Cálculo de Vacaciones
Hace poco agregamos la gestión de las vacaciones a Laudus. Desde hace tiempo usted podía registrarlas, pero no había una gestión completa del tema. Y una de las primeras cuestiones a resolver es el cálculo de las vacaciones. Este post requiere de una lectura detenida, así es que prepárese una taza de café y dese el tiempo.
Las vacaciones se regulan en el Capítulo VII del Código del Trabajo. En el artículo 67 dice:
Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento.
Los trabajadores que presten servicios en Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysen del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tendrán derecho a un feriado anual de 20 días hábiles.
Es decir, que hay que calcular 15 días devengados por año trabajado (dejemos el caso especial de los 20 días aparte para simplificar la explicación). Para los años completos desde la fecha de contrato es fácil se toman los 15 días hábiles y listo.
Sin embargo, si hay que calcular el proporcional por los días trabajados en años no completos, la cuestión se complica un poco. Se puede decir que hay tres formas más o menos extendidas de hacer este cálculo:
- Calcular el proporcional por meses: se asignan 1,25 días por cada mes trabajado (15 días / 12 meses del año = 1,25). En los meses completos se toman 1,25 días, y en el último mes no completo se hace la proporción en función de un mes de 30 días.
Es decir, en el último mes (si no es completo), se hace:(días trabajados / 30) * 1,25
Hay que tener cuidado en el caso de meses de menos o más de 30 días:
- Febrero: aunque tiene 28 ó 29 días, si el trabajador trabaja todos los días hay que asignarle los 30 días trabajados.
- Meses de 31 días: igualmente tener cuidado de asignar la proporción completa en caso de trabajar 30 días, y si se trabajan 31 no asignar más de 1,25
Estos dos casos son importantes sobre todo cuando las fechas de contrato no coinciden con el primer día del mes. Por ejemplo, si el trabajador ingresa a trabajar el 10 de Febrero, y termina sus labores el 9 de Marzo, le corresponden 1,25 días de vacaciones, aunque hayan sido 28 días corridos de trabajo.
- Calcular el proporcional en función de años de 360 días: es una variante del método anterior, ya que al ser 12 meses de 30 días, se toma como un año de 360 días. De esta manera, los días proporcionales no se calculan mes a mes, sino con la fórmula:
(días_trabajados_año * 15) / 360
fórmula que también se ve a veces como:
(días_trabajados_año / 30) * (15 / 12)
Este método es más cómodo, ya que no hay que tener en cuenta cuántos días tiene cada mes, pero tiene el siguiente inconveniente: si el trabajador ingresa el 1-Enero, y termina el 27-Diciembre (360 días en años no bisiestos) le corresponde igual el total de días. También en la fórmula hay que poner que si el trabajador sobrepasa los 360 días no le pueden corresponder más de 15 días de vacaciones (por ejemplo en el caso de trabajar 362 días).
Este inconveniente no es mayor, simplemente habría que decir:mínimo(15, (días_trabajados_año * 15) / 360)
- Calcular el proporcional en función de años de 365 (ó 366 si es bisiesto) días: es el método que más se ajusta a la Ley, y por eso el que más nos gusta en Laudus. La Ley habla de 15 días por año, y cada año tiene 365 días. Por tanto lo más obvio es prorratear los días trabajados en el año por 365 (ó 366, y Laudus toma en cuenta los años bisiestos para el cálculo).
Además este método elimina las injusticias de comenzar en un mes u otro, es totalmente neutral. Me explico: si un trabajador comienza el 1-Enero y trabaja 31 días, por el método de los meses se le darían 1,25 días de vacaciones; sin embargo, si comienza el 1-Febrero y también trabaja 31 días, se le darían más vacaciones (1,25 por Febrero, más el proporcional por los 3 días de Marzo).
Hasta aquí hemos resumido lo que sería el cálculo de los días «normales» por llamarlos así, ya que ahora explicaremos los días «progresivos», que son los que corresponden por antigüedad, según tenemos en el artículo 68:
Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrán derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva.
Con todo, sólo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo prestados a empleadores anteriores.
Es decir, el trabajador pasados los 10 años de antigüedad, acumula 1 día de vacaciones adicional por cada 3 años completos de servicios prestados. Esto significa que hasta el año número 13 no devenga el primer día adicional.
Y los años de antiguos empleadores (se toman todos los años trabajados en todos los empleadores) se acumulan hasta un máximo de 10 a efectos de este cálculo, por lo que un trabajador en ningún caso puede devengar vacaciones por antigüedad antes de tener 3 años seguidos en un empleador.
Y si un empleado tiene muchos años con un empleador, al cambiar pierde todos los días adquiridos, ya que comenzaría con el máximo de 10 justificables de antiguos empleadores. Y demoraría 3 años hasta adquirir su primer día de vacaciones progresivas.
Para saber los años trabajados por el empleado, se suele exigir el «Certificado por Vacaciones Progresivas» en la AFP. En el mismo no se toman como válidos los años trabajados como independiente, y si el trabajador tiene años de servicio mientras cotizaba en el régimen antiguo debería pedir el correspondiente certificado de estos años al INP.
El derecho a disfrutar de los días progresivos sólo es efectivo desde el momento en el que el trabajador acredita los mismos.
En Laudus puede ingresar las vacaciones en donde se especifican las ausencias:
y ahí podrá ver también de una forma más visual en formato de calendario las vacaciones (y las demás ausencias).
Para ver el resumen de Vacaciones, vaya a la sección de vacaciones de la pantalla de empleado, donde puede obtener los resúmenes de vacaciones devengadas y vacaciones utilizadas:
Y para ver un resumen de todas las vacaciones tomadas y devengadas de todos los empleados, consulte las estadísticas de Personal.
Por último, para ver el cálculo de los días de vacaciones a efectos del finiquito, visite la siguiente entrada del blog.
Estimado:
Quisiera saber donde esta escrito que las vacaciones progresivas no son retroactivas, y solo se consideran las que corresponden al momento de solicitar el reconocimiento??
Estimada Fernanda, revise nuestra entrada sobre vacaciones progresivas:
http://blog.laudus.cl/2009/12/22/vacaciones-progresivas/
y la ordenanza:
http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/articles-88965_recurso_1.doc
entre el 20 de marzo del 2012 hasta el 03 de agosto del 2012….mi duda es la sgte…trabaje 4 meses y 13 dias….segun yo serian 4.43….los cuales los multiplico por 1.25 lo que seria 5.53 dias ….mi duda es si es que esta cantidad de dias se aproxima o no para calcular los dias corridos…ya que si aproxima a 6, serian 10 dias corridos o serian sin la aproximacion solo 7 dias corridos….
Cumplo este mes 6 meses de trabajo, puedo pedir las vacaciones 2 meses despues de haberlo cumplido o es obligación pedirlas el mismo mes , gracias
Estimados,
Tengo una gran duda, mi padre fue despedido por el articulo 161 ,su sueldo base era de 350000 + gratificación 80500 + colación 40000 + locomoción 20000 y le deben 25 días de vacaciones de años anteriores ( no sé si los reconocerá el empleador) + 15 días de este año. Su finiquito de cuanto sería?? ya que el empleador le entrego su calculo y es de 2170000…
Estimados,
LLevo 26 años trabajando en una empresa, tengo actualmente derecho a 5 días progresivos, cuando solicito días fraccionados teniendo mis 15 días básicos completos, la empresa me dice que por ley me descontará esos días fraccionados solicitados desde los 15 días bases y no de los progresivos como los he solicitado yo…¿eso está bién, es legal?
