Cálculo de Vacaciones
Hace poco agregamos la gestión de las vacaciones a Laudus. Desde hace tiempo usted podía registrarlas, pero no había una gestión completa del tema. Y una de las primeras cuestiones a resolver es el cálculo de las vacaciones. Este post requiere de una lectura detenida, así es que prepárese una taza de café y dese el tiempo.
Las vacaciones se regulan en el Capítulo VII del Código del Trabajo. En el artículo 67 dice:
Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento.
Los trabajadores que presten servicios en Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysen del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tendrán derecho a un feriado anual de 20 días hábiles.
Es decir, que hay que calcular 15 días devengados por año trabajado (dejemos el caso especial de los 20 días aparte para simplificar la explicación). Para los años completos desde la fecha de contrato es fácil se toman los 15 días hábiles y listo.
Sin embargo, si hay que calcular el proporcional por los días trabajados en años no completos, la cuestión se complica un poco. Se puede decir que hay tres formas más o menos extendidas de hacer este cálculo:
- Calcular el proporcional por meses: se asignan 1,25 días por cada mes trabajado (15 días / 12 meses del año = 1,25). En los meses completos se toman 1,25 días, y en el último mes no completo se hace la proporción en función de un mes de 30 días.
Es decir, en el último mes (si no es completo), se hace:(días trabajados / 30) * 1,25
Hay que tener cuidado en el caso de meses de menos o más de 30 días:
- Febrero: aunque tiene 28 ó 29 días, si el trabajador trabaja todos los días hay que asignarle los 30 días trabajados.
- Meses de 31 días: igualmente tener cuidado de asignar la proporción completa en caso de trabajar 30 días, y si se trabajan 31 no asignar más de 1,25
Estos dos casos son importantes sobre todo cuando las fechas de contrato no coinciden con el primer día del mes. Por ejemplo, si el trabajador ingresa a trabajar el 10 de Febrero, y termina sus labores el 9 de Marzo, le corresponden 1,25 días de vacaciones, aunque hayan sido 28 días corridos de trabajo.
- Calcular el proporcional en función de años de 360 días: es una variante del método anterior, ya que al ser 12 meses de 30 días, se toma como un año de 360 días. De esta manera, los días proporcionales no se calculan mes a mes, sino con la fórmula:
(días_trabajados_año * 15) / 360
fórmula que también se ve a veces como:
(días_trabajados_año / 30) * (15 / 12)
Este método es más cómodo, ya que no hay que tener en cuenta cuántos días tiene cada mes, pero tiene el siguiente inconveniente: si el trabajador ingresa el 1-Enero, y termina el 27-Diciembre (360 días en años no bisiestos) le corresponde igual el total de días. También en la fórmula hay que poner que si el trabajador sobrepasa los 360 días no le pueden corresponder más de 15 días de vacaciones (por ejemplo en el caso de trabajar 362 días).
Este inconveniente no es mayor, simplemente habría que decir:mínimo(15, (días_trabajados_año * 15) / 360)
- Calcular el proporcional en función de años de 365 (ó 366 si es bisiesto) días: es el método que más se ajusta a la Ley, y por eso el que más nos gusta en Laudus. La Ley habla de 15 días por año, y cada año tiene 365 días. Por tanto lo más obvio es prorratear los días trabajados en el año por 365 (ó 366, y Laudus toma en cuenta los años bisiestos para el cálculo).
Además este método elimina las injusticias de comenzar en un mes u otro, es totalmente neutral. Me explico: si un trabajador comienza el 1-Enero y trabaja 31 días, por el método de los meses se le darían 1,25 días de vacaciones; sin embargo, si comienza el 1-Febrero y también trabaja 31 días, se le darían más vacaciones (1,25 por Febrero, más el proporcional por los 3 días de Marzo).
Hasta aquí hemos resumido lo que sería el cálculo de los días «normales» por llamarlos así, ya que ahora explicaremos los días «progresivos», que son los que corresponden por antigüedad, según tenemos en el artículo 68:
Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrán derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva.
Con todo, sólo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo prestados a empleadores anteriores.
Es decir, el trabajador pasados los 10 años de antigüedad, acumula 1 día de vacaciones adicional por cada 3 años completos de servicios prestados. Esto significa que hasta el año número 13 no devenga el primer día adicional.
Y los años de antiguos empleadores (se toman todos los años trabajados en todos los empleadores) se acumulan hasta un máximo de 10 a efectos de este cálculo, por lo que un trabajador en ningún caso puede devengar vacaciones por antigüedad antes de tener 3 años seguidos en un empleador.
Y si un empleado tiene muchos años con un empleador, al cambiar pierde todos los días adquiridos, ya que comenzaría con el máximo de 10 justificables de antiguos empleadores. Y demoraría 3 años hasta adquirir su primer día de vacaciones progresivas.
Para saber los años trabajados por el empleado, se suele exigir el «Certificado por Vacaciones Progresivas» en la AFP. En el mismo no se toman como válidos los años trabajados como independiente, y si el trabajador tiene años de servicio mientras cotizaba en el régimen antiguo debería pedir el correspondiente certificado de estos años al INP.
El derecho a disfrutar de los días progresivos sólo es efectivo desde el momento en el que el trabajador acredita los mismos.
En Laudus puede ingresar las vacaciones en donde se especifican las ausencias:
y ahí podrá ver también de una forma más visual en formato de calendario las vacaciones (y las demás ausencias).
Para ver el resumen de Vacaciones, vaya a la sección de vacaciones de la pantalla de empleado, donde puede obtener los resúmenes de vacaciones devengadas y vacaciones utilizadas:
Y para ver un resumen de todas las vacaciones tomadas y devengadas de todos los empleados, consulte las estadísticas de Personal.
Por último, para ver el cálculo de los días de vacaciones a efectos del finiquito, visite la siguiente entrada del blog.
Hola, esta muy buena esta informacion, aclara muchas dudas, pero yo tengo otra… las vacaciones tienen que ser pagadas, o eso es de acuerdo al empleador??, ya que en mi trabajo siento que hay un par de cosas irregulares, por ejemplo bonos de locomocion o porcentaje que por lo que tengo entendido en un local comercial se debería pagar. ojala me puedas ayudar
saludos
Estimado Crsitian, si has leído los comentarios verás que la movilización y colación es legal no pagarlas durante las vacaciones. Hay empresas que las pagan y empresas que no, depende de ellas, ya que legalmente pueden no hacerlo.
Por otra parte, las vacaciones son siempre pagadas. Si no se llamarían permisos sin goce de sueldo.
HOLA LAUDUS
de donde puedo sacar el articulo, en donde explica que puedo pagar la locomocion y la movilizacion o no , en vacaciones a los trabajadores?
Estimada Camila, bájese el Código del Trabajo en: http://www.dt.gob.cl/portal/1626/articles-95516_recurso_2.pdf
y en la página 54, artículo 67, tiene la anotación 377 abajo del todo, donde dice: «De la misma norma se infiere además, que la ley expresamente ha señalado que no constituyen remuneración determinados beneficios, tales como las asignaciones de pérdida de caja, de colación y de movilización y, en general, los que tengan por objeto reembolsar gastos en que deba incurrir el trabajador con ocasión de la concurrencia a sus labores y de la prestación de servicios«
Hola mi nombre es Paola trabajo en una empresa del 02/11/2015 hasta hoy tengo sueldo fijo y variable, CON SEMANA CORRIDA a pesar que mi horario de trabajo es de lunes a viernes. mi pregunta es como calculo el pago de una semana de vacaciones en invierno desde el 16/7/18 al 22/07/2018. ya que en verano me tomare las 2 semanas siguientes.QUIERO SABER FORMULA YA QUE YO TOMO LOS TRES ULTIMOS 3 MESES Y LOS PROMDIO PERO SIEMPRE TENGO UNA PEQUEÑA DIFERENACIA CON LA EMPRESA
Quisiera saber si me puedes ayudar, trabajo en una veterinaria y deberian pagarme este mes las vacaciones, ya que no me las tome. Trabajo 3 días a la semana y mi sueldo liquido es de $130.000 pesos ¿cual sería el monto de mis vacaciones?
