el periodo correspondiente, puedes hacer una rectificación del F29 (que sería lo correcto), o puedes ingresarla en el mes siguiente y si hay revisión del SII explicarles el «despiste».
No comprendo bien por qué con las importaciones son más estrictos, teniendo en cuenta además que es un crédito de IVA, y que para el SII cuanto más tarde se utilice en principio en más conveniente. Además las importaciones son unos procedimientos muy controlados por el SII y Aduanas en los que es difícil hacer evasión (salvo que se declaren valores menores de los reales).
Las facturas emitidas por las empresas de courier no corresponde emitirlas, ni menos contabilizarlas.(ORD. N° 1161 DEL 28/05/2007) El SII ha sido muy claro en sus circulares que el único documento valido es la Declaración de Ingreso (DIN), la que debe ser ingresada el mes de emisión.(pregunta id 001.012.1617.002) http://www.flexiexpress.com líder en importaciones.
Estimado Marcelo, pero creo que en el caso de Eileen la Declaración de Ingreso viene a nombre de la empresa importadora, por lo que entonces sería el caso normal. Y que el courier sólo emite facturas de gastos, donde refleja el saldo a pagar por otros conceptos (IVA, etc), pero que no forman parte del neto facturado por el courier.
Evidentemente tienes razón en que el courier no puede emitir una factura en reemplazo de DIN, por el valor CIF de la mercadería, como si fuera Aduanas.
Laudus, efectivamente lo que mencionas es correcto. Las DIN deben estar correctamente emitidas y si se contabilizan solo ellas todo estará ok. Sin embargo, tengo ejemplos de varios courier donde facturan como si ellos fueran aduanas. Ademas, salvo Flexiexpress, ninguna compañía courier cumple la circular que indica que no se puede emitir factura por este concepto.
Hola,
necesito saber si alguien me puede explicar lo siguiente:
la pagina web de mi empresa se creo que con WIX, a quienes les debemos cancelar por alojar en su base, el punto es que como justifico el IVA? si ellos envían una factura pero solo con el valor neto.
Ej. el alojamiento que escogí vale US$100 y la factura viene por US$100. hay forma de agregarle el 19%?? tengo entendido que hay una norma internacional en la que se trabaja IFRS, pero no manejo bien esa información.
Finalmente, como consigo justificar IVA en este caso?
espero me puedan ayudar.
Estimado Claudio, las IFRS no tienen nada que ver con este tema, son dos cosas diferentes. Las IFRS son normas internacionales de contabilización, y su problema es de justificación de un gasto sin factura nacional válida.
Es el problema que se genera porque el SII nunca se ha tomado muy en serio la importación de servicios (o porque sea difícil de manejar).
En estos casos no se hace una importación con IVA porque no hay procedimiento para hacerlo. Se suele hacer una retención sobre servicios externos prestados, y depende de los mismos. Consulte a su contador.
Hola tengo una consulta. Realice una importación en la que pague los impuestos y demás tributos aduaneros. Pero la he enviado de vuelta a mi proveedor en China, debido a falla en el articulo importado, por lo cual me hará la devolución de un nuevo producto o bien me enviara el mismo artículo de vuelta pero arreglado.
Cuando dicho producto que he cambiado, sea nuevo o el mismo pero arreglado ¿deberé volver a pagar impuestos y demás atributos nuevamente?
Estimado Rodrigo, estos eventos son frecuentes y hay un procedimiento para ellos. Debes hablar con tu Agente de Aduanas para revisar qué hacer en estos casos, o cómo son las condiciones de la factura de reparación y/o envío de la pieza para poder evitar el pago doble de IVA.
Rodrigo, Si o sí, deberás volver a pagar porque que producto no es el mismo (serie diferente). Lo único que puedes hacer es que tu proveedor te envíe el nuevo producto valorizado a costo, cosa que el impuesto baje radicalmente. Además si es hecho en China y te envía el Form F, solo pagarás IVA. http://www.flexiexpress.com líderes en importaciones urgentes.
yo tengo un local comercial en chile y creo que es hora de empezar a importar, pero tengo duda, quiero importar productos desde peru estoy pensando en viajar para alla, lo que pasa es que me contacte con los proovedores de ropa de peru, pero ninguno emite factira exenta para exportacion,como puedo hacerlo ya que pagaria 2 veces iva alla y cuando ingrese los productos a chile existe algun documento o factura que pueda emitir para evitar esta doble tributacion o como se hace para evitarlo.
