SIS, la saga continua …
Unos últimos apuntes sobre el SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia): tal y como apuntó Patricia Andrade, si el SIS corre de parte del trabajador habrá que deducirlo para el cálculo de la Renta Afecta.
Por eso, la fórmula de la Renta afecta habrá que modificarla para incluir el SIS de parte del trabajador. Si la fórmula de la Renta afecta comenzaba como:
sueldo(«imponible») – sueldo(«AFP») – sueldo(«APV Individual») – ….
ahora debe decir
sueldo(«imponible») – sueldo(«AFP») – sueldo(«SIS (trabajador)») – sueldo(«APV Individual») – ….
es decir, hay que restar el SIS del trabajador también al Imponible.
Por último, en el sitio del INP tenemos una buena descripción de por qué se separó el SIS de las cotizaciones de las AFP. La explicación es buena, pero deja pendiente una pregunta importante, y es que ¿por qué es sistema es más caro ahora?:
«¿Por qué licitar el Seguro Invalidez y Sobrevivencia (SIS)?
La configuración actual del SIS presenta una serie de problemas:
a) Equidad de Género: El costo del seguro es más bajo para las mujeres que para los hombres, debido a que las primeras tienen una menor siniestralidad.
b) Competencia: Los costos del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia representan del orden de un 50% de los costos operacionales de las AFP. Esto lleva a que el SIS juegue un rol protagónico en la organización industrial de las AFP, lo que lleva a que éstas compitan sobre la siniestralidad de sus afiliados.
c) Transparencia: El diseño actual del SIS no permite que los afiliados sepan cuánto pagan por los servicios, ya que los cobros a los afiliados por este concepto, al igual que los pagos a las compañías de seguro, son fruto de complejos cálculos y proyecciones.
d) Riesgo Regulatorio: En el esquema de funcionamiento actual del SIS, las AFP están asumiendo una parte importante del riesgo de invalidez y fallecimiento de los afiliados al sistema, sin una adecuada contrapartida regulatoria como entidades aseguradoras.
Por tales problemas se propone la licitación del seguro de invalidez y sobrevivencia en forma conjunta por todas las Administradoras de la industria y en forma separada para hombres y mujeres. Esta forma de licitación del SIS permitirá aumentar la transparencia en las comisiones que cobran las AFP y en el costo del SIS, obtener un precio más competitivo para este seguro, corregir la inequidad de género y que las Administradoras no asuman riesgos individuales, reduciendo los incentivos a discriminar entre afiliados y permitiendo que éstas se enfoquen a competir en base a variables relacionadas a la administración de las cuentas individuales. Asimismo, esta propuesta permite que se regulen y fiscalicen adecuadamente los riesgos de proveer el seguro de invalidez y sobrevivencia.»
No he encontrado donde escribir esto ya que no hay tema relacionado, necesito pagar fondos por rendir voy a pago pincho e lapiz, pongo el importe, tipo fondo por rendir,concepto, documento, cuenta , proveedor al presionar aceptar me sale debe un cuadro del detalle de pago que dice «tiene que introducir un importe pagado». como lo hago??? que estoy haciendo mal?
gracias
Estimada María José, el fondo por rendir tiene dos partes:
1. Cuando usted le entrega la plata a la persona: debe ir a Pagos, e ingresar el número de cheque o medio de pago con el que está entregando los fondos. En el detalle del pago, le dice a Laudus que con ese cheque está pagando un fondo por rendir (no paga una factura de un proveedor, para un fondo por rendir).
2. Cuando la tercera persona hace uso de ese fondo, y le rinde las cuentas, usted especifica arriba que está pagando con fondo por rendir, y en el detalle especifica las facturas que se están rindiendo con cargo a ese fondo. Puede poner número a los fondos, para así identificarlos.
Por favor, recuerde que tiene también una ayuda en línea en: https://www.laudus.cl/ayuda
Estimado Laudus, en referencia a este tema:
Nosotros hacemos lo que Uds. indican, pero a la hora de rendir los fondos, el sistema indica que el valor de los fondos a rendir es $ 0, por tanto no se puede asignar esos fondos a rendir por pagos y terminamos haciendo las rendiciones por comprobante contable.
Esto lo reportamos cuando empezamos a usar el sistema, pero a pesar de las actualizaciones esto no ha sido corregido.
También aprovecho de informar que tenemos un problema en la DJ 1887 de sueldos, ya que el valor imponible actualizado para efectos previsionales no concuerda con los valores que se declara al Sence. El plazo de presentación era hasta ayer, así que hemos tenido que digitar uno a uno, porque ha sido imposible la comunicación telefónica.
Saludos,
Estimada Violeta, puede ser por el número del fondo a rendir en el caso de que hubiera fondos anteriores de ese mismo proveedor/tercero. Como hay que ver el movimiento en concreto, le va a llamar un técnico en los próximos 15 minutos para consultar este movimiento, y enviar los datos a analizar si fuese necesario.
Con respecto a las DDJJ, no sé muy bien de dónde se obtuvieron los valores para el Sence, pero nosotros actualizamos los valores con la tabla de corrección monetaria que se ingresa a partir de los valores del SII. Sería bueno tener más antecedentes, para saber la diferencia. Gracias.
Muchas gracias Laudus … aclarado lo de los fondos a rendir, la DDJJ 1887 se fue a análisis … un abrazo.
Estimada Violeta, fenomenal que al final haya quedado claro, es un placer.
Me queda claro el descuento del SIS
Bueno, me había olvidado de que el SIS afecta la renta neta afecta a impuesto único, pero corrijo la fórmula y ….. se perdió el impuesto único.
Favor revisar ese tema, mis trabajadores al hacer esta nueva formula sacan líquido más el impuesto único.
Gracias.
Estimado usuario,
hay que tener mucho cuidado en las fórmulas con la sintáxis del nuevo elemento agregado. Por ejemplo, si se pone: sueldo(«SIS (Trabajador») en vez de sueldo(«SIS (Trabajador)») la fórmula da un error interno porque falta un paréntesis y devuelve un valor de cero.
Si quiere enviénos la fórmula nueva para revisarla y ver dónde está el error.
También es importante señalar que en el caso de haber acentos, éstos son indispensables. La capitalización (si hay mayúsculas no minúsculas) da igual, pero los acentos hay que respetarlos tal y como figuran en los conceptos de sueldos.