Hola,
quisiera saber si las vacaciones se pueden acumular por períodos anuales indefinidamente, o si poseen un período de caducidad.
gracias!
Estimado Paulo, sólo se pueden acumular por dos años.
buenas tardes yo entre a trabajar el 21 de febrero del 2011 y me he tomado 10 días hábiles de vacaciones y ahora quería tomarme los 5 días hábiles pero mi empleador me dice que solo me quedan 3 días hábiles ya que dice que del 21 de febrero del 2011 a diciembre del 2011 me correspondían 13 días hábiles de vacaciones por año calendario. quien esta en lo correcto yo o el? me quedan 5 o 3 dias habiles? saludos
A MI MARIDO LE CORRESPONDIÓ A SUBIR A SU TURNO 8X8 LE DIERON VACACIONES SU DESCANSO NO CUENTA COMO DESCANSO Y ES CONSIDERADO VACACIONES
???
Estimados , les comento mi caso. Yo entre a trabajar en agosto 2011 , en el mes de marzo me tome mis 6 dias proporcionales ya que me contabilizaron hasta diciembre , ahora estamos en agosto 2012 y se supone que ahora me tocarian mis otras 2 semanas ???
Estimada Kari, así es, cada mes que pasa se van acumulando vacaciones. Pero no se pueden disfrutar en cualquier momento. Según el Código del Trabajo en el artículo 67 «el feriado se concederá de preferencia en primavera o verano, considerándose las necesidades del servicio».
Se pueden disfrutar en otras fechas, pero tiene que haber acuerdo entre las partes, y el empleador puede decidir que no debido a las necesidades de funcionamiento de la empresa.
Tenemos un funcionario que trabajó para el ejército 27 años y 6 meses al 31 de marzo de 2003, posterior a esto, ingresó al sistema previsional en el 2004, en la actualidad está contratado por una empresa privada desde el año 2007, dejó de cotizar en la afp en noviembre del 2010. La pregunta es ¿tiene derecho a vacaciones progresivas?
Estimada Angélica, al parecer así es. Por un lado tenemos que «Los años de servicio prestados como funcionario en el Ejército de Chile, deben considerarse para el cómputo del feriado legal que contempla el artículo 18 de la ley 19.378» según podemos ver en la Ord. Nº 3867/191.
Y por otro lado tenemos lo que dice también la Dirección del Trabajo en su Ord. Nº 4551/222 donde sistematiza jurisprudencia administrativa sobre feriado progresivo:
«En el mismo orden de ideas cabe tener presente lo resuelto por esta Dirección en dictamen 10525, de 31.12.66 que establece que «los años trabajados en calidades y regímenes jurídicos » diferentes son computables para los efectos del feriado » progresivo», dictamen éste que, a juicio de esta Superioridad, habría recobrado su vigencia con las modificaciones introducidas al feriado progresivo por la ley 19.250 puesto que estas restituyeron al beneficio la característica principal que presentaba en la ley 15.475, su ley de origen, en el sentido de que los años de trabajo computables podían detentarse con el mismo o con distintos empleadores.»
Por un lado que las personas que prestaron servicios en el Ejército tienen los mismos derechos de acumular vacaciones que los funcionarios públicos; y por el otro que para las vacaciones progresivas se acumulan los años trabajados bajo diferentes regímenes jurídicos (incluyendo los públicos). Por es lógico pensar que los años al servicio del ejército computan a efectos de las vacaciones progresivas especificadas en el Código del Trabajo.
que pasa con la semana de permisos ministeriales eh estado buscando el artículo de ley pero no está mi primo que es de la armada se la dieron yo soy trabajador dependiente pero igual los quiero
estimado otra consulta según mi empleador las vacaciones para los part-time ( supermercado) es 15 dias corridos, no 15 dias habiles, lo que he buscado infromacion y no encuentro lo de 15 dias corridos ( contandfo sabado , domingo y feriado) , me lo podrias aclarfar por favor
amigos ayudenme para saber que me corresponde . entre a trabajar el 22 nov 2011 con contrato indefinido y me ire por renuncia voluntaria el 17 Julio 2012, del año 2011 me dieron 1 dia de vacaciones . del año 2012 no me he tomado ningun dia de vacaciones ,mi sueldo bruto es 620.000 . ayudenme para saber cuanto es el finiquito por favor .
hola mi consulta es la siguiente un trabajador esta contratado a plazo fijo por obra y entro 22 de mayo y su contrato dura asta el 30 de junio ¿ tiene derecho a vacaciones proporcionales y estas son imponibles en la liquidacion
Estimada Alondra, el derecho a las vacaciones se genera desde el primer día de trabajo, sea cual sea la duración. Otra cuestión diferente es que se puedan disfrutar desde el primer año trabajado (a no ser que el empleador decida que las puede disfrutar antes, si coincide con el periodo de vacaciones de la empresa).
Las vacaciones no figuran como tales en la liquidación. Al trabajador simplemente se le paga lo mismo, sólo que está de vacaciones. Si no ha disfrutado de sus vacaciones en el periodo de la «obra», entonces deben incluirse en el finiquito.
estimado una consulta, trabajo part time 20 horas semanales distribuidas solo sabado y domingo , ahora me tocan vacaciones y me dicen que son solo 2 semanas ,pero me corresponderian 3 no importa si trabajo solo sabado y domingo.
¿ serian solo 2 semanas como dice mi empleador o son 3 semanas?
por su respuesta gracias
Estimado Rodrigo, tu caso agrega una pequeña complejidad al caso de los trabajadores part-time, y es que trabajas sólo en sábado y domingo (y para efectos de vacaciones, los sábados y domingos son no laborales). Te corresponden 3 semanas, pero depende de cuándo comiences las mismas, regresas un día u otro.
Si comienzas las vacaciones el día lunes, entonces debes volver al trabajo en el 3er sábado, y sólo tendrías 2 fines de semana. Esto es debido a que pasados los 15 días laborales, el 3er sábado te tendrías que reincorporar al trabajo.
Pero si comienzas las vacaciones en martes, miércoles, jueves o viernes, entonces tienes 3 semanas con sus fines de semana. Dado que se puede poner la fecha comienzo el día de la semana que quieras (porque no trabajas ninguno de ellos), entonces lo más conveniente para ti sería poner en estos días el comienzo. Pero si el empleador te obliga a comenzar el lunes, vais a tener un problema de entendimiento.
Hola amigos, quisiera que me ayuden a aclarar una duda.
tengo un sistema de turno 4×4. el trabajador al tomar sus 15 dias habiles o 21 dias corridos no coinciden en la entrada de su turno, que puedo hacer en ese caso con los dias de diferencia.