Buenas tardes
Tengo la siguiente consulta. Tengo que comprar unos repuestos para una prensa digital Xerox DC250 en EEUU, ya los encontré y me contacté con el proveedor, el costo es de unos US$ 670 aproximadamente. Sin embargo nos estoy claro con que costos adicionales deberé incurrir para que me sean despachados. Claramente faltan los del flete a Chile, pero deberé cancelar otros costos adicionales ?
Quedo atento a sus gratos comentarios
David Cabrera G.
Concepción, Chile
Estimado David, para un costo pequeño de 670 US$ lo más habitual es traer los repuestos por courier (DHL, TNT, etc). Estas empresas se encargan de todos los trámites, y le podrán dar el importe preciso de transporte y otras tasas, ya que los aranceles con EE.UU. ya casi no existen por el Tratado de Libre Comercio.
En una importación puede haber muchos costos asociados, como por ejemplo transporte, seguro, aranceles, almacenaje en puerto-aeropuerto, tasas aeropuertuarias, honorarios de agente de aduanas, revisiones del SAG, portes dentro de Chile hasta destino final, aforo físico, etc. Depende de lo que se esté importando hay que pagar unas u otras.
David, si la prensa digital es fabricada en USA, debes pedir que la factura lo indique claramente «made in USA» y debe viajar directamente desde USA. Las empresas de courier no te darán los costos porque no hay gente que sepa calcularlos de antemano.
Flexiexpress es de las pocas que te puede informar y traer este tipo de despachos. El valor FOB de 670 USD, te permite ingresar sin necesidad de agente de aduanas. Los valores que debes tener el el flete con el cual calculas el valor CIF (C=670, I=2% del total y F= flete) el si fue fabricado en USA, pagarpas solo el IVA sobre el CIF si no debes calcular primero un 6% sobre el CIF y luego el 19% sobre el total. Es decir aproximadamente un 26% del CIF. Los otros valores como SAG, Aforos, Registros de reconocimiento, etc. No aplican en tu caso. Las empresas de Courier te cobrarán adicional al flete y los impuestos «Gastos Terminales» los que vaían entre 40 y 80 mil pesos para tu despacho. flexiexpress líder en importaciones aéreas.
Hola, para hacer mi consulta les cuento que yo importo (luego revendo) y me llegan formularios de importación vía postal (FIVP) a mi nombre y dirección, donde me informan que debo pagar impuestos.
Para recuperar esos impuestos (30%) me sirve constituirme como EIRL (Empesario Individual de Responsabilidad Limitada)?
Para eso, el FIVP, basta que venga con mi nombre y dirección o bien necesita el nombre de la empresa que he constituido, al igual que factura comercial y transacción bancaria?
Cabe señalar que todos esos impuestos se calculan en dólares americanos, que es el método con el que hago mis transacciones. Así y todo me gustaría saber cómo puedo recuperar lo que pago en impuestos (tengo que dar boletas), y si iniciarme como EIRL, es la solución.
Hola
Rodrigo, yo estoy en la misma situación y consulté a un agente de aduana y me dijo que debía ampliar mi giro como IMPORTADOR para recuperar esos impuestos como persona natural. ahora voy a comprobar si eso es efectivo.
estimado, hace unos 8 meses que realizo importaciones desde el extranjero, luego de realizar inicio de actividades, y al momento de solicitar el timbrado de facturas y boletas, me solicitan una factura de mi proveedor, por ende les presente los correspondientes invoice y con ellos les agregue el comprobante de pago, de esta forma me permitieron timbrar y declarar mis impuestos en base a estos dos documentos. espero sea de utilidd
Muchas gracias por mantener vivo este interesante blog. Tengo una consulta, resulta que traje un producto via courier el cual fue facturado en su origen por un valor menor al pagado por mi y lo tienen retenido en la aduana ya que al parecer en la inspeccion se «sospechó» que el valor era mayor al de la factura. Que se hace en estos casos o bien que me recomiendan?. Muchas gracias.