Gracias de antemano
Estimada Francisca, las vacaciones es obligatorio tomarlas, no se pueden cambiar por plata.
hola
Dias feriados y libres?….
me dieron 21 dias de vacaciones y dentro de esos dias de vacaciones. habia un feriado y tenia tres dias libres……?( en total son 24 dias de bacaciones ono?)
saludos cordialmente
andres
Hola, muy buena pagina:
Quiero consultar los siguiente:
Entre a mi trabajo el 20-04-2004, siempre he tenido mi sueldo 50% fijo, 50% variable…pero desde el año pasado cada vez que tomo vacaciones me suman a mi sueldo un adicional que es por este concepto me dijo el contador..por tener sueldo variable, mi consulta es, que pasa con los otros años que tome vacaciones?..nunca me pagaron eso?…que se hace en esos casos?..puedo exigir que me paguen por los 7 años que llevo el retroactivo de estas vacaciones por tener sueldo variable?..agradecere su respuesta.
Hola, mi consulta es que pasa si una persona renuncia a partir del 1 de julio de 2011 y en abril estuvo 27 dias con licencia medica… para efecto del calculo del finiquito, se debe promediar las ultimas 6 liquidaciones incluyendo la del mes con licencia? osea se agrega al calculo la liquidacion con bajo sueldo?
gracias por responder
yo cumpli el 02 de julio 6 meses de trabajo y renuncie el 24 a mi trabajo por tema de viaje. y en mi trabajo es a comiciones, en tres meses persivi 3 millones de pesos, el cual de vase es 182.000 y 115 en movilizacion y colacion. cuanto devieran finiquitarme.
Quiero hacer una consulta
como se calcula un finiquito si mis ultimas 4 liquidaciones estan cortados por licencias medicas, se toman las ultimas trabajadas completas???
espero respuesta
gracias
hola trabajo 7×7 tengo 2 años 8 meses trabajando en mismo turno cada cuanto me tocan vacaciones cada 8 meses 15 dias como estoy confundido
debo cacelar las vacaciones correspondiente al período anual, pero necesito saber si el valor se calcula pon el sueldo base mensual, el imponible, el bruto o líquido mensual. gracias
Estimada Elena, para el cálculo de vacaciones lo legal es hacerlo sobre la Renta Imponible. En teoría la colación y movilización no entran dentro del cálculo de las vacaciones (se supone que el empleado que está de vacaciones no incurre en estos costos). De todas formas, hay muchas empresas que sí las incluyen, y recientemente se está debatiendo cambiar el concepto de Renta Imponible para que incluya todos los conceptos, tal y como puede ver en las últimas entradas del blog de este mes de Julio-2011.
me podrian ayudar a calcular mi finiquito ,tienen algun correo donde escribir porfavor
Estimado Sr/Sra Muñoz, en los comentarios puede ver el enlace al simulador de finiquitos de la Dirección del Trabajo. Y si no está familiarizado con los conceptos, cualquier contador le puede decir cómo hacerlo en su caso.
Tengo una duda: llevo 9 meses trabajando con contrato indefinido (desde noviembre 2010) pero septiembre y octubre lo hice con boleta, eso no cuenta? ahora voy a renunciar, y mi duda es cómo debo calcular el feriado proporcional que me corresponde? o no me corresponde nada en el caso que renuncie?
Juan;
Estimado, quisiera saber si las vacaciones proporcionales acumuladas de periodos anteriores 2008-2009-2010 tienen un plazo o periodo para ser tomadas o despues de un tiempo las pierdo?
Estimados:
Junto con saludar y felicitar por el blog, me gustaría saber como se saca las vacaciones devengadas el cual la empresa da 20 días habiles.
Son las que se acumulan despues del año????
Estimado, debes formular la pregunta de manera más clara. Y recuerda que siempre lo mejor es preguntar en la empresa cómo están dando las vacaciones. No tienen motivos para mentirte.
laudus, eres muy bkn muy bueno tu sitio, ayudas a mucha gente.
Gracias.
ola necesito calcular mis vacasiones llevo un año trabnajndo y mi sueldo es de 250000 mensuales en bruto,no me he tomado dias ni nada y voy a vender mis vacasiones como saco el calculo de lo que me tienen que pagar gracias
Estimada Soraya, si has leído los comentarios habrás visto que las vacaciones no se pueden cambiar por dinero.
Trabajo en un jardín Infantil perteneciente a Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI ), perteneciente a la Administración Publica, me gustaría saber si el período de descanso de invierno que nos dan es un beneficio que nos da la Institución o está dentro de las normativas de la Administración pública.
Hola. Antes que nada, felicitaciones por este excelente blog, que responde tantas dudas. En mi caso, he leido casi todo pero no encuentro respuesta a mi inquietud. Llevo aprox. un año y medio trabajando en una empresa. Empece en enero 2010, y al finalizar el primer año, tomé mis 15 dias de vacaciones. Ahora bien, a esta altura del año 2011, tengo 5 días de vacaciones devengados, correspondientes a este año. Solicito 2 dias a mi empleador, pero me contesta que si quiero ausentarme, deberé tomar licencia sin goce de sueldo, porque no tengo derecho a vacaciones adelantadas. Esto es asi? Serían vacaciones adelantadas si ya se han devengado? Es que yo no tengo derecho, o es que mi empleador prefiere postergar el otorgamiento, aunque yo pueda pedirlas?? Muchas gracias, desde ya
Estimada Malena,
efectivamente en teoría las vacaciones se pueden pedir después del primer año, pero también es cierto que ya has devengado días de vacaciones. Estos días los puede otorgar el empleador, o no. Depende de las necesidades de la empresa, convenios, etc. El Código del Trabajo no da normas estrictas sobre cuándo dar las vacaciones, más que «el feriado se otorgará de preferencia en primavera o verano, considerándose las necesidades del servicio».
Hola, necesito que me orienten, las vacaciones progresivas se pueden tratar de la misma forma que las vacaciones comunes en una provisión de vacaciones, quiero decir:
Vacaciones comunes : 8 días Hábiles /1.25= 6.4 meses laborados * 1.75 días corridos= 11.2
Vacaciones Comunes + Progresivas 8+2=10 /1.25= 8 meses * 1.75= 14 días corridos.
o simplemente las vacaciones progresivas se llevan en días hábiles ya que no tiene el mis efecto de generarla.
Lo agradeceré enormemente.
Estimado Rommel, las vacaciones progresivas son a todos los efectos iguales a las vacaciones normales. Pero sin embargo, el cálculo que haces no es correcto. El multiplicar los días de vacaciones por 1,75 no es válido. Las vacaciones hay que computarlas como días hábiles desde el momento en que se toman. Y depende de los fines de semana y días feriados que haya en el periodo, pueden durar más o menos.