Tengo entendido que las vacaciones se pueden dar parcializadas 10 dias y 05 dias despues o viceversa. ¿Se pueden dar mas o menos dias y despues darles las diferencias que queden
Esperando su respuesta se despide de usted
Oscar
Estimado Óscar, si las vacaciones terminan fuera del turno es buena o mala suerte (si los turnos dependen de los días de la semana, sobre todo). Si tiene la suerte de encadenarlas de tal manera que se aproveche al máximo el turno de descanso es cuestión de habilidad. Es como quien se toma el lunes de vacaciones cuando el martes es feriado.
Pero de todas formas, y dado que trabaja en una minera, lo mejor es que pregunte a su departamento de personal, que todos los días trabajan con este tipo de situaciones. ¿Por qué se evita tanto hablar con el departamento de personal?
Hola amigos
tengo una duda, una de mis trabajadoras que tiene fuero maternal quiere renunciar que hago, puedo aceptar la renuncia, le hago el finiquito por renuncia voluntaria, o me acerco a la inspeccion del trabajo, la verdad es que se que yo no la puedo despedir pero si ella insiste en renunciar que pasa con el fuero maternal.
agradecida
Karla
Estimada Karla, en este caso cualquier precaución es poca si quieres asegurarte no tener problemas después. Haz el trámite ante Notario, y si puedes acercarte a inspección del trabajo mejor.
hola yo trabajo 15 a 16 dias al mes( por turnos 2 dias los trabajo y 2 duias libres ) como se cuanto me tienes que pagar en mis vacaciones llevo 1 año trabajando… espero su respuesta…
Estimada Carolina, ¿has preguntado en tu empresa?
Junto con saludar, les comento que producto de un injusto proceso de calificación fui removido del Poder Judicial en Nov. 2011. El asunto es que me quedaron 22 días de vacaciones pendientes, las cuales son acumuladas de los períodos 2010 y 2011. Al salir no se me canceló nada y mi duda es saber si tengo derecho a solicitar su pago pese al tiempo transcurrido. He buscado información y jurisprudencia al respecto pero no logro encontrar nada. Mi intención es solicitar un pronunciamiento de la Controlaría, pero me gustaría tener más antecedentes. MUCHAS GRACIAS
Estimado Alfred, debería consultarlo con un abogado laboral. Si usted ya firmó el finiquito, en el mismo se suele expresar que el trabajador recibe el importe y no tiene ningún otro reclamo que realizar. Si en el finiquito no se incluyeron las vacaciones pendientes (no creo que las dejaran fuera, pero todo es posible), entonces sí podría reclamarlas.
Hola, les consulto si al renunciar en forma voluntaria, después de 34 años trabajando con el mismo empleador, No se pierde en derecho de vacaciones progresivas ? X renuncia voluntaria, gracias y los felicito. Y conforme menciona el blog, seria 1,25 por cada año ( posterior a 10 años)
Estimado Rodrigo, las vacaciones progresivas no son 1,25 días por año. Son un día de vacaciones por cada 3 años trabajados después de los 10 primeros.
Efectivamente al pasar a un empleador diferente pierde el derecho a vacaciones progresivas. Recién podrá disfrutar de un día de estas vacaciones cuando lleve 3 años en el nuevo empleador (puesto que los años con empleadores anteriores se pueden hacer valer hasta un máximo de 10).
Hola; necesito ayuda, quisiera saber como calcular mi finiquito dado que mis condiciones laborales fueron bastante especiales, trabaje ciertos lapsos de full time y de part time. Pero termine ciendo full.
Inicio Contrato: 01 Octubre 2010
Full: 01 oct 2010 al 21 Jun 2011 (8 meses 21 dias)
Part: 22 Jun al 31 Nov 2011 (5 meses 8 dias)
Full: 01 al 31 Dic 2011 (1 mes)
Part: 01 al 31 Enero 2012 (1 mes)
Full: 01 febr al 24 Abril (3 meses 24 dias)
En resumen trabajé desde el 01 de Octubre de 2010 al 24 de Abril de 2012. En todo este periodo nunca me tome vacaciones, y tuve una renuncia voluntaria por encontrar mejores condiciones laborales.
Sé que se trata de un caso especial, pero es mas comun de lo que piensan, dado que habemos muchos estudientes que nos pasa esto. Entiendo que con la renuncia pierdo mi antiguedad laboral, pero ellos me calculan mi finiquito solo en 13 dias de vacaciones adeudadas. Por favor ayuda!!!
hola espero me puedan ayudar, que pasa cuando un persona trabaja los dias sabados y firma libro, como se ven las vacaciones siempre se habla de vacaciones habiles de lunes a viernes por 15 dias y que pasa con los que trabajan de lunes a sabados.
Estimada Iris, ya lo hemos explicado antes. Aunque trabaje de lunes a sábado, a efectos de las vacaciones los fines de semana no cuentan, es decir, serían 15 días teniendo en cuenta sólo de lunes a viernes.
Sin embargo, si las vacaciones terminan un viernes, ese sábado si debe reincorporarse al trabajo.
fecha de ingreso 01/02/2008
fecha de finiquito 28/02/2011
sueldo base 182.000
ultima liquidacion diciembre 2011
sueldo base dias trabajados 28 ………..169.867
horas extras………………………………………. 39.042
gratificacion………………………………………….67.239
bonos…………………………………………………. 35.400
comisiones……………………………………………542.777
semana corrida……………………………………..104.380
aguisnaldo………………………………………….. 36.000
compensacion dia festivo 8.4 hrs …………….12.267
movilizacion……………………………………………………..18.400
colacion…………………………………………………………….9.000
descuento previcional…habitat 11.36…………………………..114.392
descuento salud fonasa.7……………………………………………70.488
impuesto a la renta……………………………………………………..14.463
seguro de cesantia………………………………………………………6.042
anticipos quincenal……………………………………………………..86.000
dif regalo navidad……………………………………………………………960
tope max imp total imp total haber total descuento
1.006.972 1.006972 1.034.372 292.345
liquido a pagar 742.027
dias trabajados 28 ya que me despidieron justo ese dia, horas extra 27.35
tengo las otras 2 liquidaciones de noviembre y octubre, necesito sacar el calculo de 13.75 de feriado proporcional, a mi empleador le da 274.024 pero yo se que ese calculo esta malo si necesitan mas datos me los pide dejo los totales haberes e imponibles de nov y oct
tope max imp total impo total haber total descuentos
820.052 820.052 847.452 294.931
mes de nov
687.695 687.695 715.095 238.617
mes de oct.
espero me puedan calcular las vacaciones proporcionales correctamente, les dejo mi correo si necesitan mas datos
caradeguagua_2418@hotmail.com, de antemano muchas gracias
Hola:
Tengo una duda gigante, llevo trabajando 1 año y 3 meses aprox. part time (20 hrs.) y me dieron mis vacaciones legales, pero no me pagaron nada. Solo lo del el mes completo (lo que siempre gano) y en mi liquidacion agregaron la parte de vacaciones legales como si me la ubiesen pagado me siento estafada y estoy segura que me deben pagar la vacaciones sino no lo ubiesen colocado. Me gustaria saber como calcular las vacaciones legales si gano $80.889 y mi afp es de 11.44%, salud 7% ??? no me dan ningun bono. Porfavor 😀 y en que parte del Código del Trabajo sale pliss.