Estimado Raúl, en general no es buena idea la «sub-facturación». Ten en cuenta que el IVA no es un costo, por lo que realmente lo único que te ahorras es el arancel. Sin embargo el arancel en Chile es bajo, y con muchos países ni existen por haber tratados de libre comercio.
Y sin embargo, al haber declarado un menor costo, en contabilidad tienes un menor gasto y por lo tanto mayor utilidad. Con lo que al final de año, en caso de haber utilidades, acabas pagando más impuesto.
Si en Aduanas sospechan de menor valor creo que pueden utilizar ciertas tablas y aplicar un valor mayor para calcular los impuestos.
Raul, tube el mismo problema hace un tiempo atras, traje unas prendas desde P.R y mi proveedor las declaró por un valor menor al real, bueno, me llegó una carta desde el CDT de Quilicura pidiendo papeles que demuestren el valor real de la compra. Lo que tienes que hacer es: Enviale esos papels que te piden al correo que te dan, si no los tienes, tu mismo puedes otorgarle un valor a las prendas. Es importante que te consigas el numero de ellos ya que suelen demorarse bastante en el proceso, onda para que los vallas apurando.
Adulterar o inventar papeles es constitutivo de delito y pude ser llevado a los tribunales aduaneros. Lo que corresponde es aclarar con lo realmente pagado y explicar exactamente que el proveedor fue el que cambió el valor. Flexiexpress experto en importaciones.
Hola, quiero comenzar un emprendimiento basado en el sistema dropshipping y quiero hacerlo dentro de la legalidad chilena.Me quiero contituir como una empresa. En resumen el sistema consiste en que compro a mi proveedor en Asia y éste envía el producto directo a mi cliente que está en Chile. ¿El pago del IVA en aduana lo podría hacer yo, aunque el producto viene a nombre de mi cliente? ¿Puedo solicitar que la factura de mi proveedor sea entregada a mí y que no esté en el paquete de envío? ¿Existe alguna manera legal para que mi cliente (que es una persona natural y que no usa el IVA) no se entere ni pague el IVA en la aduana, sino que lo pague yo? Esto para evitar cualquier molestia extra a mi cliente y que él se preocupe solo de comprar y esperar que llegue el producto.
Muchas gracias.
Estimado Óscar, en tu caso creo que lo más lógico es que la mercancía la importes a nombre de tu empresa, y dentro de Chile la despaches al cliente final. De esta forma podrás declarar el IVA y los gastos, y todo será más transparente. Sobre todo si el cliente final es un consumidor final.
Hola, quiero intermediar o asesorar seguros de carga a los importadores con compañías de seguros en el extranjero y quisiera saber como registro contablemente los movimientos ya que le vendo o asesoro en la compra al cliente este seguro, el cual se emite el certificado ya a nombre del cliente
Hola
Estoy haciendo una importación desde EEUU y estoy contratando por mi cuenta el flete y el seguro y a su ves con distintas empresas el flete y otra para el seguro. quisiera saber como lo hago para la internación y como registro contablemente la compra del flete y como registro la compra del seguro?
Estimado Miguel, las facturas del flete y seguro se ingresan contablemente como cualquier otra factura. Van sin IVA porque el IVA de estas facturas se paga a Aduanas con la Declaración de Ingreso.
Es decir, Aduanas calcula el costo CIF de la mercadería, agregando al FOB el seguro y flete pagado. Y sobre este costo CIF aplica el IVA. En ese momento es cuando se paga el IVA de seguro y flete.
Hola, muy interesante el articulo, sin embargo algunas cosas no me quedan claro. Primero existe una cantidad limite para no pagar impuestos. Como se hace si pago iva en argentina e iva aca en chile. Donde consigo certificacion de origen para los productos que traigo de Argentina por mano y por tierra. Gracias
Existen varias formas pero la mayoría se reduce a la siguiente pregunta: ¿tienes alguna forma de recuperar el iva de tus compras como persona natural en Falabella?. Si tu respuesta es sí, entonces tienes la forma de recuperarlo. Si por el contrario es no, no podrás recuerar nada. No hay diferencia en el iva de una importación de P.R. que el iva de una compra en una casa comercial. FLEXIEXPRESS líder en importaciones.