Es decir, 4 días de vacaciones pueden ser:
– 4 días corridos: si se toman a partir del lunes (lunes, martes, miércoles, jueves)
– 6 días corridos: se se toman a partir del jueves (jueves, viernes, sábado, domingo, lunes, martes)
– 6 días corridos: si se toman a partir del martes, y si la jornada laboral es de 5 días a la semana (martes, miércoles, jueves, viernes, sábado, domingo)
– 4 días corridos: se se toman a partir del martes, y la jornada es de 6 días a la semana. En este caso el sábado habría que incorporarse al puesto de trabajo.
hola esperando me puedas ayudar, necesito consultar por mis vacaciones.
resulta que yo ingrese a mi actual trabajo el 01 de agosto lo cual hoy me quiero tomar vacaciones por 8 dias habiles.
mi consulta es si ¿afectann de alguna manera las proximas vacaciones si me las quisiera tomar en enero del 2012 los 15 dias habiles?
Ladus, como estas?
mi consulta es la siguiente: como calculo el sueldo que me van a pagar mis vacaciones? y que entra en la remuneración integra?
entre a trabajar el 01 de mayo de 2010 (fecha del contrato)
mi sueldo liquido, casi siempre, llega a $ 350.000
sueldo base: $ 172000
gratificación: $ 43000
bono responsabilidad: $ 15000
horas extras: varían todos los meses
mas:
bono colación: varían todos los meses
bono movilización: varían todos los meses
viáticos: varían todos los meses
y ahora me quiero tomar mis vacaciones …. cuanto me deberían pagar????
y cuantos dias me corresponden???
gracias por tu ayuda
Por favor me pueden calculas los siguientes finiquitos por faena:
desde el 14/01/11 hasta 11/03/11
y desde el 15/03/11 hasta 21/04/11
ambos con sueldo unico de 180.000.-
gracias
Estimado Víctor, nosotros intentamos mostrar cómo hacer los cálculos o cómo funcionan ciertos procedimientos. Hay mucha información en todos los comentarios también, y además podrás ver que también hay un simulador de finiquitos de la Dirección del Trabajo. Lo provechoso es que consigamos mostrar cómo se hacen las cosas, no resolverlas por el usuario. Así no se aprende nada. Si tu objetivo es profesional, entonces deberías acudir al contador de la empresa, ya que el cálculo de finiquitos es algo que los contadores hacen habitualmente, y uno sencillo como el que dices no debería ser problema.
Estimado
Se puede renunciar estando de vacaciones.
tengo vacaciones por 1 mes aprox. desde el 20 de mAYO al 25 de Junio. Por razones personales, debo renunciar a mi trabajo. Se puede hacer sin problemas?. Debo suponer que si renuncio por ejemplo el día 27 de Mayo, no me pagarán los días de vacaciones al 25 de Junio?
Mil gracias por su respuesta.
Estimada Cynthia, mientras uno está de vacaciones la relación laboral continúa, y por tanto se puede renunciar. Hay que seguir los cauces habituales, y anunciar la decisión a la empresa lo antes posible. Respecto al monto de días de vacaciones a pagar, si estas vacaciones ya se han devengado entonces sí se las deben pagar.
Hola, mi gran duda es la Siguiente:
En el mes de Febrero me tomé los 13 dias habiles de vacaciones, mi sistema de Remuneraciones es Mixto, Fijo y variable segun Comisiones de Ventas, las ventas de mi gestión corresponde a una gestión comercial que puede durar meses, son Equipos de Impresión y Fotocopiado. La Empresa me pagó las comisiones de todo el mes correspondientes a febrero, porque igual existieron ventas estando de Vacaciones.
Como se debe Pagar? Promedio del sueldo variable de los ultimos 3 meses mas el fijo integro o bien Sueldo Fijo mas Variable de los ultimos 3 meses mas y además lo Vendido en el mes de febrero……
Gracias por la Respuesta
Aldo.
Estimado, le agradecere aclarar la siguiente duda.
Para los trabajadores con jornada exepcional (14×7), la fecha para el calculo de vacaciones es la fecha de finiquito o cuando termina su turno….Gracias.
Buenos dias, mi pregunta es la siguiente, si el periodo de vacaciones comprende el dia 31, este tambien se paga? es decir si sale el 25 y regresa a trabajar el 5 se pagan 10 dias u 11? asumiendo que el mes tiene 31 dias.
gracias
Estimado Gabriel, las vacaciones se toman por días hábiles disfrutados, de lunes a viernes; da igual si el día cae en el 5, 31, ó 29.
Se tienen 15 días hábiles al año, sin contar en el caso de que el trabajador tenga días progresivos, o está en una zona geográfica de 20 días al año (Región de Magallanes, Antártica, Región de Aysén, y Provincia de Palena).
mi consulta es, empleado publico estaba a contrata 1 de enero al 31 de diciembre 2010, solicite permiso sin goce de sueldo por dos meses( nov- dic.)y renuncie el 2 de enero 2011, tengo derecho a un finiquito si es asi como calculo el finiquito
Hola, primero que todo agraderer el blog que resuelve muchas dudas, felicitaciones. Ahora mi duda es la siguiente yo voy a cumplir 1 año (15 de mayo 2011) trabajando en una empresa de transportes que presta servicios de pasajeros a transantiago, mi contrato es de part time ( solo trabajo sabados y domingos) con 9 horas de trabajo por dia, mi duda es que si tngo derecho a vacaciones, algunos hablan tambien de las vacaciones de invierno q es una semana, entonces quisiera saber cuanto me corresponderia de vacaciones al cumplir un año, ademas cabe destacar que llevaba 6 meses en la empresa y pedi vacaciones y me las negaron, es cierto eso. Se lo agradeceria mucho, muchas gracias
Estimado Juan Pablo, al año de trabajo le corresponden 3 semanas de vacaciones. En su caso, que trabaja sólo 2 días a la semana eso significa 6 días laborales de vacaciones. En cuanto a las «vacaciones de invierno», no existen tal cual en el Código del Trabajo, salvo que ustedes tengan un convenio colectivo que las contemple. Si no es así, alguien debió confundirse con las vacaciones escolares ….
como hacer un finiquito por vencimiento del plazo
si el empleado trabajo del 6 de diciembre 2010 al 8 de abril 2011.
como saco las vacaciones proporcionales? segun mis calculos me salen 5.25 dias correspondientes, estoy en lo correcto?
si gana el sueldo minimo de 172000 mil pesos cuanto dinero le corresponde?
Estimada Sephanie, revisa por favor: http://blog.laudus.cl/2009/10/22/vacaciones-y-finiquito/
HOLA
TENGO UN EMPLEADO BAJO EL CCT 130/75 Y NO SE TOMO LAS VACACIONES 2010 Y PRESENTÓ SU RENUNCIA PARA 15 MAYO 2011, DEBO PAGARLE LAS VACACIONES 2010(14 DIAS)??? COMO? O SOLO LAS VACACIONES PROPORC 2011? COMO DEBO HACER EL CALCULO DE LA LIQUIDACION FINAL? DEBO TENER EN CUENTA LOS ACUERDOS NO REMUN A LA FECHA? GRACIAS
Estimada Soraya, si el empleado no disfrutó de sus vacaciones del 2010, le corresponde pagarlas, así como el proporcional del 2011. En la entrada: http://blog.laudus.cl/2009/10/22/vacaciones-y-finiquito/
figura cómo realizar el cálculo.
se cumplio mi primer contrato a plazo fijo por un año el 30 de marzo 2011 y me ronovaron por otro año en mi finiquito me corresponde que me pagen 15 dias de vacaciones?
ellos me dicen que no me corresporde porque tenia que estar 1 año y un dia.
por favor asesoreme.
Grasias.
Estimado Jorge, en el finiquito hay que pagar las vacaciones devengadas aunque se haya trabajado sólo un mes. Otra cosa diferente es que en teoría un trabajador sólo puede disfrutar de las vacaciones cuando ya ha cumplido un año, pero si hay finiquito antes se deben pagar las vacaciones a razón de 1,25 días por mes trabajado (o aplicando otros de los métodos de cálculo explicados en el blog).