Estimada Dámaris, no comprendo bien la pregunta, pero decirle que durante las vacaciones se paga el sueldo normal, no se da un bono especial. Las vacaciones significa que una persona no trabaja y se le paga de todas formas; pero no se le paga más de lo normal, se le paga lo que cobraría en circunstancias normales.
Hola :
Llevo dos años y medio trabajando más menos, comence el 1º de Septiembre de 2009. En Febrero de 2011 me tomé 15 días de vacaciones, en Febrero de 2012 me tomé 7 días más. Cuántos días pendientes de vacaciones me quedarían entonces 5? 10?. Por otra parte quiero renunciar y no quiero que mi empleador me pague de menos en mi finiquito, por lo que cuánto correspondería que me pagasen. Si tengo sueldo base de $ 182.000 más un bono por responsabilidad de $ 50.000 y una gratifcacion legal del 25%, además de un bono de movilizacion por $ 20.000 pesos, Hace dos meses que estoy con este nuevo sistema de remuneracion y contrato. Como calculo dicho finiquito?
Gracias
hola amigos tengo la siguiente pregunta.?
me llamo jose trabajo turno 4×4 y pedí mis vacaciones solo por 10 días dejando 5 días para otra oportunidad , mi ultimo día del turno fue el 10 de febrero del 2012, lo cual mis vacaciones comenzaron el 15 de febrero, terminando los 10 días el 28 de febrero, en el cual mi turno se encontraba de descanso entrando el 2 de marzo a turno.
Mi consulta para ustedes es la siguiente??, la empresa puede agregar 2 días mas de vacaciones a los 10 días que me había tomado o esos 2 días en el cual mi turno descansando pasan a ser de espera para que entre al turno?
hola, mi consulta tiene relación al cálculo de días extras por más de 10 años de servicio, funciona igual para trabajadoras de tiempo completo y part time, es decir a partir de los 10 años 1 día extra (al cumplir 13 años), independiente de si trabaja en jornada completa o 3 veces a la semana
Gracias
Estimada Mary, funciona igual.
Buenas tardes Laudus, necesito hacer una consulta, mi pareja cumplió 6 meses en una empresa y le otorgaron 5 días de vacaciones, pero cuando cumplió los 6 meses fue justo en esos días de vacaciones (valga la redundancia), pero a mi pareja le pagaron su sueldo completo no le descontaron nada, y mi pregunta es ¿le debieron haber otorgado el pago de las vacaciones en su sueldo? y mi otra pregunta ¿el pago de las vacaciones es aparte de los días trabajados, como si fuera un bono?
Estimada Jazmín, las vacaciones son siempre pagadas (se paga como si el trabajador estuviera trabajando). Si no fuera así, no se llamarían vacaciones, sino permiso sin goce de sueldo.
Hola. Felicitaciones por el blog.
Le quiero comentar que trabajo en la duodecima región y soy marino mercante, por lo tanto, no descanso los sabados ni domingos, la ley dice que nuestro descanso proporcional es de 1 día la primera semana trabajada y luego de dos días por cada una de las semanas siguientes. Aparte de eso tenemos derecho a 20 días anuales de vacaciones, en resumidas cuentas nos pagan 28 días por concepto de vacaciones.
Supongamos que trabajé 360 días de corrido, o sea, tengo derecho a 119 días de descanso proporcional y a 28 días de vacaciones anuales. Mi pregunta es la siguiente: ¿cómo se deben cancelar el descanso proporcional y las vacaciones?
Le consulto lo anterior porque mis 28 días de vacaciones me los pagaron de acuerdo a los » haberes variables» de mis últimas 3 remuneraciones y no consideraron el sueldo base ni la gratificación por ser «haberes fijos»
Muchas Gracias.
Estimado
Ingrese al sistema el6 de febrero del año 1998, tuve una laguna de 3 años aproximadamente continuos y desde el año 2003 estoy cotizando normalmente hasta la fecha. La consulta me corresponden dias progresivos si contamos desde la fecha de mi primera cotización hasta hoy suman 14 años.
gracias.
Hola Estimado Laudes:
Mis felicitaciones por el blog y lo detallada, documentadas y claras respuestas, revisé varias consultas para aclarar mi duda sobre vacaciones para contratos de jornada parcial de 30 horas.
Muchas gracias y bendiciones
hola, como hago el calculo de las vacaciones proporcionales a trabajadores de temporada , si ingresan el 01 de diciembre y se finiquitan el 28 de febrero , ellos no vienen todos los dias trabajar se les cancela a trato ( por bandeja , a $ 600 a bandeja )..
tengo una consulta que la afp no me responde. segun mi certificado tengo 360 meses trabajados , 30 años de trabajo. Trabajé 19 años en un empresa y tenia 3 ds. progresivos. Cuando fui contratada por otra empresa en la que aun trabajo, tuve que esperar 3 años para tener un dia de vacaciones, perdiendo, segun mi empleador actual los otros 3 que tenia, esto es efectivo ?? se pierden los 3 dias anteriores.
hola mi consulta es la siguiente:
me tome 2 semanas de vacaciones y en mi liquidacion de sueldos me descuentan estos dias que me cancelan en otro comprobante…al final es como ganar lo mismo….estan bien en mi empresa o no deberian haberme descontado los dias ….disculpa pero manejo muy poco el tema y son mis primeras vacaciones «pagadas»
hola mi consulta es la siguiente.
Un trabajador part time tiene derecho a vacaciones al igual que un trabajador con contrato indefinido, teniendo encuenta que el trabajador paso de contrato indefinido a partime.
gracias…
Estimad Rubén, el derech a vacaciones es exactamente el mismo para todos los trabajadores, independientemente del tipo de contrato. Los únicos trabajadores que tienen derecho a más vacaciones son aquellos que están en zonas geográficas que disfrutan de este tipo de ayuda a la población.
Como se debe calcular las vacaciones proporcionales de un trabajador jornada parcial con 20 Hrs semanales distribuidas en 2 días a la semana y otro distribuidas solo los sabados y domingos
Gracias
Estimado Jorge, se calcula igual, 3 semanas al año de vacaciones. Si trabaja dos días a la semana, serán 3 semanas igual, aunque en días de vacaciones efectivos sean 6 días (2 por cada una de las tres semanas).
Hola mi consulta es la siguiente :
pasa que entre a trabajar 01/08/2011 , prensente mi carta de renuncia con fecha de 15/02/2012 osea que de ahí ya no trabajo más , mi sueldo es de 192.000 liquido , ¿que corresponde que me paguen ? y si es así , existe algun plazo para el pago de estos? , mientras no firme el finiquito se supone que debo seguir llendo a trabajar? , 🙂 Gracias
hola soy agustin.
mi pregunta es si despues de los trece años de cotizacion puedo gozar todos los años de vacaciones progresivas o solo cada tres años.
Llevo 26 años corridos con el mismo empleador, cuantos días de vacaciones me corresponden?, gracias..
