Ayer publicó este resultado el SII en esta página. Teniendo en cuenta que todas las facturas de servicios periódicos (electricidad, gas, telefonía, cable, etc), además de las de los grandes supermercados son electrónicas, ya tenemos un importante porcentaje de las facturas del país.
Pero además cada vez más las pequeñas empresas se están sumando a la Factura Electrónica. Ya no hay tantas barreras tecnológicas como al principio, e incluso se puede hacer gratis a través de MiPYME (el servicio de facturación electrónica gratis del SII), aunque tiene como principal inconveniente la doble digitación.
No es difícil intuir que en unos años más la gran mayoría de la facturación será electrónica. Es la tendencia en Chile, y en otros países del entorno que la están empujando de manera importante.
Una de las reticencias que tienen algunas empresas es el «miedo» a que el SII tenga mucha información de la empresa. Pero no es así, el SII sólo recibe lo que facturamos, ni más ni menos. Es como que nos pidan los Libros de Ventas y Compras en una revisión. Sólo reciben las facturas que emitimos, y esa información no es algo tan secreto, a no ser que se estén haciendo cuestiones extrañas con las facturas. Pero si no es el caso, no hay por qué tener reticencias en este sentido.
De hecho, cuando se factura electrónicamente, también se pueden emitir facturas manuales. Los dos sistemas pueden coexistir, ya que es posible que el computador se rompa un día, en cuyo caso se hacen las facturas con los impresos de toda la vida. El SII no pone ninguna restricción en cuanto a realizar facturas manuales, ni establece un porcentaje del total de las facturas que deban ser manuales o electrónicas.
Para que se haga una idea, el SII le otorga 2 años para comenzar a realizar Facturas Electrónicas una vez que usted obtiene la resolución que le faculta a utilizar este sistema. Si en ese periodo no hace Facturas Electrónicas, simplemente pierde la facultad (se «revoca» la resolución), y debe volver a postular para poder hacer estas facturas. Pero no hay multas ni reprimendas, el SII es bastante facilitador de este proceso.
Por eso, se pueden hacer facturas con fecha del mes anterior, haciendo la factura en una factura normal, que es el típico caso que realizan muchas empresas por situaciones especiales con los clientes. Esta práctica se puede hacer sin problemas, ya que la factura se declara en el Libro de Ventas del mes anterior (que además se puede presentar el IVA hasta el día 20 del me siguiente).