Hola, tengo la siguiente consulta
me corresponde tomar dos periodos de vacaciones, uno de estos atrasados por maternidad, pero estos ultimos meses he estado con licencia medica por mi hijo, si existen licencias medicas rechazadas y por lo tanto no hay un pago mensual hasta que esto se resuelva, en que implica en el pago de vacaciones? o solamente se toma en cuenta el mi sueldo imponible sin tomar en cuenta este tipo de situacion?
ruego responder a la brevedad, me preocupa mucho que pasara con el pago de mis vacaciones
Atte.
Estimada Melissa, cuando el trabajador tiene una licencia prolongada, o una situación especial como la que comenta en el que el sueldo puede ser cero, para el cálculo de vacaciones se debería tomar el sueldo pactado en el contrato.
Estimados (as):
Trabajo en una empresa minera nueva que opera en turno 7×7 autorizado solamente para la parte de la operación. Mi consulta es saber cómo se dan vacaciones a las personas que piden de uno a cinco días o de once a quince días, en otras palabras cualquier día que no sean 10 días solicitados. Para los 10 días la situación es clara.
Aprovecho de felicitarlos por el trabajo desarrollado, es muy util a las personas que tienen dudas laborales
Saludos Cordiales
Estimado Guillermo, el tema de las «jornadas mineras» y las vacaciones suscita siempre preguntas. El principio a aplicar es el mismo que en las jornadas parciales, que puedes ver en el comentario y su respuesta (con lo que determina la Dirección del Trabajo): http://blog.laudus.cl/2009/09/24/calculo-de-vacaciones/#comment-133
Estas jornadas especiales se prestan a poder encadenar muchos días de vacaciones utilizando unos pocos de los 15 días disponibles. Por ejemplo, en un turno 7×7, en el caso más ventajoso para el trabajador, éste podría estar hasta tres semanas de vacaciones utilizando tan sólo 5 días hábiles de sus 15 disponibles.
Puedes ver otro comentario sobre las jornadas mineras en: http://blog.laudus.cl/2009/09/24/calculo-de-vacaciones/#comment-1079
Si un trabajador cuya jornada laboral es de lunes a viernes toma 5 dias de vacaciones (lunes y viernes) su comprobante debería decir 5 dias habiles y 0 inhabiles o 5 dias habiles y 2 inhabiles? Gracias de antemano
Estimada Paola, no hay un formato fijo de comprobante. Lo mejor es especificar el periodo de vacaciones que se tomó el empleado (en este caso de lunes a domingo), y que ello significa 5 días hábiles de vacaciones (de los 15 disponibles, si no hay vacaciones progresivas).
De hecho nosotros, en nuestro software, en el comprobante especificamos día a día cuál es hábil y cuál no, para que el trabajador no tenga ninguna duda, y así ahorrar tiempos de consultas con ellos.
Hola…
Por favor, necesito saber cuanto me tienen que pagar si me despidieran, el 19 de abril cumplo 8 meses y nunca me he tomado vacaciones.
Gracias.
Estimada Yani, depende del sueldo y de otros factores. En la Dirección del Trabajo tienen un estupendo simulador de finiquito:
http://ventanilla.dt.gob.cl/simulador/Finiquito/entrada.aspx
Buenas tardes me gustaría saber cuanto me corresponde de liquidación por 4 meses y 7 días de trabajo si mi retiro es voluntario soy conserje de un edificio.
hola me gustaria si me pudieran sacar de una duda resulta que yo me tome 10 dias de feriado 2011 y medoi cuenta despues que cumplo 15 años de imposiciones en el mes de junio , es posible tomarme mis 5 dias adicionales por los 15 años de imposiciones espero me respondan
Estimado Arturo, 15 años de imposiciones no dan derecho a 5 días de vacaciones progresivas. Por favor, lee la entrada y comentarios para ver cómo se calculan.
Como se calcula indemnizacion por vacaciones proporcionales a trabajador con jornada parcial de 4 dias a la semana, en turnos rotativos de lunes a domingo? Fecha de ingreso 02/09/2010, renuncia voluntaria 28/02/2011, sueldo por dia $6.500.-¿Como incide si hubieron semanas que trabajo menos dias?
Muchas Gracias.
tengo una duda voy a empezar a trabajar co mi empleador por media jornada cuantos dias de vacaciones me corresponden ahora? ojala me respondiras porque ella dice no saber cuantos dias son. grasias
Estimada Paola, los mismos que cuando tienes jornada completa, 15 días hábiles al año.
bueno les quiero preguntar si tengo derecho o a finiquito si yo me retiro o me despiden de mi trabajo e preguntado y me han dicho q si pero quiero saber porfavor voy a estar esperando una resp
gracias.
Estimada Jacqueline, ¿no has leído los comentarios? ¿no has visto que siempre se tiene que hacer finiquito?
estimado
mi consulta es la siguiente, mi madre trabaja como asesora del hogar de lunes a viernes y sabado mual empleedio dia,su actual empleador con la cual lleva casi 3 años le esta contado los dias sabados tambien como dias de vacaciones, siendo que por lo que lei en el blog solo se cuentan los dias habiles.
favor confirmar lo que entendi y señalar el art. del codigo del trabajo para poder informarcelo a mi madre.
gracias
Estimada Alejandra, así es, sábados y domingos no se computan como vacaciones. El Código del Trabajo lo tienes aquí: http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/articles-59096_recurso_2.pdf
Buena tardes tengo 6meses de trabajo me corresponde vacaciones
Buenas tardes trabajo puertas adentro tengo 6meses trabajando me corresponde vacaciones gracias
Hola los felicito por este espacio deja a mucha gente mas tranquila, mi consulta es la siguiente estoy trabajando el sector publico a plazo fijo (sector salud)hace 10 años, y 10 años con empleadores particulares, quisiera saber si me corresponden los 20 dias de vacaciones por 15 de imposiciones.
Estimada Fresia, tienes un poco de lío. No te corresponden 20 días de vacaciones en ningún caso (as no ser que trabajes en las zonas de Chile afectas a períodos de vacaciones más extensos por ley). Las vacaciones progresivas se calculan como se indica en la entrada, pero no te llegan a 5 días adicionales a los 15 estándar.
Por favor, revisa bien la entrada.
Buenos días Laudus,
Muchas gracias por entregar tanta ayuda. Estuve leyendo muchos post y no pude encontrar algo similar a mi caso, ojalá puedas orientarme.
Trabajé 3 años y 6 meses como empleada pública. Luego estuve 1 año sin trabajar ni imponer en la AFP. Ahora (desde el 7 de enero de 2011) comencé a trabajar como funcionaria pública nuevamente, pero en otra institución.
Mi consulta es: Me corresponde tomar vacaciones este año considerando que trabajé anteriormente? o debo esperar a cumplir 1 año en esta institución para poder hacer uso de mis vacaciones?
Muchísimas gracias.
Estimada Lorena, una vez que hay finiquito, la relación laboral se extingue, y al comenzar de nuevo con otro contrato el cómputo de las vacaciones comienza de nuevo.
Muchas gracias por su aclaración.
Hola, necesito que me oriente. entre a trabajar en mayo del 2006, actualmente estoy con licencia postnatal, se me vence pronto y quiero renunciar a mi trabajo, tengo 2 periodos de vacaciones pendiente, como lo tengo que hacer, renuncio o me tengo que tomar las vacaciones y despues renunciar. si renuncio y no me tomo las vacaciones las pierdo?? o me las pagan integramente?? gracias
Estimada Ignacia, el derecho a las vacaciones es irrenunciable, y no se «pierden». O bien te las tomas antes de dejar la empresa (en cuyo caso te pagarán ese periodo porque las vacaciones son pagadas), o bien te hacen el finiquito y te incluyen las vacaciones pendientes en el mismo.
