Tal y como dice la Dirección del Trabajo, «Contrato por obra o faena es aquella convención en virtud de la cual el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquella. De esta forma, constituyen contratos por obra o faena transitoria, aquellos que se celebran para la ejecución de una obra o trabajo que por su naturaleza intrínseca tiene el carácter de momentánea o temporal, circunstancia ésta que deberá ser determinada en cada caso particular.»
Hasta ahora sólo se podían especificar en Laudus los tipos de contrato Indefinido y a Plazo Fijo.
¿Por qué? Simplemente porque en Previred no nos daban la opción de informar los contratos por Obra o Faena. Hoy en día Previred es el medio de pago de imposiciones más utilizado, y nos tenemos que adecuar a la información que podemos suministrar. No en vano es un servicio de propiedad de las AFP de Chile.
Sin embargo, la realidad es que estos contratos por Obra o Faena son cada día más utilizados, y desde el punto de vista de la gestión era importante registrarlos. Nuestra legislación no recogía los contratos por Obra o Faena de una manera explícita, por lo que la Dirección del Trabajo se encargó de regularlo más tarde. Así tenemos por ejemplo la Ordenanza 2389/100 del año 2004 que resume y sistematiza varios aspectos de estos contratos, tales como definición y alcance, negociación colectiva, terminación de la relación laboral, o contratación sucesiva.
También puede revisar de manera resumida las preguntas frecuentes referentes a los tipos de contratos.
Una diferencia importante de estos contratos con los contratos a Plazo Fijo es la ausencia de fecha de término expresa en el cotnrato. No se sabe a priori la fecha de finalización, ya que será cuando se concluya la faena objeto del contrato. Sin embargo en Laudus era obligatiorio especificar la fecha de término para los contrato a Plazo Fijo, por lo que no era fácil gestionar los contratos por Obra como si fueran a Plazo Fijo (un contrato a Plazo Fijo tiene que tener fecha predeterminada, pero su duración no puede ser de más de un año, como indica el Código del Trabajo en el artículo 159).
Por esta razón, y para facilitar su gestión, incluimos en Laudus los contratos por Obra o Faena.
Cuando se selecciona esta opción, no es obligatorio poner fecha de término del contrato. Al enviar la información a Previred, estos contratos se informan como contratos a Plazo Fijo pero sin fecha de término (ya hemos dicho que Previred no recoge los contratos por Obra como una opción).
En caso de especificar fecha de término para este tipo de contratos, también se incluirán en el listado de «Contratos por Caducar», de tal forma que sea más cómodo gestionar sus plazos.