Estimado Nelosn, son 20 días de vacaciones: 15 días «normales», y 5 días progresivos (1 por cada 3 años pasados los primeros 10 años de servicio).
maria peres tres dice:
12 enero 2012 a las 7:41 pm
Buenas Noches, me gustaria me aclare una duda, tengo trabajando en la empresa 13 años y 7 meses, mi sueldo diario es de 71,30 Bolivares fuertes, pero segun el contrato colectivo pagan 43 dias de vacaciones, como seria el pago de las mismas… mi fecha de ingreso 04-05-1998……Muchas Gracias
07-02-2012
Estimada María, este blog es para Chile, y la legislación es diferente en cada país. Consulte a un contador.
Hola espero me puede ayudar, yo entre el 18 de mayo de 2011 y hoy 7 de febrero de 2012 me daran una semana de vacaciones (trabajo de lunes a viernes) la consulta es si el 18 de mayo del 2012 cuando cumpla el año de trabajo, me tienen que dar las dos semanas restantes y despues el 2013 las vacaciones de 15 dias normales o se pierden nomas las dos semanas de cumplir el año…. muchas gracias
hola.. te felicito x tu pagina..me podrias ayuda con mi calculo
lllevo 7 años trabajando, pero presentare mi renuncia..
entré el 01/10/2004 y me retirare el 13/02/2012 ..sueldo bruto aprox de $205.000 ….
ntente en la pag de la inspeccion pero arroja error o en mantenimiento…
desde ya agradesco tu gestion
Estimado Alexis, la dirección es (y a mí me funciona bien):
http://ventanilla.dt.gob.cl/simulador/Finiquito/entrada.aspx
Hola primero que nada super buena tu paguina … duda tengo 10 meses trabajados tengo derecho a unas vacaciones o el empreador si quiere me las da muchas gracias de ante mano nelson ahumada
Estimado Nelson, hay varios comentarios más arriba con tu misma pregunta.
Estimados me encantó el sitio, ya que este tema es desconocido para muchos, en lo personal necesito de vuestra ayuda. Estuve con contrato indefinido desde el 02 de noviembre 2011 y por razones personales tuve que presentar mi renuncia trabajando hasta el 27 de enero 2012, mi sueldo era $300.000 líquidos por lo que me gustaría saber cuál será la cantidad a percibir en mi finiquito??? Agredeceré mucho me puedan ayudar,
Saludos cordiales,
Estimada Kari, hay más variables que tienen que ver con el finiquito. Lo mejor es que lo veas con la empresa, los contadores suelen hacer estas cuestiones de manera correcta, y te podrá explicar con detenimiento.
muy buena la pag ¡¡¡¡¡ mi consulta es: yo tengo jornada de lunes a sabado por lo cual al ser 15 dias habiles se cumple este periodo el dia viernes de la tercera semana preguta debo entrar el dia sabado o el lunes que sigue muchas gracias y ojala me entiendan la pregunta ajaja
Estimada Ro, lamentablemente debe incorporarse el día sábado. Ya hay algunos comentarios arriba sobre esta misma circunstancia.
Por favor ayuda, necesito calcular las vacaciones de un trabajador que ingreso el 01 de diciembre de 2011 y se retiro el 02/02/2012.
Mi cálculo es 2 meses de vacaciones y dos días.
Tiene un sueldo base de 363.071 peso, el problema es que tiene en diciembre horas extras por un valor de 33.887 y en enero un bono de 70.000. Mi consulta es: tengo que hacer un promedio con esos datos o solo calculo el valor diario con el sueldo base.
Agradece desde ya
Laura
quisiera saber cuanto seria el pago de mis vacaciones con un sueldo de $2800 y 14 días de vacaciones. Agradecería una pronta respuesta ya que estoy próxima a salir de vacaciones…Muchas gracias.
Saludos.
Gracias por responder las preguntas,
No te voy a consultar por mi calculo de vacaciones… pues ya hay muchas contestadas y tengo idea de como es.
Lo que si es una duda, la vacaciones proporcionales se calculan en el sueldo imponible o en el sueldo con los descuentos?
Saludos
Estimado Edwin, las vacaciones se calculan sobre el imponible (sueldo + promedio variables + otros imponibles)
hola necesito que me oriente entre a trabajar el 10 de enero del 2011 y renuncie voluntaria el 31 de enero del 2012 por lo cual me deben de pagar las vacaciones mi mi sueldo es de 280.000 liquido cuanto me deberan pagar por mis vacaciones pendiente por favor contestarme . gracias
hola, tengo el siguiente problema, yo renuncie el 29 de diciembre del 2011 y entre a la empresa el 9 de diciembre del 2009, me tome solo una vacaciones durante los dos años, la pregunta es ¿ el hecho de yo renunciar voluntariamente, tengo derecho al pago de esas vacaciones?
Estimada Catalina, el derecho a las vacaciones es irrenunciable, y surge desde el primer día que se prestan servicios. El hecho de haber renunciado no implica que no se hubieran devengado, y por lo tanto no se pierde el derecho a las mismas.
hola tengo el siguiente problema!!!!te ngo una trabajadora que dejo pendiente 5 dias de sus vacaciones el periodo 2010-2011 y ahora quiere hacer uso de sus vacaciones mas sus 15 dias delperiodo 2011-2012 ………..el problema esque mi jefe dice que esos 5 dias los perdio etc…..
necesito en detalle la ley …le trato de explicar con el art.70 pero no lo interpreta mal ……hay algo mas detallado ………….
Estimada Marcela, las vacaciones son irrenunciables, y no se pueden acumular por más de dos periodos. Eso significa que si el trabajador tiene algún día de vacaciones devengado desde hace más de 2 años, debe disfrutarlo en el momento.
Pero en ningún caso significa que si no los disfruta los pierde. En todo caso, si no los disfruta sería una falta del empleador, que debe obligar a tomarse esos días antes de los dos años, y poner los medios para que así sea.
Las vacaciones progresivas tienen un tope??? por ejemplo yo tengo 5 días cada 3 años más puedo ir sumando dias de vacaciones ???
mi pregunta es la sig. entre a trabajar el 1/01/2011 y por lo que lei me corresponden 15 dias de vacaciones ,si no me las tomo ay alguna posibilidad de que mi empleador me las cancele o solamente cuando reciba algun finiquito gracias…..
Estimado;
Mi sueldo es en base a comisiones las cuales se calculan de 26 a 25 de cada mes.
Salgo de vacaciones el 24 de Febrero y regreso el 12 de Marzo.
Mi consulta es la siguiente;
El sueldo que me pagaran durante el periodo de vacaciones se calcula segun los ultimo 3 meses del año, es decir octubre, noviembre y diciembre o se calcula segun mis ultimos meses trabajados.??
Saludos
Mi caso es el siguiente: trabaje del 1 de enero de 2011 al 15 de marzo del 2011 todos los dias, pero a partir del 16 del 18 de marzo y hasta el 11 de diciembre de 2011 trabaje tres diasi a la semana (vier, sab, dom, lo que el local abre en invierno) mas los feriados y vacaciones de invierno (1 semana) y a partir del 15 de diciembre y hasta el 05 enero 2012 (me retire) nuevamente con jornada completa.