Hola, necesito ayuda sobre el cálculo de vacaciones proporcionales para una persona que inició sus labores el 3/11/10 y renunció el 01/02/11. Su sueldo base es de $172.000 + bono por cargo $40.000. Lo que resulte se paga íntegramente??. Por otra parte, hay un trabajador que renunció y trabajó justo 1 año pero ya se había tomado sus vacaciones, no se le debe hacer igual finiquito????. Por fa, necesito que me ayudes. Gracias
Estimada Carolina, en cuanto al cálculo del finiquito, visita el simulador de finiquito de la dirección del Trabajo, que hemos recomendado varias veces en este blog.
En cuanto a la necesidad de hacer finiquito, siempre se debe hacer finiquito, para terminar la relación laboral y que quede constancia.
Hola,
Tengo una duda. Yo empec’e a trabajar el 5 de Marzo del 2010 y boleteaba el mes siguiente (por el mes anterior trabajado). Realize este sistema por 2 meses y en el tercer mes (5 de Junio) me contrataron.
Dice que los 15 dias habiles de vacaciones son a partir de un año trabajado. Eso significa un año contratado» o en mi caso: «contratado + boleteando»??
Por favor si alguien me puede ayudar con esta duda. Muchas gracias
Estimado Sebastián, en estricto rigor las vacaciones se devengarían desde el comienzo del contrato. Sin embargo, si durante el periodo de boletas había una relación de dependencia laboral, entonces si vas a un juzgado de laboral seguramente lo admitirían como parte del periodo trabajado. Eso se suele hacer cuando ha habido relaciones laborales extensas que se han basado en boletas, y el trabajador queda después sin beneficios de ningún tipo. En tu caso no creo que te merezca la pena entablar una «disputa» legal por tan poco periodo, y ver qué decide el empleador.
Hola. Salgo de vacaciones este año 2011, el dia viernes 4 de marzo. A partir de este año, dieron como dias feriados el 7 y 8 de marzo por carnaval. Quisiera saber si tendria vacaciones hasta el 18 de marzo o recien volveria el miercoles 23? Gracias
Hola tengo 17 años y 11 meses trabajando de los cuales 14 años y 5 meses son de mi ultimo empleador, consultando me corresponde ya dos dias de vacaciones progresivas pero mi duda es la siguiente tomando mi ejemplo la figura es la siguiente
a los 10 años cumplidos 15 dias de vac
a los 13 años cumplidos 15 dias de vac + un dia prog
a los 14 años cumplidos 15 dias de vac + un dia prog
a los 15 años cumplidos 15 dias de vac + un dia prog
a los 16 años cumplidos 15 dias de vac + dos dias pro
a los 17 años cumplidos 15 dias de vac + dos dias pro
asi …..
estoy en lo correcto ?
Consulta trabajo en un edificio los dias domingo al entregarme la la liquidación , por estar de vacaciones me descontaron bonos de movilizacion y colación , la ley dice que la remuneración en vacaciones debe ser integra ,,porque me lo descontaron? es legal.
Estimado Jaime, hay empresas que lo hacen y empresas que no lo hacen, pero es legal. Tenga en cuenta que la colación y movilización son para sufragar gastos que se generan cuando uno va al trabajo; por eso la Dirección del Trabajo ya dispuso que es correcto no abonarlas en el periodo de vacaciones. Revisa el comentario:
http://blog.laudus.cl/2009/09/24/calculo-de-vacaciones/#comment-520
hola quiero consultar por las vacaciones progresivas el 4 de agosto del 2010 cumpli 13 años trabajando en una misma empresa el cual me correspode 1 dia progresivo presenté todos los papeles correspondiente a mi empleador en esa misma fecha y a todavia no me la an dado ¿que puedo hacer? ¿puedo llegar y tomarmelas sin que el empleador este de acuedo? y quiero saber si me corresponden las del 2010 o las del 2011
Estimada Wilma, si no te permiten tomar los días progresivos es como que no te permitan tomarte vacaciones normales, o no te paguen el sueldo. Es un conflicto que debes resolver con el empleador.
Hola .
tengo la siguiente duda.
actualmente trabajo en una faena minera en un regimen de turnos 7×7 .osea trabajo 7 y descanso 7.Ahora bien me quiero tomar mis vacaciones. y deberian correr apartir de
1.corrido un descanso de 7 dias , luego los 15 dias de vacaciones .
2. 7 dias de descanso,7 vacaciones luego 7 descanso ,7 vacaciones ,luego 7 descanso y entro al turno.
lo que pasa que la empresa dice que es un turno 1×1
por lo que como en mis 7 dias de vacaciones no subì a faena no me corresponden 7 dias de descanso y me lo toman por dias de vacaciones.Pero pienso que si uno esta de vacaciones no necesita subir a faena para que te corra el descanso ya que es tu feriado legal y es como si estuvieras en faena.
por favor nesecito me aclaren este concepto .
muchas gracias.
Estimado Mauricio,
efectivamente los turnos de jornadas especiales (por ejemplo 4×4, 7×7, 15×10, etc) suponen un caso atípico para las vacaciones. En estos casos las vacaciones se toman igual, es decir, 15 días hábiles corridos (tomando como hábil la definición estándar, es decir, de lunes a viernes).
Y si el día de retorno de las vacaciones coincide en un periodo de descanso de la jornada 7×7, habrá que tomar este periodo de descanso. Por eso, lo más normal es pedir las vacaciones de tal forma que coincida el primer día de vacaciones al final de un periodo de descanso, o el último día de las vacaciones al principio de un periodo de descanso. De esta manera, se encadenan las vacaciones con un periodo de descanso.
En el caso de los turnos 7×7 es donde más se puede aprovechar esta circunstancia, ya que se podría encadenar un periodo de descanso, 3 semanas de vacaciones, y volver a encadenar con otro periodo de descanso para tener un total de 5 semanas seguidas de vacaciones. Todo depende de si al empleador también le calzan las fechas de vacaciones solicitadas.
Consulto:
Si faltan 2 días para cumplir año en la empresa(7 años)y me despiden, me corresponderán igual los 2 días progresivos correspondientes a ese año? Ya me habían pagado los progresivos anteriores que eran 5 días en total.
Tengo un trabajador que solo desea tomar cinco dias de vacaciones. Su jornada laboral es de lunes a sabado. Debe salir el dìa lunes o puede elegir cualquier dia de la semana???
Hola, sabes tengo un problema y me gustaría que me ayudes con el calculo del pago de mis vacaciones…
Yo soy trabajador Part time, entre a trabajar con contrato desde el 1 de Julio del 2010 y salí de vacaciones el día 30 de diciembre del 2010 hasta el 11 de enero del 2011, con 9 dias hábiles y 4 de fin de semana, he trabajado los últimos tres meses 4 días a la semana (7 horas y 30 minutos, por día).agradeceria su ayuda!..
Nicolas B
Estimados:
Tengo la siguiente duda..
Renuncié a la empresa en la que estaba.. el día 31 de Diciembre de 2010… a la cual ingrese a trabajar el día 19/11/2009… el finiquito me lo pagarán el día 31 de Enero de 2011.. Mi consulta es.. cuanto es lo que me corresponde como pago de finiquito si los días pendientes son 23.3 dias… y mi sueldo base es de 300000 y el imponible de mi ultima liquidacion es de 391877… espero su ayuda.. Saludos! y muchas gracias por el espacio!