Hola!
He realizado varias importaciones desde P.R. por las cuales he tenido que pagar a la agencia de transporte al momento de llegar a domicilio impuestos relacionados con la importación. Como persona natural mi pregunta es si hay alguna forma de recuperar estos impuesto. Muchas gracias.
Buenos días, tengo un proveedor en China de productos para minería (bits y martillos para perforadoras), mi proveedor me pregunta cuanto impuesto se paga por una importación, por ejemplo de usd$10.000, considerando TLC, e importación con certificados de origen, gracias.
Si el proveedor emite el Form F y viaja directo desde China (no Hong Kong ni Taiwan) solo paga IVA . FLEXIEXPRESSS lider en importaciones.
Buenas Tarde hice una compra por internet de unas playeras desde italia hacia méxico con un costo de 176 Euros con envío incluido, el envío se realizo por UPS. Me estan cobrando 1892.5 pesos por impuestos aduanales, ¿Es correcto?.
Andrea
Consulta, tengo que importar desde España (matriz) a agencia en chile, lo correcto es que lo haga vía Agencia Aduanera y no con carta en Banco Verdad?.. Mi consulta es si transferir los dineros de pago de aduanas e iva a mi cta cta hasta que apertura una para la sociedad o tengo que esperar hasta abrirla… es requisito por algun organismo fiscalizador… yo se que ustedes no ven el tema, pero saben por casualidad??
Estimada Andrea, una cosa son las mercaderías a importar y su trámite, y otra muy diferente cómo pagar las mismas. Creo que tiene conceptos muy mezclados, y sería bueno que su contador le aclarase los mismos.
Hola necesito su orientación eh importado desde China y la fecha de la compra es anterior al inicio de actividades, me dijeron en el sii q tengo hasta dos meses para declarar la factura, tengo una factura de Dhl solo con un valor ese seria el IVA q debo declarar ?? Y en que formulario ?? Por que tenía entendido q se puede en el 29 pero eh visto q comentan acerca del 15 pueden orientarme ??
Estimado,
felicitaciones por tu blog, realmente entrega informacion muy util. Mi consulta quiza se sale un poco del tema, pero espero me la puedan aclarar ya que no he encontrado respuesta. Tengo una sociedad limitada y estoy inscrito en facturacion electronica mypime. Mi duda es la siguiente: Como registro en el libro de compras electronico del portal facturas por servicios de proveedores en el extranjero, que no son importaciones, ya que se trata de servicios intangibles (por ejemplo hosting de paginas web) y por ende no existe importacion ni declaracion de ingreso?
De antemano muchas gracias
Estimado Jaime, esa es la pregunta del millón. En Chile están muy mal reguladas las importaciones de servicios, y no están equiparadas a las de mercaderías.
Desconozco las razones que tiene el SII para hacer esta distinción, ya que en la mayoría del mundo las importaciones de servicios pueden declararse con IVA, y así recuperar el IVA. El problema práctico que se genera es la documentación, ya que al no pasar por Aduanas, se complica la declaración del gasto y abono del IVA.
Pero en un mundo cada más interconectado, y donde cada vez se adquieren más servicios en el extranjero, la legislación actual de Chile se encuentra muy desfasada. No se puede afrontar un mundo cada vez más global en los negocios con esta legislación, y lo que al final genera con muchas asimetrías. De hecho, sólo recientemente se han propuesto el poder hacer exportaciones de servicios de Chile al exterior exentas de IVA y con el mismo tratamiento que las de mercaderías.
El tema es muy pertinente, pero ahora no es el momento de extenderse. Lo que entiendo que se debe hacer en estos casos es retener los servicios prestados en el extranjero con una tabla de retenciones que publica el SII para servicios prestados por extranjeros, y que a veces depende de los tratados de doble imposición con los diferentes países, y después estas retenciones se declaran en el Formulario 50 cada mes. Pero infórmate bien, ya que depende de si el servicio prestado es una persona individual (técnico extranjero), o una empresa, tienen retenciones diferentes, así como según el servicio y el grado de relación de la empresa con el técnico extranjero.