Como calculo mis los dias de mis vacaciones y el pago de estas?
soy asesora del hogar tengo un año cumplido trabajando en la misma familia,,,voy a salir a vacaciones,,, me deben pagar algo cuando me vaya de vacaciones?
Buenas Noches, me gustaria me aclare una duda, tengo trabajando en la empresa 13 años y 7 meses, mi sueldo diario es de 71,30, pero segun el contrato pagan 43 dias de vacaciones, como seria el pago de las mismas… mi fecha de ingreso 04-05-1998……Muchas Gracias
los 71,30 son Bolivares venezolanos
HAYDEE dice
10 enero 2012
hola segun certificado de afp dice que me corresponden 5 dias progresivos ,pero en municipio dicen que solo me corresponden 3 dias .
yo trabaje 17 años con junji y actualmente con munucipalidad ,desde el año 2002 a la fecha , lo que guiero saber cuantos dias me corresponden efectivamente
hoy quisiera saber cuanto me tienen que pagar por mi finiquito
soy instructor de oficio me pagan liquido 433680 + 191380 de curso noche y locomocion de 2637 eso mas imposiciones sacando un sueldo bruto de 538493 empece el 01-03-2011 y me entregaron una carta con aviso de termino de contrato el 26-12-2011 lo cual son 10 meses con art. 161 necesidades de la empresa que yo creo que es un despido injustificado, quiero saber si me corresponde mes por año, vacaciones proporcionales o el dia feriado adicional???????, por favor ayudenme, gracias.
hola quisiese saber si tengo derecho a vacaciones si trabajo de asesora de hogar puertas a dentro trabajando una jornbada de 6 horas al dia avece o mas horas ( 1 dia a la semana)..teniendo en cuenta que ella me dio la opcion de estudiar de 6 a 11 pm..
espero su respuesta. gracias
Estimados
Esperando hayan tenido un buen año, quisiera consultarles mi caso, soy de Punta Arenas e
ingresé a trabajar el 12/05/2010, presentaré mi carta de renuncia para dejar de trabajar a contar el dia 10/01/2012, no tengo dias pendientes de mi primer año y aún no cumplo el año para poder tomar vacaciones. Quisiera saber cuanto me corresponde por concepto de vacaciones si mi sueldo base es de $288.753.
Además nosotros recibimos bono por zona extrema de $66.882 y la gratificacion mensual de $72.042.
Ojala puedan ayudarme, dado que no soy entendida en el tema. Desde ya les agradezco su tiempo y el haber creado esta pagina que es de mucha utilidad…
cuantos días de vacaciones debe tener un trabajador part time; yo ya cumpli 1 año.
Estimado Carlos, los mismos días que un trabajador a tiempo completo, es decir, 15 días laborales al año.
Laudus me meti a la pagina de mi AFP y me dice que estoy en el sistema previsional desde el año 1998 osea 13 años a la fecha pero que tengo 70 meses de cotizaciones osea me corresponden las vacaciones progresivas por año de antiguedad cotizando o cantidad de cotizaciones?
Hola, realmente este blog es de mucha utilidad.
Tengo una duda respecto del feriado progresivo. Entiendo lo del los 10 años de antiguedad y que al 3º año con el mismo empleador, yo como trabajdor «me gano» 1 día adicional. Mi consulta es qué sucede al 14º año, tengo 16 días de feriado? (15 + 1 día progresivo)?, o si ya ocupé el día ganado, tengo que esperar hasta cumplir 6 años en la misma empresa para tener 2?, lo pregunto porque estoy muy confundido respecto del progresivo, mis compañeros me dicen una cosa, en la empresa me dicen otra cosa…favor su ayuda, sé que no son asesores legales, pero creo que tienen más claro el tema que nadie…
13 años: 16 días (15 + 1 día de progresivo)
14: 16 días
15: 16 días
o 13-14-15: 15 días + 1 día (para ocupar en el período)
Muchas gracias por la ayuda,
Alejandro
Estimado Alejandro, es un día adicional cada tres años trabajados (pasados los 10 años en el mismo empleador u otros). Lee bien la entrada, se explica bien y hay muchos ejemplos arriba en los comentarios.
Gracias de todas formas, antes de consultar, leí bien todos los comentarios, pero aún así no me quedaba claro…
Llamé a la dirección del trabajo y me aclararon el tema, son 16 días anuales a contar del año 13, y al cumplir 16 años, son 17 días anuales.
saludos
Estimado Ronnylon, legalmente no puedes exigirlos, pero lo mejor siempre es que preguntes a tu empleador, y que lleguéis a un acuerdo.
Muchas gracias por tu pronta respuesta y felicitaciones por el blog.
Estimado:
Junto con saludar, agradecería resolver la siguiente duda 1 trabajador con contrato por 4 meses fue despedido antes de vencer su contrato ¿Se le debe cancelar vacaciones proporcionales por el período trabajado? De ser esto efectivo le corresponderian 4.96 dias (periodo trabajado-2 meses 11dias)
Inicio:21/09/2011 – Término:02/12/2011
Agradeciendo de anteman o.
La compensacion o pago de feriado progresivo es imponible?
Estimado José, los feriados no se pueden compensar con dinero.
los feriado progresivos si se pueden compensar en dinero y son imponibles y tributarios
Estimado Marcelo, disculpas por no haber leído bien. Efectivamente es como dices y el feriado básico no se puede cambiar por dinero, pero el feriado progresivo sí se puede cambiar. Y si se hace es en las mismas condiciones como cuando se valoran los días feriados. Se puede ver la síntesis del razonamiento en la ordenanza Nº 5863/141
Hola, puede ser repetida la pregunta ya que leí todo el blog, pero en mi empresa me explicaron al parecer mal el tema de las vacaciones proprocionales. En Enero 2010 cumplí 19 años en este empresa por lo tanto tengo 18 días de vacaciones (15+3), ese año no salí de vacaciones y en Enero 2011 cumplí otro año, por lo tanto debiera tener 36 días de vacaciones??, 18 del 2010 + 18 del 2011??, acá me dicen que NO, que son 18 del 2010 + 15 del 2011 porque el beneficio es solo cuando cumplo el nuevo trienio…es correcto??, espero su orientación, GRACIAS TOTALES…
Estimado Carlos, el derecho es para todos los años. Es decir, tienes derecho a los 18 días de vacaciones. Cada 3 años en la empresa ganas 1 día más, y este día se acumula para todos los años, no sólo cuando cumples el trienio.
tengo un turno de trabajo de 7 x 7 y quisiera saber como se debe calcular mis vacaciones ya que se dice que son 15 dias abiles mi turno comiensa en dia viernes segun lo oido se dice que son mis 7 dias de descanso y al entrar en el turno comiensan 7 dias de vacaiones al entrar al turno vienen los otras 7 dias de vacaciones y luego mi descanso y bueno entrar a mi turno atra vez quisiera saber si es haci o son 15 dias corridos si contar sabado y domingo me encantaria que me aclararan bien el tema porfavor
Señores
Agradeciendo su apoyo me permito consultar sobre el cálculo de mis vacaciones, pues tengo una diferencia con lo que me señalan y, la verdad es que anteriormente, no había prestado atención.