Quisiera, feclicitarlos por este post, creo que es grandioso, y ve muchas dudas al repecto, como la que tengo, quisiera saber si los día procgresivos son acumulables?, los tengo acreditados con mí empleador, el año pasado no los tomé, este año tengo 5 más, puedo este año hacer uso de los 10, los dìa progresivo tienen topes? por los años de servicios???
Gracias nuevamente…
Estimado José Luis, gracias por los comentarios. Por favor revisa la entrada de vacaciones progresivas, y sobre todo los comentarios, ya que esta misma duda se ha repetido varias veces.
En general las vacaciones se pueden acumular por dos años nada más. Revisa lo que te he comentado para más detalle.
Primero que todo gracias por la información, tengo una duda que me nace, según leo el goce de vacaciones es cumpliendo un año, yo voy a cumplir trabjando 5 meses, y mi jefe me dijo si me iba tomar vacaciones. Si me tomo esos días, se toman como vacaciones, no me descuentan del sueldo los días trabajados?
Estimado Alejandro, has leído la entrada, pero no has leído entonces varios comentarios que hay al respecto. Las vacaciones se devengan desde el primer día, otra cosa es cuándo las puedes disfrutar. Por ley, a partir del primer año; pero si el empleador quiere también puede ser antes. Y lee los comentarios.
Trabaje a contrata en una municipalidad el año recien pasado, mi contrata era desde el 4 de enero al 31 de diciembre del 2010, estuve con licencia desde julio a diciembre y el dia 31 terminó mi contrata. mi consulta es si corresponde que me paguen vacaciones proporcionales ya que no hubo renovacion de la contrata? segun ellos cuando los funcionarios municipales no toman las vacaciones se pierden…en el caso que asi fuera no me las tomé porque estaba haciendo uso de licencia medica por enfermedad….ojala me puedan responder, de antemano muchisimas gracias!
Buenos días, mi duda es la siguiente: empece a trabajar en Sept./1981, y estuve es ese trabajo hasta Abril/2004, nunca hice efectiva las vacaciones progresivas, hoy estoy en un nuevo trabajo desde Nov/2004 a la fecha, y me gustaría saber si tengo derecho a vacaciones progresivas y cuantos días. les consulto pues he tenido variadas respuestas, espero que uds, me respondan
Atte. Maevar.
Estimada Maevar, hay muchos ejemplos al respecto en los comentarios, lo que cuesta que la gente lea.
En noviembre del 2004, al incorporarte, podías hacer valer sólo 10 años de todos los trabajados anteriormente. A partir de esa fecha, 01-11-2004, cada tres años tienes un día de vacaciones progresivo adicional. Es decir, el 1-11-2007 tu primer día, y así sucesivamente. Y por favor, aprender a leer antes de preguntar.
si me tome mis 15 dias del año 2010.. y ahora espieza el periodo 2011, puedo tomarme mis vacaciones de este año ahora en los meses de febrero o tngo q esperar 6 meses como me dicen aca en la empresa, para tomarme los de año 2011.
Si llevo 3 meses, cuantos días proporcionales tengo?
Estimada Coni, ¿has leído la entrada?
ola el lunes 24 de este mes me voy de vacaciones me voy a tomar los 15 dias, y lo que quiero saber es que dia me corresponde llegar de vuelta de vacaciones, ya que yo trabajo en el mall y tiene un horario de lunes a domingo, y mi duda es si me corresponde llegar un dia lunes o un sabado porque todos me dicen que el dia lunes porque es habil pero mi jefe insiste en que tengo que volver el sabado. ojala me erespondan gracias
Estimada Giselle, por favor lee algún comentario en esta página al respecto, tan sólo busca por la palabra sábado, no es tan difícil. Y lo legal es que te reincorpores el sábado, busca bien la explicación en los comentarios de arriba.
estimados,
tengo 10 años 5 meses cotizados (segun el certificado de AFP)
¿corresponden dias progresivos?
slds
Estimado Sergio, en la entrada tienes la explicación, y después hay muchos comentario con ejemplos.
Quiero empezar felicitándolos por la asesoría que nos dan a los trabajadores
mi consulta es la siguiente
Soy docente de institutos y llevo varios años trabajando para distintos empleadores con sueldos a plazo fijo y siempre me han pagado las vacaciones proporcionales.
Este año trabaje para un nuevo instituto y en el finiquito no me están pagando vacaciones proporcionales. La respuesta de ellos es que me tome las vacaciones de invierno
todos los institutos anteriores dan las vacaciones de invierno a los docentes junto con los alumnos y nunca me las habían descontado de las vacaciones proporcionales
Están en su derecho???
Me entra la duda revisando el código del trabajo capitulo IV Art.74
hola por favor responder entre a trabajar el 12 de agosto del 2010 mi contrato vencio en diciembre me alargaron el contrato hasta abril del 2011 pero renunciare el 29 de febrero me corresponde algo de vacaciones o no’
MUCHAS GRACIAS
estimado tengo 9 meses y 10 dias y el finiqui me lo pagaron por un monto de 82.417 mi pregunta es esta bien pagado
Estimado Sergio, depende de tu sueldo base, las vacaciones tomadas, y muchos otros factores. Si estás tan perdido, te recomiendo ir a un asesor contable.
Estimados:
Les agradeceré me respondan la siguiente consulta
Para el cálculo de las vacaciones proporcionales tengo claro el factor y la forma.
La duda es que renta debe considerarse para ello?
La última del mes?
El promedio de los tres últimos meses?
Qué dice la Ley sobre esto?
Cambia si es renta fija o variable?
Muchas gracias
Saludos cordiales
Javier
Estimado, tengo algunas consultas acerca de un finiquito que yo debería recibir por presentar una renuncia voluntaria.
He buscado información al respecto pero no encuentro mucho.
Puedes ayudarme?
Saludos y gracias!!!
Estimado Ricardo, en el sitio web de la dirección del Trabajo ( http://www.dt.gob.cl ) tienes toda la información que necesitas, desde legislación, jurisprudencia, dictámenes, preguntas frecuentes, hasta un simulador de finiquito. Dado que la extensión del tema es larga, puede ser más eficaz preguntar a un asesor contable-laboral.
voy a cumplir 3 años trabajando, y mi empleadsor no me quiere dar vacaciones a pesar que tengo contrato que puedo hacer
Estimada Judith, las vacaciones sólo se pueden acumular por dos años. Lo mejor es hablar con él; si realmente el empleador no le quiere dar vacaciones, es como que le diga que no le quiere pagar, usted debe tomar una decisión al respecto.
yo trabajo en turno de 8×8 quisiera saber cuantos día me corresponden y como se toman
si trabajo 8 día
descanso 8
vacaciones 8
trabajo 8
o como se deverian tomase las vacaciones
gracias
Hola mi consulta es la siguiente,a mi me contrataron a plazo fijo desde agosto a diciembre de 2010, ahora me van a renovar el contrato, pero por lo que me dijeron es nuevamente a plazo fijo, entonces quisiera saber si cuando me finiquiten, al termino del segundo contrato,para pagarme el finiquito me cuentan todas las vacaciones proporcionales desde que ingrese en agosto o cuenta desde enero, y lo segundo hasta cuantos contratos a plazo pueden hacerme, porque tengo entendido que son hasta 2 y el 3º pasa a indefinido, pero en el caso de los profesionales que se rigen con el codigo 20 de horario, porque yo no marco tarjeta, es igual?. Muchas gracias .
hola mi consulta es la siguente.si yo tengo un total de 279 meses trabajados en este sistema,(es cuando comence a trabajar) cuantos dias progresivos deveria tener (solamante dias progresivos) ette roberto gracias
depende cuando hayas presentado el certificado de vacaciones progresivas
Segun el art.71 un trabajador con remuneracion fija mas una variable en comisiones, esn su período de vacaciones debe remunerar integramente su parte fija y la variable sera calculada como el promedio de los tres ultimos meses.
mi consulta es si el trabajador se toma solo 10 días de los 15 que le corresponden al año lo del articulo 71 se cumple de igual forma??
