El 7 de Enero la Superintendencia de Pensiones publicó las resoluciones exentas 23 y 24 con los nuevos topes imponibles. El comunicado del 7 de Enero se puede revisar aquí.
El nuevo tope imponible para el cálculo de las cotizaciones de AFP, salud y mutual de accidentes es:
- Trabajadores que cotizan a una AFP: 70,3 UF.
- Trabajadores afiliados al IPS (ex-INP): el tope no ha sufrido modificaciones para el 2013, continúa en 60 UF.
El nuevo tope imponible para el cálculo del Seguro de Cesantía es de 105,4 UF. Este tope es para todos los trabajadores, tanto para los que cotizan a AFPs como aquellos en el régimen antiguo.
Estos nuevos topes imponibles tienen validez a partir de las remuneraciones de Enero, cuyas cotizaciones previsionales se pagan hasta el 10 de Febrero (13 de Febrero si es por Previred u otros medios electrónicos).
Por lo tanto, la historia de los topes imponibles queda así:
- Tope Imponible para cálculo de cotizaciones de Salud, AFP, Mutual:
- Hasta el año 2009 inclusive: 60 UF
- Año 2010: 64,7 UF
- Año 2011: 66 UF
- Año 2012: 67,4 UF
- Año 2013: 70,3 UF
- Tope Imponible para cálculo de Seguro de Cesantía:
- Hasta el año 2009 inclusive: 90 UF
- Año 2010: 97,1 UF
- Año 2011: 99 UF
- Año 2012: 101,1 UF
- Año 2013: 105,4 UF
Como ya sabe, en Laudus este valor es un parámetro que se suministra cuando se hace una liquidación, por lo que no hay que ejecutar ninguna actualización del software. Al realizar una nueva liquidación, obtiene la siguiente pantalla, con la casilla para los valores:
También recuerde que en Diciembre cambió el Sueldo Grado 1A que se utiliza para el cálculo de la Rebaja del Impuesto Único según DL 889, y ahora es de 574.301 pesos.