Tengo 31 años de servicios ¿Cuántos días corresponden? Co el mismo empleador.
Muy atte
Felisa
Estimada Felisa, arriba tienes muchos comentarios con ejemplos de cómo calcular las vacaciones progresivas.
Estimado: Sorpresivamente un trabajador renuncio, presento su carta de renuncia con fecha 01-12-2011, por ende trabajo desde el 02-05-2011 al 30/11/2011, o sea 7 meses, necesito calcular sus vacaciones proporcionales, su renta es de $ 854.000.- solo su bruto no tiene ningún pago por otro concepto.
Agradeciendo desde ya su ayuda.
Carlos Álvarez.
Hola mi nombre es Karla y trabajo en una empresa privada en donde llevo el 2 anexo de contrato por lo que debería pasar a contrato indefinido por en la empresa mi empleador nos informo esto pero no hemos firmado el contrato ya han pasado más de 20 días y nada. Además llevo más de un año y quiero renunciar pero no sé cómo se calculan las vacaciones o cuanto corresponderían en plata si me las pagaran. EN el tema del aguinaldo no nos van a dar hasta enero creo. Estoy súper desorientada y no quiero que me jodan por no saber de estos temas. Me podrían orientar porfa.
De ante mano gracias.
Fui contratado el 01 de enero de 2007, y tengo pendiente de dias de vacaciones 16 dias hábiles, ahora me han informado en la empresa,que no puedo tomar más de 2 semanas de , por la carga de trabajo que existe. esto es legal? lo pueden obligar a trabajar en períodos de vacaciones? cuanto me adeudan si se sumarán 21 días habiles de vacaciones pendientes, puedo exigir que me cancelen anticipado estos días?….muy agradecido su blog.laudus es excelente los felicito
Saludos
Mario V.M.
Estimado Mario, tus preguntas están respondidas es muchos de los comentarios de más arriba, lee más por favor. Resumiendo, no se pueden acumular vacaciones por más de 2 años, y las vacaciones no se pueden cambiar por dinero.
Necesito saber si me cooresponde vacaciones progresivas ya que tengo 142 meses cotizados en la afp me gustaria saber si me corresponde
Estimado Rodrigo, en la entrada tienes cómo hacer el cálculo de las vacaciones progresivas y su explicación. También tienes infinidad de ejemplos en los comentarios.
Necesito orientación por favor… Yo renuncié a mi trabajo anterior lo cual llevaba 4 años y medio, pero al día siguiente de renuciar, entré a trabajar en otra empresa en la entré el 1 de junio, necesito saber si el tema de las vacaciones es netamente por el cambio de empleador o por las cotizaciones, ya que mi empleador actual no me dará ni una sola semana de vacaciones, independientemente de que lleve unos 8 meses para cuando quiero pedir una semana de vacaciones. Es netamente dependiendo del empleador o de las cotizaciones? Porque si es de las cotizaciones, yo no he dejado de pagarlas ni un solo mes, ya que como te explico antes, renuncié un día y entré a esta empresa al otro día.
Atenta a tus comentarios!
Gracias!
Estimada Jen, depende del empleador. Hasta que no lleves un año en tu nuevo empleador, él no tiene obligación de darte las vacaciones. Depende de él y de sus necesidades que decida darte vacaciones antes del año.
Según mis calculos al 23-01-2012 tendrás 21 días.
Estimado Laudus,primero que todo darte las gracias por toda la información que das a conocer y en segundo lugar te quiero molestar con un calculo de vacaciones si me lo puedes hacer en forma detallada para comparar con lo que hago yo.
Datos
Fecha ingreso del trabajador = 01-06-2000
Fecha de Reconocimiento de Progresivo= 11-02-2009
Años Ex Empleador = 10 Años
Progresivos a la fecha = 3 años
Días tomado a la fecha = 148 días
Favor indicarme el calculo en forma detallada a la fecha 31-12-2011
Muchas Gracias
Estimado Proman, si antes del 2000 tenía 10 años, entonces le corresponde 1 día por cada 3 años. Es decir, desde el 01-06-2009 se ganó el derecho a 3 días adicionales cada año, no es un cálculo complicado.
Estimados:
Agradeceria me puedan ayudar, uno de nuestros trabajadores presento su carta de renuncia, el ingreso el 4 de agosto del presente año y se va el 30 de noviembre del 2011, se que tengo que pagarles los dias trabajados + las vacaciones proporcionales, mi pregunta es que considero para el calculo de las vacaciones el sueldo bruto o el sueldo imponible??.Gracias
Estimada Vanessa, en principio siempre hay que tomar el Imponible para estos cálculos, ya que se se deben tomar los bonos, gratificaciones y otros haberes que forman parte de la remuneración.
Osea que los bonos de colación y locomoción no se incluyen por no ser imponibles???
Bueno aprovecho de darle las gracias por tu pronta respuesta.
Estimada Vanessa, por favor revisa lo siguiente (el último enlace tiene un resumen):
http://blog.laudus.cl/2011/06/21/calculo-de-finiquitos-esto-no-ha-hecho-mas-que-comenzar/
http://blog.laudus.cl/2011/06/17/cambio-calculo-de-finiquitos-epilogo/
http://blog.laudus.cl/2011/06/16/cambio-en-forma-de-calculo-de-finiquitos/
buenas tardes,tengo 30 dias acumulados de vacaciones,si me las pagaran deben calcularlo con el sueldo base o bruto.
gracias
Hola buenas!
Tengo un problema, yo llegue el 21/02/2010 y me quiero tomar las vacaciones el día 13/02/2011
Cuantos días me corresponden?
Según mi empleador me corresponden 11 dias, cosa que yo creo que esta mal, me podrias ayudar?!
Hola, felicitaciones por la pagina, es de gran ayuda para mi. Ojala pueda ayudarme, revise todo acerca de las vacaciones progresivas y calcule que me corresponden 2 días ¿es correcto? Ingrese al sistema previsional en mayo de 1994, tengo 167 meses cotizados que corresponden a 13 años y 11 meses y estoy con mi nuevo empleador desde diciembre de 2005. La duda me surge porque hay periodos en que no cotice y no se si prima eso o la fecha de ingreso al sistema de AFP. Muchísimas gracias.
Estimada Carmen,
si es como dices, y tenías 10 años acumulados antes de ingresar con tu nuevo empleador en Diciembre del 2005, entonces te corresponderán 2 días en Diciembre del 2011.