Estimado Emilio, el método que mencionas es para calcular la remuneración variable correspondiente a los días de vacaciones. Por eso da igual que se tome 1 día o 15 de vacaciones, el variable de esos días se calcula en función de la media de los últimos 3 meses.
Los 15 días son hábiles quiere decir de lunes a viernes por lo tanto tus vacaciones son 15 dias hábiles o 21 días corridos eso quiere decir 3 semanas completas…
hola…. trabajo de lunes a sabado hace 2 años en una empresa de conserje… según mi empleador solo me corresponden los 15 días corridos, o sea 2 semanas y 3 días… pero creo que los días solo deberian contarse de lunes a viernes… ¿como puedo calcular mis vacaciones reales? ¿son 3 semanas de lunes a sabado o un poco mas de 2 semanas? necesito su ayuda urgente… graciasss
Estimado
En constructora, llevo 6 años trabajando con contrato por obra y cada obra dura aproximadamente 1 año y medio. Lo que hacen es finiquitarme en cada termino de obra y me recontratan a los 7 dias despues. Con esto nunca me han pagado vacaciones, incluso si llevo más de un año de contrato por la misma obra. Solo nos ofrecen 1 o 2 semanas sin goce de sueldo….. por lo cual hacen firmar un papel de descuento de los dias tomados para el finiquito. Para este tipo de contrato es valido que no me paguen las vacaciones?
Gracias
hola:
yo tengo contrato del 1 de enero 2010, y gano el sueldo minimo, y pagan imposiciones aparte, cuanto es el dinero de vacaciones son lo que me corresponde?? y cuanto debo recibir a fin de mes si me tomare los 15 dias habiles.
muchas gracias
Para recibir el pago de vacaciones proporcionales debe existir un término del contrato, ahora bien si te tomas los 15 días hábiles no recibirás pago de vacaciones proporcionales, a no ser que exista algún contrato colectivo o un beneficio adicional de la empresa que de un bono por vacaciones, si no te tomas las vacaciones, te correspondería en tu finiquito un pago por 122.500
mi empleador me solicita que mande las vacaciones y que se tomara como fecha de corte para días disponibles el 31/12/2010 yo ingrese el 02/08/2010 por lo cual esta esa fecha me corresponderían 5 días de vacaciones.
mi duda viene si yo cumplo meses el día 02 de cada mes al pedir mis vacaciones para después del 02 de febrero tendré mas días de vacaciones o solamente los 5 ya que me están imponiendo por la fecha de corte.
Estimado Carlos, ¿has leído el post? ¿y los comentarios que hay, muchos con situaciones parecidas, o con cómo se computan las vacaciones y cuándo tienes derecho a ellas?
Hola, tengo una duda, trabajo en forma parcial con un anexo al contrato sábado y domingo, tuve que pedir vacaciones de 2 días por un viaje fuera de santiago por motivo de concurso, y cuando recibí mi sueldo por los dos días me pagaron un poco mas de 5 mil pesos, siendo que mi sueldo rodea los 75.000.- me explicaron que el pago se obtenía promediando los últimos 3 meses y se dividía por 30 días que tiene un mes y después se multiplicaba por los dos días de vacaciones dando como resultado 5 mil y algo, mi duda surge en que yo trabajo solo 8 días al mes y por esos días trabajados gano 75.000.- pesos, estará correcto este calculo? es así el pago a los part time de 18 horas semanales?
saludos….
ese es la forma de calcular para trabajadores de jornada completa, en tu caso deben calcualrlo segun tu sueldo y tu jornada
Hola
el termino de mi contrato fue hoy dia 16/12/2010, pero no me dieron fecha para firmar mi finiquito y tengo algunas dudas:
-Firmé 2 cotratos a plazo fijo (1 mes) antes de firmar el contrato indefinido el dia 01 de junio del 2010, para calcular los dias de vacaciones proporcionales se toman en cuenta estos contratos a plazo fijo?
– para calcular el valor de cada dia de las vacaciones proporcionales que sueldo se toma en cuenta?
.- sueldo base pactado
.- base tributable (base pactado + gratificacion legal)
.- base implnible
– mi contrato era parcial por 35 horas semanales, ¿tiene alguna relevancia al calcular el valor de las vacaciones proporcionales?
– en la pagina de la direccion del trabajo sale para calcular el finiquito pero lamentablemente no para contrato con horas parciales, en uno de los items sale una casilla que dice «AF cesantia», a mi me descontaban el 0.6% mensual por concepto de seguro de cesantia, ¿eso quiere decir que estoy afiliado a un seguro de cesantia o no?
ojala puedan ayudarme con esto.
muchas gracias.
si la gratificacion es pagada mensualmente no se considera en el calculo del proporcional,el resto se toma todo lo imponible, los contratos a plazo que indicas fueron continuos o no?. firmaste anexos o contratos nuevos?, si fueron continuos, debes considerar desde el primer dia que te contrataron incluso aunque hubieras firmado finiquito, existe la jurisprudencia necesaria para validar como un contrato continuo si se generaron nuevos contratos a plazo ( no por obra) sin un tiempo sin trabajr entre ellos.
claramente estas afiliado al seguro de cesantia, todos los trabajadores contratados a partir del 2002 gozan de este beneficio. tu aportas el 0,6 de tu imponible y el empleador el 2,4 cuando son contratos indefinidos como es tu caso.
hola, tengo una gran duda, actualmente estoy con licencia por mi bebé, ya voy a cumplir 1 año, me deben mis vacaciones anteriores, que no me alcanze a tomar el año pasado porque parti con el prenatal, luego de que mi bebé nacio, segui con licencias hasta ahora, queria saber si me corresponde vacaciones por este año, muchas gracias
Estimada Soledad, por favor revisa el comentario: http://blog.laudus.cl/2009/10/22/vacaciones-y-finiquito/#comment-960
las vacaciones se acumulan apesar de estar con licencia, si tienes 2 periodos cuando llegues al tercer perido si no te has tomado podrias perder un periodo
llevo 1 año 9 meses y me cancelaron ya saque 1 vacaciones quiero saber cual seria el proporcional que me falta si trabajo solo hasta el 5 de enero donde cumplo este tiempo
Laudus, quisiera saber cuántas vacaciones me corresponden al año si tengo 17 años de servicio con distintos empleadores?
Estimados
Llevo trabajando en una empresa desde el mes de Octubre de 2008, quiero renunciar a final de diciembre del año en curso, a que me da derecho la renuncia? me deben 8 días de vacaciones, solo eso recibiría en caso de renunciar?
Gracias
Estimado usuario: puedes utilizar el simulador de finiquito de la Dirección del Trabajo: http://ventanilla.dt.gob.cl/simulador/Finiquito/entrada.aspx
Hola
tengo una duda sobre mis vacaciones pasa que llevo más de un año trabajando.
Depues de cumplir el año me tome mis vacasiones en el mes de junio desde el 4 de junio al 14 de junio.
yo trabajo de lunes a sabado.
de lunes a viernes de las 9:30 a las 19:00 con una hora y media de colacion y el dia sabado de 9:30 a 14:30 hrs.