Hola quisiera que me ayudaran yo trabaje un año justo desde el 01 de Octubre del 2010 al 01 de Octubre del 2011, solo los sabados y domingos con un sueldo imponible de $ 60.000.- quisiera saber si me corresponden vacaciones proporcionales, y cuanto serian porque aun no me han entregado el finiquito. Muchas gracias
Hola, quisiera saber si me puede orientar un poco, entre a trabajar el 4 noviembre del 2008 y renuncie a mi trabajo por cuidar a mi hija el 25 de septiembre del 2011, en ese tiempo solo tome 2 semanas de vacaciones o 10 dias habiles…a pasado màs de un mes y mi empleador aún no me finiquita. cuanto es el monto aproximdo de mi finiquito siendo que mi sueldo es de 190.000 pesos. de ante mano muchas gracias.
señores quisiera saber como calculo los dias que me corresponden de vacaciones ingrese el 19/07/11, soy empleada efectiva.muchas gracias
Consulta sobre finiquito empleada casa particular part time (2 dias a las semana) ingreso el 01-02-2011 al 31-10-2011 se le pagan imposiciones por 8 dis al mes = $48.533.- en base al sueldo minimo, cuanto le corresponde por feriado proporcional en dias y plata ¿?
Hola mi nombre es Paul, trabajo en turno 4×4, puedo volver de mis vacciones un dia domingo o tiene que ser dia habil para volver?
gracias por tu ayuda
Estimado Paul, a efectos de las vacaciones en domingo es siempre inhábil.
Hola Mi nombre es Jean, quisiera hacer la siguiente consulta,
De Octubre del 2010 a Octubre del 2011 me corresponden legalmente los quince dias de vaciones yo solo me he tomado cinco dias, pero tengo la oportunidad de pagarme los dias restantes quisiera saber como se realiza el calculo de esta, sobre una base de $ 300.000 Imponible,
Gracias,
Estimado Jean, muchas veces hemos comentado que no es legal cambiar vacaciones por dinero.
Estimados quisiera saber el calculo de la provisión de vacaciones si se consideran dentro de los sueldos las horas extras?
Además si al personal le quedan 15 días pendientes debo reconocer en la provisión solo esos 15 días o además debo reconocer los días inhabiles?
Hola:
somos estudiantes y estamos entrando a la parte de finiquitos, queremos saber causales para concluir con un finiquito de un trabador, tipos de finiquitos, y calculos de finiquito para una persona con sueldo fijo y sueldo variable; tambien queremos tener informacion sobre el feriado anual, como se calcula.
Gracias
hola, trabajo en una empresa donde me pagan el mínimo mas comisión por venta, en mi contrato esta estipulado así, es el 1% q me pagan de comisión por venta, entonces mi duda es la sig: cuando me tomo vacaciones q es lo q me tienen q pagar? solo el sueldo mínimo(ya q no tuve ventas por estar de vacaciones)? o un proporcional a los últimos 3 meses?
desde ya muchas gracias por su respuesta.
Estimada Elizabeth, como puedes ver en los comentarios, efectivamente es así, se suele dar una media de los últimos 3 meses. No es una regla fija, podría ser la media de los últimos 6 meses, u otra medida que refleje un promedio de lo que se gana en un mes normal.
Hola
necesito pagar vacaciones porporcionales a un trabajador con sueldo diario y una jornada parcial de minimo 1 dia o max.4 dias semanales.
el calculo deberia hacerlo tomando el promedio de las 3 ultimas semanas trabajadas y en base a eso sacar el valor diario a pagar????
hola, quisiera consultar en el caso de sistema de turno 7×7 como se calcula la solicitud de vacaciones, es decir si pido mis vacaciones en una fecha X pero en esta fecha tengo turno y descanso, aparte de feriados como se calcula????
Estimada Verónica, en los comentarios puedes encontrar varias respuestas con la temática de los turnos especiales de las mineras (y otras empresas similares).
tengo una gran duda con respecto a mis vacaciones proporcionales, resulta que renuncie y dure 10 meses en la empresa y no tengo idea como calcular lo que me corresponde por parte de mis vacaciones
hola necesito saber como se calculan las vacaciones legales soy vendedora gano sueldo base mas comisión, tambien necesito saber si es que tiene algun tope de dinero para pagar
Buenos días,
Mi consulta es la siguiente, yo tengo tres días de «vacaciones progresivas» por lo cual tengo 18 días habiles de vacaciones en total. Para el cálculo de devengamiento, veo que se utiliza «normalmente» 1,25 dias por mes, o sea 15:12 = 1,25, en mi caso el cálculo debería corresponder a 18:12 = 1,5..?
Muchas Gracias,
Gonzalo
Estimado Gonzalo, el hacer esa prorrata sólo funciona cuando se va a tomar vacaciones sin haber transcurrido el año en la empresa. Pero como para devengar vacaciones progresivas hay que estar un mínimo de 3 años (si se acumulan 10 años en empleadores anteriores), entonces esa prorrata no se aplica, ya que los días progresivos se devengan completos por el año.
Sí se podría aplicar en el caso de finiquito, para calcular los días pendientes para el pago de las vacaciones no disfrutadas.
No, el calculo sigue siendo 1,25 hábiles mas 3 progresivos
Estimados, excelente blog. Aunque se nota que no es la idea inicial el prestar asesoría, los felicito por darse el tiempo de aclarar tantas dudas. Leí todos los posteos y saqué varias cosas en limpio.
Muchas gracias.
Hola, Soy Ximena P. y tengo una nana extranjera que no va a trabajar más conmigo. Está con Visa Sujeta a Contrato. Ella dice que en Extranjería le indicaron que tiene 30 días de vacación por año trabajado debido a que es extranjera, que no son 21 días. Es correcto eso? Ella trabajó conmigo 2 años y 10 meses y sacó 8 semanas de vacación en todo ese tiempo. Busqué en internet pero no encuentro respaldo a esa afirmación de la nana. Cuántos días le quedan de vacación. Muchas gracias.
Hola soy ninoska y yo voy a renunciar a mi fuero maternal y dure 2 años y un mes y no me tome nunca vacaciones y me gustaria saber como calcular mis pago, para quedar conforme cuando me hagan mi cheque. mi sueldo era el minimo mas comision
Estimados, muchas gracias por aclarar tantas dudas que uno tiene.
Por favor, me pueden ayudar a calcular las Vacaciones que me deben pagar?:
Inicio del Contrato fue el : 01/05/2009
Término del contrato será el : 30/09/2011
Nota: Por decisión personal, nunca me tomé las vacaciones, es decir, cumpliré 2 años y 4 meses sin vacaciones.
1.- ¿Cuanto es el total de días acumulados que tengo, por concepto de vacaciones?
2.- ¿Como se calculan los días inhábiles?
3- ¿Como se realiza el cálculo para saber la cantidad de dinero que me deben pagar solamente por concepto de vacaciones?
Gracias a personal de LAUDUS por su valiosa ayuda.
Atte. Francisco.
Estimado Francisco, en la entrada tienes descritas las formas de calcular las vacaciones. La más sencilla es la del monto de días por mes. Y tienes multitud de comentarios donde hay ejemplos prácticos, y se responden las mismas preguntas que tienes.
Los días hábiles son de lunes a viernes menos los festivos. El resto son inhábiles (fines de semana y festivos).
si mi empleada trabaja con contrato parcial desde mayo del 2010 y su horario es tres medios dias a la semana, quiere que le cancele un periodo de vacaciones porque necesita la plata. como debo calcular para no cometer error?
He leido gran parte de este temario y los felicito, es un buen indice para la aplicabilidad del derecho laboral. tan solo leyendo las consultas, que son diferentes, pero de igual fondo, felicitaciones