Mi consulta es cuantos dias de vacasiones me quedan. y se cuenta el dia domingo tambien como vacasiones ????
me encantaria que me aclararan estas dudas ya que no tengo aquien acudir para consultar.
De ante mano muchas gracias.
Estimada Melizza, sí tienes a quien acudir, a tu empleador. Es la primera persona que debes consultar tus problemas laborales, la mayoría de las veces no hay mala intención en este tipo de temas por parte del empleador.
Por otra parte lee bien el post y los comentarios porque hay infinidad de respuestas aclaratorias. Y los domingo no se toman como días hábiles para el cómputo de las vacaciones: son 15 días hábiles, es decir sin contar sábados, domingos y festivos.
Laudus: mi nana me avisó el 06 de diceimbre de 2010 que se retiraba el 20 de diciembre 2010. Es decir, con menos días de los que la ey exige. Si uno como empleador quiere despedir a la trabajadora debe avisarle con 30 días de anticipación, y si no lo haces debes pagarle un mes completo más. ¿Cuál sería la sanción para la trabajdora si no da el aviso que debe dar con la debida anticipación? Por ejemplo, le debo vacaciones (19 días en total), ¿Podría decirle que hasta el 6 de enero, fecha en que se cumple el mes de aviso, se las daré de vacaciones?
no existe indicacion alguna en el codigo del trabajo como falta por no dar aviso con tiempo a una renuncia, si dice que debe hacerse con 30 dias de aviso , pero no se toma como una falta no hacerlo, lo unico legalmente procedente aunque suene absurdo es una demanda por daños y perjuicios toda vez que renuncio sin el plazo debido, no puedes forzarla a tomar vacaciones, ademas que la obligues versus que se las pagues vendria siendo lo mismo ya que igual debreas cancelarle el valor correposndiente
Estudio para contador y estoy en 2do año. Tengo un prueba pronto y no sé qué hacer con las vacaciones. En una guía el profesor pone que la persona empieza a trabajar el 07/09/2005 y tiene fecha de finiquito 30/04/2009 y para esa fecha ha tomado 15 días habiles de vacaciones. Mi duda es, básicamente, qué hago con esta información, tanto para la liquidación como para el finiquito. Excelente Blog, muchas gracias.
Estimada Natalia, lee por favor la entrada:
http://blog.laudus.cl/2009/10/22/vacaciones-y-finiquito/
Hola, entre a trabajar en 01 noviembre 2009, pero me tomare mis vacaciones en febrero de 2011, para esa fecha ya llevare 15 meses en este trabajo, por lo cual quisiera saber cuantos días me corresponden legalmente.
Estimada Leslie, simplemente lee detenidamente la entrada, ahí se explica cómo hacer el cálculo.
hola,podrias decirme cuantos dias de vacaciones progresivas me corresponden si tengo 144 meses trabajados gricias muy bueno el blog Dario
Estimado Darío, 144 son 12 años trabajados, y por ello no le corresponde ningún día progresivo. Lea por favor atentamente la entrada, y varios de los comentarios al respecto.
Hola quisiera consultar por una amiga que tiene sueldo fijo mas comisiones, se tomo su pre y post natal correspondiente , ahora de común acuerdo y conversado con su empleador tomara las vacaciones que le corresponden (lleva mas de 1 año en la empresa), estas vacaciones lógicamente son pagadas, mi duda es si al calcular este valor a pagar nos remitimos a los 3 últimos meses ella estaba con licencia maternal(donde lógicamente no recibía comisiones) o se toman los 3 últimos meses efectivamente trabajados. Agradezco su respuesta y felicitaciones por el blog, muy útil y claro. Atte Karin
Llevo 9 meses trabajando en una tienda comercial, quisiera saber si es obligación de mi empleador darme las vacaciones proporcionales que quisiera tomarme en febrero?
Estimada Katherine, hasta que no lleves un año el empleador no tiene la obligación de dar vacaciones. Otra cuestión es que se llegue a un acuerdo.
hola tengo una duda con el calculo de vacaciones proporcionales.yo comence a trabajar el 15 de enero de 2009 y renuncie voluntariamente el dia 30/11/2010,por ende creo que tengo dos periodos de vacaciones,porque tengo entendido que por sobre un año seis meses y un dia se cuentan como 2 periodos de vacaciones,solo me he tomado 4 dias en estos 2 años.ES ASI O NO?…..y cuanto me deberian pagar por vaciones?SI PUEDEN AYUDARME SE LOS AGRADECERIA.
Estimado Jorge, no es así, se cuentan días de vacaciones por cada día/mes transcurrido en la empresa, como tienes en la entrada explicado. Léela de nuevo para ver cómo es el cálculo. Lo que comentas de más de 6 meses es para la indemnización por años de servicio.
yo soy fulltime..kiero decir trabajo sabados, domingos y festivos (10 horas x dia)……al pasar el año de labor cuantos dias me corresponderiian de vacaciones???….se agradese tu respuesta a la brevedad..gracias
Hola..tengo una duda en el calculo vacaciones Progresivas comento el siguiente caso: El contrato con actual con su Empleador es del año 1991 y cotizaciones pagadas desde el año 1981.
Entonces 1994 serian los 13 años =1 dia
al 14 otro dia, año 15 otro, año 16 dos dias año 17 dos dias y asi sucesivamente ??? o como es ??
Hola. mi consulta urgente!! es:
Entiendo que las vacaciones progresivas son 1 dia cada 3 años…pero tengo una duda
Ej:
2007 = 1
2009 = 2
Segun Ley asi sería, pero esto sognifica que durante el año 2008,no le pago nada de vacaciones progresivas o se le paga 1 dia al igual que el año 2007??? o esos años entremedio quedan nulos?….ojala me entiendas
Estimada Alejandra, en tu ejemplo, sería 2007 = 1 día, 2008 = 1 día, 2009 = 1 día (recuerda que es 1 día por cada 3 años), 2010 = 2 días, ….
Necesito saber si es obligacion o es de comun acuerdo que a los 6 meses se les pueda dar vacaciones a las personas o necesariamente debe cumplir 1 año.
Estimado Patricio, el empleador no tiene obligación antes del año. Si se hace antes, es de común acuerdo.
necesito saber urgente!!!! cuanto le corresonde o como puedo calcular el monto a pagar de las vacaciones de un trabajador en planillas si su basico es 550 + asignacion familiar 50 y esta en planilla
hola qiesiesra sabes yo he trabajado desde febrero pero mi contrato etsa de 10de marzo del 2009 hastaal15 de novienbre como es el finiquito no entiendo si me pudiera explicar a soy asesora de hogar gracias
Estimada Paola, debe calcular 1,25 días de vacaciones por cada mes trabajado. En su caso son 8 meses aprox, lo que hacen 10 días de vacaciones hábiles. Si trabajó hasta el lunes 15 de Noviembre, entonces deben pagarle las vacaciones 14 días de trabajo (pues se incluyen los dos fines de semana, ya que las vacaciones a pagar son días hábiles).
ups….!!!! gracias 😀
hola quisiera saber, porfavor si me toca algun dia progresivo,llevo trabajando 11 años en la misma empresa y es mi primer trabajo,esperando su respuesta,muy agradecida
Estimada Paulina, si lees bien la entrada verás que todavía no puedes disfrutar del día progresivo. Tienes el primer día al tercer año pasado los primeros 10. Es decir, al decimotercer año.
hola x fabor ayudenme a aclarar una duda yo trabajo en una casa tres veses semana y ya cumpli un año ahora quiero saber si me corresponde legalmente los 15 dias de vacaciones gracias
Estimada Lelis, sí le corresponden, lea varios comentarios que hay al respecto.